25 oct 2016

Tropelía del Senado/Jorge Alcocer V.

Hay excesos que no deberían ser tolerados! 
Pretenden votar por la vía rápida:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo Cuarto de las disposiciones transitorias del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de julio de 2008, para quedar como sigue:
Artículo Cuarto.- ...
Los siete magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, electos por la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2016 y cuyo mandato inicia el 4 de noviembre del mismo año, desempeñarán su encargo conforme a lo siguiente:
a) Los dos Magistrados electos originalmente para el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2019, durarán en su encargo hasta el 31 de octubre de 2023;
b) Los dos Magistrados electos originalmente para el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2022, durarán en su encargo hasta el 31 de octubre de 2024, y
c) Los tres Magistrados restantes, ejercerán su encargo en los mismos términos de la elección realizada por la Cámara de Senadores, en el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2025.
Habráse visto!
Recomiendo leer "El Senado y su plan para mermar la credibilidad del Tribunal Electoral
Nexos, OCTUBRE 24, 2016
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Tropelía del Senado/Jorge Alcocer V.*
Reforma, 25 Oct. 2016
La reforma electoral de 2007 dispuso que en la renovación de la Sala Superior del TEPJF de este año fuese aplicado el escalonamiento de sus magistrados (artículo 99 de la Constitución). Las reglas para tal efecto quedaron en la fracción II del Artículo Cuarto Transitorio del Decreto que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que a la letra dispone:
 "II. A más tardar el 30 de octubre de 2016, la Cámara de Senadores elegirá a siete nuevos magistrados electorales de la Sala Superior que iniciarán su mandato el 4 de noviembre de 2016; dos de ellos concluirán su mandato el 31 de octubre de 2019, dos más el 31 de octubre de 2022 y los tres restantes el 31 de octubre de 2025. Al aprobar los nombramientos el Senado deberá señalar el período de mandato que corresponde a cada magistrado (...)". (DOF, 01/07/08).
Con esas reglas fue que la Suprema Corte de Justicia abrió el procedimiento para la renovación de la Sala Superior; los once ministros las tenían a la vista cuando fueron decantando la lista de aspirantes, hasta llegar a las 7 ternas que enviaron al Senado, que con ellas desahogó el procedimiento de comparecencias y calificación de los 21 candidatos, para luego dar paso a la decisión que, con la máxima opacidad, quedó a cargo, como es usual en estos casos, de los coordinadores de los tres mayores grupos parlamentarios en esa Cámara (PRI, PAN y PRD).

Recordemos que el procedimiento de renovación de las salas del TEPJF, tanto Superior como regionales, excluye al titular del Poder Ejecutivo Federal, lo que se explica por la naturaleza y atribuciones de dicho Tribunal; la Constitución otorga a la Corte la facultad de propuesta al Senado, en virtud de que, desde 1996, el Tribunal Electoral forma parte del Poder Judicial de la Federación. Al igual que ocurre con los ministros de la Corte, el Senado tiene la palabra final en la elección de magistrados electorales del TEPJF, y desde 2014 también para los de tribunales locales. Es un poder enorme, sujeto en última instancia a las conveniencias e intereses de los partidos políticos, en específico de los tres mayores, a través de sus coordinadores parlamentarios.
Hace diez años la renovación de la Sala Superior se vio marcada por esos intereses; como hoy, las cuotas por partido fueron sobrepuestas a cualquier otro criterio de evaluación de los aspirantes, lo que en varios casos se complementó con el privilegio a los cuates de algún personaje político de relevancia. Fue entonces que, como antes para el IFE, inició la práctica que hoy sigue siendo de uso común: elegir por cuotas y cuates. Cada quien toma su parte y todos contentos.
Por su origen es inevitable que las decisiones de las Cámaras del Congreso estén influidas por consideraciones de orden político- partidista, pero hay excesos que no deberían ser tolerados. En lo que nos ocupa hay una solución: que las Cámaras no intervengan en la designación de magistrados del TEPJF, tampoco de los tribunales locales ni de consejeros del INE. El problema será ¿a quién otorgar el poder para elegir? La pregunta sigue sin respuesta.
A pesar de la crítica por las cuotas hoy en el Senado podrían aprobar una inédita reforma, que sería después convalidada en San Lázaro, y por el presidente de la República al promulgar el Decreto respectivo.
Contra los principios de legalidad y seguridad jurídica, en el Senado pretenden aprobar la reforma del artículo transitorio arriba citado, para que a cuatro de los magistrados, que con esa norma fueron electos y rindieron protesta el jueves, se les aumente el periodo en el cargo, a los electos para 3 años a 7, y a los de 6 a 8.
En el Senado nadie da la cara para explicar la tropelía. Es parte del acuerdo político del pasado jueves, me dicen algunos senadores que prefieren el anonimato.
La tropelía daña a los magistrados electos y abre justificadas dudas sobre los compromisos exigidos por sus promotores.
Será un mal inicio de quienes tendrán a su cargo calificar la elección de 2018.
** Director de la revista Voz y Voto y del Centro de Estudios para un Proyecto Nacional Alternativo. 

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