7 feb 2016

El nuevo vicario de la Arquidiócesis Primada de México es Andrés Luis García Jasso,

Designa Card. Norberto Rivera Carrera nuevo Vicario Judicial
Semanario “Desde la fe“..,domingo, 20 de octubre de 2013 |
Nota de  Francisco Luna Macías.

El cardenal Norberto Rivera Carrera nombró como nuevo Vicario Judicial para la Arquidiócesis de México, al P. Andrés Luis García Jasso, quien dirige el Tribunal Eclesiástico como instancia al servicio de la Iglesia, encargada de resolver asuntos jurídicos diversos, entre ellos, los procesos de nulidad matrimonial.
Dentro de la Iglesia existen varias funciones: pastorales, administrativas y judiciales; para estas últimas, se utilizan los cánones y la legislación de la institución eclesiástica. Entre las principales tareas del Tribunal Eclesiástico está estudiar los casos que se presentan para declarar la nulidad matrimonial, especificó el P. García Jasso, quien cuenta con experiencia previa dentro del área.
A partir de que asumió el nuevo cargo, al sacerdote le corresponde vigilar el funcionamiento del Tribunal Eclesiástico, encargado de emitir los fallos para declarar la nulidad matrimonial, así como los avances de los procesos judiciales de conformidad con lo establecido en el Código de Derecho Canónico. El presbítero abundó más acerca de esta temática, por ser de interés para los lectores de Desde la fe.
En la Iglesia –como bien se sabe– “no existe el divorcio ni la anulación matrimonial, aunque hay casos en los que aparentemente se llevó a cabo el matrimonio, pero (de acuerdo a las características o condiciones en que se dio) pudieron presentarse vicios en el consentimiento o con la normativa que la Iglesia estipula para considerarse válido el matrimonio”, citó el nuevo Vicario Judicial.

Cuando se presentan situaciones como las previamente descritas, los feligreses acuden a la parroquia y platican con el sacerdote, quien cuenta con algunas nociones para determinar si hay indicios o si existen posibilidades de que el caso planteado pueda ser susceptible o no de ser llevado ante el Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis.
Si se determinan indicios o elementos para analizar si hubo o no matrimonio, se inicia el proceso judicial con una primera entrevista, realizada por voluntarios de la referida institución eclesiástica, que cuentan con conocimientos y experiencia para atender a los matrimonios. De determinarse la procedencia del caso, se proporciona una lista de abogados especialistas en Derecho Canónico autorizados por el Tribunal.
Al respecto, el P. García Jasso destacó que “se trata de abogados que, además de ser especialistas en la materia, cuentan con la ética y el Espíritu propios de la Iglesia”. El fallo final corresponderá a los sacerdotes y laicos que fungen como jueces dentro del Tribunal Eclesiástico.
Insistió en que el tema de la nulidad matrimonial debe ser tratado con seriedad, porque generalmente presenta facetas que no deben tomarse a la ligera, como las causales. Refirió que cada caso se analiza con la atención debida. Para que un matrimonio se constituya como válido, deberá reunir estas condiciones:
Que no exista ningún obstáculo de conformidad con lo establecido en el Código de Derecho Canónico, que contempla 12 impedimentos. Probablemente aún más importante –de acuerdo con el nuevo Vicario Judicial– es la condición que se refiere al consentimiento, cuestión que implica analizar con los involucrados una serie de particularidades.
 “Es difícil determinar el tiempo de duración de cada proceso por estar ligado a las circunstancias que lo rodean, aunque un caso puede resolverse –en condiciones, llamémosle, normales– en aproximadamente año y medio”, especificó el P. García Jasso.
–¿Tiene planeado algún cambio en las oficinas a su cargo?
–El Tribunal Eclesiástico muestra un buen funcionamiento; de momento no requiere ningún cambio.
–¿Algún mensaje final, P. García Jasso?
–Me encomiendo a las oraciones de los feligreses y lectores de Desde la fe, para que la Iglesia siga adelante, y nuestro trabajo pueda servir para bien de la Iglesia y los fieles.
El Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México también ofrece información de primer contacto a través de la página: tribunaleclesiastico.org
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Para el cumplimento de sus funciones el Tribunal eclesiástico se conforma de la siguiente forma:
PRIMERA INSTANCIA
Donde se estudian los diferentes procesos que por ordenamiento del Código Canónico son competencia del Tribunal. Esta Primera Instancia se integra por diferentes personas a las que el Código Canónico les otorga sus facultades así como los lineamientos y normas para sus funciones. En cada diócesis el juez de primera Instancia es el Obispo, quien puede ejercer sus funciones por si mismo o por medio de otros, de acuerdo a los cánones establecidos.
LOS JUECES Y OTROS MIEMBROS DEL TRIBUNAL
VICARIO O VICARIOS JUDICIALES: Nombrados por el Obispo, con potestad ordinaria de juzgar, los cuáles deben ser sacerdotes, no pueden ser laicos, ni tampoco diáconos. Deben ser doctores o licenciados en derecho canónico. Al Vicario Judicial corresponde la realización de los actos administrativos, exceptuando aquellos que el Obispo se hubiera reservado.
Vicario Judicial   Vicario Judicial Pbro. Lic. Andrés Luis García Jasso
Vicario Judicial   adjunto Lic. R,P, José María Romero S.D.P
JUECES: En cada diócesis el juez de primera Instancia es el Obispo, quien puede ejercer sus funciones por si mismo o por medio de otros, de acuerdo a los cánones establecidos.
CANCILLER: En cada curia debe haber un canciller, cuya función consiste en cuidar que se redacten bien las actas de la curia, se expidan y se custodien en el archivo de la misma.
NOTARIOS: Su función es dotar de fe pública a todos aquellos actos judiciales , administrativos etc. en donde se requiera. Así como la redacción de las actas y documentos referentes a decretos, disposiciones.
AUDITOR: El juez o el presidente del tribunal puede nombrar un auditor para que realice la instrucción de la causa.
PROMOTOR DE JUSTICIA: Realiza su función interviniendo en las causas contenciosas en que está implicado el bien público y, en las causas penales.
Promotor de Justicia: R.P.FR. Daniel Martínez                             
DEFENSOR DEL VÍNCULO: Es nombrado en las causas en que se discute la nulidad o disolución matrimonial, o la nulidad de la sagrada ordenación. Su función es por oficio proponer o manifestar todo aquello que pueda aducirse razonablemente en contra de la nulidad o disolución.
SEGUNDA INSTANCIA: Este tribunal debe constituirse de la misma forma que el de primera instancia (C. 1441). Es un tribunal de apelación en las causas sentenciadas en primera instancia y que no estén reservadas a los tribunales eclesiásticos de jerarquía superior. Así mismo se constituye como tribunal de revisión en las causas sentenciadas en primera instancia y en las que la ley canónica así lo establece.
Domicilio: Durango No. 90 6o. Piso. Col. Roma. C.P. 06700. 

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