Legisladores del PAN, PRI y PRD se pronunciaron en contra de las reformas que plantea la Arquidiócesis de México a la Constitución para llevar educación religiosa a las escuelas, al considerar que el Estado mexicano debe ser laico.
En una entrevista - distribuida según una nota N°. 1898 del área de Comunicación Social de la Cámara de Diputados- , el coordinador parlamentario del PAN, Héctor Larios Córdova, aseguró que un sistema democrático no puedan estar representados como cualquier otro sector.
Explicó que la Iglesia Católica impide a los sacerdotes ocupar un cargo de elección popular, sin embargo, esto no acredita que no puedan tener derechos en la Cámara de Diputados.
En lo que si estoy de acuerdo, dijo, es que los ministros que pertenecen a algún culto no son ciudadanos de segunda.A su vez, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Javier González Garza, calificó la propuesta como “absurda y un retroceso” que podría ser grave para el país, ya que, dijo, “la única posibilidad de tener libertad de cultos en el país es cuando el gobierno se mantiene al margen”.
El perredista consideró que la Iglesia Católica se siente apoyada por el partido en el gobierno, pero reiteró que sería un retroceso innegable en el país a acceder a sus peticiones.
“Yo creo que todos los mexicanos estamos orgullosos de las cosas que se han hecho en el país en ese sentido y no tenemos por qué regresar a ese tipo de cosas”, afirmó.
González Garza remarcó que la Constitución establece la educación laica y gratuita, por lo que se garantiza a las personas la libertad de creer y practicar cualquier religión.
“No nos metamos con los asuntos religiosos, que no son del Estado. Mantengamos al Estado por afuera, mantengamos a las Iglesias, todas, afuera del Estado”, puntualizó.
Por otro lado, (según el boletín N°. 1403) la diputada Beatriz Pagés Llergo Rebollar (PRI), aseguró que es necesario fortalecer constitucionalmente a la República laica.
Declaró que la Arquidiócesis Primada de México escogió el aniversario luctuoso de Juárez para anunciar que promoverá reformas a los artículos 3°, 24 y 130, y se cuestionó si con esa propuesta la Iglesia busca mayor poder político.
Puntualizó que llegó el tiempo de analizar la reforma de 1992 al artículo 130 constitucional, “es necesario revisar la Constitución para darle al Estado laico la contundencia que necesita tener, no para marginar, sino para garantizar lo que lleva implícito el laicismo: respeto y equidad a la pluralidad de ideas, creencias y religiones”.
Rechazó las afirmaciones de que en México no hay libertad religiosa, y argumentó que a ningún representante religioso se le ha perseguido por apoyar desde el púlpito a alguna fuerza política.
Resaltó que México ya no está para dogmatismos. “El progreso nunca ha sido encabezado por concepciones verticales, oscurantistas y excluyentes” y consideró preocupante darle más poder a fuerzas que han ido en contra del progreso, del avance social y que hoy reclaman tener derecho a decidir sobre el aborto y la eutanasia.
En relación a la Reforma del Estado, declaró que las Leyes de Reforma fueron la respuesta de Juárez a la arrogancia, abuso e impunidad de la oligarquía gobernante. “Lo que tendremos que hacer hoy con la Reforma del Estado es poner las bases de la equidad social y el verdadero equilibrio de poderes.
“Una reforma que no incluya la defensa de los derechos sociales y de la justicia en todos los órdenes, no puede ser considerada una auténtica Reforma del Estado; una reforma que no contemple el poder ciudadano, sólo podrá aspirar a ser un tímido intento de cambio donde seguirán vivos los grilletes oxidados del autoritarismo y la verticalidad gubernamental”.
La diputada Pagés Llergo consideró que es necesario traer a Juárez al siglo XXI y así construir los diques jurídicos para que el político no pueda gobernar o legislar “a impulsos de una voluntad caprichosa sino con sujeción a las leyes”, para que como lo señaló el Benemérito “no puedan improvisar fortunas ni entregarse al ocio o a la disipación”.
En tanto, el diputado José Alfonso Suárez del Real y Aguilera (PRD), mencionó que “la Ley Juárez fue un paso trascendental para lograr la igualdad jurídica de los mexicanos”. Precisó que de esta manera se dio paso a la conformación del Registro Civil, la abolición de tribunales especiales para clases privilegiadas y la cancelación de canonjías para el Clero.
Columna Razones/Jorge Fernández Menéndez en Excelsior, 9/07/2007;
Hank Rhon, seudociudadanos y los ministros de cultoSorpresas te da la vida, diría Rubén Blades, y por una de esas paradojas de la política, Jorge Hank Rhon le podría estar abriendo el paso, entre otras cosas, a la participación de ministros de culto en la política. Y es que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación abrió el pasado viernes una puerta que le será muy difícil de cerrar: la decisión de autorizar las candidaturas de Jorge Hank Rhon y de otros ocho aspirantes a distintos puestos de elección popular en Baja California —desconociendo el artículo 42 de la Constitución local y basándose para ello en el 35 de la federal, que establece que son prerrogativas de cualquier ciudadano el votar y “poder ser votado para todos los cargos de elección popular”, obviando la línea siguiente que sostiene que ello se deberá basar en “las calidades que establezca la ley”— permitirá, ya lo ha provocado, que, con toda razón, cualquier ciudadano pueda reclamar para sí ese derecho, independientemente de las limitaciones que establezca la ley para ejercer un cargo de elección popular.
Comencemos por un punto: el artículo 42 de la Constitución de Baja California me parece, para ser suave con los adjetivos, una tontería: no tiene demasiado sentido impedir que alguien, en cumplimiento de un cargo de elección popular, no pueda aspirar a otro durante ese mandato. Pero tiene la misma lógica como establecer que, para ser Presidente de la República se deba tener 35 años cumplidos o haber residido en el país durante el año anterior a la elección, o no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de algún culto, no estar en servicio activo del Ejército o no ser “secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario general de departamento administrativo, procurador general de la República ni gobernador de algún estado, a menos que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección”. Como ésas, existen muchas otras limitaciones en la Constitución, para ocupar cargos públicos. En la Carta Magna se establece que, en el caso de los estados, las elecciones de los gobernadores y las legislaturas locales serán “en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas”. Y resulta que esas normas son diferentes en cada entidad. Por ejemplo, en las elecciones municipales en Oaxaca se puede elegir a funcionarios por el método de usos y costumbres (incluido el que en algunas comunidades no está permitida la votación de las mujeres); en algunas entidades se pide ser nacido en el estado, para competir por la gubernatura y, en otros, sólo un periodo determinado de residencia. En algunos, el límite de edad varía con respecto a los demás. Las condiciones que se imponen, entonces, son distintas, basadas precisamente en esas leyes electorales respectivas de las que habla la Constitución.
Quizá no deberían existir tantas condiciones, muchas de ellas francamente anacrónicas, para ocupar un cargo de elección popular o ciertos puestos públicos. Pero no creo que la decisión del Tribunal Electoral federal haya sido motivada en el interés de eliminar esas restricciones, sino que se basó en una simple consideración política. Ya el TEPJF, con otros integrantes, había decidido, en 2000, por ejemplo, que López Obrador cubría los requisitos para ser candidato a jefe de Gobierno del DF, cuando era evidente que no sucedía así. Como en aquel caso, en éste hubo miembros de su propio partido que advirtieron que Hank Rhon no cumplía con los requisitos para ser candidato a gobernador de Baja California, pero también, como ocurrió en aquella oportunidad, hace siete años, el Tribunal prefirió abrirse a las presiones políticas que aplicar en forma estricta la ley. El problema es que ahora tendrá que atender de diferente manera otros casos.
Por ejemplo, ya el cardenal Norberto Rivera ha pedido que no se considere a los ministros de culto como “seudociudadanos” y no se limiten sus derechos, incluido el de asociarse con fines políticos, realizar proselitismo y propaganda a favor de un candidato, partido o asociación política. Según el cardenal, esas restricciones son “inconcebibles en una sociedad democrática”. Y se podrán tener muchas opiniones diferentes sobre el tema, pero si nos basamos en la resolución del Tribunal en el caso de Hank Rhon, habrá que darle la razón al cardenal.
Lo mismo sucede con las candidaturas independientes: ¿por qué el TEPJF en el pasado desechó las candidaturas de Jorge Castañeda o del Dr. Simi basándose en que no cumplían con los requisitos para poder participar, si ahora decide que el principio constitucional básico es el derecho a votar y ser votado, sin tomar en consideración el párrafo que habla sobre las “calidades que establezca la ley”?
No fue la de los ministros una decisión afortunada. Quizás en términos políticos de corto plazo, la participación de Hank Rhon en los comicios bajacalifornianos solucione o allane conflictos de mayor envergadura, pero de lo que no cabe duda es que genera antecedentes que deberán ser tomados en cuenta en el futuro. Si hay coherencia, lo que viene deberá ser una franca liberalización de todas las condiciones impuestas a candidatos y ciudadanos, en términos electorales. Y ni las instituciones ni los partidos parecen estar preparados para ello.
Por cierto, y regresando a la coyuntura, ¿no es incoherente haber propuesto e impulsado, como lo hizo el priismo de Baja California por conducto del entonces diputado local y ahora coordinador de campaña de Hank Rhon, Fernando Castro Trenti, la ley que ahora fue impugnada? ¿Cuándo estaban equivocados, cuando impulsaron esa reforma o ahora que la denunciaron, por cierto, con éxito?
Por lo pronto, que los tribunales se preparen porque tanto la Iglesia como los candidatos independientes querrán, con toda razón, el mismo
trato que Hank Rhon.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
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