28 jun 2013

Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo ...SCT


DOF: 28/06/2013
ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que se integra en un solo documento, la información técnica, programática, estadística y económica que los concesionarios y permisionarios de radiodifusión deben exhibir anualmente a las secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Gobernación, publicado el 30 de abril de 1997.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL "ACUERDO POR EL QUE SE INTEGRA EN UN SOLO DOCUMENTO, LA INFORMACIÓN TÉCNICA, PROGRAMÁTICA, ESTADÍSTICA Y ECONÓMICA QUE LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS DE RADIODIFUSIÓN DEBEN EXHIBIR ANUALMENTE A LAS SECRETARÍAS DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Y DE GOBERNACIÓN", PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 30 DE ABRIL DE 1997.
CONSIDERANDO
Que el 11 de abril de 2006, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley Federal de Radio y Televisión";
Que derivado de las señaladas reformas, el artículo 9-A, fracción XVI de la Ley Federal de Telecomunicaciones, dispone que corresponde a la Comisión Federal de Telecomunicaciones de manera exclusiva, el ejercicio de las facultades que en materia de radio y televisión le confieren a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Ley Federal de Radio y Televisión, los tratados y acuerdos internacionales, las demás leyes, reglamentos y cualesquiera otras disposiciones administrativas aplicables;
Que el artículo Cuarto Transitorio del señalado Decreto, dispone que las referencias que con anterioridad a su entrada en vigor, se hacen en las leyes, tratados y acuerdos internacionales, reglamentos y demás ordenamientos a la Secretaría respecto de las atribuciones señaladas en el artículo 9-A de la Ley Federal de Telecomunicaciones, en lo futuro se entenderán hechas a la Comisión;
Que en estricto cumplimiento a las disposiciones legales antes citadas, la Comisión por conducto del Pleno, ejerce de manera exclusiva las facultades en materia de radiodifusión;
Que el 10 de diciembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", el cual tiene como objeto el manejo responsable y eficaz de los recursos humanos, materiales y financieros del Estado, la mejora continua en la atención de trámites y calidad de los servicios prestados a la ciudadanía, facilitar el acceso a éstos de manera oportuna mediante el uso de tecnologías de la información, así como la modernización de la administración pública;
Que la infraestructura de estaciones de radio y televisión se ha incrementado y se proyecta un mayor crecimiento, en razón de la implementación del proceso de transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT) y del cambio de AM a FM, así como del incremento en el número de concesiones y permisos, por lo que, aunado al mandato contenido en el Decreto citado en el párrafo que antecede, resulta necesaria la optimización y uso eficiente de los recursos materiales y humanos con que actualmente cuenta la Comisión Federal de Telecomunicaciones para la atención de trámites y servicios de los concesionarios y permisionarios de radiodifusión;
Que en ejercicio de sus facultades legales, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en conjunto con la Secretaría de Gobernación, emitió el "Acuerdo por el que se integra en un solo documento, la información técnica, programática, estadística y económica que los concesionarios y permisionarios de radiodifusión deben exhibir anualmente a las secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 1997" (en lo sucesivo "el Acuerdo");

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