30 mar 2017

PGR solicita a la Interpol emitir ficha roja para detener a César Duarte...

PGR solicita a la Interpol emitir ficha roja para detener a César Duarte
 La PGR solicitó la ficha rija a la Secretaría General de Interpol, con sede en Lyon, Francia, para dar con el paradero del exgobernador de Chihuahua, Cesar Horacio Duarte Jaquez, quien se encuentra prófugo, acusado del probable delito de peculado. (delito menor)...
La noche de este miércoles  la PGR, informó que a las 20:00 horas de este día, la Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales e Interpol, dependiente de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), fue notificada por la Procuraduría del estado de Chihuahua de la orden de aprehensión en contra de Duarte.
La orden fue emitida por el Juez de Control del Distrito Judicial Morelos, en el estado de Chihuahua, por la probable responsabilidad del exgobernador en el delito de peculado, a fin de colaborar con su localización y detención.
“De acuerdo con los datos presentados en el documento emitido por la autoridad judicial estatal, de manera inmediata se procedió a solicitar la Notificación Roja a la Secretaría General de Interpol, con sede en Lyon, Francia”, dijo la PGR.
Explicó que dicha notificación aparecerá en el sistema de Interpol en un tiempo estipulado de 24 horas, aproximadamente.

La Interpol tiene un sistema de búsqueda de fugitivos basada en fichas de colores, según sea su prioridad. La roja o "red notice" consiste en un formato con los datos personales, delictivos y las fotografías del acusado.
Al emitirse, dicho documento ese es enviado a la red de oficinas afiliadas en todo el mundo -más de 190 naciones-, con el propósito de localizar al prófugo de la justicia.
Dependiendo del país, los colores de las fichas tienen valores distintos, pues en algunos el color rojo basta para privar de la libertad a un individuo y en otros las policías sólo generan un aviso de localización o tránsito del fugitivo.
Todavía no aparece la ficha…en 
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CAPITULO XII - Peculado/ Código Penal federal
Artículo 223. .- Comete el delito de peculado:
Todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, al organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa.
El servidor público que indebidamente utilice fondos públicos u otorgue alguno de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades con el objeto de promover la imagen política o social de su persona, la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona.
Cualquier persona que solicite o acepte realizar las promociones o denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos público o del disfrute de los beneficios derivados de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades, y
Cualquier persona que sin tener el carácter de servidor público federal y estando obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de recursos públicos federales, los distraiga de su objeto para usos propios o ajenos o les dé una aplicación distinta a la que se les destinó.
Al que cometa el delito de peculado se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando el monto de los distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando los recursos materia del peculado sean aportaciones federales para los fines de seguridad pública se aplicará hasta un tercio más de las penas señaladas en los párrafos anteriores.
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"Estamos en el inicio de un proceso y de una estrategia jurídica en la que vamos por toda la red de corrupción política que se tejió durante la pasada administración , ex-funcionarios y particulares que fueron parte de un diseño de delincuencia organizada para el enriquecimiento personal, por supuesto encabezada por el exgobernador Cesar Duarte.
Tenemos un amplio trabajo de investigación integrado en carpetas y un caudal probatorio que rigurosamente hemos conjuntado: la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, ha estado realizando un trabajo profesional y pesquisas para poder acreditar ante los jueces, cómo el exgobernador y sus cómplices, unidos en un grupo compacto bajo el reparto de funciones específicas y un concierto previo, hicieron uso del poder para beneficio personal. 
Por eso nos dilatamos un poco, porque ha sido arduo el trabajo, que ha implicado rescatar evidencias y documentos que, en muchos casos, habían sido destruidos, alterados o escondidos.
Y sabemos que Cesar Horacio Duarte Jaques, quien ya ahora es un prófugo de la justicia, ha huido  a la Ciudad del Paso Texas, para evitar su captura, incumpliendo así su palabra empeñada de hacer frente a los señalamientos de corrupción que profusamente se le han venido haciendo a el y su equipo cercano de colaboradores...." Javier Corral, gobernador de Chihuahua...

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