19 jun 2013

Por fin, lista la reforma al 24 Constitucional!

Ahora la ruta es sobre el reglamento de la ley
Había escrito en este y en otros espacios  que tanto el gobernador de Chihuahua como la alcaldesa de Monterrey tenían derecho a asistir en esa calidad de gobernante a cualquier acto de  culto público. 
¡Debo reconocer que me equivoqué!
Pensé que las reformas al 24 Constitucional ya eran ley, no obstante, hay reformas vigentes al I Constitucional
.


Las reformas aprobadas por el Congreso federal y por 16 Congresos locales apenas serán ley, una vez publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Hoy casi es una realidad.
Este miércoles 19 de junio se hizo la declaratoria de aprobación, una vez que se recibieron comunicaciones de diversos congresos locales por las que informan su resolución al proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución.
El Presidente de la Comisión Permanente  Ricardo Anaya Cortes (PAN) solicito a la Secretaría realice el escrutinio correspondiente a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de votos que aprueban el proyecto de decreto. La secretaría dio lectura, e infomó a la Asamblea “que se recibieron los votos aprobatorios de los congresos de los estados: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Sinaloa y Sonora. Asimismo, se recibieron los votos en contra del proyecto que emitieron los congresos de los estados de Michoacán, Morelos, Oaxaca y Zacatecas.
Agregó -En consecuencia, esta Secretaría da fe de la emisión de 16 votos aprobatorios y 4 en contra del proyecto de decreto de referencia.”
EL Diputado Presidente solicito a los presentes ponerse de pie para hacer la declaratoria de aprobación, y dijo: “A efecto de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y una vez computado el voto aprobatorio de la mayoría de las legislaturas estatales, la Comisión Permanente declara aprobado el decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación. La presidencia seguirá atenta para recibir las resoluciones que emitan otras legislaturas de los estados sobre este asunto, mismas que se integrarán al expediente.”
Hubo posicionamientos en el pleno a favor y en contra.
La ruta legislativa fue larga, y es que hubo cabildeó en contra. 
La reforma quedará de la siguiente manera.
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
 Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
(…)
Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria
Los 16 congresos locales que avalado la modificación propuesta,  fueron en este orden:
1. Estado de México – 23/abril/2012
2. Hidalgo – 2/mayo/2012
3. Sonora – 15/mayo/2012
4. Durango – 24/mayo/2012
5. Coahuila – 21/agosto/2012
6. Querétaro – 7/septiembre/2012
7. Chiapas – 18/septiembre/2012
8. Chihuahua – 3/octubre/2012
9. Baja California Sur – 10/octubre/2012
10. Tlaxcala – 7/noviembre/2012
11. Nuevo León – 8/noviembre/2012
12. Nayarit – 22/noviembre/2012
13. Campeche – 24/noviembre/2012
14. Guanajuato – 29/noviembre/2012
15. Puebla – 6/diciembre/2012
6. Sinaloa – 28/diciembre/2012
Versión estenográfica. Vale la pena tenerla aquí.
Sesión de la Comisión Permanente, miércoles 19 de junio de 201
C. SECRETARIA DIPUTADA GONZÁLEZ CRUZ: Se recibieron comunicaciones de diversos congresos estatales por las que informan su resolución al proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (En materia de libertad religiosa)
-EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ANAYA CORTÉS: Solicito a la Secretaría realice el escrutinio correspondiente a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de votos que aprueban el proyecto de decreto.
-LA C. SECRETARIA DIPUTADA GONZÁLEZ CRUZ: Señor Presidente, informo a la Asamblea que se recibieron los votos aprobatorios de los congresos de los estados: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Sinaloa y Sonora. Asimismo, se recibieron los votos en contra del proyecto que emitieron los congresos de los estados de Michoacán, Morelos, Oaxaca y Zacatecas.
-En consecuencia, esta Secretaría da fe de la emisión de 16 votos aprobatorios y 4 en contra del proyecto de decreto de referencia.
-Es cuanto, señor Presidente.
(Apenas los votos suficientes..por qué)
-EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ANAYA CORTÉS: Muchas gracias.
-Solicito a los presentes ponerse de pie para hacer la declaratoria de aprobación, incluidas las galerías. Muchas gracias.
(Todos de pie)
-A efecto de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y una vez computado el voto aprobatorio de la mayoría de las legislaturas estatales, la Comisión Permanente declara aprobado el decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (En materia de libertad religiosa)
-Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación. La presidencia seguirá atenta para recibir las resoluciones que emitan otras legislaturas de los estados sobre este asunto, mismas que se integrarán al expediente.
-Favor de tomar asiento.
-Para hablar sobre este asunto, tiene el uso de la voz el Diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano.
-EL C. DIPUTADO RICARDO MONREAL ÁVILA: Ciudadano Presidente; ciudadanos legisladores:
No obstante que ha sido declarada formalmente la aprobación de la reforma constitucional al artículo 24, debo de recordar que este artículo ha sido ampliamente debatido desde sus orígenes. Nosotros sostenemos que fue un acuerdo original del PRI con una parte del sector eclesiástico que originalmente abarcaba una mayor profundidad esta reforma en detrimento de las creencias y de laicismo.
Por fortuna no fue así, se modificó, pero debo de decirles lo que en el debate afirmé. Que esta modificación al artículo 24 Constitucional resultaba un tanto cuanto tautológica, es decir, se repetía.
Como ustedes saben, en México tenemos en su artículo 1, que para mí es de los más avanzados de la última parte de legislación, el artículo 1 Constitucional modificado señala la prohibición de discriminar a persona alguna por motivo religioso; pero también complementado tenemos el artículo 6 sobre la manifestación de ideas, que éstas no pueden ser restringidas.
Tenemos la libertad de expresión en el artículo 7 también, la libertad de escribir y publicar escritos, es decir, nosotros consideramos que estas libertades están por encima de cualquier otra decisión del gobierno. Pero particularmente este artículo 24 está inscrito en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo que comúnmente conocemos como El Pacto de San José.
En el debate sosteníamos que era tautológico, repetitivo e inútil trasladar la misma disposición de El Pacto de San José a la Constitución en el artículo 24. Quiero decirles, ciudadanos legisladores y legisladoras, que es idéntico el párrafo, y que los mexicanos estamos obligados a respetar la Convención Americana sobre Derechos Humanos del Pacto de San José.
Luego entonces si ya existía una legislación internacional sobre libertad de creencia y laicismo ¿para qué repetirla tautológicamente en el artículo 24 Constitucional? Desde entonces nos opusimos, sin embargo, lo que abunda no daña, y finalmente hoy, formalmente está ya declarada la aprobación.
En el artículo 40 de la Constitución, que es lo que a nosotros nos interesa, se establece claramente el carácter laico del Estado mexicano, y dice: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal compuesta por estados libres y soberanos en todo lo concerniente al régimen interior, pero unidos en una federación, establecidos en esta ley fundamental”.
        Y en el artículo 130 de la Constitución se establece el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, y además mandata expresamente que las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley.
        La ley reglamentaria que rige a este artículo, la Ley de Asociaciones Religiosos y Culto Público, cuyos artículos 21 y 25 pueden ser invocados para analizar, por cierto, los 2 últimos eventos en los que participaron autoridades del Gobierno mexicano:
        Uno de ellos, el Gobernador de Chihuahua, el Gobernador Duarte; y otra persona, la Alcaldesa de Monterrey, que precisamente estos personajes violan la laicidad, violan los principios de laicidad y violan la Constitución. Ellos se justifican que eran actos privados, y no puede, de ninguna manera, admitirse eso.
        Yo creo que violaron la Constitución, violaron el Estado laico, y este Congreso debería someterlos a juicio de responsabilidad. No creo que lo haga, y no es en contra de profesar una fe o una religión; todos tenemos el derecho de profesarlo, eso es lo que consagra el artículo 24.
        De manera personal yo profeso una fe y una religión, pero de ninguna manera la uso con fines políticos, ni con fines propagandísticos porque eso es lo que está prohibido en la Constitución.
        Y cuando la Presidenta Municipal de Monterrey entrega a Cristo la ciudad por su incapacidad para frenar la corrupción y la inseguridad, viola el principio contenido en el artículo 24, y el Gobernador Duarte hace exactamente lo mismo.
        Por eso nosotros creemos que algunos de los políticos se convierten en mercaderes de la religión. Pero a estos fariseos electorales, mercaderes de la religión, hay que recordarles una sentencia bíblica, parafraseando:
        “Es más fácil que un camello pase por el ojo de una aguja, a que un fariseo de la política pase la prueba de las urnas”. A pesar de que lo usan con fines propagandísticos, todo mundo se queda callado. Este Congreso tiene una responsabilidad histórica.
        Todavía hay liberales y laicos. Si ya no se quiere el principio de la laicidad, discutámoslo; pero si está vigente el principio de laicismo, respetémoslo, y los gobernadores y la Presidenta Municipal de Monterrey no lo respetan, violan la Constitución de manera fragrante, y este Congreso no es capaz de llamarlos a cuentas, someterlos a juicio político por violación a la Constitución.
        Esas son mis reflexiones en torno al artículo 24 Constitucional, que concluyo diciendo: es tautológico. Si se hubiera aprobado o no esta disposición contenida en el 24 de la Constitución, de cualquier forma, México como país suscribiente está obligado, está obligado a respetar y observar la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
        Les voy a decir cuál es el artículo que transcribe. El artículo 12 de esta Convención Americana de Derechos Humanos, El Pacto de San José, es trascrito íntegramente al artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
        Esa es nuestra inconformidad y por eso afirmo que es tautológico, inútil, y es un ejercicio pretórico. (Aplausos).
        -EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ANAYA CORTES: Gracias, Diputado.
        -Tiene ahora el uso de la voz el Senador Armando Ríos Piter para referirse al mismo asunto.
        -EL C. SENADOR ARMANDO RIOS PITER: Con su permiso, señor Presidente.
        Me parece muy importante, frente a esta modificación constitucional que hoy termina en el proceso de revisión, tanto por senadores, diputados y por los congresos locales, recordar el origen de lo que hoy se está aprobando, y especialmente traer a la memoria de todas y de todos, no solamente los legisladores de esta Comisión Permanente, sino de los ciudadanos y ciudadanas del país, qué fue lo que se intentó por parte del PAN y del PRI aquel 15 de diciembre del 2011, y lo traigo a referencia porque, una vez que me ha tocado revisar el Diario de los Debates, y recordando que yo estaba al frente de la Junta de Coordinación Política, creo que es pertinente recordar lo que ocurrió en aquella ocasión, para refrescarle la memoria a la gente de lo que intentaron el PRI y el PAN, que en el momento más caliente del proceso electoral, antes de que se eligiera Presidente de la República, parecía ser que competían por ver quién quedaba mejor frente a la visita del Papa.
        Me acuerdo que el Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, compañero del Partido de la Revolución Democrática, me llamó alarmado porque el PAN y el PRI se habían puesto de acuerdo, y sin cumplir con el proceso legislativo, se había convocado a comisión y se había votado un texto propuesto por el Diputado Rodríguez Pescador, un texto que había estado dormido durante ya varios meses, sino es que años, y que de pronto de buenas a primeras encontró un gran acuerdo político en el PAN y en el PRI, y que buscaba quitar un párrafo importante del texto constitucional, que debo celebrar que hemos rescatado y que hemos evitado que ese intento, del PAN y del PRI, de aquel momento, se hiciera un cambio constitucional.
        Lo quiero recordar, porque por desinformación o por la intención de quienes quieren que regrese el estado confesional, han intentado frente a la opinión pública mantener esa elucubración de que se modificó a favor de las iglesias, y especialmente de la iglesia católica, el artículo 24.
        Lo que aquellos diputados y diputadas votaron a favor, era quitar el tercer párrafo del artículo 24, que es el que señala:
        “Que los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebraran fuera de estos, se sujetarán a la ley reglamentaria”.
        Desde aquel entonces, seguramente, los colegas de la Alcaldesa Margarita Arellanes Cervantes, pues lo que querían era generar condiciones para frases como ésta, que fue hecha pública el pasado 10 de junio, que hoy precisamente que estamos terminado el proceso el 24 tenemos que traer a la palestra.
        Dijo Margarita Arellanes Cervantes, y la cito textualmente: “Es por eso que hoy estamos aquí reunidos. Y yo, Margarita Alicia Arellanes Cervantes, entrego la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, a Nuestro Señor Jesucristo para que su reino de paz y bendición sea establecido”.
        Y no sólo se quedó ahí, perdón, pero merece la lectura y creo que es obligado recordar de lo que se trata esta ratificación del artículo 24 Constitucional, la Alcaldesa de Monterrey dijo:
        “Por tal motivo y con profundo respeto y reverencia, humildemente le pido a Dios, ante esta comunidad como testigo, que entre a esta ciudad y la haga su habitación y que el señor habite en los corazones del os regiomontanos.
        “Señor Jesucristo, bienvenido a Monterrey, la casa que nos has edificado esta es tu casa, señor Jesús, señor de Monterrey”.
        Pareciera que esto está sacado de una novela de esas de las antiguas lecturas jericales previas a la Revolución, pues no, eso ocurrió hace unas semanas en Monterrey y hoy que estamos confirmando el cambio constitucional reiteramos lo que dijimos en ese debate en la LXI Legislatura y que hoy mantenemos, especialmente de frente a que hemos garantizado en el artículo 40 constitucional y en el artículo 24 que  el Estado mexicano debe de ser laico, y le decimos a aquellos que quisieron en aquella discusión, y lo reitero que fueron el PRI y el PAN y estaban dispuestos a revisar el artículo 3º, a revisar el artículo 5º constitucional que nos vamos a poner enfrente porque el estado Confesional que es la antítesis del Estado democrático, del estado de libertades y del Estado que hoy es México, no vamos a permitir que esa visión que quisieron poner como bola rápida en ofrenda a la visita del Papa, sea lo que sea para este país.
        Vamos a estar atentos a la definición y a la discusión de La Ley Reglamentaria, especialmente el artículo 40, debemos dejar atrás  todo intento de estado confesional, porque de estado democrático, el Estado de garantía y el estado de libertades es el Estado que se merece el presente y el futuro de los mexicanos.
        Es tanto, señor Presidente.
        -EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ANAYA CORTES: Gracias Senador.
        Para hablar sobre el mismo asunto tiene el uso de la voz el Diputado José González Morfín, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
        -EL C. DIPUTADO JOSE GONZALEZ MORIFN: Muchas gracias.    
        Con su permiso, señor Presidente.
        Me parece que la reforma constitucional que hoy  concluye es lo suficientemente importante y trascendente como para sentarnos en ella y no tanto en todo lo que pueda haber alrededor.
        Yo sinceramente más que hablar de si un Gobernador se consagró o si una alcaldesa entregó su ciudad  a Jesucristo o si el Jefe de Estado o el Jefe de Gobierno fueron a la primera misa del nuevo Papa, quisiera centrarme en lo que es en sí la reforma, porque yo creo que es realmente una reforma trascendente.
        Y me voy a ir un poco más atrás de quien me antecedió en el uso de la palabra, porque eso no comenzó ese 15 de diciembre.
        El tema comenzó muchísimo antes.
        En la legislatura LX , cuando la primer minuta en la trascendental reforma en materia de derechos humanos llegó a la Cámara de Diputados iba contenida ya el concepto de libertad religiosa, ya lo habíamos aprobado quienes entonces éramos senadores aquí en la Cámara de Senadores.
        Cuando esa LX Legislatura lo retiró y el concepto de libertad religiosa que, por cierto es un concepto que no nada más está en tratados internacionales, está en muchas de las constituciones de los países del mundo, y en muchas de las constituciones incluso que se han dado ahora en el surgimiento de todos estos nuevos países que hay en Europa con la impartición de los antiguos estados europeos  casi todos tienen el concepto del libertad religiosa, es un concepto muy importante.
        En aquella ocasión se nos dijo a los  senadores que los diputados  lo habían retirado, pero que había un compromiso de que en una siguiente reforma entraríamos a reformar en materia de estado laico y en materia de libertad religiosa.
        La Cámara de Senadores consideró que era correcto  y como la reforma al artículo 1º Constitucional ya contenía reconocimiento de que los tratados internacionales signados por nuestro país tienen el mismo rango que la Constitución aceptamos que los temas de estado laico y de libertad religiosa se vieran posteriormente.
        Yo creo, compañeras y compañeros legisladores que hoy concluye un largo y tortuoso proceso, bastaría señalar que el mismo día en marzo del 202 fueron aprobadas  las reformas constitucionales en materia de estado laico al 40 y en materia de libertad religiosa al 24 en el Senado de la República y que el estado laico ha sido promulgada desde hace un año. Esa transitó por las legislaturas de los estados de manera  muy rápida, y ésta sufrió un proceso tortuoso.
        Sin embargo, afortunadamente hoy concluye, porque yo creo que  esta reforma viene, creo, a redondear un trabajo que se hizo en las pasadas legislatura y en esta en  materia de reconocimiento a los derechos fundamentales de los mexicanos. Creo que reformas como la ya mencionada de derechos humanos, la reforma en materia de amparo que reconoce el efecto erga-omnes de esa institución tan bonita del derecho mexicano, la reforma constitucional en materia de acciones colectivas, por ejemplo, han venido a formar un paquete que creo yo que ha ampliado verdaderamente en gran medida los derechos de los mexicanos, y  yo creo que también para eso estamos aquí los legisladores.
        Por eso, yo creo que es importante que hoy concluya el proceso.
        Y yo lo que quisiera pensar es que de aquí para adelante, en vez de estar discutiendo si estos temas son o no de la Constitución o deben o no de estar, yo creo que como dijo,  el Diputado Monreal, aunque ya estaba contenido en tratados internacionales, no sobra que esté en la Constitución, me parece que es importante que esté, porque yo creo que es muy importante, perdón por la redundancia,  que los mexicanos, todos podamos profesar la religión que queramos sin ninguna cortapisa, y yo creo que también es muy importante que el Estado sea laico, porque si el Estado es laico así nos vamos a sentir representados todos los mexicanos, sólo así, sólo así con un estado laico podemos  estar todos o sentirnos todos representados por el Estado Mexicano.
        ¿Qué es lo que falta? Yo creo que si tenemos el concepto de libertad  de religión, si tenemos también a la Constitución el concepto de estado laico, si hay leyes secundarias vigentes y si algunas las tenemos que revisar porque se han desactualizado con la marcha del tiempo, yo creo que lo que necesitamos es que haya autoridades que vigilen el cumplimiento de las leyes, la Ley Suprema y las leyes secundarias y que apliquen las sanciones cuando así corresponda.
        Pero yo hoy como legislador me siento muy completo de que hayamos concluido con el proceso de reforma constitucional en materia de libertad religiosa, estoy seguro que esto es algo que piensan la mayoría de los mexicanos y también voté a favor y me sentí también feliz de que hubiéramos aprobado la reforma constitucional del estado laico, porque me parece que esto es lo que nos hace mejores como mexicanos y lo que hace más fuerte la Estado Mexicano.
        Muchísimas gracias.

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