3 sept 2022

Nueva Constitución para la Orden de Malta!

Nueva Constitución para la Orden de Malta!

El papa Francisco toma el control de la Orden, nombra un Consejo Soberano Provisional y convoca el Capítulo General Extraordinario para el 25 de enero de 2023. 


Tras recibir a una delegación de la Orden de Malta, el papa Francisco promulgó este 3 de septiembre un decreto en el que establece un nuevo Soberano Consejo y convoca a un Capítulo General extraordinario en 2023.

En el decreto que entró en vigor de inmediata partir de la promulgación, el papa Francisco revocó todos los altos cargos de la Orden y convocó a un Capítulo General extraordinario que se llevará a cabo el 25 de enero de 2023, fiesta de la conversión de San Pablo.

Además, en el texto promulgado este sábado 3 de septiembre, el líder religioso confirmó todas las facultades atribuidas a su delegado especial para la Orden de Malta, Cardenal Silvano María Tomasi, quien será el encargado de preparar el próximo Capítulo General junto al Consejo Soberano provisional.

Asimismo, el Santo Padre promulgó “la nueva Carta Constitucional y el correspondiente Código Melitense” que aprobó y dispuso “su inmediata entrada en vigor”.

El Consejo Soberano Provisional estará presidida por el Gran Comendador, Frey Emmanuel Rousseau, el Gran Canciller, Riccardo Paternò di Montecupo, el Gran Hospitalario, Frey Alessandro de Franciscis, y el Recibidor del Común Tesoro, Fabrizio Colonna.

Juntos a ellos, el Consejo Soberano Provisional tendrá como miembros a Frey Roberto Viazzo, Frey Richard Wolff, Frey John Eidinow, Frey João Augusto Esquivel Freire de Andrade, Frey Mathieu Dupont, Antonio Zanardi Landi, Michael Grace, Francis Joseph McCarthy y Mariano Hugo Windisch-Graetz.

¿Qué es la Orden de Malta?

La Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, de Rodas y de Malta, más conocida como la Orden de Malta, es una orden religiosa católica y laica fundada en Jerusalén alrededor del año 1050.

Tiene sus orígenes en los hospitales durante la época de las Cruzadas, en Tierra Santa, y durante más de 900 años se ha encargado de atender a personas necesitadas de todas las creencias: musulmanas, ortodoxas, católicas, protestantes, judías, entre otras.

La componen 13,500 frailes, religiosos y laicos dedicados al ejercicio de la virtud cristiana y la caridad, sirviendo a pobres, enfermos y los más desfavorecidos de la sociedad.

La Orden es sujeto soberano de derecho internacional y realiza actividades de ayuda en más de 120 países y tiene relaciones diplomáticas con 104 de ellos, muchos de los cuales no son católicos.

Según la Constitución, los miembros de la Orden de Malta se dividen en tres clases. Los miembros deben conducir sus vidas de manera ejemplar de conformidad con las enseñanzas y preceptos de la Iglesia Católica y dedicarse a las actividades de asistencia humanitaria de la Orden.

Los miembros de la Primera Clase son Caballeros de Justicia y los Capellanes Conventuales Profesos, que han hecho votos de "pobreza, castidad y obediencia aspirantes a la perfección según el Evangelio". Son religiosos para todos los fines del Derecho Canónico, pero no están obligados a vivir en comunidad.

Los miembros de la Segunda Clase, en virtud de la Promesa de Obediencia, se comprometen a vivir según los principios cristianos y los inspiradores principios de la Orden.

Finalmente, la Tercera Clase está constituida por miembros laicos que no profesan votos religiosos ni la Promesa, sino que viven según los principios de la Iglesia y de la Orden.

El agradecimiento de la Orden de Malta

"En nombre de toda la Orden, agradezco sinceramente a Su Santidad el Papa Francisco y a su Delegado Especial, el Cardenal Silvano Tomasi, el cuidado, la precisión y el amor que han mostrado por nuestra Orden", comenta Frey John Dunlap, Lugarteniente del Gran Maestre y Jefe del Gobierno Provisional de la Orden (Vatican News).

Frey Dunlop califica la decisión de Francisco de "facultar a un Gobierno Provisional" como un primer paso "en un plan claro para un gobierno más eficiente y racionalizado de la Orden".

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El Decreto de la Orden Soberana y Militar Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, Rodas y Malta (S.M.O.M.), 03.09.2022

La Soberana Orden Militar Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, Rodas y Malta siempre ha gozado de una protección particular por parte de la Sede Apostólica.

Los Romanos Pontífices en numerosas ocasiones -empezando por el Papa Pascual II, quien con la Bull Pie postulatio voluntatis aprobó esta Orden, asegurándole protección y otorgándole derechos y privilegios- intervinieron para afirmar su identidad, para mantener las operaciones, para ayudar a superar las crisis, así como garantizar la existencia y desarrollo de la Orden de Jerusalén, también en sus prerrogativas de soberanía en el ámbito internacional.

Según la Sentencia del 24 de enero de 1953, dictada por la Corte Cardenalicia instituida el 10 de diciembre de 1951 con el quirógrafo de mi predecesor el Papa Pío XII, de venerable memoria, las "prerrogativas inherentes a la Orden [...] como sujeto de derecho internacional […], que son propios de la soberanía, […] sin embargo, no constituyen en el Orden ese conjunto de poderes y prerrogativas, propio de los órganos soberanos en el pleno sentido de la palabra”. De hecho, la Orden es "una Orden religiosa, aprobada por la Santa Sede [...]. Además de la santificación de sus miembros, persigue también fines religiosos, caritativos y asistenciales”. Además, “Las dos cualidades de una Orden soberana y una Orden religiosa […] están íntimamente conectadas entre sí. La calidad de la Orden soberana de la Institución es funcional, es decir, encaminada a asegurar la realización de la Orden misma y su desarrollo en el mundo” (Acta Apostolicae Sedis 45 [1953], 765-767).

Por tanto, siendo una Orden religiosa, depende, en sus diversas formas, de la Santa Sede.

Con paternal solicitud y preocupación he seguido el camino de la Orden en los últimos años, apreciando los trabajos realizados en varias partes del mundo, también gracias a la generosa contribución de los Miembros y Voluntarios, y constatando también la necesidad de iniciar una profunda , moral e institucional de toda la Orden, especialmente y no sólo de los Miembros de Primera Clase, sino también de los de Segunda Clase.

Con este fin, encomendé a mi Delegado Especial, el Cardenal Silvano Maria Tomasi, c.s., esta importante labor de reforma, así como la revisión de la Carta Constitucional y del Código Melitense y la preparación del Capítulo General Extraordinario. Se han dado muchos pasos, pero también se han encontrado muchos obstáculos y dificultades en el camino.

Después de escuchar y dialogar con varios representantes de la Orden, ha llegado el momento de completar el proceso de renovación iniciado, en fidelidad al carisma original. Para proteger la unidad y el bien mayor de la Soberana Orden Militar Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, Rodas y Malta:

PROMULGO:

La nueva Carta Constitucional y el correspondiente Código Melitense, aprobados por mí, ordenando su inmediata entrada en vigor, y

DECRETO

La revocación de los altos cargos;

la disolución del actual Consejo Soberano;

la constitución de un Consejo Soberano provisional, compuesto por los siguientes miembros:

– S.E. Frey Emmanuel Rousseau – Gran Comendador

– S.E. Riccardo Paternò di Montecupo – Gran Canciller

– S.E. Frey Alessandro de Franciscis – Gran Hospitalario

– S.E. Fabrizio Colonna – Receptor del Tesoro Común;

y por:

– S.E. Fray Roberto Viazzo

– S.E. Fray Richard Wolff

– S.E. Fray John Eidinow

– S.E. Fray João Augusto Esquivel Freire de Andrade

– S.E. Fra’ Mathieu Dupont

– S.E. Antonio Zanardi Landi

– S.E. Michael Grace

– S.E. Francis Joseph McCarthy

– S.E. Mariano Hugo Windisch-Graetz

la convocatoria del Capítulo General Extraordinario para el 25 de enero de 2023, fiesta de la Conversión de San Pablo, que se celebrará de acuerdo con el nuevo Reglamento aprobado por mí. El Capítulo General Extraordinario será preparado por mi Delegado Especial y el Lugarteniente de Gran Maestre, asistidos por el Consejo Soberano Provisional;Confirmo todos los poderes atribuidos en el pasado a mi Delegado Especial hasta la conclusión del Capítulo General Extraordinario, que será copresidido por él y el Lugarteniente de Gran Maestre.

Esto, a pesar de cualquier norma o disposición legal en contrario, así como de cualquier privilegio o costumbre, incluso digna de mención, que pueda ser contraria a esta decisión mía.

Por último, decreto que el presente Decreto entre en vigor en el día de hoy y sea notificado a toda la Orden.

Vaticano, 3 de septiembre de 2022

FRANCISCO

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