28 abr 2017

Aprueban uso medicinal de la mariguana

Aprueban uso medicinal de la mariguana
Nota de Claudia Salazar y Jorge Ricardo/
Reforma, Cd. de México (28 abril 2017).-
La Cámara de Diputados aprobó las reformas que permitirán el uso medicinal de la mariguana, por lo que se turnó al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
La propuesta se avaló en lo general con 374 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones. 
El diputado del PRI Abel Murrieta manifestó que con la reforma se cambia el paradigma del uso del enervante.
Indicó que sobre todo se debe tomar en cuenta el derecho a la salud de los mexicanos, reconocido en la Constitución.
Recordó que está comprobado científicamente que la mariguana tiene propiedades que pueden ayudar al control de ciertas enfermedades, como cáncer, SIDA, glaucoma, esclerosis y algunas formas de epilepsia.

Señaló que con el objetivo de que la reforma no se aprecie de forma equivocada, se instruye en el régimen transitorio a la Secretaría de Salud a reforzar los programas y acciones sobre el control, tratamiento, rehabilitación y, sobre todo, prevención en el consumo de cannabis.
"La reforma traerá beneficios a todos aquellos mexicanos que el día de hoy se encuentran sufriendo alguna enfermedad que sea posible tratar con los derivados de la cannabis", dijo, al señalar que votar a favor del dictamen era hacerlo a favor de la salud.
En el dictamen se precisa que la Secretaría de Salud otorgará la autorización para la importación de estupefacientes, substancias psicotrópicas, productos o preparados que contengan derivados del enervante.
Entre los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o mariguana, se considera el tetrahidrocannabinol (THC), sus isómeros y variantes estereoquímicas.
La Secretaría también tendrá que diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de la planta, así como normar la investigación y producción nacional de los mismos.
"La siembra, cultivo o cosecha de plantas de mariguana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos en los términos y condiciones de la autorización que para tal efecto emita el Ejecutivo federal" cita la reforma al artículo 198 del Código Penal Federal.
Hora de publicación: 14:39 hr
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27-04-2017.- El Pleno conoció para trámite de publicidad tres dictámenes. El primero, correspondiente a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, para legislar en materia de uso medicinal de la cannabis, índica y americana o mariguana, que hasta el momento son sustancias prohibidas dentro del territorio nacional.
La Secretaría de Salud deberá diseñar y ejecutar políticas públicas que regulen el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o mariguana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas, así como normar la investigación y producción nacional de los mismos.
Menciona que los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1 por ciento o menores de THC y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse e importarse cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.
La siembra, cultivo o cosecha de plantas de mariguana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos en los términos y condiciones de la autorización que para tal efecto emita el Ejecutivo federal.
El Consejo de Salubridad General, a partir de los resultados de la investigación nacional, deberá conocer el valor terapéutico o medicinal que lleve a la producción de los fármacos que se deriven de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana y sus derivados, para garantizar la salud de los pacientes.
El segundo reforma los artículos 8, 9 incisos a), b), c) y d) y tercer párrafo; artículos 11 y 12, fracciones I, II y III; artículos 13 y 14; artículo 15, párrafos primero y segundo; artículos 16, 17, 18 y 19, de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de hidrocarburos, con la intención de sustituir el término "salario mínimo" por el de "Unidad de Medida y Actualización", y combatir un problema social que ha ido a la alza en los últimos años, como lo es el robo de hidrocarburos.
Además, el tercer dictamen adiciona el artículo 21 Bis de la Ley General de Turismo, para que la secretaría del ramo y la de Educación Pública promuevan, fomenten e incluyan la cultura turística, como eje trasversal dentro de los planes y programas de estudios.




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