Este miércoles, 02 de septiembre de 2009 fue electo por unanimidad, el senador Gustavo Madero Muñoz, como presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República. Sustituye al senador Manlio Fabio Beltrones, coordinador de la fracción parlamentaria del PRI.
La Junta de Coordinación Política que fungirá durante el primer año de ejercicio de la LXI Legislatura, quedó integrada de la siguiente manera:
Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), presidente, y como integrantes Carlos Navarrete Ruiz (PRD), Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), Jorge Legorreta Ordorica (PVEM), Dante Alfonso Delgado Rannauro (Convergencia), Ricardo Monreal Ávila (PT), Humberto Aguilar Coronado (PAN), Santiago Creel Miranda (PAN) y Melquíades Morales Flores (PRI).
Esta composición se da de acuerdo al artículo 81 párrafo 1º. de la Ley Orgánica, que establece que la Junta de Coordinación Política se conformará al inicio del periodo constitucional de cada legislatura por los coordinadores parlamentarios más dos senadores del o los grupos mayoritarios y uno por los que constituyan la primera minoría.
El mismo artículo, párrafo 2º menciona que la Junta adoptará sus decisiones por el voto ponderado de los coordinadores de los grupos parlamentarios, conforme al número de senadores con que cuente cada grupo respecto del total de la Cámara.
La Junta de Coordinación Política que fungirá durante el primer año de ejercicio de la LXI Legislatura, quedó integrada de la siguiente manera:
Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), presidente, y como integrantes Carlos Navarrete Ruiz (PRD), Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), Jorge Legorreta Ordorica (PVEM), Dante Alfonso Delgado Rannauro (Convergencia), Ricardo Monreal Ávila (PT), Humberto Aguilar Coronado (PAN), Santiago Creel Miranda (PAN) y Melquíades Morales Flores (PRI).
Esta composición se da de acuerdo al artículo 81 párrafo 1º. de la Ley Orgánica, que establece que la Junta de Coordinación Política se conformará al inicio del periodo constitucional de cada legislatura por los coordinadores parlamentarios más dos senadores del o los grupos mayoritarios y uno por los que constituyan la primera minoría.
El mismo artículo, párrafo 2º menciona que la Junta adoptará sus decisiones por el voto ponderado de los coordinadores de los grupos parlamentarios, conforme al número de senadores con que cuente cada grupo respecto del total de la Cámara.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario