10 ene 2016

La extradición, asunto político más que jurídico/JESUSA CERVANTES

Revista Proceso # 2045, 9 de enero de 2016.
La extradición, asunto político más que jurídico/JESUSA CERVANTES
Irónicamente, el trabajo previo de Juan Pablo Badillo Soto, abogado del Chapo, abriría la puerta a nuevos amparos contra el procedimiento de extradición. Sin embargo, la ley mexicana prevé que el presidente cuente con la facultad de entregar a un delincuente requerido por otro país si considera que existen razones excepcionales para no esperar el juicio correspondiente. Fuentes de la PGR admitieron que, en todo caso, el destino inmediato de Joaquín Guzmán Loera depende de una decisión política, más que de una resolución jurídica.
 Siete meses después de que Estados Unidos solicitó a México la extradición de Joaquín El Chapo Guzmán Loera, la administración de Enrique Peña Nieto no ha iniciado el proceso jurídico correspondiente, aunque pudo haberlo tramitado desde mayo último. Su envío al vecino país podría tardar hasta un año, a menos que el presidente lo considere “caso excepcional” y lo entregue sin más a quien lo reclama.
 Mientras el gobierno federal analiza las posibilidades, Juan Pablo Badillo Soto, abogado de Guzmán Loera, puede tramitar nuevos amparos y retrasar más el proceso judicial para la extradición, pues su objetivo es evitar que se concrete uno de los mayores temores del sinaloense: ser extraditado, revela a Proceso el propio litigante.
 Con poder para representar al Chapo en “pleitos y cobranzas” desde 1996, Badillo Soto puede saltar el obstáculo que la autoridad judicial le puso el 17 de diciembre de 2014, cuando el abogado solicitó el primer amparo contra la extradición a Estados Unidos: la inexistencia del juicio respectivo.

 Tras su segunda detención, el 23 de febrero de 2014, Guzmán Loera buscó nuevamente a quien durante ocho años evitó que lo entregaran a Estados Unidos. El capo fue capturado por primera vez en mayo de 1993 y Badillo Soto lo defendió de 1996 hasta el 19 de enero de 2001, cuando se fugó.
 Después de la segunda detención, el 22 de mayo de 2014, solicitó el 17 de diciembre del mismo año conocer la orden de extradición y considerarla un acto “futuro e inminente”, a fin de combatirla en tribunales.
 A esta solicitud de amparo le siguieron otras cinco. Una a una fueron sobreseídas y a la fecha sólo una sigue viva.
 Un par de semanas después de que su cliente escapara por un túnel del penal federal del Altiplano, el abogado encargado de conjurar la extradición conversó con este semanario. Reveló que cuatro meses antes de su segunda fuga Guzmán Loera no estaba triste ni enojado por el encierro en el penal de alta seguridad, sino “más bien temeroso de ser extraditado o abatido”.
 A decir de Badillo Soto, tras la segunda detención “Estados Unidos lo requirió de inmediato, aunque lo oficializó después”. Por eso la familia del capo y el propio defensor –uno de los siete que contrató El Chapo– tuvieron un “temor fundado” de que con argucias y artilugios institucionales fuera extraditado.
 En esa conversación (Proceso 2022) se le recordó a Badillo Soto que Felipe Calderón extraditó durante su mandato a capos de la droga antes de que se resolvieran sus amparos contra el procedimiento. Cuando se le preguntó si no temía que Peña Nieto hiciera lo mismo, respondió: “No. Ya son otros tiempos”.
 En manos de Peña Nieto
 Dos meses después de esa entrevista, el subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República, José Alberto Rodríguez Calderón, confió a Rafael Croda, corresponsal de Proceso en Bogotá:
 “La entrega del jefe del Cártel de Sinaloa al gobierno estadunidense se produciría entre 10 y 12 meses después de su eventual captura. Estos son aproximadamente los plazos legales que calculamos para extraditar a Joaquín Guzmán una vez que sea capturado.”
 En esa ocasión, el funcionario que lleva los casos de extradición detalló al corresponsal que “en el hipotético caso de que los tribunales federales resolvieran a favor de la extradición del Chapo a Estados Unidos, correspondería a la Secretaría de Relaciones Exteriores tomar la decisión final”.
 –¿Puede ser extraditado de inmediato una vez capturado? –se le preguntó.
 –No. Por consiguiente, cuando Joaquín Guzmán sea detenido, en ese momento se inicia formalmente el proceso de extradición en un juzgado federal, porque él tiene derechos constitucionales y procesales. El juez federal le tiene que notificar, luego de que sea detenido, del inicio del proceso de extradición en su contra. Tendrá unos días para preparar su defensa y ejercer su derecho de audiencia, que en el sistema jurídico mexicano es indispensable.
 “Después, la PGR tendrá derecho a presentar más pruebas en su contra y aproximadamente en unos 30 a 40 días el juzgado federal tendrá que resolver con una opinión jurídica. Si ésta es favorable a la extradición, el acuerdo se le tendría que notificar a Joaquín Guzmán, y él tiene en ese momento un plazo de 15 días para presentar un amparo.
 “Tal amparo tardaría entre tres a cuatro meses en recibir una sentencia definitiva. Si El Chapo lo pierde, su abogado puede aún recurrirlo bajo la llamada figura de revisión ante un Tribunal Colegiado de Circuito. Este proceso último tarda también entre tres y cuatro meses.
 “Son de 10 a 12 meses el tiempo que, según los términos legales, puede durar un proceso de extradición de este tipo”, indicó el subprocurador Rodríguez Calderón.
 En otra instancia involucrada en el procedimiento, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), no hay tanta certeza. Horas después del anuncio oficial sobre la segunda detención del capo sinaloense, el subsecretario para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos, Miguel Ruiz Cabañas, titubeó al comentar las posibilidades de que sea extraditado:
 “Existe una serie de acuerdos que México tiene con muchos países y se tendrá que ver cuál es el análisis jurídico. Todavía no se ha hecho un análisis jurídico. Se hará en su momento para ver este tipo de cosas.”
 Sin precisar qué tipo de prisión será la más segura para retener a un reo que ya escapó de dos penales de “máxima seguridad”, el funcionario reiteró: “Es el momento de hacer el análisis jurídico, que en este momento no está concluido”.

Pese a que el análisis jurídico “aún no está terminado”, el destino de Guzmán Loera está en manos de Enrique Peña Nieto. De acuerdo con la Ley de Extradición Internacional, el Ejecutivo federal tiene la potestad de extraditar sin concluir juicio alguno.

El artículo 14 de dicha norma establece que “ningún mexicano podrá ser entregado a un Estado extranjero sino en casos excepcionales a juicio del Ejecutivo”. El abogado Badillo Soto lo sabe pero sostiene que en el caso de su famoso cliente “no existe excepcionalidad alguna” y que si Peña Nieto recurre a dicho artículo deberá especificar cuál es esa “excepcionalidad”.

La ley no establece cuáles son las condiciones pero podría argüirse “seguridad nacional”. Fuentes de la PGR comentaron a Proceso que la extradición de Guzmán Loera será “más política” que jurídica.

Guzmán Loera tiene abiertos seis expedientes en su contra en Estados Unidos. Es requerido por las cortes de California, Texas, Nueva York, Chicago y Nueva Hampshire. Y aunque en ese país está permitida la pena de muerte, en caso de entregarlo el gobierno mexicano tiene que exigir que se cumpla el artículo 10 de la Ley de Extradición Internacional: “Que si el delito que se impute al reclamado es punible en su legislación hasta con la pena de muerte o alguna de las señaladas en el artículo 22 constitucional, sólo se impondrá la de prisión o cualquier otra de menor gravedad que esa legislación fije para el caso, ya sea directamente o por substitución o conmutación”.

La estrategia de los amparos

Mientras estuvo interno en el penal del Altiplano, El Chapo contó con seis abogados. Uno de ellos, Óscar Manuel Gómez Núñez, está en la misma prisión por haber auxiliado presuntamente a Guzmán Loera en su fuga del pasado 11 de julio. Otro, Andrés Granados Flores, promovió amparos contra su posible detención, pero no los ratificó y se desconoce su paradero. Ambos litigantes se encargaban de evitar el traslado de su cliente a otros penales.

Badillo Soto está libre, y durante la segunda detención promovió seis amparos para evitar que se extradite a Guzmán Loera. Cuatro de esos recursos ya fueron sobreseídos en forma definitiva, otro está en revisión a petición de la defensa, y el último sigue en trámite.

Los primeros cuatro amparos fueron sobreseídos por la misma razón: la falta de materia, puesto que a decir del gobierno federal, el proceso de extradición no se ha iniciado.

El 26 de julio de 2015, 15 días después de la segunda fuga de Guzmán Loera, este semanario reveló que Estados Unidos había requerido al sinaloense por lo menos desde mayo anterior, lo que constaba en el juicio de amparo 73/2015 que Badillo Soto promovió el 23 de enero, cuando su cliente aún estaba en el penal del Altiplano.

El 20 de mayo, la Mesa Uno del Juzgado Décimo de Distrito de Amparo Penal del Primer Circuito, con sede en el Distrito Federal, publicó en el expediente del amparo 73/2015 el auto donde revela que el defensor del Chapo “presentó copia certificada del pedido de extradición”.

El juez del caso rechazó pedir a la SRE una copia certificada de la solicitud de extradición por considerar que la defensa de Guzmán Loera “aún estaba en tiempo de recibir el documento”.

Dice el papel: “En cuanto a su petición en el sentido de que este órgano jurisdiccional requiera al secretario de Relaciones Exteriores la copia certificada a que se ha hecho mención, dígase que no ha lugar… en virtud de que, si bien la parte quejosa acredita que solicitó copias certificadas ante SRE, lo cierto es que el escrito fue recibido el 15 de mayo pasado, y a la fecha no ha transcurrido un lapso suficiente para inferir que existe negativa u omisión en la solicitud que formó en el escrito anteriormente citado”.

Lo anterior implica que la solicitud de extradición llegó a México antes del 15 de mayo.

El amparo 1233/2014 (el primero que se presentó para evitar la extradición) se sobreseyó el 11 de diciembre pasado. Badillo Soto pidió la revisión, pero el 24 de diciembre la decisión se confirmó al declararse sin materia.

El 6 de febrero del año pasado, Badillo Soto solicitó un tercer amparo contra la “orden de extradición y su ejecución” (expediente 118/2015). El 3 de diciembre este recurso también se sobreseyó en definitiva, ordenándose la destrucción del archivo.

El 4 de agosto Badillo Soto solicitó otro amparo para evitar “la orden de detención provisional con fines de extradición y su ejecución”. Argumentó “peligro de privación de la vida, desaparición forzada, deportación y destierro” (expediente 732/2015).

El juez rechazó el amparo al considerar que la extradición “no resulta inminente”. Detalló que aunque la SRE estimara fundada la petición de extradición y la transmitiera a la PGR para que a su vez la promoviera ante el juez de distrito, “no implica que el juez de Distrito ante quien se inició el procedimiento de extradición indefectiblemente decrete dicha medida”.

El 29 de julio Badillo Soto promovió el amparo 712/2015 contra la “orden de detención o aprehensión con fines de extradición”. Al sobreseerse también, el abogado demandó su revisión el 29 de septiembre, pero se declaró asimismo sin materia para revisión y el pasado 4 de diciembre se mantuvo abierto para nuevas pruebas.

Sobre este penúltimo amparo, la autoridad manifestó que si bien Estados Unidos lo solicitó formalmente, “también es cierto que el procedimiento de extradición aún no se ha iniciado en virtud de que el quejoso escapó… de Almoloya” (el penal del Altiplano). E insistió en que “no existe el acto reclamado”, es decir, el inicio jurídico del procedimiento de extradición.

El último amparo (967/2015), promovido el 17 de octubre pasado, aún está en trámite. Con la recaptura de Guzmán Loera y tomando en cuenta que , según el argumento de los jueces, El Chapo sólo tiene parte de la materia del proceso de amparo al estar detenido, Badillo Solo podrá solicitar nuevos amparos. l

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