18 may 2013

Obscuro el nombramiento de Jueces y Magistrados


Piden renuncia a Castillo en Judicatura
 Nota de Víctor Fuentes

 Reforma Pp, 18 mayo 2013).- Luego de repetidos errores en los concursos para designar a jueces de distrito, que han llevado a un severo problema interno en el Poder Judicial, el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, pidió la renuncia del director del Instituto de la Judicatura Federal (IJF), Leonel Castillo.
 Fuentes oficiales informaron que el magistrado, que fue presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la elección Presidencial de 2006, dejará la dirección del IJF a partir del primero de junio, y será reemplazado por Julio César Vázquez Mellado, quien ya había ocupado ese cargo.
 El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no ha podido designar a un solo juez de distrito desde septiembre de 2010, lo que ha provocado más de cien vacantes a nivel nacional, y ha obligado a permanecer en sus puestos a jueces que ya ganaron concursos para ascender a magistrados de circuito.

 REFORMA publicó el 6 de mayo que más de 50 participantes impugnaron el concurso más reciente, convocado este año para cubrir 70 plazas, luego de que el IJF calificó varias respuestas del cuestionario de la primera etapa con base en la Ley de Amparo que ya fue derogada, o en tesis de jurisprudencia de la Corte que son obsoletas.
 Los inconformes exigen que se les califique de nuevo con las respuestas correctas, lo que podría alterar la lista de 149 de más de mil 200 aspirantes que pasaron a la segunda etapa, pues algunos podrían alcanzar los 85 puntos necesarios para ello.
 En septiembre de 2012, el CJF canceló dos concursos para designar 60 jueces, luego de que Castillo ordenó, por iniciativa propia, pasar todos los exámenes por segunda vez ante el lector óptico para recabar datos estadísticos, lo que arrojó discrepancias con los resultados de la primera lectura.
 El problema es que la única lectura legalmente válida es la que se hace en presencia de todos los concursantes y se refleja en una pantalla gigante el día que se presenta el examen.
 La lista "depurada" de aspirantes aprobados enviada por Castillo al CJF fue publicada en el Diario Oficial sin que se hubiera informado a los consejeros sobre la segunda lectura de los exámenes.
 La cancelación de los concursos de 2012 fue cuestionada por decenas de aspirantes, pero hasta ahora la Suprema Corte no ha resuelto esos recursos, lo que provoca incertidumbre sobre el concurso vigente que, según las fuentes, se seguirá desahogando en las dos etapas pendientes.
 El concurso actual es el primero que se desarrolla bajo nuevas reglas aprobadas en febrero por el CJF, que en seis años ha expedido cuatro acuerdos generales distintos para normar esta materia, pero no ha logrado impedir las impugnaciones constantes de los interesados.
 "La prioridad será reorientar los esfuerzos para definir claramente el perfil que se requerirá a los nuevos jueces", dijo una fuente. "Además, el nuevo director del IJF también tendrá el encargo de capacitar al personal del PJF en temas como la nueva Ley de Amparo".
 Leonel Castillo, que tiene 41 años de carrera en el PJF, volverá a un tribunal colegiado en materia civil.
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Limita Corte poder de Judicatura
Nota de Víctor Fuentes
 Ciudad de México  (17 enero 2013).-   La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció por primera vez que las decisiones del Consejo de la Judicatura Federal pueden ser impugnadas mediante el juicio de amparo, lo que implica que jueces y magistrados que son vigilados por el propio CJF podrán resolver sobre la legalidad de su actuación.
 Por seis votos contra cinco, el Pleno de la Corte aprobó una jurisprudencia que señala que el hecho de que se reclame un acto del CJF, no puede ser causa para desechar de inmediato una demanda de amparo por notoria improcedencia, lo que obligará a los jueces a tramitar los procedimientos, y al CJF a sujetarse a sus sentencias.
 Hasta ahora, las únicas decisiones del Consejo que podían ser impugnadas eran las que se refieren al nombramiento, adscripción y remoción de jueces de distrito y magistrados de circuito, pero no mediante amparos, sino mediante un recurso de revisión administrativa que se promueve ante la Corte.
 Con la resolución de hoy, particulares que tratan con el CJF por múltiples razones podrán ampararse contra sus acciones. Esto incluye a contratistas y proveedores, personas que soliciten acceso a la información y quienes presenten quejas contra personal judicial, entre otros.
 También podrán ampararse el personal de los tribunales y los funcionarios administrativos del propio CJF contra sanciones como destitución o inhabilitación, e incluso los propios jueces y magistrados, en asuntos distintos a los relacionados con nombramiento, adscripción o remoción.
 El CJF fue creado por la reforma judicial de 1994-95 para quitarle a la Corte las funciones de administración y disciplina del Poder Judicial, y actualmente administra más de 700 juzgados y tribunales, en los que despachan alrededor de mil 200 juzgadores y más de 35 mil empleados.
 Aunque el artículo 100 de la Constitución señala, de manera categórica, que las decisiones del CJF "son definitivas e inatacables, y no procede en su contra juicio ni recurso alguno", la mayoría de ministros, que incluyó al actual presidente del CJF, Juan Silva Meza, consideró hoy que la reforma de 2011 sobre derechos humanos, obliga a una interpretación más flexible.
 "No veo por qué el Consejo se convierta en una especie de poder omnímodo contra el cual no procede ningún recurso", afirmó el Ministro Arturo Zaldívar.
 "No veo que las funciones del órgano administrativo sean tan extraordinarias que en su contra no proceda absolutamente nada, en ningún caso, no importa lo que haga".
 Luis María Aguilar, autor de la sentencia, señaló que muchos amparos eventualmente serán desechados por improcedentes, pero que al menos se debe dar la oportunidad de que se escuchen los argumentos de los quejosos y no se les cierre la puerta desde un principio.
 La minoría advirtió que el artículo 100 es contundente, y que la reforma sobre derechos humanos admite excepciones cuando la propia Constitución las prevea.
 "Abrir la procedencia del amparo querrá decir que, independientemente del resultado que se tenga en los juicios, eventualmente las determinaciones del Consejo, que pueden ser muy delicadas, pueden quedar sujetas a determinación por quienes en principio son sujetos del control que ejerce el Consejo", dijo Fernando Franco.
 "¿Qué esto no atenta contra la dinámica de funcionamiento y trabajo del Consejo", cuestionó Margarita Luna.
 "¿Es lógico que pueda conocer de un amparo un juez o magistrado que está siendo sometido a la disciplina del propio Consejo?".
 En 1996 y 1997, la Corte tuvo fuertes debates sobre el tema, lo que llevó a una reforma en 1999 por la que el Constituyente reiteró, aún con más claridad, que no se pueden impugnar las decisiones del CJF, lo que la propia Corte había ratificado en marzo de 2004.
 Seguimiento del caso en mi Blog.

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