14 oct 2017

El Tribunal vaticano condena a Profiti por abuso de poder

Juicio en el Vaticano...
 El Tribunal del Vaticano envió hace tiempo a juicio al expresidente del hospital pediátrico Bambino Gesù, administrado por la Santa Sede, Giuseppe Profiti, y su extesorero, Massimo Spina, por presuntamente desviar fondos para la reestructuración de la reforma del ático en el que vive el cardenal Tarciso Bertone.

El delito se cometió en la Ciudad del Vaticano desde noviembre de 2013 al 28 de mayo de 2014.
En marzo de 2016, el Vaticano co único que se había abierto la investigación a los dos exdirectivos, pero -curiosamente- no al señor Cardenal Tarcisio Bertone.
El caso comenzó tras la publicación en el semanario italiano “L’Espresso” de un artículo-firmado por periodista Emiliano Fittipaldi- en el que se desvelaba que una parte de la reestructuración del ático, un espacio de unos 600 metros cuadrados más otros 100 metros de terraza, al que se mudó el cardenal Bertone tras ser sustituido como secretario de Estado, fue pagada con unos 400,000 euros de los fondos de la Fundación Bambino Gesù, que recoge donaciones para el hospital.
Bertone fue mencionado para sustituir a Benedicto XVI, un hombre muy poderoso...
El exsecretario de Estado vaticano, dijo que no sabía de dónde venían esos fondos, y devolvió después 150 mil euros al hospital pediátrico, administrado por la Santa Sede.
En ese sentido, el martes 18 de julio de 2017 inició en el Vaticano el proceso contra Giuseppe Profiti y Massimo Spina; y de acuerdo a las normas vigentes, el proceso fue  público y fue conducido por el Presidente del Colegio de Jueces,  Paolo Papanti-Pelletier
La condena, hoy 14 de octubre..
Meses después, la Justicia condenó este sábado 14 de octubre de 2017 a un año de prisión en suspenso por abuso de poder al ex director del hospital pediátrico..: “En nombre de Su Santidad papa Francisco”, el Tribunal vaticano condenó a Profiti a un año de prisión, suspensión por un año para ocupar cargos públicos y una multa de 5 mil euros basándose en el artículo 422 del Código Penal de la Santa Sede.
El presidente del Tribunal Papanti-Pelletier, leyó la sentencia en la que se condenaba a un año por abuso de poder, con lo que descartaba así la petición de tres años de condena de la fiscalía.
La condena incluye además inhabilitación de cualquier cargo público en Vaticano durante este tiempo, el pago de un resarcimiento de 5 mil euros y de los gastos del proceso, así como "·la suspensión condicional de la condena durante cinco años"  siempre que no cometa un delito en este periodo de tiempo, pues si lo cometiera se le exigirá cumplir la pena.
El tribunal admitió la petición de absolución solicitada por la fiscalía en el caso de Spina al afirmar "que no había cometido el hecho"
El Tribunal vaticano desestimó así la acusación de malversación de fondos públicos del hospital, en detalle 422.005,16 euros utilizados para las obras de reestructuración del ático en el que vive el exsecretario de Estado vaticano Tarcisio Bertone, que fueron pagados al empresario italiano Gianantonio Bandera.
Según su abogado, Antonello Blasi, Profiti invirtió por parte de la fundación en las obras de reestructuración del apartamento de Bertone y en todo el edificio para que ese apartamento sirviese para celebrar cenas o reuniones para recaudar fondos en favor del hospital pediátrico.
Bertone aseguró que él había pagado de su bolsa 300 mil euros que costaron las reparaciones del departamento en el tercer piso del Palazzo San Carlo, a metros de la residencia pontificia de la Domus Santa Marta y con vista privilegiada a la Basílica de San Pedro.
Durante las audiencias, en las que Bertone no estuvo presente ni involucrado de manera directa, la presidenta actual del hospital confirmada por el papa Francisco hasta 2021, Mariella Enoc, declaró que no hubo ningún tipo de archivo o documentación con Profiti que asentaran el supuesto pago por la obra.
Tras el escándalo, el ex secretario de Estado vaticano, que afirmó que no sabía de dónde venían esos fondos, devolvió 150 mil euros al hospital pediátrico administrado por la Santa Sede. 
Al inicio del juicio la defensa buscó impedir que la prensa presenciara las audiencias alegando motivos de “ruido” y “confidencialidad” pero el tribunal vaticano ratificó la necesidad de publicidad para garantizar transparencia.
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El Tribunal vaticano condena a Profiti por abuso de poder
El caso de la reestructuración del departamento de Bertone; se modificó la imputación, que antes era de peculado. Un año de reclusión e inhabilitación para cargos públicos con suspensión condicional
Vatican Insider, Pubblicato il 14/10/2017
IACOPO SCARAMUZZI
CIUDAD DEL VATICANO
Después de haber modificado el «hecho objeto de la imputación», ya no peculado sino «abuso de poder», el Tribunal vaticano condenó al ex-presidente del Hospital Bambino Gesù, Giuseppe Profiti, a la pena de un año de reclusión, inhabilitación temporal para cargos públicos por un año y una multa de 5000 euros, durante el proceso sobre los fondos utilizados para la reestructuración del departamento del cardenal Tarcisio Bertone, con el «beneficio de la suspensión condicional» de la condena por cinco años y la advertencia de no llevar a cabo mientras tanto otros delitos. El ex-tesorero del hospital que pertenece a la Santa Sede fue absuelto «por no haber cometido el hecho». 
En nombre del Papa Francisco, el juez Paolo Papanti-Pellettier, leyó la sentencia después de un par de horas de consultaciones, según la cual «con base en el artículo 417 coma 1 del código de penal, modificado el hecho objeto de la imputación con base en el artículo 175 del código penal sobre el abuso de poder, teniendo en cuenta el artículo 422 del código de procedimiento penal, condena Profiti Giuseppe a la pena de un año de reclusión, a la inhabilitación temporal de cargos públicos por un periodo de igual duración, a una multa de 5000 euros, prevista la concesión de los atenuantes genéricos según el artículo 59 del código penal. Considerando el artículo 423 del código de procedimiento penal —prosiguió el magistrado—, concede al antes dicho imputado el beneficio de la suspensión condicional de la condena por cinco años, y considerando el artículo 425 del código de procedimiento penal, advierte al condenado sobre la importancia del beneficio que se le ha otorgado y le advierte que si antes de que se cumpla cometiera un nuevo delito deberá expiar la pena según la ley. Considerando los artículos 39 del código penal y 429 del código de procedimiento penal lo condena a cubrir los gastos procesales». Para concluir, «considerando el artículo 421 del código de procedimiento penal, absuelve a Spina Massimo por no haber cometido el hecho». 
 Durante las arengas de la defensa, pronunciadas hoy por la mañana antes de las consultaciones, además de pedir la absolución absoluta de su cliente, el abogado de Spina, Alfredo Ottaviani, bisnieto del homónimo y difunto cardenal, pronunció una especie de defensa del cardenal Tarcisio Bertone, a quien definió «víctima del proceso», y que «ha pagado de su bolsillo casi 500 mil euros, él, que estaba cerca de cumplir 83 años», cuando según el ente público italiano que se ocupa de las jubilaciones, «la esperanza de vida promedio es de 83 años y ocho meses», por lo que el purpurado no habría tenido tiempo «para amortizar los gastos». Según el abogado, el «ático de Bertone no es ni ático ni es de Bertone».  
 Todo nació cuando la «máxima autoridad», es decir el Papa, ordenó por teléfono al cardenal Bertone, que fue sucedido por Pietro Parolin como Secretario de Estado, que dejara la vivienda del Secretario de Estado y ocupara «determinado departamento», de propiedad del Gobernatorado, pero «el Santo Padre no se dio cuenta inmediatamente de que era un tugurio, un departamentito», dijo Ottaviani, y no «un departamento de sátrapa oriental», en donde el cardenal viven con algunas monjas y cuenta para sí con un espacio de «solamente 150 metros cuadrados», en donde, de cualquier manera, se llevara a cabo reestructuraciones en las tuberías y en los muros. Según el abogado, es «fantasioso» sostener, como hizo durante el proceso un ingeniero del Gobernatorado, que no había dinero para la reestructuración, y Bertone no podía irse a vivir fuera del Vaticano «porque un Secretario de Estado emérito desempeña funciones dentro del Estado». 
 Refiriéndose claramente a la decisión del director general de la autoridad financiera vaticana (AIF), Tommaso di Ruzza, de no responder a las preguntas de los jueces, cuando apareció como testigo en el proceso, aludiendo al secreto de oficio, el abogado Ottaviani dijo que «Bertone sí que habría podido» valerse del «secreto de Estado, y, en cambio, envió una carta en la que explicó punto por punto lo que había sucedido». En esta carta, insistió el abogado, Bertone dijo haber sido invitado insistentemente a contribuir en los gastos, y «eran pocas las personas que habrían podido ejercer semejante presión sobre el ex Secretario de Estado», sentenció Ottaviani.  
 Entonces, según el abogado, «demasiadas personas se ponen al teléfono» y, en una espiral de llamadas telefónicas con las empresas y con los subcontratados se crea «un corto circuito» que, según Ottaviani, habría sido la única explicación para toda la historia. 
 En cuanto a su cliente, Massimo Spina, «no hizo nada más que seguir las órdenes» y por ello, según su abogado, habría debido ser absuelto, no, como el mismo promotor de justicia había pedido en su arenga final, por insuficiencia de pruebas, sino por plena absolución, «porque el hecho no subsiste y no constituye un delito». 
 El abogado de Profiti, Antonello Blasi, pidió para su cliente la absolución «porque el hecho no subsiste», además de volver a denunciar el «defecto de jurisdicción» del Tribunal vaticano, porque el Hospital infantil de la Santa Sede estaría sometido a la jurisdicción italiana. Según el abogado, que rechazó la existencia de una doble facturación, no es cierto que, como denunció el Promotor de Justicia en su arenga, el caso saque a la luz «opacidad y silencios» en la gestión del dinero público vaticano. El ex-administrador del Bambino Gesù, según su defensor, «no es un oficial público» y «lo que hizo fue una inversión y no un gasto». 
 Después del turno de la defensa, el vice-promotor de Justicia, Roberto Zannotti insistió en pedir una condena contra Profiti a tres años de reclusión, 5000 euros de multa e inhabilitación perpetua de cargos públicos, subrayando que una Fundación de Derecho canónico «no es una empresa y no puede invertir, como puede hacer una empresa que invierte en la banca», y, por lo tanto, el «dinero público utilizado en una inversión es un delito». 
 El proceso comenzó el 18 de julio pasado en el Tribunal vaticano. El juez Paolo Papanti-Pelletier presidió el proceso en lugar del presidente del Tribunal, Giuseppe Dalla Torre, que se abstuvo puesto que es miembro del consejo de administración del Bambino Gesù. 


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