Este viernes 5 de octubre se dio a
conocer que la SCJN avisó oficialmente al Presidente Calderón sobre las dos
vacantes que se abrirán en ese tribunal a partir del 30 de noviembre, por lo
que no hay impedimento alguno para que el Ejecutivo envíe al Senado las ternas
con los aspirantes para relevar a los ministros que se retiran.
En términos de la fracción X del
artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es deber
del presidente de la SCJN informar al presidente de la República de las
ausencias definitivas de sus pares.
"La SCJN envió el pasado 24 de septiembre un
oficio mediante el cual comunica al Presidente Felipe Calderón Hinojosa que este órgano jurisdiccional tendrá
dos ausencias definitivas a partir del 30 de noviembre, debido a la conclusión
de los encargos de los ministros Sergio
Salvador Aguirre Anguiano y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia", informó la
Corte en un comunicado.
El oficio, firmado por el Ministro
Presidente Juan Silva Meza desde el 18 de septiembre, tiene acuse de recibo de la Presidencia de la República del mismo lunes
24.
Curiosamente dos días después se concreta una
“reunión de cortesía “entre Enrique Peña Nieto, presidente electo y el Presidente de la SCJN, don Juan Silva
Meza.
El encuentro se realizó en la sede
alterna de la Corte, ubicada en avenida Revolución, en la colonia San Ángel.
Hubo comunicados de ambas partes, donde se comentó que durante el cónclave se
plantearon “temas de interés para el Poder Judicial relacionados con la
necesidad de contar con leyes para la regularidad del sistema judicial, como la
de amparo, la de reparaciones a la que se refiere el artículo 1º de la
Constitución y el Código Federal de Procedimientos Penales.”
Y seguramente –aunque no se dijo-,
hablaron de las vacantes en la corte. ¿Alguién lo duda?
¿Y quiénes serán las propuestas?
Se mencionan arios nombres entre
ellos algunos magistrados- Oscar Vázquez Marín, Alberto Pérez Dayá y Lilia Mónica López- los consejeros de la Judicatura Federal Daniel
Cabeza de Vaca y César Jáuregui-, dos magistrados Electorales; María del Carmen
Alanís y Constancio Carrasco...(vetados de antemano por el PRD).
Hay una persona que se nombra una y
otra vez, es Javier Laynez Potisek, actualmente Procurador Fiscal de la
Federación, quien también aspiro hace un año a ser magistrado de la Corte Penal
Internacional, sin éxito. Incluso fue reprobado por un panel de expertos: “Este
candidato es no calificado porque no tiene la experiencia necesaria, ya sea
como juez, fiscal, abogado u otra función similar”, dice el dictamen emitido
por un panel de cinco juristas de prestigio internacional.
También se menciona a Bernardo Sepúlveda
Amor, vicepresidente de la Corte Internacional de Justicia con sede en La
Haya, quien ya aspiro al cargo y estuvo en una terna en 2004; hace unos meses
don Bernardo reveló que en el sexenio de Fox, el entonces Secretario de
Gobernación, Santiago Creel, frenó su llegada a la Corte: dijo que ¡Creel no
cumplió su palabra! (ver Sepúlveda Amor, juez de la CIJ de la Haya/ Fred
Álvarez, publicado en la Otra Opinión, 9 de febrero de 2012).
Y no se descarta también al profesor del ITAM
y consejero académico del Consejo de Coordinación para la Implementación de las
Reformas de Justicia Penal, Maestro Miguel Sarre. Miguel es uno de los
pocos que conocen del tema de los derechos humanos y de la Justicia Penal, dos
de los temas clave en la justicia del siglo XXI
Y seguramente hay algunas cartas escondidas.
Por cierto, no tiene ninguna posibilidad la Procuradora Marisela Morales como
algunos columnistas la han mencionado: la ley lo impide. (Artículo 95, fracción
VI de la Constitución que nos rige)
Dice la nota del periódico Reforma – y
coincido con ella.-, que el relevo de Aguirre y Ortiz ha generado
especulaciones porque es el primero desde la reforma judicial de 1995 que se
presenta en el contexto de un cambio de partido al frente del Ejecutivo y
porque ambos ministros han mantenido posiciones conservadoras en temas sociales
y políticos que son cercanas a los principios tradicionales del PAN.
“Fuentes oficiales habían adelantado que
Calderón pensaba enviar las ternas incluso desde septiembre, pero no estaba
claro si los nombres serían negociados previamente con el Presidente electo,
Enrique Peña Nieto, o si serían propuestas unilaterales de la actual
Administración.”, agrega el texto de Reforma.
Y no tardará de unos días –el martes 9 de
octubre-, para que el Presidente Calderón envié las ternas al Senado tal y como
lo mandata la ley. Y seguramente aunque es facultad del presidente Calderón el
tema ya está acordado con el Presidente electo, seguramente también de eso
hablaron en la reciente reunión de casi cinco horas en Los Pinos el pasado 3 de
octubre.
Seguramente ya hubo acuerdo y las ternas fueron
concertadas entre PAN y PRI,.
Los tiempos apremian
¿Qué dice la ley?
El artículo 89 señala que es
facultad del Presidente:
“XVIII. Presentar a consideración del Senado,
la terna para la designación de
Ministros de la Suprema Corte de
Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio
Senado"
También que el Senado tiene 30 días
para procesar las ternas y rechazarlas o nombrar a los nuevos ministros por
mayoría calificada; en caso de rechazo, se deben enviar nuevas ternas, y si
éstas tampoco alcanzan mayoría, el Ejecutivo designa directamente a los
ministros.
Artículo
96. Para
nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la
República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa
comparecencia de las personas propuestas, designará al Ministro que deba cubrir
la vacante. La designación se hará por
el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro
del improrrogable plazo de treinta días. Si el Senado no resolviere dentro
de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha
terna, designe el Presidente de la República.
En caso de que la Cámara de Senadores
rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República
someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna
fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe
el Presidente de la República.
Artículo
95. Para ser
electo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se necesita:
I. Ser ciudadano mexicano por
nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
II. Tener cuando menos treinta y cinco
años cumplidos el día de la designación;
III. Poseer el día de la designación, con
antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho,
expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello;
IV. Gozar de buena reputación y no haber
sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de
prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza
y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público,
inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
V. Haber residido en el país durante los dos años
anteriores al día de la designación; y
VI. No haber sido Secretario de Estado,
Procurador General de la República o de Justicia del Distrito Federal, senador,
diputado federal ni gobernador de algún Estado o Jefe del Distrito Federal,
durante el año previo al día de su nombramiento.
Los nombramientos de los Ministros deberán recaer
preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia,
capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido
por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio
de la actividad jurídica.
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