Grupos de civiles armados autodenominados “policías comunitarias” amenazaron con detener y someter a “reeducación” al obispo de Chilpancingo-Chilapa, Mons. Salvador Rangel.
En declaraciones al diario mexicano El Sur, Salvador Alanís, vocero del Frente Unido de Policías Comunitarias del Estado de Guerrero, acusó al obispo mexicano de “vínculos con los líderes de la delincuencia”. “Eso es un delito del que no debe quedar exento, pero si no lo detienen las autoridades, lo vamos a detener nosotros para llevarlo a un proceso de reeducación”, aseguró.
Rangel calificó de “barbaridades” las amenazas de los policías comunitarios y denunció que se trata de “gente que está al servicio del narcotráfico”. “No están propiamente protegiendo a la población, sino que están, todos lo sabemos, al servicio los jefes del narcotráfico”, añadió.
El Prelado señaló que los policías comunitarios “se molestaron porque yo dije que tienen que regresar los desplazados de los cinco pueblos que invadieron”.
El obispo lamentó además la “complacencia de las autoridades” ante el caos y la inseguridad en el estado.
Los policías comunitarios han tomado por asalto varios pueblos del estado en las últimas semanas, desplazando a cientos de pobladores. Es el caso de la comunidad de Filo de Caballos; ahí un sacerdote, con la ayuda de un empleado de un hospital, evitó que 16 niños murieran a balazos .
La noticia fue dada a conocer este 13 de diciembre por la web Sin Embargo.
El 11 de noviembre los “policías comunitarios de Heliodoro Castillo” tomaron el control de Filo de Caballos, disparando por todo el poblado, y obligando a huir a muchos pobladores.
Los niños permanecieron durante 19 horas dentro de una cisterna vacía, según relató el empleado, cuya identidad no fue revelada al diario mexicano.
El grupo armado habría disparado incluso contra el templo católico.
Dice Rangel que los gobiernos estatal y federal deberían llamar a los grupos en conflicto a firmar o acordar una tregua, porque ellos saben cómo presionar y cómo resolver.
“Que el gobierno apriete, ya sea federal, ya sea estatal, el que cometa ilícitos que se enfrente a la ley. Yo veo mucha pasividad y tolerancia del gobierno federal y de parte del gobierno estatal. Yo he comentado también como ha habido sucesos, lo de Aguas Blancas, lo de Iguala, de destituir a los gobernadores; para mí tienen temor de que se haga una masacre, claro que nadie está de acuerdo con esta masacre, pero se tiene que arreglar con tiempo porque esa es una bomba de tiempo”, declaro al periódico la Jornada de Guerrero...
Abundó Rangel que se habla de la Guardia Nacional, de la que no está de acuerdo, porque la defensa del pueblo le corresponde a los civiles, no a los militares, estos últimos son para defender la patria.
Las columnas políticas hoy, 20 de diciembre de 2018...
DOF: 20/12/2018
DECLARATORIA de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión.
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN CUMPLIMIENTO CON LO QUE DISPONE EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO TRANSITORIO DEL DECRETO CONSTITUCIONAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE FEBRERO DE 2014, EMITE LA SIGUIENTE:
DECLARATORIA
El Congreso de la Unión declara la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, de conformidad con el primer párrafo del artículo décimo sexto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014.
Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2018.- Sen. Martí Batres Guadarrama, Presidente de la Cámara de Senadores.- Rúbrica.- Dip. Porfirio Muñoz Ledo, Presidente de la Cámara de Diputados.- Rúbrica.- Sen. Antares Guadalupe Vázquez Alatorre, Secretaria.- Rúbrica.- Dip. Karla Yuritzi Almazán Burgos, Secretaria.- Rúbrica.
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DOF, 10 de febrero de 2014
DÉCIMO SEXTO.- Las adiciones, reformas y derogaciones que se hacen a los artículos 28; 29, párrafo primero; 69, párrafo segundo; 76, fracciones II, por lo que se refiere a la supresión de la ratificación del Procurador General de la República por el Senado y XII; 78, fracción V; 82, fracción VI; 84; 89, fracción IX; 90; 93, párrafo segundo; 95; 102, Apartado A; 105, fracciones II, incisos c) e i) y III; 107; 110 y 111 por lo que se refiere al Fiscal General de la República; 116, fracción IX y 119, párrafo primero de esta Constitución, entrarán en vigor en la misma fecha en que lo hagan las normas secundarias que expida el Congreso de la Unión necesarias por virtud de las adiciones, reformas y derogaciones a que se refiere el presente Transitorio, siempre que se haga por el propio Congreso la declaratoria expresa de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República.
El Procurador General de la República que se encuentre en funciones al momento de expedirse la declaratoria a que se refiere el párrafo anterior, quedará designado por virtud de este Decreto Fiscal General de la República por el tiempo que establece el artículo 102, Apartado A, de esta Constitución, sin perjuicio del procedimiento de remoción previsto en la fracción IV de dicho artículo.
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Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
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