23 jun 2016

Veto Presidencial al artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

 Veto Presidencial al artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Enrique Peña Nieto, en ejercicio de la facultad constitucional de realizar observaciones a leyes aprobadas por el Congreso de la Unión, conocida como facultad de veto, devolverá al Senado de la República para su análisis el artículo 32 incisos b) y c) de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y otros 15 relacionados.
Estos artículos señalan que todo particular, sea un individuo o una empresa, que reciba o ejerza recursos públicos o contrate con cualquier instancia del Gobierno debe presentar sus declaraciones patrimoniales.

Lo que representa dar a conocer a la autoridad todo su patrimonio. Además señala que todas las personas que trabajan en una empresa que contrate con el gobierno, es decir, la totalidad de los trabajadores de una empresa, sin importar su función dentro de la misma, tendrían que presentar estas declaraciones.
Modificaciones
El Gobierno de la República ha escuchado con atención las voces que argumentan que esta medida es excesiva y haría inoperante el sistema nacional anticorrupción ya que sería imposible procesar millones y millones de declaraciones; también inhibiría a los particulares de prestar servicios o vender productos a gobiernos.
 Lo más importante afectaría a personas que no están vinculadas con contrataciones como beneficiarios del Programa Prospera o los becarios del CONACYT, entre otros.
 Con la convicción de que las críticas a estos artículos han señalado un problema real a la operatividad del sistema nacional y que esta medida resulta contraria a los derechos humanos previstos por la Constitución, al afectar de manera excesiva la vida privada y la protección de los datos personales de los mexicanos e incluso extranjeros que no viven en el país, el Presidente de la República está proponiendo modificaciones para fortalecer el sistema nacional anticorrupción.
 "Esto de ninguna manera disminuye la capacidad de las autoridades para investigar y sancionar aquellos particulares que actúen de forma irregular ante el Estado".
 Sistema Nacional Anticorrupción
 El Sistema Nacional Anticorrupción prevé herramientas novedosas y útiles para dicho propósito, como por ejemplo la manifestación caso por caso y contratación por contratación de no estar el particular frente a un conflicto de interés y las penas en que incurrirían por actos de corrupción que van desde sanciones económicas hasta la disolución de las empresas, y en su caso, penas de prisión.
 Las observaciones parciales que se formulan tienen como objetivo fundamental colaborar con el Poder Legislativo para fortalecer a las instituciones y garantizar que todas las normas que se aprueben se apeguen a la Constitución.
 Con el objetivo de no retrasar la vigencia del nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, el Presidente de la República hoy mismo solicitará que se convoque a un periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión.
 "El Sistema Anticorrupción es de los ciudadanos y para los ciudadanos. Su objetivo primordial es proteger su derecho a que los recursos que aportan a través de sus impuestos se usen de la mejor manera posible".

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