12 oct 2014

Victor Ugalde desmiente nota de Reforma

Desmentido a nota Reforma
11 de octubre de 2014 a la(s) 7:25
La notadesmentida.
Castigan a ex directora de Imcine
"Omar Cabrera
Reforma,(10 octubre 2014).- La Secretaría de la Función Pública inhabilitó 10 años a la ex directora del Instituto Mexicano de Cinematografía, Marina Stavenhagen, para ocupar cargos públicos y una sanción de 14 millones 754 mil 975 pesos por negligencia administrativa.
La misma inhabilitación por una década recayó sobre Víctor Ugalde, ex secretario técnico del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine), además de una sanción económica de 12 millones de pesos.
 Esta es la primera ocasión en que la Función Pública sanciona a altos funcionarios del mundo cinematográfico.
 Stavenhagen fue directora del Imcine en el sexenio de Felipe Calderón, gestión en la que el organismo apoyó alrededor de 400 largometrajes.
 En el sexenio de Stavenhagen fueron filmadas 418 películas, de las cuales más del 80 por ciento tuvieron apoyo de Imcine y fueron vistas por unos 50 millones de espectadores.

 Ugalde encabezó el Fidecine desde su creación en 2002 hasta 2009, cuando presentó su renuncia.
 En el periodo de Ugalde, este Fondo aportó recursos públicos para un centenar de películas, entre ellas las taquilleras Km 31 y Una Película de Huevos.
 Debido a que los casos están en proceso en el Tribunal Fiscal de la Federación, ya que los afectados aún podrían apelar, no se pueden conocer los pormenores de la negligencia administrativa, según explicaron fuentes de la Función Pública."
 Al respecto es necesario aclarar que:
 1.- La Constitución nos garantiza que somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario.
2.- Esta información la he aclarado en varias ocasiones. La he desmentido e informado que estamos en juicio y es falso que exista una inhabilitación. Este juicio inició en el 2009 por lo que se vuelve sospechosa la nota ya que la "novedad es vieja"
La nota contiene inexactitudes, habla de un Tribunal Fiscal de la Federación, que desde hace muchos años ya no existe, por ejemplo.
3.- El Órgano Interno de Control del IMCINE (OIC) y Función Pública dictaminan y los ciudadanos podemos acudir a la justicia federal. En ocasiones como ésta, las acusaciones eran injustas y más bien producto de la persecución del Titular del OIC por no dejarme presionar para perseguir cineastas violando la ley.
4.- Por no permitir esas injusticias, el OIC intentó tres procedimientos administrativos en mi contra.

MICINE, proyecto de salas TRES, película EL BAUL DE MARIO, película

5.- MICINE no prosperó porque el Tribunal no aceptó las falsas acusaciones del Titular del OIC

6.- TRES, película

La Información del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa nos informa.

11a. SALA REGIONAL METROPOLITANA EXP. 30078/10-17-11-1 VÍCTOR MANUEL ROMERO UGALDE REV. FISCAL 570/13 DEL 3er. TRIBUNAL COLEGIADO 13 OCTUBRE /13 SENTENCIA, CONCLUIDO. ***SE DECRETÓ LA NULIDAD LISA Y LLANA  Y EN MATERIA DE  REVISIÓN SE CONFIRMÓ.

Es decir que la falsa acusación del Titular del OIC se desechó y soy inocente de todo lo que se me acusaba.

7.- EL BAUL DE MARIO, película

3er. SALA REGIONAL METROPOLITANA EXP. 13280/11-17-02-2 VÍCTOR MANUEL ROMERO UGALDE ACUERDO DEL 15 AGOSTO/14 EN BOLETÍN DESECHAMIENTO DE ALEGATOS, ME ENTREGAN NOTIFICACIÓN  01 OCTUBRE /14 EXP. CON LIC. DELIA MARÍA. FALTA QUE CONTESTE LA AUTORIDAD EL REQUERIMIENTO SOLICITADO YA VENCIÓ EL TÉRMINO Y NO HAN CONTESTADO.

Tanto en TRES como en EL BAUL DE MARIO la defensa fue la misma por lo que en cualquier momento se dictará la resolución final, lo que me permite suponer que la sentencia tendrá que ser idéntica en favor de mi inocencia.

Me apoyo también en el hecho de que en el BAUL DE MARIO, el OIC inició otros casos contra otros funcionarios del IMCINE y estos ya se resolvieron a favor de los acusados y en contra de la Función Pública.

Resumiendo: Función Pública emitió su sentencia en el 2009 y yo inicie un recurso de revisión en términos de ley, situación que en automático suspendió la inhabilitación y la multa.

Si se hubiera dado el caso de que la resolución hubiera salido negativa todavía me quedaría el recurso del juicio de amparo y sólo hasta perder este último quedaría realmente inhabilitado.

Como estoy en el juicio de revisión, no estoy inhabilitado.


Si mi caso se ha retrasado es porque el OIC lo ha retardado. Justicia lenta no es justicia pero existirá.

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