3 jun 2013

Chihuahua consagrado a Dios/FA



Chihuahua consagrado a Dios/Fred Alvarez Palafox
Publicado en la revista Código Topo de Excélsior, 3 de junio de 2013;

“Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios” Mt. 22, 21.
El gobernador de Chihuahua con el apoyo de la jerarquía católica -como si fuera sacerdote- consagró al Estado, al Sagrado Corazón de Jesús y al inmaculado Corazón de María. 
 La mañana del 20 de abril de 2013 se realizó en el Estado de Chihuahua, un acto de culto público con carácter extraordinario en el Gimnasio Manuel Bernardo Aguirre, ubicado en el campus de la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACh), denominado “Consagración del Estado de Chihuahua al Sagrado Corazón de Jesús y al Inmaculado Corazón de María”. (ver la invitación abajo).
El acto religioso fue organizado por los ciudadanos ministros de culto católicos; Constancio Miranda Weckmann -arzobispo de Chihuahua-; Renato Ascencio León -obispo de Cd Juárez; Juan Guillermo López Soto- obispo de Cuauhtémoc-Madera; don Rafael Sandoval Sandoval, -obispo de la Tarahumara; Jesús José Herrera Quiñonez;- obispo de Nuevo Casas Grandes,-, y Monseñor Eduardo Carmona Ortega,  obispo de Parral, Chihuahua. 

Los acompañaron en el servicio religioso aproximadamente 150 sacerdotes católicos  y -dicen-hubo más de 10 mil fieles asistentes, se entiende que todos eran fieles de la iglesia católica.
Inició la ambientación del lugar jóvenes del coro de Santa Cecilia; hubo alabanzas para invocar al Espíritu Santo. Después entró a escena el cantante Emmanuel y su hijo Alexander Acha; ambos cantaron “La Guadalupana”,  y justo en ese momento, la imagen de Santa María de Guadalupe hizo peregrinación por todo el gimnasio  hasta llegar al altar donde se celebraría la misa de consagración.
En punto de las 12:00 horas inició el servicio religiosos concelebrado por todos los obispos y sacerdotes de Chihuahua; presidio la ceremonia de Eucaristía el obispo Constancio Miranda, don Eduardo Carmona de Parral, dio la homilía que se baso principalmente en el estado de la iglesia en Chihuahua, y como salir de las crisis. Mons. En tanto, Mons. Renato Ascencio hizo la oración de consagración al Sagrado Corazón de Jesús y don Jesús José Herrera realizo la consagración al Inmaculado Corazón de María.
Hasta ahí las cosas muy bien.
Y después vino lo grave.
Justo después el gobernador César Duarte, acompañado por su esposa y Bertha Gómez, se consagró al Corazón de Jesús y de la Virgen María, en el marco de la ceremonia de Consagración del Estado de Chihuahua, dijo “Yo, César Duarte Jáquez por este medio me consagro a mi mismo, a mi familia, a mi servicio público en la sociedad, pido al sagrado corazón de Jesús que escuche y acepte mi consagración, que me ayude a la intercesión del inmaculado corazón de María, le entrego a Dios y a su divina voluntad todo lo que somos, todo lo que tenemos en el estado de Chihuahua”, declaró el gobernador.
Al continuar con esta oración, el católico gobernador–muy respetable su creencia- dijo: “Le pido perdón a Dios por todo lo que ha sucedido en el estado de Chihuahua en el pasado, le pido que nos ayude a cambiar todo lo que no sea de él, yo César Duarte declaro mi voluntad delante de Dios, delante de los señores obispos y de mi pueblo, amen”.
El audio.
En este sentido hizo un llamado al pueblo chihuahuense para asumir una actitud positiva, de reflexión, de redención, para con ello, “dejar atrás los tiempos que nos han lastimado, que nos han dolido, este es el nuevo tiempo de Chihuahua”.
¡Increíble!
Al día siguiente un poco para curarse en salud dijo “El día de ayer fue un evento en el cual las 6 diócesis del estado convocaron a todo el estado a un acto de redención a un acto meramente de valor en el sentido de la convocatoria de la iglesia católica y todo lo que abona a un ánimo de recuperación de la paz un ánimo de reflexión de la paz, todo ayuda sin duda y ahí estamos más que comprometidos”.
Los medios dieron la nota; nadie salvo Jorge Fernández Menendez, y Ricardo Alemán comentaron el asunto.
Denuncia ante Gobernación.
En ese sentido, el Senador Javier Corral Jurado (PAN)-hasta donde sé, también católico-, presentó el pasado 9 de mayo ante la secretaría de Gobernación, una denuncia por “presumiblemente” – la presunción de inocencia sobretodo- por infracciones a los artículos 40 y 130 de la Constitución Política y  1°, 3°, 25 y 29, fracción IX de la Ley Federal de Asociaciones Religiosas y Culto Público, por los actos realizados por el C. César Horacio Duarte Jáquez, Gobernador del Estado de Chihuahua.
Creo que la denuncia cabe para todos los servidores públicos que asistieron al acto, y para algunos ministros de culto.
Corral Jurado argumento en su escrito que Duarte Jaques participó, con carácter oficial, en un acto religioso de la Iglesia católica, y todavía más, se consagro él, y también al estado de Chihuahua al Sagrado Corazón de Jesús y al Inmaculado de María.
Precisó el legislador panista: “Más allá de la vergonzosa utilización político-electorera de lo sagrado para el pueblo católico de Chihuahua y la penosa connivencia de los principales jerarcas del clero con la clase política priista, a la cabeza de ellos, Constancio Miranda Weckman, la tal consagración, hechos y dichos tanto del gobernador como de los obispos, constituyen uno de los actos de mayor provocación al Estado laico que se haya realizado en la vida pública de México, por lo menos en las últimas cuatro décadas”.
Acusó que el acto del gobernador implica graves violaciones a la Constitución y a la Ley reglamentaria de Asociaciones Religiosas y Culto Publico.
En su querella, Corral señala que los denunciados violentaron los artículos 24, 40 y 130 de la Constitución, así como los artículos 1°, 3°, 25 y 29, fracción IX de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Ha comentado que “Si bien es cierto que César Duarte es libre de profesar la creencia religiosa que más le agrade y practicar las ceremonias religiosas, devociones o actos del culto público respectivo, también lo es que como autoridad no debe señalar que su Estado y la sociedad se han destinado a una deidad, ente divino o asociación religiosa alguna, porque violenta los principios de tolerancia, libertad religiosa e igualdad consagrados en la Constitución, tratados internacionales y las leyes del Estado mexicano”.
En la denuncia el Senador por Chihuahua, destaca el discurso el obispo de la Tarahumara, Rafael Sandoval Sandoval, quien dijo que se debe elegir a gobernantes que tengan sintonía con Dios, “porque si no, nos van a destruir”. Esa expresión – dice Corral-, también es una abierta violación a la Constitución política en sus artículos 24 y 130, así como una manifestación del dogmatismo político frente a la pluralidad de la sociedad chihuahuense, al señalar que se debe elegir a gobernantes porque hace una apología del origen partidario del gobernador del estado con base en su preferencia religiosa”.
En efecto la homilía el obispo Sandoval agregó y para que no haya duda que “consagrar significa dar en propiedad a Dios algo o alguien, en este caso al Estado de Chihuahua”, y explicó: “es introducirlo en su ambiente para que sea todo de Dios”.
¿ Qué significa Consagrar?  (Del lat. consecrāre).
1. tr. Hacer sagrado a alguien o algo.
4. tr. Dedicar, ofrecer a Dios por culto o voto una persona o cosa. U. t. c. prnl., dice la Real Academia Española
Por eso, el Senador Javier Corral Jurado, pidió a las autoridades federales que den inicio al procedimiento administrativo al que se refiere el artículo 30 de la Ley de Asociaciones Religiosas y de Culto Público y se imponga al gobernador de Chihuahua y a los infractores la sanción que corresponda.
Por cierto, este asunto también un acto de esta naturaleza puede tipificarse también en la Ley electoral.
Yo diría que más allá del procedimiento administrativo debe darse una llamada de atención por parte del Congreso, un Punto de Acuerdo que se oiga fuerte, y que estos hechos no vuelvan a suceder. Y es que este asunto puede repetirse en otros estados.
El tema es del mayor interés. Los nuevos funcionarios de Gobernación tendrá abordar y castigar conforme a derecho. La sanción no será tan grave, quizá sea sólo una llamada de atención, un apercibimiento a los servidores públicos, sobretodo al gobernador; y en el mismo sentido una leve sanción al obispo Constancio Miranda Weckman.
El Presidente Enrique Peña Nieto seguramente estará muy pendiente de la denuncia presentada y debe ser muy firmes en este tema, y más en procesos electorales.
Los asuntos religiosos son muy delicados, y deben ser abordados con firmeza y con inteligencia
En este país casi ocho mil asociaciones religiosas de todo tipo, hay católicos por supuesto- la gran mayoría-, para también hay de todas las denominaciones de evangélicos - Bautistas, metodistas, presbiterianos- cuauqueros, anabaptistas, pentecostales-, hay minorías de luteranos, judíos, predicadores del Islam, en fin. Somos más 115 millones de mexicanos, de todas las religiones: México es plural en lo político, pero más en lo religioso.
http://www.asociacionesreligiosas.gob.mx/work/models/AsociacionesReligiosas/pdf/Numeralia/Numeralia.pdf
En lo personal soy una persona que siempre he estado a favor de la libertad religiosa y la no discriminación e incluso estoy convencido que cualquier ministro de culto que quiera lanzarse como candidato a un puesto de elección popular pude hacerlo con la nueva Ley, aunque el articulo 130 y la Ley reglamentaria no lo permitan, otros artículos de la Constitución si.
Cualquier Ministro de Culto puede incursionar por ahí.
Lo que es grave es que no podemos violentar nuestro estado laico. Nos ha costado mucho trabajo, estar como estamos.
Recientemente modificamos la Constitución, concretamente el art 24 y 40.
Mi amigo y director de la revista Código Topo, Jorge Fernández Menéndez, dedicó su columna Razones al tema. (Excélsior 13&05/20013), escribió: “ El gobernador hizo lo que nunca antes había hecho un gobernante en el México posrevolucionario: en presencia de los responsables de los tres Poderes del estado, de toda la jerarquía eclesiástica y de todo su gabinete, Duarte “entregó” el estado a Dios en una ceremonia religiosa de “consagración” a la que asistieron diez mil personas, incluida, obviamente, toda la clase política local.
Escribe Jorge que el gobernador declaró que no había violado el Estado laico con la ceremonia “porque fue un acto privado”.
Y coincido con Jorge. Duarte Jaquez no conoce bien la Ley; un acto religioso de carácter extraordinario no es privado; es “extraordinario, y se hace extraordinario sólo por el hecho de celebrarse fuera de los templos. Pero es un acto de culto público, de hecho está contemplado en la Ley que se llama de Asociaciones Religiosas y Culto Público. (no dice privado).
La Ley es clara Gobernador, Usted ha sido legislador. Me extraña.
Y por cierto, ¿que dijo la comunidad universitaria de Chihuahua?
PD: Con la excepción quizás del presidente Manual Ávila Camacho, quien se declaro creyente, todos los demás presidentes se declaraban No Creyentes; el segundo caso fue de Vicente Fox, quien rompió la regla al acudir abiertamente a un servicio religioso; también se declaró católico Felipe Calderón y Enrique Peña Peña Nieto, ambos han sido discretos.
¿ Hay violaciones a la Ley?
Sin duda.
Vamos por partes:
i) El 20 de abril de 2013 -en mero proceso electoral local-, se realizó un acto de culto público con carácter extraordinario en un lugar público; el Gimnasio Manuel Bernardo Aguirre, ubicado en Ciudad Universitaria.
2.- El acto religioso fue organizado por los ciudadanos ministros de culto católico, no hay mayor problema; quizá la única irregularidad que pudiera haberse dado es que no se haya cumplido con dar aviso de que se celebraría un de culto publico extraordinario, como lo mandata la ley.
El Artículo 22 de la Ley en la materia dice: “Para realizar actos religiosos de culto publico con carácter extraordinario fuera de los templos, los organizadores de los mismos deberán dar aviso previo a las autoridades  (...) por lo menos quince días antes de la fecha en que pretendan celebrarlos, el aviso deberá́ indicar el lugar, fecha, hora del acto, así́ como el motivo por el que éste se pretende celebrar.”
Empero, el 23 de la Ley dice que no requerirán permiso (...)
III. Los actos que se realicen en locales cerrados o en aquellos en que el publico no tenga libre acceso.
Al parecer este podría ser el caso.
El servicio religiosos se celebró en el el campus iuniversitario, en el gimnasio Manuel Bernardo Aguirre; que es hasta donde sabemos un lugar cerrado, pero la Universidad es pública. Hay una contradicción.
Ahí tendrán que elucidar muy bien el asunto.
Quizá esto sea salvable, y no haya mayores problemas.
Lo curioso de esto es que quizá para hacerlo privado, la arquidiócesis de Chihuahua deliberadamente controló las entradas al acto de culto a través de boletos a travñes de sus diócesis y parroquias.
Esa es una irregularidad pequeña, facíl de resolver. Pewro hay que decier que servicio religioso debe estar abierto para todos, a menos que haya motivos de fuerza mayor, por ejemplo que rebase la seguridad del lugar.
3.- Al servicio religioso asistieron servidores públicos encabezados por el C.  Gobernador del Estado de Chihuahua. Aquí en una interpretación de la Ley puede haber irregularidades.
Asimismo, y para curarse en salud algunos servidores públicos –entre ellos el gobernador, han dicho que fue un servicio religiosos privado, en un día no laborable. Lo cual no es así. Un acto religioso de carácter extraordinario no es privado; es simplemente “extraordinario, sólo por el hecho de celebrarse fuera de los templos. Pero es un acto de culto público, así está en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
ARTICULO 21.- Los actos religiosos de culto publico se celebraran ordinariamente en los templos. Solamente podrán realizarse extraordinariamente fuera de ellos, en los términos de lo dispuesto en esta ley y en los demás ordenamientos aplicables.”
“No podrán celebrarse en los templos reuniones de carácter político.”
En mi humilde opinión y por la experiencia de años en el tema, un servicio religioso fuera de los templos convierte al lugar donde se celebra en un templo, momentáneamente, fue el caso del Cerro de Cubilete cuando oficio misa el papa Benedicto XVI..
3.- Lo insalvable y grave es que en el servicio religiosos el C. César Horacio Duarte Jáquez se consagró a Dios y a los santos: “·me consagro a mí mismo, a mi familia, a mi servicio público a la sociedad: pido al Sagrado Corazón de Jesús que escuche y acepte mi consagración, que me ayude y por intercesión del inmaculado Corazón de María, le entrego a Dios y a su divina voluntad, todo lo que somos, todo lo que tenemos en el estado de Chihuahua”.
Y aprovechó para pedir perdón por sus pecado cometidos, etcétera.
Las creencias de las personas es asunto de su vida privada en eso la ley es clara y están protegidas; las al artículo 1 Constitucional señala que : “...Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Asimismo, el Artículo 24 Constitucional es claro: “Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
Todo esto podría estar bien, si se aplica la norma con tolerancia, y  a los amigos como el gobernador Duarte.
Es evidente que el gobernador incurrió en violaciones a la Ley, puede participar como persona en ceremonias religiosas “siempre y cuando  siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.”
Chihuahua tiene proceso electoral y un acto religiosos con más de 10 mil personas con toda la jerarquía y la representación de los poderes públicos, puede ser considerado un acto con fines políticos: En Chihuahua habrá elecciones el próximo 7 de julio.
Asimismo es evidente una violación al nuevo articulo 40 Constitucional que nos dice: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.”
El gobernador debe gobernar para todos y no sólo para los católicos solamente. Está obligado por ley ha comportarse en igualdad de trato a todas las creencias religiosas, en Chihuahua son de todos los credos.
Hay más cosas, y estaremos pendientes de las resoluciones de Gobernación. Es lamentable que las sanciones sean aplicadas por funcionarios de la misma Secretaría.
¿Que dice el 30 de la Ley?
La aplicación de las sanciones previstas en esta ley, se sujetará al siguiente procedimiento:
I. El órgano sancionador será́ una comisión integrada por funcionarios de la Secretaria de Gobernación conforme lo señale el Reglamento y tomará sus resoluciones por mayoría de votos;
II. La autoridad notificará al interesado de los hechos que se consideran violatorios de la ley, apercibiéndolo para que dentro de los quince días siguientes al de dicha notificación comparezca ante la comisión mencionada para alegar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas; y,
III. Una vez transcurrido el termino referido en la fracción anterior, haya comparecido o no el interesado, dicha comisión dictará la resolución que corresponda. En caso de haber comparecido, en la resolución se deberán analizar los alegatos y las pruebas ofrecidas.
¿Que decía la invitación?
CONSAGRACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA AL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS
INVITACIÓN
Queridos Fieles de la Arquidiócesis de Chihuahua los invito para que el sábado 20 de abril le expresemos públicamente nuestra consagración al Sagrado Corazón de Jesús.
Unido al deseo de todos mis hermanos Obispos de la Provincia Eclesiástica de Chihuahua, les recuerdo con gran alegría que ya se acerca la fiesta de Consagración al Sagrado Corazón de Jesús, en que estaremos presentes todos los Obispos, Sacerdotes, Religiosos, Religiosas, Seminaristas y Fieles Laicos.
El lugar de la celebración será el Gimnasio Manuel Bernardo Aguirre, comenzando a las 9 de la mañana. El acceso al evento se hará por medio de boletos, los cuales puede solicitar en su Parroquia.
Pido a todos que recurran a las Catequesis previas a la Consagración, para llegar a este acontecimiento de salvación con un corazón abierto y disponible a la gracia de Dios.
La Misión Permanente nos impulsa a un proceso constante de conversión personal y pastoral, conversión de mi vida y de mi familia, conversión de mi entorno laboral y de la sociedad que me rodea; por eso es importante que consagremos nuestra vida al Señor, en la advocación del Sagrado Corazón de Jesús.
Queremos unirnos a la Virgen María para consagrarnos también a su Corazón Inmaculado y pedirle que nos conceda de su Hijo Jesús el anhelado don de la paz.
Queridos Hermanos, espero vernos juntos en la Fiesta de Consagración, para pedirle unidos al Padre Bueno su amor, su bendición y su paz.
En unión de oraciones:
+ Constancio Miranda Weckmann
Arzobispo de Chihuahua
18  Marzo 2013
Chihuahua, Chih
El asunto dará de que hablar.
Precisiones:
Aunque las reforma al 24 Constitucional han sido aprobadas por las cámaras federales, y por algunos Congresos locales, todavía la reforma al 24 Constitucional No es Ley.
La reforma ha sido aprobada por 16 congresos locales;  la ley marca que para que un cambio constitucional sea válido deben aceptarlo la mitad más uno de las legislaturas locales.
Los estados que hasta el momento han avalado la modificación son, en orden, Estado de México, Hidalgo, Sonora, Durango, Coahuila, Querétaro, Chiapas, Chihuahua, Baja California Sur, Tlaxcala, Nuevo León, Nayarit, Campeche, Guanajuato, Puebla y Sinaloa; en total suman 16 estado.
Los estados que han rechazado la iniciativa de reforma de ley son: Morelos, Michoacán, Baja California Norte, Oaxaca, Quintana Roo y Zacatecas.
La reforma dice: (como lo publique) 
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
(…)
Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria.
Transitorios
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El artículo 24 Constitucional hoy.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
TITULO PRIMERO
CAPITULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS (Reformada la denominación por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio de 2011)
Artículo 24
ARTICULO 24. TODO HOMBRE ES LIBRE PARA PROFESAR LA CREENCIA RELIGIOSA QUE MAS LE AGRADE Y PARA PRACTICAR LAS CEREMONIAS, DEVOCIONES O ACTOS DEL CULTO RESPECTIVO, SIEMPRE QUE NO CONSTITUYAN UN DELITO O FALTA PENADOS POR LA LEY.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
EL CONGRESO NO PUEDE DICTAR LEYES QUE ESTABLEZCAN O PROHIBAN RELIGION ALGUNA.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)
 LOS ACTOS RELIGIOSOS DE CULTO PUBLICO SE CELEBRARAN ORDINARIAMENTE EN LOS TEMPLOS. LOS QUE EXTRAORDINARIAMENTE SE CELEBREN FUERA DE ESTOS SE SUJETARAN A LA LEY REGLAMENTARIA.

(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE ENERO DE 1992)

1 comentario:

Anónimo dijo...

lo que es del Cesar al Cesar, y lo que es de Dios, es de Dios, solo asi ganan votos obligando y amenazando a la gente incredula, sin saber que Dios pone a todos en su lugar

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