2 mar 2025

Ven ilegal el envío de 29 capos a EU

 Ven ilegal el envío de 29 capos a EU

NOTA DE Benito Jiménez/ REFORMA, (02 marzo 2025)

La entrega de 29 capos a Estados Unidos el pasado jueves careció de sustento legal, advirtió el constitucionalista Raymundo Gil Rendón.

Contrario a la justificación del Fiscal Alejandro Gertz Manero, el experto alertó que en ningún artículo de la Ley de Seguridad Nacional -en lo que se sustentó la entrega- se hace mención sobre el traslado de personas procesadas a otro país.


"El Artículo Quinto que mencionó el Fiscal (Gertz Manero) de la Ley de Seguridad Nacional no menciona en ninguna de sus fracciones la facultad de poder entregar personas a un país extranjero
(ya sea) personas perseguidas, detenidas o procesadas, y remisión al Artículo 89 de la Constitución, como facultades del Ejecutivo, tampoco", aseguró Gil Rendón en entrevista.

"El Artículo Quinto, Fracción 5 habla de que se tendrá, digamos, atentados contra la seguridad nacional, cualquier obstáculo de la delincuencia organizada (...) pero no menciona el acto que ellos hicieron: entregar a 29 personas de la delincuencia, presuntamente de la delincuencia organizada, a otro país".

El pasado viernes, Gertz Manero aseguró que el movimiento se realizó con base en una petición escrita de Estados Unidos.

"Fueron enviados a EU en cumplimiento con el Artículo Quinto de la Ley de Seguridad Nacional y del artículo 89 de la Constitución. Hubo una solicitud fundada del Gobierno de Estados Unidos. Ese fue el motivo por el cual se detonó todo ese procedimiento", dijo entonces el Fiscal.

Ante esto, el especialistas insistió en que no existen fundamentos legales para el traslado.

"Ellos dicen que fue una petición de EU por escrito de estas personas. ¿Cuál fue el fundamento de EU para pedir a estas personas? ¿Y cuál fue el fundamento jurídico para entregarlas? Ningún fundamento", aseveró.

El también doctor en Derecho explicó que se trató más bien un tema político y de presunta invasión de competencias del Ejecutivo.

"Yo veo una clara invasión de competencias del Ejecutivo cuando dice el Fiscal que un fundamento es el (Artículo) 89, que es el famosísimo artículo de las facultades del Presidente, pues no tiene que ver con esto. Y la Ley de Seguridad Nacional tampoco.

"Entonces, el mencionar un fundamento de una manera ambigua y vaga, pues no esclarece jurídicamente el proceder de estas acciones de la parte del Gobierno. Sino lo que yo observo, pues, es un trastocamiento de las funciones de cada uno de los poderes. Ahora, el Gabinete por sí mismo no puede, no se gobierna solo", remarcó.

"O sea, la Constitución en ninguna parte señala que esa autoridad, la unión con varios Secretarios como Gabinete, puedan ellos ordenar la entrega de personas a un país extranjero. Eso no tiene ninguna razón jurídica. Ni existe ese Gabinete en la Constitución, ni tiene facultades para hacer lo que hicieron".

En este sentido, expuso que ni siquiera el Fiscal General de la República tiene ese tipo de facultades.

"El Fiscal es para acusar, no para entregar. No tiene facultades el Fiscal de la nación para hacer lo que hizo. Por lo menos, el fundamento que él dijo en la conferencia, no existe", señaló Gil Rendón.

El experto en derecho procesal indicó que es incongruente que en esa decisión no haya participado la Presidenta Claudia Sheinbaum, cuando el Artículo 89 da facultades a la Mandataria.

"Luego dicen que la Presidenta no tuvo nada que ver, pues peor aún, no se mandan solos. La única responsable constitucionalmente por los actos del Poder Ejecutivo (Artículo 89 constitucional) es la Presidenta", apuntó.

"Si estos Secretarios y el Fiscal actúan, pues están ahora, por si solos, pues actuando fuera del marco legal y constitucional. Y más citando el (Artículo) 89".

HECHO INÉDITO

Estos son algunos de los principales narcotraficantes que fueron requeridos por Cortes de Estados Unidos y trasladados el pasado jueves por autoridades mexicanas:

2005

RAFAEL CARO QUINTERO, "DON RAFA"

· Delito: tráfico de drogas y homicidio.

· Posición: líder fundador de los cárteles de Jalisco y Caborca.

 2011

 JOSÉ JESÚS MÉNDEZ VARGAS, "CHANGO MÉNDEZ"

 · Delito: tráfico de drogas.

· Posición: líder y fundador de La Familia Michoacana.

 2014

 VICENTE CARRILLO FUENTES, "EL VICEROY"

  Delito: tráfico de drogas.

· Posición: líder del Cártel de Juárez.

 2015

 MIGUEL ÁNGEL TREVIÑO MORALES, "Z-40"

 · Delito: tráfico de drogas

· Posición: ex líder de Los Zetas y fundador del Cártel del Noreste.

 Contraste

 Raymundo Gil Rendón, experto constitucionalista, advierte que la decisión del Gobierno mexicano de entregar a EU a 29 capos carece del sustento legal que informaron el viernes:

Fiscal Alejandro Gertz Manero

 "Fueron enviados a EU en cumplimiento con el Artículo Quinto de la Ley de Seguridad Nacional y del Artículo 89 de la Constitución".

"Hubo una solicitud fundada del Gobierno de Estados Unidos. Ese fue el motivo por el cual se detonó todo ese procedimiento".

"Se hizo el análisis en esa reunión (con el Consejo Nacional de Seguridad), se vieron las bases jurídicas si estaban cumplidas y se procedió".

 Raymundo Gil Rendón

 "El artículo que mencionó el Fiscal (Gertz Manero) no menciona en ninguna de sus fracciones esta facultad de poder entregar personas a un país extranjero".

"¿Cuál fue el fundamento de EU para pedir a estas personas? ¿Y cuál fue el fundamento jurídico para entregarlas? Ninguna. Ningún fundamento".

"El Fiscal es para acusar, no para entregar. No tiene facultades el Fiscal de la Nación para hacer lo que hizo. El fundamento que él dijo, no existe".

 Titular de SSPC, Omar García Harfuch

 "(El envío) fue una decisión del Gabinete de seguridad. Es una decisión... en la que no tiene nada que ver la señora Presidenta de la República".

"No se mandan solos. La única responsable constitucionalmente por los actos del Poder Ejecutivo (Artículo 89 constitucional) es la Presidenta de la República".


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