Piden
renuncia a Castillo en Judicatura
Nota de Víctor
Fuentes
Reforma Pp, 18 mayo 2013).- Luego de
repetidos errores en los concursos para designar a jueces de distrito, que han
llevado a un severo problema interno en el Poder Judicial, el presidente de la
Corte, Juan Silva Meza, pidió la renuncia del director del Instituto de la
Judicatura Federal (IJF), Leonel Castillo.
Fuentes
oficiales informaron que el magistrado, que fue presidente del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación en la elección Presidencial de
2006, dejará la dirección del IJF a partir del primero de junio, y será
reemplazado por Julio César Vázquez Mellado, quien ya había ocupado ese cargo.
El
Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no ha podido designar a un solo juez de
distrito desde septiembre de 2010, lo que ha provocado más de cien vacantes a
nivel nacional, y ha obligado a permanecer en sus puestos a jueces que ya
ganaron concursos para ascender a magistrados de circuito.
REFORMA
publicó el 6 de mayo que más de 50 participantes impugnaron el concurso más
reciente, convocado este año para cubrir 70 plazas, luego de que el IJF
calificó varias respuestas del cuestionario de la primera etapa con base en la
Ley de Amparo que ya fue derogada, o en tesis de jurisprudencia de la Corte que
son obsoletas.
Los
inconformes exigen que se les califique de nuevo con las respuestas correctas,
lo que podría alterar la lista de 149 de más de mil 200 aspirantes que pasaron
a la segunda etapa, pues algunos podrían alcanzar los 85 puntos necesarios para
ello.
En
septiembre de 2012, el CJF canceló dos concursos para designar 60 jueces, luego
de que Castillo ordenó, por iniciativa propia, pasar todos los exámenes por
segunda vez ante el lector óptico para recabar datos estadísticos, lo que
arrojó discrepancias con los resultados de la primera lectura.
El
problema es que la única lectura legalmente válida es la que se hace en
presencia de todos los concursantes y se refleja en una pantalla gigante el día
que se presenta el examen.
La
lista "depurada" de aspirantes aprobados enviada por Castillo al CJF
fue publicada en el Diario Oficial sin que se hubiera informado a los
consejeros sobre la segunda lectura de los exámenes.
La
cancelación de los concursos de 2012 fue cuestionada por decenas de aspirantes,
pero hasta ahora la Suprema Corte no ha resuelto esos recursos, lo que provoca
incertidumbre sobre el concurso vigente que, según las fuentes, se seguirá
desahogando en las dos etapas pendientes.
El
concurso actual es el primero que se desarrolla bajo nuevas reglas aprobadas en
febrero por el CJF, que en seis años ha expedido cuatro acuerdos generales
distintos para normar esta materia, pero no ha logrado impedir las
impugnaciones constantes de los interesados.
"La
prioridad será reorientar los esfuerzos para definir claramente el perfil que
se requerirá a los nuevos jueces", dijo una fuente. "Además, el nuevo
director del IJF también tendrá el encargo de capacitar al personal del PJF en
temas como la nueva Ley de Amparo".
Leonel
Castillo, que tiene 41 años de carrera en el PJF, volverá a un tribunal
colegiado en materia civil.
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Limita
Corte poder de Judicatura
Nota de Víctor
Fuentes
Ciudad
de México (17 enero 2013).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) estableció por primera vez que las decisiones del Consejo de la
Judicatura Federal pueden ser impugnadas mediante el juicio de amparo, lo que
implica que jueces y magistrados que son vigilados por el propio CJF podrán
resolver sobre la legalidad de su actuación.
Por
seis votos contra cinco, el Pleno de la Corte aprobó una jurisprudencia que
señala que el hecho de que se reclame un acto del CJF, no puede ser causa para
desechar de inmediato una demanda de amparo por notoria improcedencia, lo que
obligará a los jueces a tramitar los procedimientos, y al CJF a sujetarse a sus
sentencias.
Hasta
ahora, las únicas decisiones del Consejo que podían ser impugnadas eran las que
se refieren al nombramiento, adscripción y remoción de jueces de distrito y
magistrados de circuito, pero no mediante amparos, sino mediante un recurso de
revisión administrativa que se promueve ante la Corte.
Con
la resolución de hoy, particulares que tratan con el CJF por múltiples razones
podrán ampararse contra sus acciones. Esto incluye a contratistas y
proveedores, personas que soliciten acceso a la información y quienes presenten
quejas contra personal judicial, entre otros.
También
podrán ampararse el personal de los tribunales y los funcionarios
administrativos del propio CJF contra sanciones como destitución o
inhabilitación, e incluso los propios jueces y magistrados, en asuntos
distintos a los relacionados con nombramiento, adscripción o remoción.
El
CJF fue creado por la reforma judicial de 1994-95 para quitarle a la Corte las
funciones de administración y disciplina del Poder Judicial, y actualmente
administra más de 700 juzgados y tribunales, en los que despachan alrededor de
mil 200 juzgadores y más de 35 mil empleados.
Aunque
el artículo 100 de la Constitución señala, de manera categórica, que las
decisiones del CJF "son definitivas e inatacables, y no procede en su
contra juicio ni recurso alguno", la mayoría de ministros, que incluyó al
actual presidente del CJF, Juan Silva Meza, consideró hoy que la reforma de
2011 sobre derechos humanos, obliga a una interpretación más flexible.
"No
veo por qué el Consejo se convierta en una especie de poder omnímodo contra el
cual no procede ningún recurso", afirmó el Ministro Arturo Zaldívar.
"No
veo que las funciones del órgano administrativo sean tan extraordinarias que en
su contra no proceda absolutamente nada, en ningún caso, no importa lo que
haga".
Luis
María Aguilar, autor de la sentencia, señaló que muchos amparos eventualmente
serán desechados por improcedentes, pero que al menos se debe dar la
oportunidad de que se escuchen los argumentos de los quejosos y no se les
cierre la puerta desde un principio.
La
minoría advirtió que el artículo 100 es contundente, y que la reforma sobre
derechos humanos admite excepciones cuando la propia Constitución las prevea.
"Abrir
la procedencia del amparo querrá decir que, independientemente del resultado
que se tenga en los juicios, eventualmente las determinaciones del Consejo, que
pueden ser muy delicadas, pueden quedar sujetas a determinación por quienes en
principio son sujetos del control que ejerce el Consejo", dijo Fernando
Franco.
"¿Qué
esto no atenta contra la dinámica de funcionamiento y trabajo del
Consejo", cuestionó Margarita Luna.
"¿Es
lógico que pueda conocer de un amparo un juez o magistrado que está siendo
sometido a la disciplina del propio Consejo?".
En
1996 y 1997, la Corte tuvo fuertes debates sobre el tema, lo que llevó a una
reforma en 1999 por la que el Constituyente reiteró, aún con más claridad, que
no se pueden impugnar las decisiones del CJF, lo que la propia Corte había
ratificado en marzo de 2004.
Seguimiento
del caso en mi Blog.
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