30 nov 2022

El voto del ministro González Alcántara y Carrancá,..


Ayer el pleno de la SCJN avaló el acuerdo dictado en mayo de 2020 por el Presidente López Obrador para que las Fuerzas Armadas realicen labores de seguridad pública hasta marzo de 2024. como está en el quinto transitorio...

La mayoría de ministros  avalaron el Acuerdo sin entrar al fondo.,,,.

Por amplia mayoría, el Pleno rechazó una controversia promovida por la panista Laura Rojas, entonces presidenta de la Cámara de Diputados, quien alegó que el Ejecutivo invadió atribuciones del Congreso y no fundó ni motivó debidamente su Acuerdo.

Ese es el quid...

Organizaciones como  Causa en Común y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez lamentaron que la Corte avalara el Acuerdo; ya que consideraron que el máximo tribunal perdió una oportunidad para erigirse en un contrapeso contra el proceso de militarización del gobierno .

Algunos especialitas lamnetaron que los agrandes arbitros hayan discutido un asunto fuera de tiempo  cuando la Constitución cambió ...Lo hubieran hecho antes  y quizá  hubieran podido marcar algunos parámetros para señalar la forma, el tiempo, las modalidades en que las Fuerzas Armadas podrían cumplir esta función, 

El comunicado de la Corte es muy light , y no refleja el sentir de la discusión...

Pero hay un  ministro, una voz disidente, distuta la del jurista Juan Luis González Alcántara,..

Ayer voto en contra., y lo hizo con fundamento...

Dijo que el presidente López Obrador "incumple con los requisitos de que la participación de las fuerzas armadas permanentes en funciones de seguridad pública, sea extraordinaria, subordinada y complementaria. Por lo tanto, escapa de la atribución que le confiere el artículo transitorio quinto de la Reforma en Materia de Guardia Nacional y violenta el principio de división de poderes. Así pues, me parece, que el Acuerdo impugnado debe de invalidarse...

Recomiendo ver el posicionamiento en la versión taquigráfica.

Y es que vienen otras cosas por resolver como 

i) · La Ley de la Guardia Nacional;

ii) La reciente reforma de la GN para traspasarla a la Sedena, a todas luces inconstiotucional y ;

iii)  La transferencia del control de los puertos a la Marina. 


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