14 ene 2012

Nuevos liderazgos en la SCJN



Nuevos liderazgos/Ana Laura Magaloni Kerpel
¿Cuáles son las lecciones que deberían tomar en cuenta los ministros para lograr este cambio de paradigma?
Publicado en Reforma, 14 Ene. 12
La Corte mexicana para los ciudadanos tomará tiempo. La buena noticia es que los nuevos liderazgos dentro del máximo tribunal tienen la firme convicción de que ello suceda
El mensaje está claro: en palabras del presidente de la Suprema Corte, Juan Silva Meza, ha llegado el momento "para renovar estructuras (...) para cambiar actitudes e inercias institucionales, pero sobre todo, para ampliar la cultura jurídica de protección y defensa de los derechos (...) se debe dar inicio a la Corte mexicana de y para los derechos humanos" (Informe de labores 2011).
En el mismo sentido, el presidente de la Primera Sala, Arturo Zaldívar, durante su informe de labores, destacó: "nos importa la justicia de todos los días. La de cada fallo, la de cada
resolución, la de cada sentencia. Estamos convencidos de que la Justicia general, como concepto en mayúsculas (...) se construye con la suma de las justicias individuales (...) la de las personas concretas con un rostro y una historia. Esta justicia con adjetivos es, al final, una sola, la justicia del desarrollo y protección de los derechos humanos".
De lo que hablan ambos ministros es de un desplazamiento del centro de interés del máximo tribunal, pasando de "la Corte de los políticos" a "la Corte de los ciudadanos". Ello parece ser el sello distintivo de los nuevos liderazgos dentro del máximo tribunal.
Este cambio de paradigma es nuevo en nuestro país pero no en el resto del mundo. Desde la segunda posguerra hasta la década de los ochenta, tanto en Estados Unidos como en Europa, la justicia constitucional se refundó para poner todo su potencial al servicio de los intereses sociales que no lograban representación en las asambleas y que quedaban al margen de las agendas políticas. Se trataba de darle voz a las minorías y de lograr afianzar sociedades verdaderamente plurales, igualitarias y tolerantes.
¿Cuáles son las lecciones que deberían tomar en cuenta los ministros para lograr este cambio de paradigma? Lo primero que debería hacer la Corte es definir su agenda: por dónde quiere comenzar, qué realidades sociales pretende transformar y cómo detectar los casos relevantes para ese fin. Por ejemplo, cuando la Corte Suprema norteamericana decidió terminar con el régimen de segregación racial, comenzó a atraer sistemáticamente asuntos que planteaban distintas cuestiones o aristas de dicho problema, desde las leyes que permitían la segregación en escuelas, parques, hospitales, albercas municipales y demás instituciones o espacios públicos, hasta las que castigaban penalmente a quien contraía matrimonio con una persona de distinta raza. Ello produjo un círculo virtuoso, pues conforme la Corte atraía este tipo asuntos, había más organizaciones civiles y abogados dispuestos a litigarlos. La segunda cosa que hizo la Corte norteamericana fue verificar que los tribunales inferiores aplicaban correctamente sus precedentes. Hubo jueces locales y federales que se resistieron a aplicar la nueva jurisprudencia. La Corte atrajo esos asuntos e impidió el desacato.
Nuestro máximo tribunal, al igual que la Corte norteamericana, tiene una amplia facultad discrecional para elegir y atraer asuntos que no le llegarían en automático. Sin embargo, a diferencia de la Corte norteamericana, la nuestra aún no ejerce esta facultad de forma estratégica.
En el informe de Zaldívar, por primera vez, se hace referencia a la relevancia de la facultad de atracción para el desarrollo de la jurisprudencia en materia de derechos humanos. Durante el 2011, según dicho informe, la sala atrajo 68 casos que representaron 72% de las solicitudes de atracción recibidas ese año. Ello indica que los ministros están cada vez más conscientes de la importancia de esta facultad. Sin embargo, aún no saben utilizarla en forma estratégica.
El primer problema es la dispersión. Según el informe de Zaldívar, durante el 2011, la sala atrajo casos de temas muy diversos: derechos de debido proceso, libertad de expresión, radiodifusoras comunitarias, contratos de seguros y de inversión financiera, etcétera. Esta dispersión le quita fuerza a las resoluciones. Así como sucedió en Estados Unidos, nuestra Corte debería elegir batallas y concentrar esfuerzos.
En segundo término, a diferencia de lo que sucede en Estados Unidos y en Europa, nuestra Corte necesita cinco casos similares y consecutivos para generar jurisprudencia vinculante al resto de los tribunales. Esta dispersión de temas hace que muchos de los criterios establecidos a través de la resolución de amparos no sean obligatorios para nadie. Por tanto, la capacidad de los ministros de transformar la conducta de los jueces ordinarios es muy baja si no es que nula. Con ello, también lo es la posibilidad de transformación del paradigma judicial mexicano.
Finalmente, la Corte hasta ahora ha hecho muy poco por averiguar si los tribunales inferiores están o no acatando sus nuevos criterios jurisprudenciales. Es esperar que, al igual que sucedió en otras partes del mundo, los jueces tiendan a continuar aplicando los criterios que les resultan familiares y rutinarios. Aunque la Corte cambie, por tanto, todo lo demás puede permanecer igual.
Creo que la Corte mexicana para los ciudadanos tomará tiempo. La buena noticia es que los nuevos liderazgos dentro del máximo tribunal tienen la firme convicción de que ello suceda. La mala es que aún no saben bien a bien cómo vencer las resistencias internas y externas para hacerlo realidad.

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