8 ago 2014

Auto de formal prisión a Rodrigo Gerardo Vallejo Mora, delito menor

Ricardo Garduño Pasten, Juez IV de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México dictó el auto de formal prisión en contra de Rodrigo Gerardo Vallejo Mora, por su probable responsabilidad penal en el delito de encubrimiento. 
¡Es evidente que goza de la presunción de inocencia que señala la Constitución!
Horas antes, Rigoberto Baca López, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo en el Estado de México, el cual determinó negar la suspensión provisional que solicitó Vallejo Mora para obtener libertad bajo fianza: demanda de garantías 1080/2014.
Fue un leve fracaso de sus abogados para conseguir la libertad provisional.
En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que a las 08:45 horas de este viernes, el inculpado  fue notificado de su situación jurídica.
EL CJF indicó que se acreditó que existe una investigación contra Servando Gómez Martínez alías La Tuta y la organización delictiva que dirige denominada Los Caballeros Templarios, y que Vallejo Mora se negó a auxiliar al Ministerio Público de la Federación a proporcionar datos para su localización y la investigación de la agrupación delictiva.
Asimismo, manifestó que la defensa no aportó pruebas en el plazo constitucional y sólo formuló alegatos, por lo que no fue necesario agotar el término de las 144 horas para resolver la situación jurídica de Vallejo Mora.
Por cierto, el órgano jurisdiccional declinó competencia legal para seguir conociendo del proceso, y turnó el expediente a un juzgado en procesos penales federales del Distrito Federal por considerar que en esta jurisdicción ocurrieron los hechos que se le atribuyen al inculpado: "por ser el lugar de los hechos que se atribuyen al ahora procesado y no surtirse alguna de las hipótesis de competencia territorial por excepción"
(¿en ese lugar? ¿No fue en Michoacán?)
¿Y ahora?
El Subprocurador de SEIDO, Rodrigo Archundia, afirmó que la averiguación previa –57/2014– contra El Gerber continúa abierta y no se limita al delito de encubrimiento. “Se están investigando todos los delitos que surjan, los que puedan surgir, pueden ser muchos”, sostuvo el funcionario en conferencia de prensa.
Los abogados del hijo de gobernador son Everardo Moreno ( ex subprocurador de PGR) y Raúl Jesús Miranda Valencia.
Miranda Valencia, señaló en entrevista radial que ni a él ni a su cliente les han notificado que un juez federal ya dictó el auto de formal prisión: "A mí el Tribunal todavía no me notifica", dijo.
"Es lamentablemente que previa a la notificación que se realice a la defensa y al propio detenido lo ventilen a los medios de comunicación", dijo.
El litigante aseguró que prefieren contar con una sentencia absolutoria: "Nosotros preferimos una sentencia absolutoria que un auto de libertad por falta de elementos para procesar", aseveró.
“Pero a final de cuentas es una muestra más de cómo se están violentando las garantías de nuestro cliente”.
“El auto de formal prisión -agregó el abogado- no es otra cosa más que nos vamos, hay elementos, se creen acreditada de manera probable el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad de mi cliente, y nos vamos a ir a juicio”.
Sobre el punto en el que el Juzgado declaró que la defensa no aportó pruebas en el plazo constitucional y sólo formuló alegatos, el abogado de Rodrigo Vallejo dijo que no vieron oportuno realizarlo por la serie de violaciones cometidas.
“Eso lo haríamos dentro del propio proceso penal, todo eso lo sabía nuestro cliente y habló y se platicó ampliamente con él”. 
Por su parte el Comisionado de Seguridad y Desarrollo de Michoacán, Alfredo Castillo, llamó a la población a presentar pruebas en contra de Vallejo Mora por sus vínculos con el crimen organizado.
Aprovechó para exhortar a los magistrados y jueces a actuar con honestidad en los casos relacionados con los cabecillas del crimen organizado, para evitar que tras su detención puedan obtener su libertad.
“Es un tema de la PGR que nosotros vemos con todo respeto y con mucho cuidado”, fueron las palabras del secretario de Gobierno, de Michoacán, Jaime Darío Oseguera Méndez, al ser cuestionado sobre el auto de formal prisión.
Comunicado textual:
México, D.F., a 8 de agosto de 2014 DGCS/NI: 106/2014
NOTA INFORMATIVA
CASO: Auto de formal prisión a Rodrigo Gerardo Vallejo Mora
ASUNTO: El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México informa que dentro de la causa penal 57/2014, a las 08:45 minutos de este día, dictó auto de formal prisión contra Rodrigo Gerardo Vallejo Mora, por su probable responsabilidad penal en la comisión del delito de encubrimiento, previsto en la fracción IV del artículo 400 del Código Penal Federal.
La autoridad jurisdiccional consideró acreditado, hasta la conclusión de preinstrucción, que existe una investigación contra Servando Gómez Martínez alias “La Tuta” y la organización delictiva que presuntamente dirige, denominada “Los Caballeros Templarios”, y que Vallejo Mora se negó a auxiliar al Ministerio Público de la Federación a proporcionar datos para su localización y la investigación de la citada agrupación delictiva.
Además, se estimó que Vallejo Mora podría haber proporcionado información, al quedar demostrado que presuntamente se reunió con Servando Gómez Martínez alias “La Tuta”, conforme al video inspeccionado en autos, el cual fue dictaminado pericialmente, determinándose que la imagen que aparece en el mismo corresponde al inculpado y la voz del interlocutor a la de Servando Gómez.
Asimismo, el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México señala que la defensa no aportó pruebas en el plazo constitucional y sólo formuló alegatos, por lo que con apoyo en criterios jurisprudenciales, era innecesario agotar el término de las 144 horas para resolver la situación jurídica del imputado.
Finalmente, se informa que este órgano jurisdiccional declinó competencia legal para seguir conociendo de la causa penal 57/2014 al Juzgado de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, en turno, por ser el lugar de los hechos que se atribuyen al ahora procesado y no surtirse alguna de las hipótesis de competencia territorial por excepción.
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Artículo 400
ARTICULO 400. SE APLICARA PRISION DE TRES MESES A TRES AÑOS Y DE QUINCE A SESENTA DIAS MULTA, AL QUE:
(...)
 IV. REQUERIDO POR LAS AUTORIDADES, NO DE AUXILIO PARA LA INVESTIGACION DE LOS DELITOS O PARA LA PERSECUCION DE LOS DELINCUENTES;
(REFORMADA MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE ENERO DE 2009)


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