Comunicado de la SCJN...No. 081/2019
Ciudad de México, a 18 de junio de 2019
LA SCJN INVALIDA EL LÍMITE DE UN AÑO ESTABLECIDO A LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal en Pleno, invalidó las disposiciones de la Constitución Política de la Ciudad de México, que preveían que la Magistrada o el Magistrado que presidiera el Tribunal Superior de Justicia, duraría en su cargo un año, además de que no podría volver a ocuparlo ni de forma sucesiva ni alternada, independientemente de la calidad con que lo hubiera ostentado.
La SCJN llegó a esta conclusión al considerar que esta disposición afectaba la autonomía e independencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de dicha entidad federativa.
En otro asunto, al analizar las impugnaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial local y la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la ciudad, el Pleno invalidó las disposiciones que preveían que sólo tres Consejeros serían de carrera judicial; que los integrantes del Consejo de la Judicatura local, serían elegidos por un Consejo Judicial Ciudadano, designado a su vez por el Congreso capitalino; que limitaban a un año la duración en el cargo del Presidente del Tribunal Superior de Justicia y que le prohibían encabezar el Consejo de la Judicatura local; además del que preveía que la integración del presupuesto del Poder Judicial local era facultad exclusiva del Consejo de la Judicatura.
Lo anterior derivó de que la SCJN invalidó previamente los artículos de la Constitución local que daban sustento a las disposiciones de las leyes analizadas.
Controversia constitucional 81/2017, promovida por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, demandando la invalidez del artículo 35, apartados B, numeral 9 y E, numeral 2, así como del artículo 37 de la Constitución de la Ciudad de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2017.
Controversia constitucional 112/2018, promovida por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la misma entidad, demandando la invalidez de los artículos 38, 209 y 210 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 118 de la Ley Orgánica del Congreso, ambas de esa Ciudad, publicadas en la Gaceta Oficial local de 4 de mayo de 2018.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
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