20 nov 2012

Intervención del ciudadano Alberto Gelacio Pérez Dayán:


Tal y como estaba previsto los magistrados (y el Comisionado del SAT) que integran las dos ternas para ocupar las vacantes de los ministros Guillermo Ortiz Mayagoitia y Sergio Salvador Aguirre Anguiano en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, comparecieron este martes 20 de noviembre ante el pleno del Senado de la República.
Primeramente, se recibieron  las exposiciones de los integrantes de la terna para sustituir al Ministro Guillermo “Iberio” Ortiz Mayagoitia, e inmediatamente las de los candidatos de las ternas para sustituir al Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano.
Intervención del ciudadano Alberto Gelacio Pérez Dayán:
Con su venia, señor Presidente.
Señoras y señores senadores:
Comienzo por honrar la dignísima oportunidad que me dispensa esta Honorable Soberanía para hacer uso de la palabra en la más alta tribuna legislativa de la república, expresando a ustedes, integrantes de este Senado, mi más sincero y emotivo sentimiento de gratitud.
Extiendo mi reconocimiento al Ejecutivo Federal al proponerme de nueva cuenta para ser considerado en la designación de 2 nuevos integrantes del tribunal supremo.

En anterior oportunidad expresé a ustedes que la tribuna del Senado de la República impone reflexión, responsabilidad, y por sobre todo conciencia histórica.
Extendí, entonces, y extiendo ahora mi genuino reconocimiento a la Comisión de Justicia de esta Cámara de Senadores, a su Junta Directiva y a los grupos parlamentarios del Senado por la apertura, el respeto y el profundo interés con el que nos recibieron, antes y ahora, a quienes hoy aspiramos a un cargo en la Suprema Corte.
A ustedes ofrezco nuevamente congruencia entre los dicho y lo que está por hacerse.
Por igual, refrendo el gran honor que ha sido compartir este proceso con juristas y jueces constitucionales, de la calidad moral y profesional como lo es:
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y mis compañeros de carrera Norma Lucía Piña Hernández; Rosa Elena González Tirado; Ricardo Romero Vázquez, y Julio César Vázquez Mellado García, en todos ellos, el ejercicio de la abogacía encuentra un ejemplo a seguir y un motivo de profundo orgullo.
Esta nueva comparecencia me permite desarrollar más en detalle los 5 ejes de acción que ya puse a su elevada consideración.
Indiqué, como primero de ellos, que el nuevo marco constitucional en materia de derechos humanos y la nueva Ley de Amparo son, sin lugar a dudas, la asignatura prioritaria del tribunal constitucional. Corresponde a este, ahora, moldear y madurar nuevas figuras del enjuiciamiento constitucional a través de sus fallos y su jurisprudencia.
Será su deber articular una nueva generación interpretativa en el entorno de un vigoroso contexto constitucional, con ello traducirá a los tribunales de circuito y a los juzgados de distrito el entendimiento cabal de las rediseñadas prerrogativas fundamentales que permiten perfilar institucionalmente el juicio de amparo y garantizar su cohesión en el sistema jurídico.
El supremo tribunal debe emprender esta tarea creativa y jurisprudencial con gran empeño y responsabilidad; con apego y lealtad al espíritu que animó al poder revisor de la constitución, y con la mira alzada en la impartición de justicia siempre equilibrada con el orden público, el interés de la sociedad y el progreso de la vida institucional.
Pienso también, como segunda encomienda, en la instrumentación del nuevo modelo de control de convencionalidad y su traducción en el ejercicio del control difuso de constitucionalidad de las leyes por parte de todos los órganos jurisdiccionales de nuestro país, bajo la lectura acuciosa que establecen los artículo 1 y 133 de la Constitución, y los relevantes precedentes sustentados por el alto tribunal a partir del cumplimiento de fallos dictados por cortes internacionales.
Es importante trazar desde el más alto tribunal las grandes líneas de actuación que debe seguir la jurisdicción ordinaria en el tema de desaplicación de normas.
La facultad reasignada al juzgador de instancia, debe aportar estabilidad y certeza, comprender que el principio de legalidad es supremo, y que separarse de la norma para decidir una causa, será el último recurso al que debe asirse, siempre y cuando la hermenéutica jurídica no pueda ofrecerle una interpretación conforme a la Constitución, que le haga preservar la ley.
Refrendo, como un tercer apartado, que la tarea jurisdiccional del Tribunal Constitucional de México, no puede diseñarse al margen de las graves condiciones a las que se enfrenta nuestro sistema de justicia, soslayando la amenaza constante que el fenómeno de la ilegalidad representa para el desarrollo y la prosperidad de nuestro país.
Por ello, afirmo con énfasis, el balance entre la fuerza legítima y el orden jurídico en esta prioridad es irrenunciable.
Sostengo que una Corte fuerte debe también ser una Corte prudente; una Corte responsable. Hoy se exige un Tribunal Constitucional, visionario y progresista en la defensa de los derechos humanos, comprometido en la misión de asegurar el equilibrio entre los poderes y profundamente deferente con la acción política, cuando ella se sustente en razones del orden constitucional; gradualista y atento a las consecuencias que generen sus fallos; apto para identificar criterios cerrados y humilde para reconsiderarlos.
Por tanto, la Corte debe, en todo momento, distinguir con nitidez los espacios en que la voluntad del Constituyente favorece a legislador o al ejecutivo, y no al juez, preservando así el balance que la Carta Magna previene en el ejercicio ordenado del Poder de la Unión.
Es por ello, como corolario a estos ejes de acción, que reafirmo que junto con la prudencia, uno de los valores torales de la función jurisdiccional es, la congruencia.
Ésta se debe transformar en consistencia argumentativa y dar estabilidad y certeza al orden jurídico.
A la Corte toca hoy ejercer un papel preponderante en la vida pública, tiene la asignatura y alta responsabilidad de darle  México, criterios consistentes de interpretación constitucional.
El foro y la Academia exigen hoy una mística definida y una filosofía del juzgamiento, que el supremo tribunal de nuestro país debe materializar en todas sus decisiones.
Un elemento fundamental para la justicia, el desarrollo social o el crecimiento económico, es, la certeza jurídica.
La Suprema Corte tiene hoy un mandamiento irrenunciable frente a las reformas constitucionales en materia de justicia penal; juicio de amparo y derechos humanos.
Le corresponde armonizar los principios y valores que sustenta nuestra democracia constitucional y transformar los derechos escritos en realidades fácticas; debe posibilitar la transición del reconocimiento de los derechos fundamentales al en torno de la vida de las personas.
Toca a ella establecer la voz serena que articule los nuevos derroteros jurisprudenciales, que le imponen sus nuevas responsabilidades superiores; dando paso a la pluralidad y atención a las minorías, y aunque ello no es una tarea sencilla, se alcanzará el objetivo cuando los cambios constitucionales se traduzcan, justamente, en cambios jurisprudenciales.
El derecho es una disciplina que constantemente se adapta al devenir social. Primero, con el acto legislativo, formal y material; esto a través de la ley o de la facultad reglamentaria; y después, mediante la contienda litigiosa que consolida el orden jurídico, con fallos que sientan precedentes y aportan seguridad jurídica.
Además de la iniciativa preferente, cuyo tránsito legislativo generó recientemente en las Cámaras integrantes del Congreso de la Unión, diversos ejercicios interpretativos, por ahora superados, la profunda reforma constitucional realizada al texto supremo en esta misma anualidad, incorporó temas de primordial relieve, como lo son, entre otros, el de las candidaturas independientes; el de la consulta popular, en la que se asigna a la Suprema Corte de Justicia, una inédita y a la vez atípica facultad para calificar su contenido; la iniciativa popular o las reglas para la sustitución del Ejecutivo Federal, en casos de ausencia.
Todas ellas constituyen, a no dudarlo, asignaturas cuyos alcances eventualmente podrán ser definidos a través del sistema de controversia constitucional.
Esta relevante atribución confirma a la Corte Suprema, su naturaleza de Tribunal Constitucional, es decir, a ella corresponde conocer y decidir conflictos del orden político, surgidos entre poderes, a través de procedimientos y métodos jurídicos, aplicando en sus sentencias los principios de objetividad, imparcialidad y exhaustividad, característicos del enjuiciamiento en general.
Paralelamente a ello, tanto la acción de inconstitucionalidad conferida a las minorías legislativas, la Procurador General de la República, a los partidos políticos o a las comisiones de derechos humanos, como la recientemente incorporada declaratoria general de inconstitucionalidad de normas, por reiteración de sentencias, permiten al garante de la supremacía constitucional, en votaciones calificadas, expulsar del orden jurídico nacional, aquellas disposiciones generales, que resulten contrarias al texto constitucional.
El ejercicio de estas facultades, demanda la mayor acuciosidad y profunda visión del entorno social, que deben caracterizar al árbitro de los poderes.
Para ello, es necesario no ignorar que la norma es producto de la voluntad soberana del pueblo, materializada documentalmente por sus legisladores y entraña una definición del bien común; a la vez que dar certidumbre jurídica a la colectividad entera.
Prescindir de ella debe ser, insalvablemente, un acto de honda reflexión y ponderación serena, sobre las consecuencias que produce su falta súbita.
Desde luego, cuando así se requiera, se deberá ser inquebrantable frente a normas cuyo contenido esté irremediablemente viciado, por importante que resulte la materia que regulen.
En conclusión, al máximo tribunal corresponde el mandato de dar cohesión, unidad y visión sistemática al orden jurídico; privilegiando un enfoque de promoción y defensa del desarrollo social, siempre delimitado y flanqueado por los derechos humanos, reconocidos por la carta fundamental y los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano.
Ello significará, sin duda, una contribución sustancial a la consolidación de nuestra democracia constitucional.
Ofrezco entonces, señoras y señores senadores, ser un juez con visión de Estado, que entienda la realidad de nuestro país; que busque la justicia por sobre todas las circunstancias y que genere equilibrio y aporte criterios que fortalezcan las políticas públicas.
Estoy entendido de la encomienda que la Constitución Federal confiere al Poder Judicial de la Federación, Poder de la Unión que debe coadyuvar en el fortalecimiento y evolución del Estado mexicano. Poder que debe entender la responsabilidad que conlleva ser el supremo intérprete de su carta máxima y árbitro de todo el poder público.
Velaré siempre por estos principios y objetivos, es y será mi convicción y tarea, es mi compromiso con México.
Con la voluntad indeclinable de hacerlo así, y de ser desde la Suprema Corte un juez del que puedan sentirse satisfechos todos ustedes, reitero mi convicción republicana, federalista y mi absoluta e incondicional entrega a México.
Senadores y senadores, representantes de todas las entidades federativas que dan fuerza a la Unión. Reafirmo nuevamente mi convicción como servidor público ante ustedes, y sobrepongo mi compromiso, de que siempre privilegiaré el bien común, en la función que se me encomiende.
Serán precisamente mi vocación de juzgador constitucional y mi formación humanista, las que refrenden y den sustancia a mis valores étnicos y profesionales.
Señores legisladores, muchas gracias.

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