11 feb 2016

#BodaEPNRivera: Las respuestas de la Arquidiócesis

#BodaEPNRivera: Las respuestas de la Arquidiócesis
Hugo Valdemar, vocero de la Arquidiócesis Primada de México, contestó un cuestionario escrito, pero eludió responder explícita e integralmente algunas preguntas, entre ellas la relativa al padre Ramón García López, quien casó a Rivera y Castro en la iglesia de Nuestra Señora de Fátima, en la Colonia Roma, el 2 de diciembre de 2004.
Redacción AN, febrero 6, 2016
Para la elaboración del reportaje “El expediente secreto de la boda Peña Nieto-Rivera”, este medio consultó a la Arquidiócesis Primada de México, el pasado jueves 4 de febrero, a fin de conocer su versión sobre el proceso de anulación del matrimonio entre Angélica Rivera y José Alberto “El Güero” Castro, y la sentencia dictada en contra del padre José Luis Salinas Aranda.
Hugo Valdemar, vocero del organismo religioso, respondió un cuestionario escrito que le fue enviado vía correo electrónico.
La Arquidiócesis aseguró que el cardenal Norberto Rivera no intervinó en el castigo al sacerdote José Luis Salinas por haber casado supuestamente en forma ilegal a Angélica Rivera en su primer matrimonio con el productor de televisión José Alberto Castro. El encargado del caso -ahora revertido por la Rota Romana del Vaticano- fue únicamente el Tribunal Eclesiástico, afirmó Valdemar.
 La Arquidiócesis reconoció en sus respuestas  que la Rota Romana señaló una serie de irregularidades en el proceso de la Arquidiócesis de México en contra el P. Salinas, pero señaló  que “… en ningún momento se trató de un simulacro.” Sin embargo, en tres traducciones independientes obtenidas por Aristegui Noticias y  la revista Proceso  se señala que el juicio contra el padre Salinas fue un craso simulacro de justicia. En el texto en latín de la  resolución de la Rota se  puede leer la expresión  simulacrum iustitiae crasse, para referirse a lo sucedido en el proceso contra el presbítero Salinas. ”
 En el punto 3 tercer párrafo del documento emitido por la Rota Romana, puede leerse lo siguiente:
 “Pero queda perfectamente claro que el proceso así iniciado resalta como una construcción de un craso simulacro de justicia: puesto que esta prohibido, por ser ello horroroso, que el promotor de justicia, actuando como juez, cite a juicio al acusado. Así pues, es evidente por faltar en las actas documentos adecuados, que el acusado nunca fue judicialmente citado, ya que el propósito mismo o la razón de la acusación nunca fueron comunicados, y por no habérsele otorgado un abogado defensor…y porque nunca se le dio al acusado la oportunidad de poder conocer las pruebas aducidas por el promotor de justicia y rebatirlas”.
En las respuestas enviadas, la Arquidiócesis eludió responder explícita e integralmente algunas preguntas, entre ellas la relativa al padre Ramón García López, quien casó a Rivera y Castro en la iglesia de Nuestra Señora de Fátima, en la Colonia Roma, Ciudad de México, el 2 de diciembre de 2004. El padre  García López  quien fue entrevistado por Aristegui Noticias, aseguró que “todo se realizó bien” para celebrar ese matrimonio,
En un proceso confuso -en el que castigó a quien no realizó la boda-  la Arquidiócesis determinó anular el matrimonio por “defecto de forma canónica”. Al padre García López,  que si casó a Rivera y Castro, no se le involucró en el proceso contra Salinas. Actualmente ejerce su ministerio en Lázaro Cárdenas Michoacán. “Todo estuvo bien en la boda del Güero Castro,” dijo por teléfono a Aristegui Noticias. García López dijo también desconocer lo ocurrido con el padre Salinas.
A continuación, las preguntas y respuestas tal y como fueron entregadas:
1) ¿Qué postura tienen respecto al hecho de que la Rota Romana determinó que contra el padre José Luis Salinas se hizo un “simulacro de justicia”?
R: La Rota Romana señaló una serie de irregularidades en el proceso de la Arquidiócesis de México contra el P. Salinas, pero en ningún momento se trató de un simulacro.
2) ¿Por qué no se le restituyó en su ministerio como él mismo lo pedía, una vez que hubo una sentencia por parte de La Rota Romana?
R: La sentencia de la Rota Romana declaraba nula la punición del Tribunal de la Arquidiócesis de México, pero no ordenaba restituir al P. Salinas en su ministerio por una razón simple, el P. Salinas nunca pidió ni obtuvo las licencias para ejercer en la Arquidiócesis de México.
3) Según se puede ver en la sentencia, así como en un serie de cartas escritas por el padre Salinas y el padre Enrique González Torres, se hizo una nulidad matrimonial al vapor y llena de irregularidades (como después la Rota Romana lo confirmó)  para favorecer a la prometida del entonces gobernador del Estado de México y fuerte aspirante a la Presidencia, Enrique Peña Nieto. ¿Qué pueden decir respecto a estos señalamientos? ¿Qué responsabilidad asumen respecto a estos hechos?
R: La Rota Romana declara nula la sentencia de la Arquidiócesis de México contra el P. Salinas, pero no declara que la nulidad de la señora Angélica Rivera estuviera llena de irregularidades, pues se refería únicamente al caso del P. Salinas.
 4) ¿Cuánto demoraron en invalidar el matrimonio de Angélica Rivera?
 R: Lo ignoro.
 5). ¿Por qué sólo se sancionó al padre Salinas y no al cura Ramón García López, quien efectuó el verdadero matrimonio en la iglesia de Fátima?
 R: Al P. Salinas se le sanciona no sólo por la simulación del matrimonio de la señora Angélica Rivera realizado ilícitamente en una playa, sino porque durante más de 15 años ejerció sin licencias en la Arquidiócesis de México cometiendo muchas irregularidades.
 6) ¿El Cardenal Norberto Rivera ayudó Angélica Rivera torciendo el proceso contra el Padre Salinas?
 R: En absoluto, no. Y no fue el Cardenal Rivera quien hizo el alegato contra el P. Salinas, sino el Tribunal de la Arquidiócesis de México.
 7) Ante la sentencia de la Rota Romana, ¿La celebración en la Catedral de Toluca hecha el 27 de noviembre del 2010 con Enrique Peña Nieto y Angélica Rivera fue un matrimonio?
 R: La sentencia de la Rota Romana se refiere solo al caso del P. Salinas, nada tiene que ver con la causa de nulidad de la señora Angélica Rivera.
 (Nótese que la pregunta “¿fue un matrimonio?” no es respondida).
 8) En su caso, ¿podía casarse o qué tipo de ceremonia fue la organizada en la Catedral de Toluca?
 R: Obtenida la sentencia de nulidad, la señora Angélica Rivera tenía todo el derecho de contraer matrimonio sacramental, ya que la primera unión fue declarada nula.
 ((Nótese que la pregunta “¿qué tipo de ceremonia fue” la de Toluca? no es respondida)
 9).- ¿La sentencia de la Rota Romana implicaría que la nulidad de Angélica Rivera y José Alberto Castro queda revocada?
 R: Nada tiene que ver la sentencia a favor del P. salinas con el matrimonio lícitamente contraído por la señora Angélica Rivera en la Catedral de Toluca.
 10.- ¿Puede explicar lo que sepa acerca del  proceso que se llevó a cabo  para la anulación del matrimonio religioso entre la sra Angélica Rivera y el Sr. José Alberto Castro que posibilitó el posterior enlace entre ella y el hoy presidente de México?
 R: Lo ignoro.
 11).- ¿Tomó el Sr. Peña Nieto algún tipo de consideración después de haber recibido la carta del sacerdote José Luis Salinas en la que le narraba las irregularidades cometidas en su contra y que dieron pie para la anulación del enlace Rivera- Castro?
 R: Lo ignoro.
 12).- ¿El efecto de la ceremonia realizada en la catedral de Toluca entre la Sra Rivera y el Sr Peña Nieto se ve afectado por la resolución de la Rota Romana?
R: En absoluto no, porque son causas totalmente distintas.
13).-  Una vez que el padre Salinas Aranda dio a conocer en múltiples cartas a personajes diversos, incluyendo al gobernador Peña Nieto, el conjunto de irregularidades que fueron denunciadas y reconocidas por la Rota Romana en su sentencia, ¿se tomó la decisión de no celebrar un sacramento matrimonial  entre la Sra Rivera y el Sr. Peña Nieto para evitar alguna complicación posterior?
R: Lo ignoro.
14).- ¿Fue una ceremonia paralitúrgica lo que sucedió en La Catedral de Toluca?
R: La ceremonia realizada en Toluca fue totalmente válida, ya que nada obstaba para que se llevara a cabo siendo que la señora Angélica Rivera había conseguido ganar la causa de nulidad de su enlace anterior.
(Nótese que la pregunta “¿fue una ceremonia paralitúrgica” queda sin responder).


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