14 ene 2013

Hacia la selección de 45 aspirantes a magistrados electorales

DOF: 14/01/2013
REGLAS de diez de enero de dos mil trece, relativas al desarrollo de la Sesión Plenaria de quince de enero de dos mil trece para la selección de cuarenta y cinco candidatos que integrarán las ternas que se remitirán a la Cámara de Senadores para el nombramiento de quince Magistrados de Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
REGLAS DE DIEZ DE ENERO DE DOS MIL TRECE, RELATIVAS AL DESARROLLO DE LA SESION PLENARIA DE QUINCE DE ENERO DE DOS MIL TRECE PARA LA SELECCION DE CUARENTA Y CINCO CANDIDATOS QUE INTEGRARAN LAS TERNAS QUE SE REMITIRAN A LA CAMARA DE SENADORES PARA EL NOMBRAMIENTO DE QUINCE MAGISTRADOS DE SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION.
CONSIDERANDO:
UNICO. Con apoyo en lo dispuesto en los artículos 94 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11, fracción XXI; y 198 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y en el Punto Séptimo del Acuerdo Número 11/2012, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación expide las siguientes:
REGLAS
El martes quince de enero de dos mil trece el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación después de examinar y evaluar a los aspirantes que comparezcan en la sesión del catorce de enero del año indicado, de conformidad con lo dispuesto en la fracción III del Punto Quinto del Acuerdo Número 11/2012 seleccionará cuarenta y cinco candidatos para integrar las quince ternas que se remitirán a la Cámara de Senadores para el nombramiento de quince Magistrados de Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En la mencionada sesión pública, una vez declarada abierta por el Presidente, el procedimiento de selección se desarrollará conforme a lo siguiente:

FASE 1
LECTURA DE LAS REGLAS
El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación solicitará al secretario general de acuerdos que dé lectura a las Reglas relativas al desarrollo de esta sesión.

FASE 2
DESIGNACION DE ESCRUTADORES Y ENTREGA DE LISTADOS DE VOTACION
2.1. El Ministro Presidente designará a los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Sergio A. Valls Hernández, Presidentes de la Primera y de la Segunda Salas, respectivamente, los que fungirán como escrutadores.
2.2. Cada Ministro entregará al secretario general de acuerdos en el formato respectivo, listado con los nombres de los cuarenta y cinco diferentes candidatos de su elección, ordenados preferentemente en orden alfabético iniciando con su apellido paterno. En dicho listado se indicará el número progresivo de los candidatos del 1 al 45 y su nombre completo. El listado se anulará cuando no contenga los cuarenta y cinco nombres de los candidatos. Se anulará un voto cuando no sea factible identificar al candidato correspondiente.
En el listado no se indicará el nombre del Ministro al que corresponda.
2.3. El secretario general de acuerdos entregará a cada uno de los Ministros, con el fin de que puedan anotar la votación correspondiente, una lista con el nombre de los candidatos que contenga 12 columnas para reflejar la votación que se dé con motivo de la lectura de cada uno de los listados, así como el total de votos obtenidos por candidato.

2.4. El secretario general de acuerdos una vez que cuente los listados entregados por cada uno de los
Ministros los revolverá, los identificará con un número del 1 al 11 y los irá entregando en orden al Ministro escrutador de la Primera Sala, informando en voz alta el número del listado entregado.

FASE 3
LECTURA DE LOS LISTADOS DE VOTACION Y COMPUTO DE ESTA
3.1. El Ministro escrutador Presidente de la Primera Sala dará lectura a los cuarenta y cinco votos señalados en cada uno de los listados, en presencia del Ministro escrutador Presidente de la Segunda Sala, el cual verificará que cada voto se registre en el sistema de cómputo.
Al concluir la lectura de cada uno de los once listados el Ministro Presidente consultará a los Ministros si están de acuerdo con el cómputo realizado o si tienen alguna objeción al procedimiento. Una vez aprobada la votación derivada de la lectura de un listado se destruirá, en ese momento, por el secretario general de acuerdos.
3.2. La votación oficial la llevará el secretario general de acuerdos, en la inteligencia de que la votación plasmada en el sistema informático es únicamente de apoyo.
3.3. Al concluir el registro de los votos señalados en los once listados, el secretario general de acuerdos verificará los resultados obtenidos y leerá los nombres de los cuarenta y cinco candidatos que hayan obtenido mayor votación, incluyendo en su caso, los que obtengan la misma votación que el ubicado en el lugar cuarenta y cinco.
3.4. Para ocupar cualquier de los 45 lugares se requerirá obtener cuando menos el voto de una mayoría simple de los Ministros presentes en la sesión.
3.5. El Ministro Presidente consultará a los Ministros si están de acuerdo con el resultado obtenido o si tienen alguna objeción al procedimiento.

FASE 4
PROCEDIMIENTO EN EL CASO DE EMPATE PARA OCUPAR ALGUNO DE LOS 45 LUGARES.
En el supuesto de que con motivo de la votación prevista en la fase 3 de estas Reglas se dé un empate para ocupar alguno de los últimos lugares para completar los 45, se procederá en los siguientes términos:
4.1. El secretario general de acuerdos ordenará la impresión de una lista en papel color rojo en la que consten los nombres de los candidatos que se encuentren empatados para completar los 45 lugares.
4.2. Dicha lista se entregará a cada uno de los señores Ministros. A continuación el secretario general de acuerdos dará lectura a los nombres de los candidatos que se encuentren empatados para completar los 45, mencionará el número de lugar que falta ocupar y, por ende, el número de votos que pueden emitirse en la lista impresa en color rojo.
4.3. En cada una de las listas impresas en papel color rojo cada Ministro votará por el número de candidatos necesarios para completar los 45, para lo cual marcará en dicha lista los nombres de los candidatos de su elección. Esta lista se anulará cuando contenga un número mayor o menor al de los votos que deben emitirse en ella.
4.4. A continuación se seguirán en lo conducente las reglas 3.1 a 3.4, en la inteligencia de que si como resultado de la primera votación subsiste el empate o no se obtiene la votación necesaria para completar los 45, se realizará una segunda votación aplicando en lo pertinente las reglas 4.1 a 4.3, pero utilizando para tal efecto una nueva lista impresa en papel color verde.
4.5. Para ocupar cualquier de los 45 lugares se requerirá obtener cuando menos una mayoría simple de los Ministros presentes en la sesión.
4.6. Si después de dos rondas de votación para desempate no se completan los 45 candidatos que integraran las ternas, se desarrollará un procedimiento de insaculación en los términos siguientes:
4.6.1. El secretario general de acuerdos entregará al Ministro Presidente de la Primera Sala sendas boletas con los nombres de los candidatos que se encuentren empatados para completar los 45.
4.6.2. El Ministro Presidente de la Primera Sala dará lectura a cada una de las boletas, las doblará y las introducirá en una urna transparente colocada en la mesa central del salón de sesiones del Pleno.
4.6.3. El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación indicará el número de candidatos que restan para ocupar los 45.
4.6.4. El Ministro Presidente de la Segunda Sala después de revolver las boletas colocadas en la urna transparente extraerá las boletas que resulten necesarias para completar los 45 candidatos y dará lectura al nombre indicado en cada una de ellas, el que corresponderá al o a los restantes para integrar las ternas respectivas.
4.7. Al concluir cualquiera de los procedimientos de desempate correspondientes a esta fase el Ministro Presidente consultará a los Ministros si están de acuerdo con el resultado obtenido o si tienen alguna objeción al procedimiento.
En la lista definitiva que derive de esta sesión, los candidatos seleccionados se ordenarán atendiendo a la votación obtenida y alfabéticamente.
Los casos no previstos en estas Reglas serán resueltos por el Pleno en la sesión que se celebre el quince de enero de dos mil trece.
TRANSITORIOS:
PRIMERO. Las presentes Reglas entrarán en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquense las presentes Reglas en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en cuatro diarios de circulación nacional y, en términos de lo dispuesto en el artículo 7, fracción XIV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en medios electrónicos de consulta pública.
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ministro Juan N. Silva Meza.- Rúbrica.- El Secretario General de Acuerdos, Rafael Coello Cetina.- Rúbrica.
El licenciado Rafael Coello Cetina, Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, CERTIFICA: Estas REGLAS DE DIEZ DE ENERO DE DOS MIL TRECE, RELATIVAS AL DESARROLLO DE LA SESION PLENARIA DE QUINCE DE ENERO DE DOS MIL TRECE PARA LA SELECCION DE CUARENTA Y CINCO CANDIDATOS QUE INTEGRARAN LAS TERNAS QUE SE REMITIRAN A LA CAMARA DE SENADORES PARA EL NOMBRAMIENTO DE QUINCE MAGISTRADOS DE SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, fueron aprobadas por el Tribunal Pleno en la Sesión Privada celebrada hoy, por unanimidad de once votos de los señores Ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Sergio A. Valls Hernández, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Alberto Pérez Dayán y Presidente Silva Meza.- México, Distrito Federal, a diez de enero de dos mil trece.- Rúbrica.

EL LICENCIADO RAFAEL COELLO CETINA, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, CERTIFICA Que esta copia fotostática constante de doce fojas útiles concuerda fiel y exactamente con el original de las REGLAS DE DIEZ DE ENERO DE DOS MIL TRECE, RELATIVAS AL DESARROLLO DE LA SESION PLENARIA DE QUINCE DE ENERO DE DOS MIL TRECE PARA LA SELECCION DE CUARENTA Y CINCO CANDIDATOS QUE INTEGRARAN LAS TERNAS QUE SE REMITIRAN A LA CAMARA DE SENADORES PARA EL NOMBRAMIENTO DE QUINCE MAGISTRADOS DE SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, que obran en los archivos de la sección de instrumentos normativos de esta Secretaría General de Acuerdos y se expide para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- México, Distrito Federal, a diez de enero de dos mil trece.- Rúbrica.

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