3 abr 2020

Regesa el gobierno a la CIRT los tiempos fiscales

 En su mensaje se hizo bolas! confundió tiempos oficiales con tiempos fiscales que es distinto...; Tiempos oficiales son 18 minutos diarios en TV y 35 en radio..
El Presidente  López Obrador anunció que devolverá a concesionarios de Radio y TV los tiempos fiscales del Poder Ejecutivo para que puedan ser comercializados.....
"Por ley, nosotros disponemos de tiempos en la radio y la tv, entonces pueden comercializarlos, de eso se trata, es un apoyo considerable y ya después se va a hacer el análisis de lo que signifique", aseguró.
Indicó que la decisión se tomó porque su Gobierno de la 4T, al ser cercano al pueblo, no necesita propaganda.
Claudia Guerrero en Reforma nos recuerda que el pasado  7 de noviembre del 2019, el presidente del Consejo Directivo de la CIRT, José Luis Rodríguez Aguirre, pidió al Gobierno flexibilizar los impuestos que pagan y eliminar con ello los tiempos que los concesionarios deben dar para publicidad oficial.
De acuerdo con Rodríguez Aguirre, en México los impuestos son de los más costosos del mundo, y en el caso de la industria de la radio y la televisión, esta no solo contribuye con el ISR, sino que también tributa en especie.
Leamos como lo dijo el Presidente en la mañanera del viernes 3 de abril de 2020
PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR:....
"Quiero aprovechar también para comentarles, esto tiene que ver con los medios de comunicación, sobre todo de los medios de comunicación convencionales, hice un compromiso hace un tiempo en una reunión con concesionarios de radio, de televisión y les ofrecí que íbamos a analizar la devolución de los tiempos oficiales; y hoy voy a firmar el acuerdo, devolvemos los tiempos oficiales a estaciones de radio, canales de televisión, porque un gobierno que mantiene comunicación permanente con el pueblo, un gobierno del pueblo no necesita de propaganda, y la industria de la radio y la televisión está pasando por un mal momento porque han bajado sus ingresos en general y nosotros no podemos darles dinero para publicidad, como era antes, se ha reducido considerablemente y se va a reducir aún más el gasto de publicidad.
Entonces, con esta medida ellos van a poder comercializar esos tiempos y son ingresos que les van a ayudar a mantener sus empresas y sobre todo a mantener el trabajo de muchos quienes laboran en esta industria.
Arturo Páramo de Grupo Imagen, le pregunta sobre el decreto para la extinción de los fideicomisos...
Y el Presidente aquí rectifica....; (una pantalla en su atril, quizá) ...Sí, me hace la observación Jesús que son tiempos fiscales, pero es entendible, yo le llamo tiempos oficiales del Ejecutivo.
Eso sí es importante, es lo que corresponde al Poder Ejecutivo, pero si nosotros hacemos esto, creo yo que lo van analizar los otros poderes.
Estamos hablando de los tiempos fiscales, oficiales, no le quiero llamar fiscal, porque se puede pensar que es dinero, no. Por ley, nosotros disponemos de tiempos en la radio, en la televisión, esos tiempos ya no los vamos a ocupar y entonces las estaciones de radio, de televisión pueden comercializarlos, de eso se trata, pero es un apoyo considerable, ya después se va a hacer el análisis de lo que significa.
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¿Qué dice la ley? 
De acuerdo con el artículo 237 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para las estaciones de televisión el tiempo destinado a publicidad comercial no debe exceder del 18 por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación. Mientras que en estaciones de radio, el tiempo destinado a publicidad comercial no debe exceder del 40 por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación. 
ey Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Federal
Artículo 237.
Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión o de televisión y audio restringidos, así como los programadores y operadores de señales, deberán mantener un equilibrio entre la publicidad y el conjunto de programación transmitida por día, para lo cual se seguirán las siguientes reglas:
I.Para los concesionarios de uso comercial de radiodifusión:
a) En estaciones de televisión, el tiempo destinado a publicidad comercial no excederá del dieciocho por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación, y
b) En estaciones de radio, el tiempo destinado a publicidad comercial no excederá del cuarenta por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación.
La duración de la publicidad comercial no incluye los promocionales propios de la estación, ni las transmisiones correspondientes a los tiempos del Estado y otros a disposición del Poder Ejecutivo, ni programas de oferta de productos o servicios;
II.Para concesionarios de televisión y audio restringidos:
a) Podrán transmitir, diariamente y por canal, hasta seis minutos de publicidad en cada hora de transmisión.
Para efectos del cálculo correspondiente, no se considerará la publicidad contenida en las señales de radiodifusión que sean retransmitidas ni los promocionales propios de los canales de programación, y
b) Los canales dedicados exclusivamente a programación de oferta de productos, estarán exceptuados del límite señalado en el inciso anterior, y
III. Para los concesionarios de uso social indígenas y comunitarias de radiodifusión:
a) En estaciones de televisión, el tiempo destinado a venta de publicidad para los entes públicos federales y, en su caso, los de las Entidades Federativas y Municipios, no excederá del seis por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación, y
b)En estaciones de radio, destinado a venta de publicidad para los entes públicos federales y, en su caso, los de las Entidades Federativas y Municipios, no excederá del catorce por ciento del tiempo total de transmisión por cada canal de programación.
La duración de la publicidad referida en esta fracción no incluye los promocionales propios de la estación, ni las transmisiones correspondientes a los tiempos del Estado, boletines, encadenamientos y otros a disposición del Poder Ejecutivo. 
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Témoris Grecko, comenta en su espacio de Facebook...
El presidente acaba de anunciar en "la mañanera" que decretará hoy lo que todos los gobiernos neoliberales no lograron decretar, para hacerles a los empresarios de la radio y la televisión el obsequio que de nadie más pudieron obtener:
Cancelará los tiempos oficiales (48 minutos diarios en cada canal: 18 minutos de tiempos fiscales y 30 de tiempos legales en TV; 65 minutos en radio) que permitían que el Estado hiciera difusión de sus campañas informativas sin pagar por ello, en virtud de que el espectro radioeléctrico es propiedad de la nación, las compañías sólo son concesionarias.
¿Por qué lo hace? 
AMLO dio una de sus típicas explicaciones retóricas y vacías: que su gobierno está en comunicación con el pueblo y por lo tanto no los necesita.
Sí ha reducido las erogaciones por publicidad oficial. Pero ahora todo lo que pretenda difundir vía radio y TV tendrá que ser pagado, obligando al país a hacer grandes gastos que antes no eran necesarios (los hacían porque querían, para recompensar la docilidad de los medios, es decir, chayote).
Televisa y TV Azteca habían demandado esto por décadas, moviendo a sus títeres dentro de los gobiernos y el Congreso para presionar, pero no lo pudieron conseguir de De la Madrid, ni de Salinas, ni de Zedillo, ni de Fox (aunque él les alivió una parte), ni de Calderón ni del mismísimo presidente Televisa Peña Nieto.
Pues les llegó su rey mago.
NOTA: Hice una corrección sobre el tiempo diario que corresponde al Estado.
ACTUALIZACIÓN 11:00: AMLO dijo textualmente: "voy a firmar el acuerdo: devolvemos los tiempos oficiales a estaciones de radio, canales de televisión". Lo corrigieron: "tiempos fiscales". Él dijo no, tiempos oficiales.
Ahora, el vocero Jesús Ramírez Cueva aclara por Twitter:
"El Presidente @lopezobrador_ firmará un decreto p/ devolver a concesionarios los tiempos fiscales que usa el Poder Ejecutivo Federal en Radio y TV comerciales. Por ley le corresponde 40% de los tiempos fiscales que suman 18 minutos en TV y 35 en Radio. En apoyo a la industria".
Entonces ya no es lo que dijo sino lo que el vocero dice que dijo.
Lo que dijo: https://twitter.com/luisghernan/status/1246079929696935936
Lo que dice el vocero que dijo: https://twitter.com/jesusrcuevas/status/1246108366289567745…



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