15 feb 2012

REGLAS para el otorgamiento de subsidios a los municipios

  El Diario Oficial de la Federación hoy publica hoy miércoles 15 de febrero de 2012
Las REGLAS para el otorgamiento de subsidios a los municipios y, en su caso, a los estados cuando tengan a su cargo la función de seguridad pública o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del DF para sus demarcaciones territoriales.
El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, tiene  un Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, incluye la cantidad de $4,453'900,000.00
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Sistema Nacional de Seguridad Pública.
JOSE OSCAR VEGA MARIN, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 4, 17 y 18, fracciones I, XXIII y XXV, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 17 y 27, fracciones XIV, XXX y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 9 y 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012; 1 y 8, fracción XVI, del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y segundo transitorio del Acuerdo por el que se da a conocer la lista de municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, elegibles para el otorgamiento del subsidio a que se refiere el artículo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, y la fórmula utilizada para su selección, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2012, y 
CONSIDERANDO
Que el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo noveno, establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas;
Que en términos del artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la seguridad pública tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo;
Que el eje en torno al cual se desarrolla el Sistema Nacional de Seguridad Pública, es la coordinación entre las instancias de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, con lo cual se hace necesario contar con las instancias, instrumentos, políticas y acciones tendientes a cumplir los fines de la Seguridad Pública;
Que la seguridad pública se realiza por conducto de las autoridades que en razón de sus atribuciones, contribuyen directa o indirectamente a regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
Que el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables;
Que el artículo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, incluye la cantidad de $4,453'900,000.00 (cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres millones novecientos mil pesos 00/100 M.N.), para el otorgamiento de subsidios en materia de seguridad pública a los municipios y, en su caso, a los estados, cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, con objeto de fortalecer el desempeño de sus funciones en materia de seguridad pública, salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes y preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
Que el numeral señalado en el párrafo anterior, prevé que se destine cuando menos el 20 (veinte) por ciento de los recursos mencionados, para el desarrollo y aplicación de políticas públicas en materia de prevención social del delito con participación ciudadana;
Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Trigésima Primera sesión celebrada el 31 de octubre de 2011, mediante acuerdo 10/XXXI/11, aprobó los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su estructura y los Programas con Prioridad Nacional para alcanzarlos, vinculados al ejercicio de fondos, subsidios y demás recursos de carácter federal que se otorguen a las Entidades Federativas en materia de seguridad pública, mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2011;
Que el artículo 4 de los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, establece que el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su carácter de instancia superior de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, instruye en un marco de respeto a las atribuciones de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal para que en el ejercicio de los recursos tanto federales como locales, se atienda a la implementación de los Ejes Estratégicos a través del desarrollo de los Programas con Prioridad Nacional;
Que el Acuerdo por el que se da a conocer la lista de municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, elegibles para el otorgamiento del subsidio a que se refiere el artículo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, y la fórmula utilizada para su selección, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2012 instruye, en su artículo segundo transitorio al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para emitir las Reglas para el otorgamiento de subsidios a los municipios, y en su caso a los estados cuando tengan a su cargo la función de seguridad pública o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para sus demarcaciones territoriales, y
Que por lo anteriormente señalado, he tenido a bien expedir las siguientes:
REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS A LOS MUNICIPIOS, Y EN SU CASO A LOS ESTADOS CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCION DE SEGURIDAD PUBLICA O LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASI COMO AL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL PARA SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES

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