2 feb 2008

La opinión de Henrique Cardoso

Convergencias y estrategias/Fernando Henrique Cardoso, expresidente de Brasil de 1999 al 2003
Publicado en LA VANGUARDIA, 02/02/2008;
La historia reciente ha demostrado que los países que consiguieron “dar un salto” atendieron al mismo tiempo a los desafíos de los mercados globalizados y a las necesidades de la población local. Esto lo hicieron cuando fueron capaces de definir el futuro sin medirlo por el calendario electoral y alcanzaron un consenso relativo sobre las metas, al menos las de medio plazo. En el mundo occidental, donde prevalecen las reglas de representación democrática y la soberanía del voto popular, incluso sin uniformidad de visiones, se crean valores y mecanismos para que la alternancia del poder respete cierto grado de continuidad en los objetivos nacionales pactados implícita o explícitamente.
Tal fue el caso de España y, si bien en otras circunstancias, el de Chile.
En Brasil, de forma notable, los partidos que se combaten políticamente, como el Partido de la Social Democracia Brasileña y el Partido de los Trabajadores, no han impedido que la sociedad haya ido formando, poco a poco, cierto consenso.
¿No sería este el momento para una reflexión política más madura, que aclare los caminos posibles y deseables que, sin eliminar las discrepancias políticas en lo que estas tienen de efectivo, disminuyan la retórica que confunde la percepción de las alternativas y la definición de las metas?
La primera gran cuestión que se plantea, desde el ángulo de los desafíos de la globalización, es la de definir la presencia creciente de China y de las demás economías emergentes. China nos ha prestado un enorme auxilio con el aumento de los precios internacionales de las materias primas y alimentos provocado por su acelerado crecimiento. Empero, China nos desafiará cada vez más con una oferta creciente de productos manufacturados, no sólo en los de bajo costo, en los cuales es invencible, sino también en los de mayor sofisticación tecnológica, para lo cual se está preparando. Peor aún, el efecto positivo del aumento de la exportación de mercancías colabora en la reevaluación del real, lo que dificulta la exportación de manufacturas.
Brasil no debe renunciar a lo que consiguió a duras penas: su base industrial. Para perfeccionarla y ampliarla, necesitará de mucha innovación y de mucha agregación de valor a nuevos productos. Tenemos el desafío, pues, de hacer en la industria lo que hicimos en la agricultura y en la minería, el desarrollo de nuevas tecnologías y de la capacidad empresarial.
Si así fuera, la meta relacionada ha de ser definir las áreas estratégicas en que debemos concentrarnos para, en seguida, avanzar más en el desarrollo científico y tecnológico. El área más obvia parece ser la de la energía, dada la disponibilidad de tierras y de tecnología para la producción de etanol y biocombustibles y dadas las reservas disponibles para el aumento de la exploración del petróleo y del gas.
Si nuestro futuro depende de decisiones sobre las áreas económicas en las que debemos concentrarnos, de hecho este sólo estará a nuestro alcance si simultáneamente llevamos a cabo una revolución educativa. ¿No sería ese un terreno para que los partidos y la sociedad se articularan para discutir cómo financiar el salto al frente educativo, quizá con recursos procedentes de la exploración del gran manantial petrolero que se anuncia? ¿Y para definir qué medidas prácticas tomar para manejar la educación, formar más y mejores profesores y pagarles mejor?
Hablando de financiación a largo plazo, todos sabemos que la crisis fiscal del Estado no podrá ser superada sin la limitación de los gastos corrientes, impulsados por los gastos (y el déficit) cada vez mayores de la asistencia social y por la expansión indiscriminada de la maquinaria pública. ¿No habría posibilidad de acuerdo en esa área? Y la tan ansiada reforma tributaria, aunque vista con menos ambición y mayor objetividad, ¿no podría ser objeto de negociaciones entre partidos, gobiernos y sociedad para, digamos, lograrla en el transcurso de este año?
¿Y será, santo Dios, que no alarma a los dirigentes del país que los continuos escándalos y la corrupción impune minen la confianza en el Estado y en el Gobierno y terminen por echar cuesta abajo las expectativas y la confianza de la sociedad en el futuro del país? ¿No podríamos aprovechar el momento para aumentar los controles sobre los desatinos, el pillaje y la corrupción política? ¿Será imposible modificar las reglas electorales y la legislación partidista con miras a aumentar la responsabilidad de los elegidos ante los electores y de ampliar los canales de participación, sin pretender sustituir la democracia representativa por la manipulación electoral plebiscitaria de las masas? Quién sabe si sea optimismo de año que acaba de empezar. Pero si los responsables de conducir la vida pública, empezando por el presidente e incluyendo a los dirigentes de la oposición, en vez de aferrarse a la retórica y a mezquindades, miramos al frente sin despreciar el pasado que construimos, tal vez haya esperanzas. La iniciativa, por tanto, está con los que fueron elegidos para gobernar el país y no sólo para vanagloriarse de lo ya hecho, pues todavía hay mucho por hacer.

Fuego (ene) amigo en San Lázaro


¡Fuego amigo en San Lázaro!
¿Excesivo colaboracionismo de la Presidenta Zavaleta? ¡Caray! 
La diputada Presidenta recibió duras críticas, por compañeros de su propio partido -léase Aledida Alavez-; la defensa no se hizo esperar, y fueron priistas y panistas quienes lo hicieron. ¡Bien! Honor a quien honor merece.
Mi solidaridad también con Ruth Zavaleta por su institucionalidad y profesionalismo.
¡Nos faltan muchas Zavaletas en la izquierda!

Lavado de activos

Gobierno de EU indaga a casas de cambio mexicanas
De la redacción Agencia APRO-Proceso, 2/02/2008;
* Desmanteló una flotilla de narco-aviones que operaba en Venezuela y México
México, D.F., 1 de febrero (apro).- El gobierno estadunidense investiga el presunto nexo con el narcotráfico de varias casas de cambio mexicanas, según reveló el diario The New Herald en su edición de este viernes.
Asegura que la indagatoria se inició después de que las agencias estadunidenses desmantelaron una flotilla de aviones de narcotraficantes con matrícula americana ‘N’ que operaban en Venezuela y México. En su edición electrónica, el periódico reportó que la investigación incluye a las Casas de Cambio Puebla, Nuevo León y “B and B”, las cuales estarían siendo utilizadas para lavar dinero del narcotráfico.Como parte del operativo, a la Casa de Cambio Puebla le fueron confiscados unos 12 millones de dólares el año pasado en cuentas del Banco Wachovia de Miami.
Según el Herald, la captura más importante en el marco de esta investigación la realizaron las autoridades mexicanas al detener en la Ciudad de México a Pedro Alfonso Alatorre Damy. Alatorre, exfuncionario de la Casa de Cambio Puebla, fue identificado como el operador de las finanzas de Joaquín El Chapo Guzmán, jefe narcotraficante del cártel de Sinaloa. La casa de cambio está representada en Miami por el abogado Frank Rubino, quien alegó que el dinero confiscado en Wachovia corresponde a envíos de clientes legítimos de la firma. Esta información es parte de una denuncia presentada por la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) en la Corte federal local contra el empresario venezolano Pedro José Benavides Natera, arrestado en Miami a principios de enero.Según el agente del FBI Michael Hoenigman, el empresario servía como lavador de dinero al poner al servicio de “organizaciones de narcotráfico que operan en Venezuela” sus cuentas en Commerce Bank de Miami, para luego adquirir los aviones.
Benavides operaba bajo las órdenes del también venezolano Carlos Ayala Lara, líder de la operación responsable de canalizar los fondos de los narcotraficantes instalados en Venezuela hacia las casas de cambio en México, donde tenía contactos de confianza. Según los investigadores, Benavides tiene una cuenta en el Commerce Bank la cual estaba casi inactiva con un promedio de mil 500 dólares, hasta que comenzó a recibir depósitos por 11 millones de dólares en tres meses mediante giros que procedían de las casas de cambio Puebla, Tamibe y Nuevo León.
El diario destacó que la investigación avanza en medio de denuncias de Estados Unidos y Colombia de que Venezuela se ha convertido en un santuario de narcotraficantes colombianos. Algunos de los aviones bajo investigación son un Beech King Air 200, N50AJ, comprado en 2007 por 859 mil 688 dólares enviados desde México por Miguel Ángel Angulo Montoya, Alfonso Montero Vásquez y Joen Yahaira Hernández al International Bank of Commerce en Oklahoma.
La DEA confiscó el dinero y ninguno de los potenciales interesados se presentó a reclamarlo. Otra nave bajo sospecha es la Beech King Air 200, N7027Z, comprada con varios giros hechos en 2006 desde el banco HSBC de México por Jorge Barraza, residente de Sinaloa, así como Jorge Medina y Daniel Medina, a nombre de Insured Aircraft Title Service en Oklahoma.También el Beach King Air 200, N469JB, adquirido en 740 mil dólares a través de Barnett Investments, firma de La Verne, California, por Jorge Castro Barraza, Daniel Castro Medina y Daniel Alejandro Picos Peraza. El título del avión fue transferido a JC Aviation localizada en Culiacán, Sinaloa. La aeronave fue exportada a México y está confiscada. Otro caso fue el del avión DC-9, N900SA, detenido por autoridades mexicanas de Ciudad del Carmen, Campeche, procedente de Venezuela con cinco toneladas de cocaína.
La DEA sospecha que este avión pertenece al cártel de Sinaloa y que Alatorre, el exempleado de Casa de Cambio Puebla, estaría involucrado con el cargamento incautado.
Nota de El Nuevo Herald, 2/02/2008;
LAVADO DE DINERO
EU desmantela flotilla de aviones de narcos
MIAMI/El Nuevo Herald.- Autoridades federales de Estados Unidos están llevando a cabo una discreta pero ambiciosa operación de desmantelamiento de una flotilla de aviones con matrícula estadounidense que son propiedad de narcotraficantes que operan en Venezuela y México, según documentos judiciales obtenidos por El Nuevo Herald. La operación antiaérea compromete a casas de cambio de México, una de las cuales fue objeto de la confiscación de unos $12 millones en cuentas del Wachovia Bank de Miami, así como a compañías de registro de aeronaves en Estados Unidos, indican los documentos.
Varios aviones han sido confiscados, otros se encuentran en observación y se han realizado arrestos de numerosos sospechosos en México y Estados Unidos.
Reportes de prensa de México señalan que por lo menos 50 aviones de narcotraficantes han sido comprados en Estados Unidos a través del mecanismo descubierto por las autoridades.
El más importante de los arrestos en conexión con la flota de narcoaviones se produjo a principios de noviembre, cuando las autoridades mexicanas detuvieron en Lomas de Barrilaco, en la ciudad de México, a Pedro Alfonso Alatorre Damy. Alatorre, ex empleado de Casa de Cambio Puebla, fue identificado como el operador de la finanzas de Joaquín Chapo Guzmán, el gran capo fugitivo del cartel de Sinaloa. Casa de Cambio Puebla, firma que afronta el congelamiento de los $12 millones en Miami, es una de las más grandes en México con 17 sucursales y más de 200 empleados.
MARCAS
Naves bajo investigación
• Beech King Air 200, N7027Z
Comprado con varios giros hechos desde agosto a septiembre del 2006 desde el banco HSBC de México por Jorge Barraza, residente de Sinaloa, Jorge Medina y Daniel Medina a nombre de Insured Aircraft Title Service en Oklahoma.
• Beach King Air 200, N469JB
Comprado por $740,000 a través de Barnett Investments, firma de La Verne, California por Jorge Castro Barraza, Daniel Castro Medina, Daniel Alejandro Picos Peraza. El título del avión fue transferido a JC Aviation localizada en Culiacán, México. El avión fue exportado a México. La DEA concluyó que el dinero con el que se adquirió el avión era producto del narcotráfico y confiscó el avión. Nadie reclamó.
• DC-9, N900SA El 10 de abril del 2006, este avión, procedente de Venezuela, fue detenido por autoridades de Ciudad del Carmen, Campeche, al descubrirse que llevaba a bordo cinco toneladas de cocaína. La DEA sospecha que este avión pertenece al cartel de Sinaloa y que Alatorre estaría involucrado con el cargamento incautado.
• Gulfstream II, N987SA Autoridades de México y Estados Unidos sospechan que este avión, que se accidentó en Yucatán en septiembre pasado, fue adquirido también por Alatorre.

Turquía y el velo islámico

Recep Tayyip Erdogan, aprovechó su visita a España del mes pasado para anunciar que había alcanzado un acuerdo político para acabar con la prohibición del uso del velo en las universidades.
La esposa del presidente de Turquía, Abdulá Gül, fue rechazada en la Facultad de Letras de Ankara tras haber aprobado el disputado examen de acceso a la universidad. Al igual que dos de cada tres turcas, Hayrunisa Gül, también porta el velo islámico.
"La creación de un Estado religioso se hará inevitable", alertan los rectores
El Partido de la Justicia y el Desarrollo (dirigido por Erdogan y Gül) y el Partido de Acción Nacional (nacionalista) sellaron ayer un pacto en el Parlamento turco para reformar la Constitución y la Ley de Universidades. Ambos grupos, que suman más de dos tercios de los escaños, pretenden abolir el veto del velo en los campus, uno de los pilares sobre los que se asienta el Estado laico en Turquía.
El Consejo de Rectores turcos se apresuró a poner el grito en el cielo. "Las reformas propuestas van a acelerar la erradicación del principio republicano de la laicidad", afirmaron ayer en un comunicado los responsables universitarios, designados en su mayoría dentro de la ortodoxia de los principios del fundador de la Turquía moderna, Mustafá Kemal, Atatürk. Los rectores sostienen que, si se levanta la prohibición del velo, "la transformación de Turquía en un Estado religioso se hará inevitable y muchos profesores se negarán a impartir clase en un clima de caos y violencia".
A las puertas de las universidades turcas es frecuente observar grupos de alumnas que cubren su cabeza con una peluca para poder sortear los estrictos controles de los bedeles de las facultades. A la salida de clase, las mismas jóvenes vuelven a tocarse con el pañuelo.
Varias asociaciones feministas han convocado hoy ante el mausoleo de Atatürk en Ankara una protesta contra las reformas que quiere introducir el Gobierno islamista. "Mucha gente está decepcionada con estas propuestas que sólo sirven para dividir aún más a los ciudadanos", destaca Selma Acumer, responsable de la organización KADER, que promueve la incorporación de las mujeres en la vida política.
La capital turca también será escenario de una marcha en favor del fin de la prohibición del velo en las universidades. "No se trata de una cuestión de pañuelo sí o no; sino de una cuestión de libertad", advierte el analista político del diario Turkish Daily News Mustafá Aykol.
El Ejército, que se presenta como el garante del Estado laico en Turquía, guarda silencio por ahora. Su último intento de influir sobre el poder civil el año pasado fue estéril y no impidió una nueva arrolladora victoria electoral de Erdogan y la elección presidencial de Gül.
La principal fuerza de la oposición, el Partido Republicano del Pueblo (socialdemócrata) ya ha advertido que recurrirá las reformas sobre el velo ante el Tribunal Constitucional. El presidente Gül se plantea convocar un referéndum para sortear el último frente de rechazo laico.

Nueva Fiscalía

Este jueves 31 de enero fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo del Procurador Gdneral de la República, que crea una fiscalía especial que investigará y perseguirá delitos de violencia contra las mujeres y la trata de personas.
La creación es oportuna.
La nueva fiscalía sustituye a una creada a principios del 2006 para atender sólo actos de violencia contra las mujeres en la nación y amplía sus facultades para que ahora también indague la trata de personas.
Fue nombrada fiscal, Guadalupe Morfín, equién stará directamente bajo el mando del procurador Eduardo Medina Mora.
Morfín renunció en diciembre del 2006 como responsable de la comisión federal encargada de combatir la violencia de las mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.
ACUERDO A/024/08 mediante el cual se crea la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.
ACUERDO A/024/08
EDUARDO TOMAS MEDINA MORA ICAZA, Procurador General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 párrafo segundo, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 2, 4, fracción X, 5, 6, 7 y 10 de su Reglamento; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y su Reglamento, la Institución del Ministerio Público de la Federación está presidida por el Procurador General de la República;
Que ante el incremento del fenómeno delictivo de la trata de personas, el Estado mexicano ha estimado necesario adecuar nuestro marco jurídico al ámbito internacional, para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en la materia; entre ellos, los previstos en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional;
Que dicho protocolo define en su artículo tercero a la trata de personas como: la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos;
Que la Procuraduría General de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales, ha venido realizando la persecución e investigación de los delitos de trata de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, así como la trata genérica de personas en términos de los artículos 205 y 207 del Código Penal Federal y 2, fracción V, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, cuando se acredita su carácter federal;
Que el 27 de noviembre de 2007, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, se expidió la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal;
Que de conformidad con lo anterior, resulta necesario señalar directrices a la unidades administrativas de la Institución, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, atiendan de manera pronta y expedita las denuncias en la materia, realizando las diligencias correspondientes que acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad de los indiciados, y den seguimiento a la persecución penal ante los tribunales;
Que un gran porcentaje de las víctimas de trata son mujeres y niños, así como personas vulnerables por sus características sociales, y todas ellas tienen derecho a una intervención igual y eficiente en materia de procuración de justicia;
Que el Estado mexicano como parte integrante de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, en términos del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ha comprometido ante la comunidad internacional a vigilar el respeto a los derechos y libertades de las mujeres, en especial a garantizar el derecho a una vida libre de violencia;
Que, en consecuencia, es tarea del Estado mexicano promover y defender el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia;
Que la violencia contra las mujeres puede alcanzar la gravedad de su desaparición, muerte, privación ilegal de la libertad, tortura, violación o mutilación, tornándose en un problema que afecte a varias entidades de la República con un alto impacto social;
Que para atender este problema se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo A/003/06 del Procurador General de la República por el cual se crea la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres en el país;
Que resulta pertinente ampliar las facultades de la citada Fiscalía para que conozca de delitos previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, sin menoscabo de la importante labor que realiza en materia de violencia contra las mujeres desde su creación;
Que el Procurador General de la República tiene facultades para crear Fiscalías Especiales para la investigación y persecución de delitos específicos que por su trascendencia, interés y características así lo ameriten, así como modificar su competencia, como es el caso, y consecuentemente para designar a su titular; y
Por todo lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto crear la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, que tendrá facultades para investigar y perseguir los delitos previstos en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de noviembre de 2007, con excepción de cuando se cometan por miembros de la delincuencia organizada en términos de los artículos 2 y 8 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; así como aquellos hechos de violencia contra las mujeres en el país que sean de la competencia de la Federación.
Para tales efectos coadyuvará en el cumplimiento de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
ARTICULO SEGUNDO.- La Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, queda adscrita a la Oficina del Procurador General de la República.
ARTICULO TERCERO.- Quien ejerza la titularidad de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas tendrá la calidad de agente del Ministerio Público de la Federación, y será competente para investigar y perseguir los delitos federales relacionados con hechos de violencia contra las mujeres, así como los de trata de personas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por violencia contra las mujeres cualquier hecho basado en su género, que lesione o ponga en peligro algún bien jurídico tutelado por las normas penales en materia federal o por normas penales del orden común cuando sean conductas conexas con delitos federales.
ARTICULO CUARTO.- Para el ejercicio de sus funciones, la persona que ocupe el cargo de Fiscal Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, tendrá en el ámbito de su competencia, las facultades siguientes que podrá ejercer por sí o por conducto de los servidores públicos que le estén adscritos:
I. Ejercer las atribuciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes y demás disposiciones jurídicas confieren al Ministerio Público de la Federación;
II. Ejercer la facultad de atracción de los delitos del orden común en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
III. Atender el despacho de los asuntos competencia de la Fiscalía;
IV. Participar en la Comisión Intersecretarial prevista en el artículo 10 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; en el Sistema Nacional creado en el artículo 36 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en el Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establecido en el artículo 23 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;
V. Participar, en coordinación con las áreas de la Procuraduría que correspondan, en el cumplimiento a la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia;
VI. Coordinar el desarrollo y cumplimiento de las funciones de las unidades que integren la Fiscalía, vigilando que se observen los ordenamientos legales y demás disposiciones aplicables;
VII. Establecer mecanismos de coordinación y de interrelación con otras áreas de la Procuraduría, para el óptimo cumplimiento de las funciones que le corresponden;
VIII. Emitir o suscribir los instrumentos jurídicos que faciliten el funcionamiento y la operación de la Fiscalía, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica;
IX. Fortalecer los mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, atendiendo a las normas y políticas institucionales;
X. Proponer al Procurador los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público en el ámbito de su competencia;
XI. Recibir en acuerdo ordinario a los responsables de las unidades administrativas que integren la Fiscalía y en acuerdo extraordinario a cualquier otro servidor público, así como para conceder audiencia al público;
XII. Informar al Procurador sobre los asuntos encomendados a la Fiscalía; y
XIII. Las demás facultades que a los titulares de las unidades administrativas les otorga el artículo 12 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
ARTICULO QUINTO.- Se delegan en la persona que ocupe el cargo de Fiscal Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, respecto de los asuntos materia de su competencia, las facultades siguientes:
I. Autorizar en definitiva el no ejercicio de la acción penal;
II. Autorizar las consultas de reserva, incompetencia, de acumulación y separación de averiguaciones previas;
III. Actualizar la formulación de conclusiones no acusatorias en los procesos penales;
IV. Resolver en definitiva las consultas que agentes del Ministerio Público de la Federación formulen a las prevenciones que la autoridad judicial acuerde en los términos que la ley disponga, respecto de la omisión de formular conclusiones en el plazo legal, de conclusiones presentadas en un proceso penal, o de actos cuya consecuencia sea el sobreseimiento del proceso o la libertad absoluta del inculpado antes de que se pronuncie sentencia; de cancelación o reclasificación de órdenes de aprehensión, en los términos previstos por el Código Federal de Procedimientos Penales; y
V. Formular los requerimientos de información y de documentos relativos al sistema financiero o de naturaleza fiscal, a que se refiere el artículo 180 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Los acuerdos que deriven del ejercicio de las facultades previstas en las fracciones anteriores, deberán informarse al Procurador General de la República.
ARTICULO SEXTO.- Quien ejerza la titularidad de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas participará, en coordinación con las instancias competentes, en la elaboración y ejecución de programas federales y locales para la prevención y erradicación de violencia contra las mujeres y la trata de personas, así como en el seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones que los organismos internacionales realice al Estado mexicano en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y la trata de personas.
ARTICULO SEPTIMO.- La Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, se coordinará con las unidades administrativas que corresponda, a fin de que se hagan efectivas las garantías previstas en el apartado B del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las demás normas aplicables, y se protejan sus derechos a la libertad, la integridad y a una vida libre de violencia. Siempre que sea necesario, se canalizará a las víctimas y ofendidas a los refugios temporales de esta Institución, o en su caso, a instituciones públicas o privadas que corresponda.
ARTICULO OCTAVO.- Cuando los delitos de trata de personas sean cometidos por un miembro de la Delincuencia Organizada, será competente para investigar la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Organos, adscrita a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en delincuencia organizada, la cual deberá coordinarse en lo conducente con la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas.
ARTICULO NOVENO.- El Agente del Ministerio Público de la Federación que advierta que los hechos puestos en su conocimiento son de los mencionados en el artículo tercero de este Acuerdo actuará de la siguiente forma:
a) Si hay detenidos realizará las actuaciones necesarias dentro de los plazos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, ejercitará la acción penal correspondiente. En caso de ordenar la libertad con las reservas de ley, procederá de acuerdo a las reglas que rijan la tramitación de la averiguación previa sin detenido.
b) Tratándose de delitos de trata de personas cometido por miembros de la delincuencia organizada en los que haya detenidos, determinará si realiza la averiguación previa en los plazos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o se declara incompetente inmediatamente en favor de la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Organos. Su determinación deberá estar motivada y orientada a tener la mayor eficiencia en la investigación.
c) Cuando no existan detenidos practicará las diligencias más urgentes y dictará las medidas cautelares necesarias, para posteriormente declararse incompetente a favor de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas o de la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Organos, según sea el caso.
d) En cualquier hipótesis informará inmediatamente a la unidad administrativa señalada en el inciso anterior que corresponda, la cual podrá decidir si asume la competencia en el caso de la averiguación previa con detenido, y conocerá necesariamente de la averiguación previa sin detenido, y en ambos supuestos, participará en el proceso penal respectivo.
e) Cuando los hechos constitutivos de violencia contra las mujeres o trata de personas se inicien o produzcan efectos en el extranjero, deberá comunicarlo a la Unidad Especializada para la Atención de Delitos cometidos en el Extranjero o en los que se encuentren involucrados Diplomáticos, Cónsules Generales o Miembros de Organismos Internacionales Acreditados en México, y decidirá si la competencia recae en esta Unidad o en las unidades administrativas a que se refiere el inciso c) anterior.
En caso de conflictos competenciales será el Procurador General de la República o el servidor público en quien delegue la facultad el que decida la unidad administrativa que conocerá del asunto.
ARTICULO DECIMO.- Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, contará con los recursos humanos, materiales y financieros suficientes de acuerdo a las normas presupuestales aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente instrumento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo A/003/06 del Procurador General de la República por el que se creó la Fiscalía Especial para la atención de delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres en el país.
TERCERO.- Se instruye a los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Procuraduría General de la República a efecto de que pongan en práctica las medidas pertinentes y necesarias para dar debido cumplimiento a lo establecido en el presente Acuerdo y alcanzar los objetivos del mismo.
Asimismo, para que determinen los mecanismos de coordinación que les permitan conocer el estado que guardan las investigaciones en materia de delitos de violencia contra las mujeres y trata de personas, así como las estadísticas sobre su incidencia.
CUARTO.- Se transfieren a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, los recursos de la Fiscalía Especial para la atención de delitos relacionados con actos de violencia contra las mujeres en el país.
QUINTO.- La Secretaría Técnica del Consejo Asesor de Aplicación de Fondo de Auxilio Económico a Familiares de las Víctimas de Homicidios en el Municipio de Juárez, Chihuahua, será la encargada de continuar con la integración de expedientes de Auxilio Económico que tenía a su cargo la Fiscalía Especial para la atención de delitos relacionados con los homicidios de mujeres en el Municipio de Juárez, Chihuahua, hasta su total conclusión. Esta Secretaría Técnica queda adscrita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 29 de enero de 2008.- El Procurador General de la República, Eduardo Tomás Medina Mora Icaza.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 31 de enero de 2008
Jueves 31 de enero de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Muere Jabón


Confirmado.
Fue asesinado en Venezuela de Wilber Varela alías Jabón, sospechoso de ser uno de los líderes del cartel de Norte del Valle, una de las mafias del narcotráfico más poderosas que prevalecen en Colombia.
El coronel Néstor Reverol, presidente de la Oficina Nacional Antidrogas, confirmó a periodistas que el cadáver de Varela era uno los dos localizados baleados en un centro turístico del estado andino de Mérida.
"En un chalé se detectaron dos personas fallecidas, se hicieron todas las investigaciones, se hizo el estudio comparativo de las huellas dactilares y se pudo determinar que uno de los occisos correspondía a las mismas huellas, con mas de 32 características dactilares, a Wilber Varela, alias 'Jabón'", acotó.
El gobierno de E UU ofrecía hasta cinco millones de dólares de recompensa a quien ayudara a capturarlugo.
Reverol dijo que entregarán el cadáver a autoridades colombianas y continuarán investigando los vínculos que tengan con venezolanos u extranjeros en ese país.
El occiso era el último de los líderes de los traficantes del Norte del Valle que quedaba en libertad después de que el año pasado fueron capturados Juan Carlos Ramírez Abadía en Brasil y Diego Montoya en Colombia.
Varela portaba un documento de identidad falso bajo el nombre de José Antonio Pérez Chacón.
Jabón de 50 años y ex oficial de la policía colombiana, enfrentaba cargos de narcotráfico en tribunales federales de EE UU desde 2004.
Comandaba un ejército privado, que protegía las rutas de la cocaína y eliminaba a sus rivales, según la policía colombiana.
Montoya, alías "Don Diego", quien figuraba en la lista de los diez fugitivos más buscados del FBI y que fue capturado por el ejército colombiano en septiembre pasado.
Segpun el periódico El Tiempo, el asesino sería Luis Enrique Calle Serna, 'Comba', segundo al mando de la organización de Jabón, quien viajó a Venezuela a cometer el crimen.
Según datosel martes en la noche Varela recibió a una de las mujeres que solían visitarlo y la dejó en un sitio cercano a las cabañas donde lo mataron.
De allí salió con su escolta de confianza, conocido como 'el Grasoso', que también fue asesinado. Con ellos iba un conductor conocido como 'Goyo' y Calle Serna.
El miércoles en la mañana, Varela envió a 'Goyo' a comprar cuatro desayunos. Supuestamente, cuando el conductor regresó vio los impactos de bala en la puerta y la ventana del lugar, por lo que decidió huir hacia Barinas, donde estaba otra de las casas del capo en la zona de frontera con Colombia.
El cartel del Norte del Valle, que depende de guerrillas izquierdistas o de paramilitares de extrema derecha para abastecerse de cocaína, queda debilitado tras la captura o muerte de sus líderes.
Es un grupo surgido tras la descomposición en los 1990 del Cartel de Cali de los hermanos Rodríguez Orejuela.
Fuente: Agencia The Associated Press, foto de AP