9 may 2016

El debido proceso, a debate

El debido proceso, a debate/José Fernández Santillán
La Crónica,  2016-05-06
Nelson Vargas publicó en El Universal el artículo “El maldito ‘debido proceso’” (24/IV/2016). Allí narra que uno de los implicados en el secuestro y asesinato de su hija Silvia, Isidro Solís Medina, fue amparado y liberado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito: “La justificación fue que, una víctima de otro secuestro del que Solís Medina estaba acusado, lo reconoció a través de la Cámara de Gesell sin la presencia de su abogado”. Este delincuente había sido sentenciado a 34 años de prisión: “Pero debido a un amparo, se reinició el caso y se decidió que el maldito ‘debido proceso’ le dio la razón y el magistrado federal José Merced Pérez Rodríguez lo dejó libre por falta de pruebas”.
A Vargas nunca se le notificó de esta liberación. Se enteró de que Solís ya estaba fuera de la cárcel porque otro secuestrado, que afortunadamente no perdió la vida, se lo encontró por casualidad en la calle. En uno de los párrafos del artículo en cuestión se lee: “Estoy muy preocupado por la libertad que jueces y la Suprema Corte de Justicia de la Nación están otorgando a procesados y sentenciados, con criterios en los que no piensan en las víctimas, perdiendo el objetivo principal que hasta donde la lógica me dice, es impartir justicia.” Y termina con la siguiente frase: “Quisiera que nuestros legisladores se pusieran en los zapatos de las víctimas. Tal vez así, algún día tendremos una ley más justa. No he dejado de creer que eso pasará en algún momento”

Este artículo de Nelson Vargas ha levantado voces a favor y en contra. Tomo como ejemplo de esta última posición lo expresado por Miguel Carbonell en su artículo “El bendito” publicado también en El Universal (26/IV/2016). Allí el autor expresa su admiración por Nelson Vargas: “Pero creo que se equivoca profundamente al denostar de forma imprecisa e indebida al ‘debido proceso legal’ en su artículo El maldito proceso legal”.
Este académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM señala que quizá la puesta en libertad de un secuestrador haya sido un error. “No lo sé… Si hubo una actuación indebida de un juzgador habría que enmendarla promoviendo los recursos jurídicos previstos por la ley, no echando por la borda más de 25 siglos de civilización jurídica”. Después de defender el debido proceso como “el mínimo indispensable para que podamos llegar a indagar la verdad de lo sucedido en algún caso concreto”, Carbonell concluye diciendo: “Don Nelson: el debido proceso legal nos protege a todos. Es una garantía frente a los abusos de poder. Negarlo es una invitación abierta para asomarnos al abismo de la ley de la selva. En ello no puedo, nunca podré, estar a su lado. Le ruego me disculpe”.
Pero, no es que el de Isidro Solís Medina sea un caso aislado. La preocupación de Nelson Vargas y de muchas personas consiste en que el debido proceso en México se está volviendo una coartada para los delincuentes y sus abogados con vistas a obtener la libertad. Dicho de otro modo: por fallas en la interpretación y aplicación de esta figura jurídica, o incluso por un mal diseño legislativo, se está dando pábulo a que los malhechores y sus defensores encuentren un atajo para evadir la justicia.
 Miguel Carbonell se equivoca: de ninguna manera se está tratando de echar “por la borda 25 siglos de civilización jurídica”. Al contrario, el propósito es evitar que el concepto primigenio de justicia sufra una degradación en nuestro país.
 La de Vargas no es una denostación imprecisa e indebida al (valga la redundancia) debido proceso como figura jurídica en general, sino una crítica específica a la manera en que tal garantía se está aplicando en México. De allí su llamado a que los legisladores corrijan los errores que existen en nuestras leyes. Si no enmendamos esas fallas, corremos el peligro, eso sí, de regresar a lo que los contractualistas modernos describieron como el estado de naturaleza (al que Carbonell, me parece, se refiere como “la ley de la selva”); es decir, con los delincuentes otra vez en la calle haciendo de las suyas.
 No por casualidad uno de los grandes exponentes del contractualismo, Jean Jacques Rousseau, escribió en El Contrato Social (1762): “En Ginebra se lee al frente de las prisiones y en los hierros de los galeotes la palabra libertas. La aplicación de este dicho es bella y justa. En efecto, sólo los criminales impiden a los ciudadanos ser libres. En un país donde todas estas gentes estuvieran en prisión, se gozaría de la más perfecta libertad”. (Du Contrat Social, Livre IV, Chapitre II, París, Gallimard, 1964, p. 440).
 En el estado civil los individuos deben gozar de las libertades gracias a la protección del derecho. Esto implica que a los infractores se les apliquen las sanciones previstas por la ley y que se eviten huecos, como el caso de la interpretación y aplicación del debido proceso en México; defectos gracias a los cuales los tunantes puedan evadir la acción de la justicia.
 Email: jfsantillan@itesm.mx
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Con ‘procesos indebidos’, liberan a secuestradores/ Alejandro Martí,
El Universal, 
El martes por la mañana leí el reporte que la organización ciudadana Semáforo Delictivo nos ofrece, para dar a conocer que durante el primer trimestre de 2016 el índice de secuestros a nivel nacional se redujo en nueve por ciento (EL UNIVERSAL, 26/04/16). Sin duda alguna, el papel de la Coordinación Nacional Antisecuestros (Conase) ha sido relevante para ello.
Siendo uno de los delitos de alto impacto que más nos afecta, uno no puede dejar de sentir un poco de alivio, considerando que este tipo de casos se cuentan por miles durante los últimos años y que siempre vienen acompañados de una ofensiva carga de dolor, rabia e indignación entre las víctimas y sus familiares.
Sin embargo, el entusiasmo y esperanza de que pronto podríamos abatir la práctica de este aberrante delito se difuminaron casi al instante al recordar que días antes, el 18 de abril, mi amigo Nelson Vargas denunció que Isidro Solís Molina, El Chilo, secuestrador y asesino confeso de su hija Silvia, había sido liberado mediante un proyecto de sentencia emitido por el Tercer Tribunal Colegiado Penal de Toluca. Esta situación, también fue denunciada por José Antonio Álvarez, otra de sus víctimas, quien además enfrentó la desdicha de encontrar a este criminal caminando libremente por las calles de la ciudad, cuando la última noticia que tuvo del también integrante de la banda Los Rojos, es que había sido condenado a 34 años y seis meses de prisión, al encontrársele culpable y confeso de su secuestro. Preocupa y ofende advertir que se multiplican los casos en que nuestros jueces y magistrados otorgan la libertad a peligrosos delincuentes, mediante artilugios que ponen en duda la efcacia con que debería operar un sistema de procuración y administración de justicia que ha sido
recientemente reformado para operar con transparencia y probidad, a fn de garantizar la protección de los derechos humanos de las víctimas, de sus familiares y también, pero nunca en primer lugar, de los delincuentes. Apenas el mes pasado llamábamos la atención sobre la liberación de los secuestradores y asesinos del joven empresario Damián González del Río, quienes fueron liberados por el Juez Segundo Penal de Monterrey aduciendo, ¡para colmo de nuestros males!, errores en las investigaciones ministeriales que condujeron a su captura y sentencia.
Hoy lo hacemos con el caso de Silvia Vargas, compartiendo el dolor, rabia e indignación de sus familiares y amigos. No se pueden revolver leyes y criterios en benefcio de los criminales al amparo del debido proceso, o qué, ¿tendremos en el país un debido proceso aunque el proceso sea indebido? Por el bien del país, miremos el bosque y no sólo el árbol, que no se defenda el debido proceso sin mirar la irresponsabilidad de los jueces que bajo su amparo, eliminan todas las pruebas violentando otros principios fundamentales como la valoración individual de cada prueba. El uso excesivo de formalismos (y eso sí que es a criterio de cada juez) para desechar de tajo y de manera irrazonable todas las pruebas, aunque sean indubitables, es una aberración y una irresponsabilidad ética y profesional que debe reconocerse y corregirse de manera urgente.
¿Qué ceguera tienen aquellos que defenden el debido proceso sin mirar la actuación de los jueces, la revictimización de la víctima y el daño social que se ocasiona al poner en libertad a quienes tanto han dañado a la sociedad?
Mirar el bosque no sólo el árbol que les viene a modo. Si la defensa a ultranza del debido proceso tiene su razón de ser en la justicia y los derechos humanos, ¿dónde quedan esos sustentos cuando se libera a estos asesinos? ¿en dónde queda la justicia para la víctima y sus derechos humanos? ¿en dónde está el criterio y el sentido común de esos jueces? En el caso de Silvia Vargas y de Damián González del Río simplemente no los hay. Sólo persiste una indolencia que no podemos ni debemos permitir.
No es sentimentalismo, no sólo es el corazón dolido de un padre o de una madre el que habla, es el sentido común para darse cuenta de que existen jueces y juristas que defenden la justicia a través de actos injustos y visiones parciales. Esa, no es justicia. Esos, no son derechos humanos. Volvamos la mirada al origen de la ley y de la justicia: la persona; y pongamos efectivamente en primer sitio a las víctimas que, tanto y tan pronto, se les van olvidando.
Presidente y fundador de México SOS

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