14 abr 2008

Santiago Vasconcelos, opinión de Granados Chapa

Columna Plaza Pública/ Miguel Angel Granados Chapa
José Luis Santiago Vasconcelos
Publicado en Reforma, 14/04/2008;
Si bien el Ministerio Público es una institución, el subprocurador encargado de batir a la delincuencia organizada gustaba de protagonizar algunas averiguaciones, y por eso se le pueden atribuir los fracasos
Quizá porque gestiona mejor sus propios intereses que los de la sociedad; tal vez porque su autoridad de subprocurador federal pesa más ante la justicia local del Distrito Federal que ante la Judicatura de la Federación. O por otras razones, el hecho es que hay gran distancia entre el José Luis Santiago Vasconcelos que ganó una demanda civil por daño moral a Santiago Pando y su esposa Maritza Pérez Aguilar, y el José Luis Santiago Vasconcelos que en la Subprocuraduría especializada en delincuencia organizada de la PGR (donde hoy se ocupa de los asuntos internacionales) sufrió constantes reveses, porque el Ministerio Público a sus órdenes no formuló eficazmente acusaciones en casos relevantes.
Ayer hizo ocho días que se publicó en Enfoque, el suplemento político de Reforma el extracto de la sentencia que condenó al matrimonio Pando Pérez por daño moral en perjuicio de Santiago Vasconcelos. Éste los demandó civilmente porque la pareja lo tildó de fabricar culpables, que eso fue la conducta asumida personalmente por el subprocurador respecto de la señora Artemisa Aguilar. Ella fue acusada de tráfico de personas y al cabo de 19 meses fue puesta en libertad porque los cargos eran falsos. En vez de que la afectada reprochara ante la justicia la difamación de que fue objeto, el subprocurador mostró una piel demasiado sensible y quiso obtener provecho de la indignación con que la hija y el yerno de la señora presa le señalaron su conducta. El funcionario tasó su reputación en casi 7 millones de pesos (6.773,131.68), que fue el monto de la indemnización solicitada. La justicia civil capitalina le respondió que no era para tanto y que su fama pública valía la vigésima parte de lo demandado, por lo que en total condenó a Santiago y Maritza al pago de 348 mil 93 pesos, así como a la publicación del extracto de sentencia, que se cumplió el primer domingo de abril.
El jueves siguiente, 10 de este mes, sin necesidad de que se le mencionara por su nombre, Santiago Vasconcelos estuvo presente en una noticia importante. Archibaldo Iván Guzmán Salazar quedó en libertad tras fracasar la tercera acusación que la PGR formuló en su contra, tras su detención el 13 de febrero de 2005. Esta vez fue procesado por lavar dinero, es decir por adquirir con recursos de procedencia ilícita un automóvil lujoso y por abrir dos cuentas bancarias que reunidas importaban casi un millón de pesos. Resultó a la postre que la dueña del BMW cuya propiedad se le imputó es su prima, quien acreditó sus propias posibilidades financieras, y también se acreditó la legal tenencia del dinero de las cuentas bancarias. Ya antes Guzmán Salazar había sido absuelto en juicios iniciados por la SIEDO, entonces a cargo de Santiago Vasconcelos, por encubrimiento y por otro caso de lavado de dinero.
Esa Subprocuraduría actuó de un modo aberrante, en que la acompañó en este tercer caso la juez federal Silvia Carrasco, que condenó en primera instancia a Guzmán Salazar con base en el parentesco del inculpado con su padre, Joaquín Guzmán Loera. Se trata, en efecto, del hijo de El Chapo, apodado en consecuencia El Chapito en los medios de información. Contra los principios del derecho penal humanitario, la SIEDO y la jueza prolongaron el razonamiento que lleva a ese mote, considerando que el hijo de un delincuente es un delincuentito.
Pero el magistrado Jesús Guadalupe Luna Altamirano hizo una revelación de muy largo alcance. Sería de suyo contrario a derecho pretender que se prueba la responsabilidad penal de alguien por la de un pariente, el padre en este caso. Pero ocurre que Guzmán Loera, El Chapo, famoso no sólo por la actividad delincuencial que se le atribuye sino por haber sido el fallido blanco de las balas que mataron al cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo (según la tesis oficial) y por haberse fugado del penal de alta seguridad de Occidente (llamado entonces Puente Grande) en enero de 2001, no ha podido ser formalmente encausado. El Chapo ha hecho fracasar a la PGR en 14 momentos procesales: ha obtenido ocho sentencias absolutorias, cinco autos de libertad por falta de elementos de prueba y una resolución que dejó insubsistente una orden de aprehensión. Tan peligroso como las autoridades presentan al jefe del Cártel de Sinaloa, en este momento sólo está vigente una orden de aprehensión en su contra, por su huida tapatía. Tiene dos procesos pendientes por delitos contra la salud y asociación delictuosa y dos averiguaciones previas en curso. Sólo una vez ha purgado condena, por cohecho. El que el padre sea buscado por la justicia no es fundamento para que el hijo lo sea también, consideró el magistrado Luna Altamirano.
El muy elevado índice de impunidad que agravia a la sociedad resulta en amplia medida de discordancias entre el parecer judicial y el ministerial. Los jueces justifican su conducta en la pésima calidad de la acusaciones de la PGR, y el Ministerio Público se alarma cuando, pese a sus inteligentes alegatos la judicatura deja en libertad a los inculpados. En ese intercambio suele haber alusiones no sólo a la impreparación o negligencia de quienes toman decisiones sino que se desliza la sospecha de corrupción.
Si bien el Ministerio Público es una institución, y sus actuaciones no deben ser personalizadas, es posible hacerlo en el caso de Santiago Vasconcelos a causa de su protagonismo. Gustaba informar de las capturas y las consignaciones, como si fuera el autor. Por eso pueden imputársele los fracasos.

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