20 may 2014

Haber, haber: ¿de dónde vino y con qué propósito el regalito?/Jorge Alcocer V.


 Haber..., haber/Jorge Alcocer V.
Reforma, 20 May. 2014;

El "haber de retiro" que el Congreso de la Unión otorgó a los magistrados de la Sala Superior (SS) del TEPJF despertó generalizado rechazo y múltiples preguntas sobre su origen y justificación. Haber, haber, ¿qué pasó?
En diciembre pasado, en la reforma constitucional político-electoral, se pretendió otorgar a dichos magistrados dos beneficios: extender su mandato hasta 2021 y otorgarles una pensión vitalicia, igual a la que reciben los ministros de la Corte. Ante la avalancha de críticas, la propuesta, contemplada en un artículo transitorio, fue retirada del dictamen. Los magistrados guardaron silencio.
La semana pasada, la pensión vitalicia, llamada ahora "haber de retiro", fue introducida en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (artículo 209, fracción XXXI) con el añadido de que será la Comisión de Administración del TEPJF la que determine, "en su caso", dicha prestación, que es sólo para magistrados de la SS, no para los regionales. La mencionada Comisión se integra por 3 consejeros de la Judicatura y 2 magistrados de la SS; quien la preside es el presidente del TEPJF.

¿Cuál fue el motivo para que senadores y diputados hayan aprobado en ley lo que antes habían rechazado colocar en la Carta Magna? Senadores del PAN y PRD se deslindaron del asunto, acusando de engaño a los funcionarios del Ejecutivo que tuvieron a su cargo la redacción final del decreto aprobado. Los diputados de ambos partidos votaron en contra. Sin embargo, el jefe de la Oficina Presidencial afirmó, en entrevistas radiofónicas, que el haber de retiro fue aprobado por PRI, PAN y PRD. Alguien está mintiendo.
El viernes pasado el TEPJF emitió boletín de prensa en el que defiende la prestación obtenida; la argumentación es contradictoria, pues primero se invoca la norma del artículo 94 constitucional, que beneficia a los ministros de la Corte con el haber de retiro, que es vitalicio, y luego se afirma que: "No se trata de una pensión vitalicia, tampoco de un bono". En el boletín de marras, los magistrados de la SS afirman: "El haber de retiro está previsto ante la disposición legal que prohíbe a los ex integrantes de la Sala Superior del TEPJF, desempeñar cualquier actividad relacionada con su profesión en un periodo de dos años". (Boletín 141/2014).
Lo que la Constitución (Art. 101) les prohíbe, por dos años, es "actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación". Por su parte, en lo atinente, la Ley de Responsabilidades establece:
"Artículo 9.- El servidor público que deje de desempeñar su empleo, cargo o comisión deberá observar, hasta un año después de haber concluido sus funciones, lo siguiente: (...)
c) Los servidores públicos que se hayan desempeñado en cargos de Dirección en el Instituto Federal Electoral, sus Consejeros, y los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se abstendrán de participar en cualquier encargo público de la administración encabezada por quien haya ganado la elección que ellos organizaron o calificaron".
Queda claro que la ley no prohíbe a los magistrados de la SS "desempeñar cualquier actividad relacionada con su profesión en un periodo de dos años"; los impedimentos son los antes transcritos. Además, el impedimento para ocupar cargos públicos está acotado a la "administración encabezada por quien haya ganado la elección que ellos mismos organizaron o calificaron"; por "administración" debe entenderse "gobierno", federal, estatal o municipal.
Los magistrados electorales podrán ejercer su profesión en muchos otros ámbitos, incluyendo para varios de ellos reincorporarse a la carrera judicial. Es falso que, cuando dejen el cargo, tendrán que irse a su casa y esperar 2 años para tener un empleo o ejercer su profesión. Pero lo fundamental es que desde 2006 han disfrutado una remuneración equivalente a la de ministro de la Corte, y les quedan más de dos años de tal privilegio.
Haber, haber: ¿de dónde vino y con qué propósito el regalito?

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