16 jun 2011

¡El Juez de Ejecución por fin!

¡El Juez de Ejecución por fin!/FA
  • Hacia una Ley de Ejecución de Sanciones Penales.
  • EL CJF la suplirá por un Acuerdo
Publicado en la página "La Otra Opinión"  http://www.ricardoaleman.com.mx/
Este miércoles 15 de junio, el Presidente Felipe Calderón pidió a la Comisión Permanente del Congreso, la realización de un periodo extraordinario de sesiones para aprobar reformas urgentes que quedaron pendientes de dictaminarse. Entre ellas se encuentra el proyecto de Ley Federal del Sistema Penitenciario y Ejecución de Sanciones con la que se deberá crear la figura del juez de ejecución de sanciones, la cual deberá entrar en funciones –al mismo tiempo en el sistema federal como local- este domingo 19 de junio, tal como lo señala la reforma constitucional del 18 de junio de 2008: “quiero recalcar este punto, porque al establecer la Constitución un plazo legal para el establecimiento de este nuevo sistema penitenciario, debemos evitar que su dilación genere impactos imprevistos o no deseados en los procesos
penales en curso”, señaló el presidente en un mensaje desde la residencia oficial de Los Pinos.
En efecto, en el quinto transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 18 de junio de 2008, se señala que: "El nuevo sistema de reinserción previsto en el párrafo segundo del artículo 18, así como el régimen de modificación y duración de penas establecido en el párrafo tercero, del artículo 21, entrarán en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin que pueda exceder el plazo de 3 años contados a partir del día siguiente de la publicación de este Decreto", el plazo vence el 19 de junio.
Los diputados de la Comisión de Seguridad Pública  intentaron aprobar en tiempo y forma la nueva legislación. No fue posible y quedo sólo como declaratoria de publicidad y en primera lectura. Lo anterior sucedió la tarde del viernes 29 de abril de 2011. “Tengo entendido que la Comisión de Seguridad Pública nos va a pedir dispensa de trámites en algunos de estos temas”, dijo el diputado presidente Jorge Carlos Ramírez Marín. En efecto el diputado José Luis Ovando Patrón hizo la solicitud correspondiente y le fue obsequiada por al asamblea. “Se dispensan los trámites y se considera de urgente resolución el proyecto de decreto que expide la Ley Federal del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones y adiciona el artículo 50 Quáter a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para el efecto de que sean enlistados al final de los dictámenes a discusión….”, dijo el diputado presidente.
Ahí quedó el asunto como declaratoria de publicidad, se dispensaron los trámites y se considero “de urgente resolución”, empero aunque el Diputado Presidente mencionó ese viernes 29 de abril que sería enlistada el dictamen la discusión quedó pendiente. Probablemente no se dio el debate esperado y en su caso la aprobación correspondiente debido a que el proyecto fue dictaminado solamente por la comisión de Seguridad Pública, que preside el panista José Luis Ovando Patrón; sin tomar en cuenta el visto bueno de la Comisión de Justicia que preside el Diputado priista Humberto Benítez Treviño.
Es importante mencionar que el dictamen elaborado recoge integra la propuesta del Presidente Calderón, incluso queda exactamente con 221 artículos y ocho transitorios. 
En el análisis y consideraciones de la Comisión dictaminadora señalan que ellos legislaron para cumplir con los compromisos que derivan del mandato constitucional, y tomaron en cuenta todas las propuestas legislativas en la materia.
Por cierto a Presidencia de la Comisión de Seguridad Pública instruyó a su cuerpo de asesores “realizar un estudio pormenorizado de todas las iniciativas con proyecto de decreto que tuvieran relación, directa o indirectamente, con el tema carcelario, la ejecución y aplicación de penas y la reinserción social, para conocer el sentir de otros legisladores y los diferentes enfoques conceptuales y metodológicos que emplean para su desarrollo.”
Es decir, el dictamen retoma, en gran parte (casi integra), la iniciativa de ley presentada por el Presidente Calderón a la Cámara el  Diputados el jueves 14 de abril de 2011,  misma que fue turnada de inmediato por el diputado presidente Jorge Carlos Ramírez Marín  a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Justicia para dictamen correspondiente. 
Incluso el dictamen elaborado por la Comisión de Justicia queda exactamente igual que la iniciativa presidencial: con 221 artículos y ocho transitorios.
La nueva legislación necesitará de entrada contar con 50 jueces especializados, a saber;  un Juez por entidad federativa; un Juez adicional a las entidades federativas con más de mil sentenciados y un Juez por cada Centro de Reinserción Federal.  En total se requieren según el dictamen presupuestario de 596.1 millones de pesos.
La creación de la figura del juez de ejecución es clave, y pretende acabar con la discrecionalidad de la autoridad administrativa en el otorgamiento de los beneficios preliberacionales, “dejándose tal responsabilidad al Juez de Ejecución, quien además de ser un especialista del Derecho Penal y Procesal Penal, deberá ser un amplio conocedor de los aspectos criminológicos y penitenciarios, para garantizar que la gran reforma propuesta para el Sistema Penitenciario Mexicano cumpla con sus objetivos. 
Es imposible que a estas alturas haya un periodo extraordinario de sesiones por lo menos para cumplir con la creación de la figura del juez de ejecución. El quid es como resolver el asunto. Hace unos días en un coloquio el consejero de la Judicatura federal César Jaúregui afirmó que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) afina los detalles de un Acuerdo que permita garantizar a la víctima y al sentenciado el pleno goce de sus derechos. Comentó que "con o sin ley en la materia", el próximo 19 de junio entrarán en funciones juzgados federales de ejecución".
El consejero aclaró que el Pleno del CJF hace uso de sus facultades reglamentarias para cumplir con la reforma constitucional del 2008 y regularla actuación de los jueces y magistrados. Destacó que aun cuando “corresponde al legislador, en el Consejo no podemos quedarnos en la comodidad de la observación y decidimos ejercer un liderazgo entusiasta para que la sociedad tenga confianza en el Poder Judicial”.
Jáuregui Robles precisó que el anteproyecto del acuerdo regula los alcances, jurisdicción y competencia de los jueces de ejecución de sentencias. Por cierto se preveía que con el acuerdo correspondiente se crearían hasta 16 juzgados de ejecución, empero, finalmente y en un acuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública –concretamente con el Órgano Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la SSP - , decidieron hasta en tanto no haya ley, instalar a partir de las cero horas del domingo 19 de junio tres juzgados de distrito especializados en ejecución de sanciones, mismos que atenderán a internos federales. Una nota de Víctor Fuentes del periódico Reforma señala los tres juzgados serán instalados en Tlalnepantla, Estado de México, con jurisdicción en todo el país, aún cuando el proyecto original contemplaba su operación en 10 ciudades distintas. Agrega la nota de Fuentes que "Los juzgados empezarán con carga cero". Ello significa que todos los casos cuyo trámite dieron inició antes del 19 de junio serán resueltos por el Órgano Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social de la SSP. Y los nuevos jueces solo conocerán asuntos planteados a partir del domingo 19 de junio para atender a 23 mil presos que purgan condenas definitivas por delitos federales.
Habría que ver como viene el acuerdo del CJF y que seguramente será publicado este viernes 16 de junio. ¿Puede un acuerdo estar por encima de la ley? No adelantemos vísperas y esperemos a leer el acuerdo de los Consejeros. Ya antes el CJF ha suplido la falta de leyes por acuerdos.
Por último, debemos decir que varias entidades federativas ya están listas, cumplieron en tiempo y en forma lo que les mandata la constitución, son los estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Morelos, Puebla, Quintana Roo y Yucatán En otras entidades federativas sus congresos locales han aprobado la ley, pero  no la han publicado, seguramente lo harán este fin de semana son el caso de  Tamaulipas y Michoacán, los demás están en proceso de dictaminación. El Distrito Federal la aprobó el pasado mes de mayo, seguramente lo publicará un día antes de su entrada en vigor, es decir, este 18 de junio.

Datos duros:
El sistema penitenciario mexicano
El total de la población penitenciaria en nuestro país es de 222 mil 330, hombres y mujeres en general. 
En fuero federal hay una población de 44 mil 170 internos, mientras que en los reclusorios a cargo de las entidades federativas es de 178 mil 160 personas.
Hay alrededor de 23 mil presos que purgan condenas definitivas por delitos federales.
El Sistema Penitenciario Mexicano se integró por 320 centro penitenciarios de los estados; ocho del Distrito Federal y 8 de la federación, los llamados Ceferesos, donde no se registra sobrepoblación. “Sin embargo, los CEFERESOS 1, 2, 3, 4 y 5 se encuentran a su máxima capacidad. Es así como el N°1 “Altiplano” con capacidad para 816, alberga 812 internos; N°2 “Occidente” con capacidad para 836, tiene 834; N°3 “Noreste” con capacidad para 724, cuenta con 725 reclusos; N°4 “Noroeste” con capacidad para 1,360, alberga 1,356; N°5 “Oriente” con capacidad para 2,538, cuenta con 2,468 internos; N°7 “Nor-Noroeste” con capacidad para 480, alberga 395; Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial con capacidad de 460, cuenta con 293 internos.”
El 50% de la población penitenciaria se concentra en 28 centros particularmente de 6 estados; Distrito Federal, sin duda la más sobre poblada de todo el país; le sigue el Estado de México, Baja California, Jalisco, Sonora y Puebla.
Un 95 por ciento de los internos son hombres y el 5% restante son mujeres.
En todo el país existen 10 centros exclusivos para población femenina y 337 reportan tener espacios para ellas.
Estados que a la fecha – junio de 2011- cuentan con una legislación de ejecución de sanciones y con la figura del Juez de Ejecución.
Baja California:”Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales para el Estado de Baja California”, publicada el   08/10/2010
Campeche: “Ley de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad del Estado de Campeche”, publicada el 23/07/2010;
Chiapas: “Código de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Libertad Anticipada para el Estado de Chiapas”,       11/05/2011
Chihuahua: “Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales”,  25/09/2010
Durango:  “Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de Libertad del Estado de Durango” 15/10/2009
Guanajuato: “Ley de Ejecución de Sanciones  Privativas de la Libertad  para el Estado de  Guanajuato”, 15/04/2011
Morelos: “Ley de Reinserción Social y seguimiento de Medidas Cautelares”, 24/08/2009
Puebla: “Ley de Reinserción social para el Estado de Puebla” 04/02/2011
Quintana Roo: “Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales de Quintana Roo”,        02/03/2011
Yucatán: “Ley de Ejecución de Sanciones del Estado de Yucatán”10/06/2011
*Estados que cuentan con una ley desde antes de 2008 Chihuahua, Oaxaca y Nuevo León. Chihuahua hizo una nueva ley: “Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales”,  25/09/2010
*Sinaloa cuenta con una figura que se denominada Juez de Vigilancia en la”Ley de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito del Estado de Sinaloa”, aprobada hace 10 años.
Otras entidades federativas que sus congresos locales han aprobado la ley y no lo han publicado son Tamaulipas y Michoacán, los demás están en proceso de dictaminación. El Distrito Federal la aprobó el pasado mes de mayo, seguramente lo publicará un día antes de su entrada en vigor, es decir, este 18 de junio.


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