27 may 2007

Sobre la acción de inconstitucioldad

Aborto en el DF: entre la legalidad y la imposición
Editorial de La Jornada, 27/05/2007;
La decisión de la Procuraduría General de la República (PGR) y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de presentar una controversia sobre constitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra las reformas sobre el aborto aprobadas
recientemente por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) revela el cariz autoritario del gobierno federal, que busca imponer sus convicciones a espaldas de este cuerpo legislativo y de la población de la capital.
En la ciudad de México, sin duda, el apoyo a dicha reforma legislativa, que permite la interrupción del embarazo antes de las 12 primeras semanas de gestación, fue manifiesto. La sociedad civil, innumerables organizaciones no gubernamentales, partidos y muchos personajes de la vida política y artística del país se pronunciaron activamente para impulsar su aprobación. Por el contrario, las movilizaciones en contra, instigadas por organizaciones como Pro Vida y la Iglesia católica, tuvieron poca particiación.
Para varios especialistas en derecho constitucional es claro: los recursos promovidos por la PGR y la CNDH ante la SCJN son una muestra más de la posición dogmática de un gobierno de "derecha, clerical y fiel seguidor de las políticas que dicta el Vaticano".
Y es que, aseguraron, no existe ninguna violación al marco constitucional con las reformas aprobadas. Elisur Arteaga Nava, constitucionalista y catedrático de la Universidad Autónoma Metropolitana, afirmó que las reformas que despenalizan la interrupción del embarazo "no obligan ni invitan a nadie a abortar; además se aprobaron como parte de las competencias de la ALDF para crear tipos penales y despenalizar acciones, sin que se violente ningún marco constitucional".
Si bien reconoció que existe competencia legítima de PGR y CNDH para interponer la acción de inconstitucionalidad, "eso no quiere decir que tengan razón, y en este caso no la tienen porque la asamblea capitalina tiene facultades legítimas para legislar en materia penal y sobre tipos penales, ya que no se trata de un delito federal".
Agregó que la jurisprudencia de la SCJN no puede ser invocada, porque el objetivo de una controversia es demostrar que una normatividad es contraria a la Constitución, "pero no para poner en evidencia que no se está de acuerdo con una decisión legítima". Es decir, no existen motivos para que la resolución de la ALDF sea derogada.
Por otra parte, la decisión de la PGR y la CNDH no sólo atenta contra la independencia de poderes marcada en la Constitución y pone en duda la capacidad del Congreso y del gobierno locales para actuar conforme a sus propios planes, también es una afrenta para la mayoría de los ciudadanos, que apoyaron las reformas. No hay que olvidar que la acción es una imposición del gobierno federal que fracasó en el Legislativo del DF y en las calles y que ahora se traslada al terreno legal.
Para evitar casos como este y otros que afectan la competencia del gobierno capitalino y del Legislativo local, sería deseable avanzar en el proyecto de una reforma política en el DF, dotándola de su propia Constitución. Como señaló el jefe de Gobierno capitalino, Marcelo Ebrard, es absurdo continuar subordinando a la ciudad en temas como el de la salud.

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