2 jul 2009

Ordena el TEPJF investigar a la Iglesía Católica

TEPJF ordena indagar si el clero violó ley comicial
Revoca fallo del IFE que declaró improcedente la queja del PSD
José Gerardo Mejía
El Universal Jueves 02 de julio de 2009 jose.mejia@eluniversal.com.mx
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) que investigue a distintas autoridades católicas para determinar si violentaron o no, la ley, tras la promoción del Catálogo de Pecados Electorales donde condenan la práctica del aborto.
Durante la sesión de este miércoles, los magistrados del TEPJF ordenaron al organismo electoral que integre un expediente, que en caso de ameritar sanciones, sea turnado a la Secretaría de Gobernación, por haber intervenido de manera indebida en los comicios federales de 2009.
El magistrado Constancio Carrasco recordó que en caso de que se confirmara que los obispos traspasaron distintas legislaciones, como el artículo 32 de la Ley de Cultos, se podría cancelar el registro, así como sanciones por 1 millón 40 mil pesos, que equivalen a 20 mil días de salario mínimo.
Con su resolución, los magistrados asestaron un nuevo revés al IFE, ya que el secretario ejecutivo Edmundo Jacobo, había declarado improcedente la queja del Partido Socialdemócrata (PSD), cuya dirigencia argumentó que dichos ministros de culto convocaron a no votar por aquellos partidos que están a favor del aborto, la manipulación del embrión y las uniones entre parejas del mismo sexo.
Por ello, Jacobo deberá conformar el expediente y en caso de que se encuentren violaciones a las leyes electorales, turnarlo nuevamente a la Segob para proceder a las sanciones, como única institución facultada para ello y no, haber enviado la queja de manera directa a la dependencia, como lo explicó el magistrado Carrasco.
“La inducción de los ministros a la abstención, el llamar a votar por alguien o para no hacerlo, en los lugares de culto o en medios de comunicación, constituyen infracciones a las leyes, como la Constitución y el Cofipe”, apuntó Carrasco.
La queja del PSD fue presentada ante el Instituto Federal Electoral FE el 21 de enero de 2009 e incluye a la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM), la Diócesis de Cuernavaca, al obispo de Toluca, Francisco Javier Chaboya, al prelado Raúl Martínez, entre otros y que causó la burla de la jerarquía católica.
La presidenta magistrada del Tribunal Electoral, María del Carmen Alanís, resaltó la necesidad de debatir sobre la queja del PSD, para estudiar las sanciones aplicables, ya que “no están previstas en el catálogo del Cofipe, pero con la reciente Reforma electoral, se incluyen a otros sujetos como posibles acreedores y la propia ley faculta al IFE para determinarlos”.
El magistrado Manuel González Oropeza secundó el planteamiento, ya que representa una oportunidad para definir límites y facultades de las autoridades, ya que quedará el antecedente de que será el IFE el encargado de investigar y la Segob de sancionar, en caso de que se comprueben las violaciones a la ley.
“Distintos integrantes de la iglesia católica difundieron un catálogo de pecados electorales, que contiene sus opiniones respecto al voto y un llamado a no votar por aquellos partidarios del aborto, la manipulación del embrión, el matrimonio entre las parejas del mismo sexo, entre otros temas.
Al razonar su voto a favor del proyecto, el magistrado Pedro Esteban Penagos López agregó que las normas establecen que la autoridad electoral determina la infracción, y la Secretaría aludida impone la sanción, sin que ello represente un régimen de excepción a las sanciones impuestas por el IFE, pues las normas son claras al respecto, definiendo perfectamente qué instancia investiga y cuál sanciona.
Resuelve casos de Veracruz y del Tribunal Electoral del DF
En otros casos, el TEPJF confirmó distintas resoluciones del IFE, donde se declaró infundado un procedimiento especial sancionador en contra del gobernador de Veracruz, Fidel Herrera Beltrán, por el supuesto empleo de planes, programas y recursos para apoyar al PRI.
“La propaganda no se traduce en promoción personalizada por parte del gobernante ni a favor de los aspirantes a los cargos referidos”, resolvió el TEPJF.
También se confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Distrito Federal, que a su vez, había ratificado las sanciones que el Consejo General del Instituto Electoral local impuso al PRD en el DF, por irregularidades encontradas en su informe anual de ingresos, egresos y precampaña de 2006.

No hay comentarios.:

El Papa que decidió cuándo celebraríamos la Navidad y otras curiosas

 El Papa que decidió cuándo celebraríamos la Navidad y otras curiosas  EL COMERCIO PERÚ, 22 de diciembre de 2024 Nota de  Jorge Paredes Laos...