12 jun 2013

Las disculpas de Margarita Arellanes reconocen que se equivocó/Fred Alvarez.


Las disculpas de Margarita Arellanes reconocen que se equivocó/Fred Alvarez.
Publicado en La Otra Opinión, 12 de junio de 2013;

Durante tres días, la Alianza de Pastores convocó a una jornada de ayuno y oración en y por la ciudad de Monterrey, Nuevo León. El ayuno se concretó los días 5, 6 y 7 de junio; y concluyó con un acto masivo –más de 3 mil personas- la tarde del sábado 8 de junio en el kiosco Lucila Sabella, en La Macroplaza de Monterrey.
Los pastores en lugar de invitar a orar en general, por todas las autoridades, locales y federales, le dieron la palabra a la presidenta municipal y ella se metió hasta la cocina. dijo, textual: "Yo Margarita Alicia Arellanes Cervantes entrego (nunca dijo las llaves) la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a nuestro señor Jesucristo para que su reino de paz y bendición sea establecido. Abro las puertas de este municipio como la máxima autoridad".
En un video que circula en las redes sociales Arellanes indica que "en el nombre de Dios todo poderoso que nació nuestra ciudad, y en el nombre de Dios hemos de conservarla, defenderla y amarla, para el bien, prosperidad y desarrollo de todas las familias regiomontanas".
Y precisó la alcaldesa que los cambios positivos que se han vivido en Monterrey se deben a que le han abierto las puertas a Dios.

Al final del video, unos niños reciben de manos de la alcaldesa una placa conmemorativa de "la entrega de la ciudad a Jesús", mientras los presentes gritan "Cristo vive, Cristo vive".
¡El vídeo es elocuente y las críticas no se han hicieron esperar.
Ante las primeras criticas pidió respeto y tolerancia ante sus creencias, asegurando que las declaraciones que hizo fueron "a título personal" y que en ningún momento violentó la Ley.
Un día después la presidenta ofreció disculpas a las personas que se sintieron ofendidas.
Dice la Real Academia de la palabra disculpa es "pedir indulgencia por lo que ha causado o puede causar daño." Y de Indulgencias se refiera a la "remisión ante Dios de la pena temporal correspondiente a los pecados ya perdonados, que se obtiene por mediación de la Iglesia."
La Iglesia católica -de la que ella es creyente- por cierto no la ha perdonado. Por lo menos no públicamente
Dijo la primera Presidenta Municipal de Monterrey que en todo momento "he sido respetuosa de la libertad de creencias de los regiomontanos y de sus familias, si en algún momento alguien se ha sentido ofendido, eso nunca ha sido la intención de mis actos y por el contrario asumo la responsabilidad de gobernar para todos y procurar el mayor bien posible para Monterrey".
Comentó que como alcaldesa siempre vas a estar "cerca de los regiomontanos, hombres y mujeres de bien, que profesan la religión que libremente cada uno ha seleccionado".
En una conferencias de prensa fue cuestionada sobre la violación que cometió al principio de laicidad señalado en el articulo 40 Constitucional y que es obligación de todos los funcionarios cumplir, y respondió que "fue una invitación que me hicieron a titulo personal, acudí como Margarita Arellanes de manera personal y acudí con mi familia, en todo momento se han respetado todos los lineamientos legales".
Se describió a sí misma como una persona muy respetuosa de todo tipo de creencias, "me parece que cuando hay algún ser supremo que puede ayudar al desarrollo de las personas, fortalecer los valores, la convivencia, me parece que todos podemos estar ahí, podemos apoyar y esa en todo momento, ha sido la intención que tuve, nunca el que alguien se sintiera ofendido", concluyó.
Aunque ha dicho una y otra vez que vez que en ningún momento violentó la laicidad del Estado mexicano, en el video de 7 minutos se aprecia lo contrario.
Por cierto, hasta donde sabemos el acto multicitado en La Macroplaza no se consideró como de culto público extraordinario, sólo como de ayuno y oración.
Lo grave quizá hubiera sido si lo que sucedió en Nuevo León, se hubiera realizado en alguno de los estados donde hay elecciones. Entonces si habría ahí un problema con la autoridad electoral.
Reacciones
En tanto, el gobierno del Estado de Nuevo León se limitó a esbozar un "respeto" a las declaraciones de Arellanes. Sin embargo, varios regidores del PRI en Monterrey consideraron que las declaraciones de Arellanes si violan el artículo 40 constitucional y varios grupos civiles consideraron la situación como una "afrenta al principio histórico de separación de Estado con las Iglesias.
Por cierto, la Oficina de Asuntos Religiosos de Gobernación no ha dicho nada.
Miguel Barbosa, coordinador del PRD en el Senado, les pidió abrir un expediente para revisar la conducta de la Alcaldesa y emitir una sanción administrativa; dijo el legislador que no se debe admitir como normales ese tipo de manifestaciones. "Si ella no se siente con la firmeza, la fortaleza para poder gobernar, pues que pida licencia, que se retire del cargo, pero que no trate de utilizar planteamientos públicos que tienen como propósito conmover públicamente sobre una posición particular".
"El Congreso debe hacer un llamado de atención de respetar el Estado laico que hemos construido y decidido los mexicanos que así sea", ha dicho el senador del PRI Emilio Gamboa."Se equivocó. Este es un País laico, tenemos que estar conscientes de ello. Ella dijo que lo habló a nombre personal, creo que debe tener mucho cuidado", señaló.
Por su parte, el senador Javier Corral acusó a la Secretaría de Gobernación de fomentar estas actitudes violatorias de la Constitución: "es lo que ha generado que autoridades de distinto signo partidista de manera abierta violenten la legislación en materia de laicidad. Son un escándalo en el País estos hechos en los que se ha borrado la línea que divide a las organizaciones religiosas de las competencias de las autoridades públicas", expresó al periódico Reforma
"Tan vergonzoso lo de Duarte como lo de la Alcaldesa de Monterrey, pero es la impunidad lo que hace que se esté extendiendo esto a todos los partidos", precisó.
En contraste, el coordinador del PAN, Jorge Luis Preciado, pidió no sobredimensionar la polémica desatada por la Alcaldesa regia. "Pienso que se condujo sobre una línea muy delgada entre lo público y lo privado, nada más, no sé si eso se tipifique de alguna manera. Creo que hay que revisar un poco la historia del País", afirmó.
Hemos dicho que no es fácil quitarse la investidura de presidenta municipal; y que hasta donde sabemos que no fue invitada por el grupo de pastores como cualquier persona, sino como lo que es: Presidenta Municipal para el 2012-2015.
Este miércoles quizá el caso se ventile en La Comisión Permanente, por lo pronto no está en la agenda de la Gaceta Parlamentaria.
Curiosamente este tema se presenta justo en los días que se declararía la aprobación de las reformas al 24 Constitucional., debido a que ya se cuenta con el aval suficiente para su aprobación.
Una nota de Claudia Guerrero y Mariel Ibarra del periódico Reforma señalan que luego de más de año y medio de discusión, la reforma constitucional en materia de libertad religiosa será declarada constitucional por el Congreso de la Unión. "Desde la semana pasada, la Comisión Permanente contaba con los oficios de todos los Congresos locales que ya dieron su aval a la reforma del Artículo 24 de la Constitución. Pero la visita del Presidente de China complicó la agenda de los legisladores y no realizaron la declaratoria."
Hay grupos opositores a esta reforma, y han cabildeado intensamente con los Congresos locales, sin éxito.
Y por cierto, el gobernador de Chihuahua- quien si consagró al Estado al Sagrado Corazón de Jesús, ni siquiera ha pedido disculpas. En este asunto si hay un expediente abierto en Gobernación a petición del Senador Javier Corral Jurado.
¿Hay violaciones a la Ley?
Si, sin duda, pero no son graves, en apariencia. Además creo que con la disculpa se resuelve, a menos que el PRD insista.
Había escrito en mi texto anterior. (Ayer fue Chihuahua, ahora es Monterrey, ¿y mañana?, publicado en este espacio, 10 de junio de 2013), que ella tenía derecho a asistir en esa calidad –de Presidenta Municipal-, debido a las reformas recientes al artículo 24 Constitucional.
¡Debo reconocer que me equivoqué!
Las reformas mencionadas que dicen: "Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo...."
Y debo decir, que todavía no son ley.
Es una asignatura pendiente.
¿Qué dice la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público?
ARTICULO 3o.- El Estado mexicano es laico. El mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, sólo en lo relativo a la observancia de la Constitución, Tratados Internacionales ratificados por México y demás legislación aplicable y la tutela de derechos de terceros. (Párrafo reformado DOF 19-08-2010)
El Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa. (Párrafo adicionado DOF 19-08-2010)
ARTICULO 25.-
(...)
Las autoridades antes mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto publico, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares. En los casos de practicas diplomáticas, se limitaran al cumplimiento de la misión que tengan encomendada, en los términos de las disposiciones aplicables.
De entrada la violación es al articulo 25 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Y aunque la Ley es del 15 de julio de 1992 y tiene algunas reformas, éstas son anteriores a las reformas al Artículo I Constitucional de 2011, en materia de derechos humanos y eso cambia mucho las cosas.
Recordemos que el decreto de junio de 2011 modificó la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo primero constitucional, en vez de "otorgar" los derechos, ahora simplemente los "reconoce". A partir de la reforma se reconoce que toda persona "goza" de los derechos y de los mecanismos de garantía reconocidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales.
Es decir, a partir de entonces se incorporan las garantías que requieren tanto el ejercicio de los derechos humanos como su respeto, con un elemento adicional; se favorece en todo tiempo a las personas la protección más amplia, por encima de cuestiones de procedimiento.
Si hubiera problemas la C. Presidenta Municipal puede acudir al I Constitucional y no tendría mayor problema.
Así quedó la Ley fundamental
Capítulo I De los Derechos Humanos y sus Garantías
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
(...)
Al margen:
La reforma del 24 Constitucional a punto de ser declarada por la Comisión Permanente:
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
(...)
Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria.
Transitorios
Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Acorde con estos cambios y una vez aprobados podríamos estar hablando específicamente de reconocer la libertad religiosa, la libertad de conciencia y la libertad de convicciones éticas. Faltaría empero, una ley secundaria, en la cual debería detallarse en qué consiste estas libertades, cómo se va a ejercitar, etcétera.

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