29 abr 2015

Por unanimidad, Senado aprueba reforma constitucional en materia de desaparición forzada y tortura

Por unanimidad, Senado aprueba reforma constitucional en materia de desaparición forzada y tortura
La tarde de este miércoles, 29 de Abril de 2015, el pleno de la Cámara de Senadores aprobó –por unanimidad -con 104 votos a favor -en lo general y en lo particular, el dictamen que modifica el artículo 73 de la Constitución, a fin de facultar al Congreso de la Unión para expedir las leyes generales en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura, y de otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
El proyecto dispone que dichos ordenamientos deberán expedirse dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto y establecer, como mínimo, los tipos penales y sanciones para quienes cometan estas conductas delictivas.
Posicionamientos en el pleno:

i)                    El senador Alejandro Encinas Rodríguez, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, destacó que con la aprobación de esta modificación a la Carta Magna se da un paso firme en momentos en el que el país vive la más profunda crisis de derechos humanos después de 1968, en un contexto de impunidad, abuso de poder y responsabilidad directa del Estado mexicano en la desaparición forzada de personas y tortura.

Advirtió que el día de hoy el enemigo interior ya no es solamente el disidente u opositor político, sino que toda la población está en riesgo debido a este tipo de prácticas, ya que en la guerra contra el narcotráfico, establecida unilateralmente por el Ejecutivo federal, se permitió la salida del Ejército a las calles, y con ello, la militarización del país.

Refirió que el Registro Nacional de Personas Desaparecidas contabiliza 25 mil 821 ciudadanos en esa condición, sin que a la fecha ninguna autoridad haya rendido cuentas o explicado cuáles fueron las causas de la desaparición de estos individuos.

En la discusión en lo general del dictamen, el senador Jorge Aréchiga Ávila (PVEM), destacó que facultar al Congreso para legislar en materia de tortura y desaparición forzada de personas permitirá adecuar el marco jurídico y cimentar la prevención, combate y eliminación de este tipo de ilícitos que perjudican las libertades personales y trasgreden derechos fundamentales.

ii)                  El senador Zoé Robledo Aburto (PRD), detalló que con esta reforma el Legislativo también podrá contemplar en las leyes otras formas de privación de la libertad, como el desplazamiento forzado de personas en el interior del país. Estas poblaciones no son libres porque abandonan su entorno en contra su voluntad e interrumpen su vida, explicó al pleno.

iii)                Para la senadora Sonia Rocha Acosta (PAN), las desapariciones forzadas son una práctica añeja de control político y social, heredada de un pasado caracterizado por una política de Estado cerrada a las exigencias sociales, que reprimía movimientos sociales, que tuvo resultados lamentables en cuanto a violaciones múltiples a derechos humanos.

iv)                Omar Fayad Meneses (PRI) indicó que los legisladores no pueden “hacer oídos sordos” a las demandas de la sociedad, pues hay un antes y un después por el caso de la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa, Guerrero, en septiembre de 2014.

v)                  En tanto, Isidro Pedraza Chávez (PRD), dijo que la ley establece una base para prevenir y erradicar la tortura, la cual no es castigada; pues de acuerdo con datos del Consejo de la Judicatura Federal, del año 2005 al 2013, los tribunales federales tramitaron 123 enjuiciamientos por este tipo de casos y tan sólo siete derivaron en condenas.

vi)                La senadora del PAN, Mariana Gómez del Campo, refirió que según el Registro Nacional de Personas Extraviadas y Desaparecidas, entre enero y octubre de 2014 se denunciaron cinco mil 98 víctimas, lo que es una cifra alarmante que no tiene precedentes en la historia del país. Asimismo, comentó que las entidades donde se tiene mayor registro de este delito son: Tamaulipas, Jalisco, Estado de México, Distrito Federal y Coahuila.

vii)              Cristina Díaz (PRI) explicó que esta reforma tiene la finalidad de facultar al Congreso de la Unión para expedir, en un lapso de 180 días, las leyes generales que establezcan los tipos penales y sanciones, acorde con los tratados internacionales, en materia de desaparición forzada de personas y otras formas de privación de libertad, tortura, así como tratos crueles e inhumanos o degradantes.

viii)            El dictamen abre la puerta para trabajar con mayor incidencia desde el Congreso y contribuirá a esclarecer y conocer la verdad jurídica de la desaparición forzada de los 43 estudiantes de Ayotzinapa y sancionar a los responsables. Estamos ante un tema que muchos sectores de la sociedad esperan y que es clave en el fortalecimiento de la democracia del país, manifestó en su turno la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, del PRD.

ix)                En tanto, Silvia Garza Galván (PAN) consideró necesario aprobar el dictamen para trabajar de inmediato en la legislación pendiente; sin embargo, no debemos caer en la tentación de elaborar una ley al vapor.

x)                  A su vez, Diva Hadamira Gastélum Bajo, del PRI, refirió que una encuesta de Parametría reveló que el tema de desaparición forzada preocupa a la sociedad, pues de cada diez hombres y mujeres consultados, nueve dijeron estar preocupados por ese delito y un tercio consideró que sucede más entre jóvenes y niños.

El documento se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

De acuerdo con la propuesta que reforma la fracción XXI, inciso a) del artículo 73 de la Constitución, dichas leyes deben establecer, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en estas materias. Además, deberán regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Además, el Congreso de la Unión tiene que expedir la legislación dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto.

A propuesta de las comisiones dictaminadoras, la asamblea acordó incluir una modificación al artículo tercero transitorio de dictamen.

Con este cambio se precisa que la legislación en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de las entidades federativas y de la Federación continuarán vigentes, hasta en tanto, entren en vigor las leyes generales que expida el Congreso de la Unión.

Mañana será votado y aprobado en sus términos…


 

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