24 feb 2020

El PRD denuncia ante la FGR a López Obrador

Por el sablazo en Palacio Nacional
Tal y como se esperaba, integrantes de la dirección Nacional Extraordinaria del PRD presentaron este lunes 24 de febrero una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, a quien acusan de haber incurrido en los delitos de cohecho y concusión.

En el documento afirman que, durante dicho encuentro, registrado el 12 de febrero pasado en Palacio Nacional, los empresarios habrían comprometido su apoyo, mediante la compra de boletos de la Lotería Nacional, a cambio de futuros favores o prebendas, como contratos de obra pública.
La denuncia de hechos aporta como datos de prueba únicamente versiones publicadas en medios de comunicación sobre lo que ocurrió en dicha reunión.
Dice la columna Bajo Reserva/ El Universal:
Preparan demanda por pase de charola de AMLO

Si usted pensaba que el PRD ya se había extinguido, le sorprenderá saber que este partido, o lo que queda, se alista para presentar una denuncia penal en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador por el pase de charola que organizó con algunos empresarios, para que “voluntariamente” cooperaran para la llamada rifa del avión presidencial, y que logró recaudar mil 500 millones de pesos. Los perredistas argumentan que la coperacha es un delito tipificado como concusión.*Será este lunes cuando los líderes perredistas vayan a hacer su denuncia ante la Fiscalía General de la República. Nos hacen ver que ya que el PRD prácticamente no gobierna en ninguna parte, y sus bancadas en el Congreso son casi imperceptibles, tienen mucho tiempo libre para dedicarlos a causas difíciles.
(Código Penal federal..artículo 218
Comete el delito de concusión: el servidor público que con el carácter de tal y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa que sepa no ser debida, o en mayor cantidad que la señalada por la Ley.
Al que cometa el delito de concusión se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de lo exigido indebidamente no exceda del equivalente de quinientos días de Unidades de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa.
Cuando la cantidad o el valor de lo exigido indebidamente exceda de quinientos días de Unidades de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce añosde prisión y multa de cien a ciento cincuenta días multa.).




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