11 dic 2011

FCH ante La Haya: largo camino/ Guillermo J. García, Abogado, internacionalista y maestro en derecho internacional.

Para que el fiscal de la CPI admita poner a revisión el caso mexicano deben acreditarse una serie de supuestos legales

Enfoque de Reforma, 11 diciembre 2011

La Corte Penal Internacional (CPI) se ha puesto de moda en México. La "tendencia" la inició un grupo de académicos, respaldados por 23 mil firmas recabadas a través de internet, al invitar al fiscal de la CPI a investigar la situación actual en el país. Los solicitantes alegan que la llamada "guerra contra el narco" ha llevado a varios actores, incluido el Presidente, a cometer crímenes de guerra y de lesa humanidad. Este tema tiene varias complejidades, pero en esta etapa dos aclaraciones son necesarias: la solicitud no tiene efectos inmediatos sobre los acusados y el Estatuto de Roma, que dio origen a la CPI, no fue creado para procesar situaciones como la de México.

Si bien es cierto que el fiscal puede recibir quejas de individuos y de ONG, éste no tiene un cheque en blanco para procesar a quienes mencionan los quejosos. Antes de que se individualice el proceso, el caso pasa por varios filtros. Primero, el Estatuto obliga a la Fiscalía a realizar una "investigación preliminar" en donde debe contrastar la queja con la gravedad del caso, el texto del Estatuto, los "elementos del crimen" y el "interés de la justicia". Asimismo, conforme al principio de complementariedad, debe asegurarse que el aparato de justicia nacional no está procesado a los presuntos culpables. Esta investigación preliminar no tiene plazos, no es vinculante para los individuos y depende exclusivamente de la Fiscalía. Es en esta "antesala" en donde está parada la solicitud de los académicos mexicanos.

Ahora bien, si la Fiscalía coincide en que hay elementos suficientes, entonces el caso pasa a ser revisado por una Sala de Cuestiones Preliminares que decide si se coloca o no a México oficialmente bajo investigación. Entonces, y sólo entonces, se pueden girar órdenes de aprehensión. El único órgano que podría suspender el proceso en ese momento sería el Consejo de Seguridad de la ONU por considerar que pone en peligro la paz y seguridad internacional. Lo anterior nos lleva a la conclusión de que la solicitud tiene varias barreras jurídicas y políticas antes de que logre sentar a un mexicano en el banquillo de los acusados.

La segunda aclaración que hay que tener en cuenta es que la CPI no fue creada para procesar todos los casos de violencia generalizada. Inclusive durante su negociación se propuso que la CPI procesara a los cárteles del narcotráfico que amenazaban la estabilidad de los Estados caribeños. La sugerencia no prosperó. Los autores consideraron que la lucha contra el narcotráfico no era compatible con el espíritu del Estatuto. Querían que los esfuerzos se enfocaran en procesar a individuos que abusando de su situación de poder impunemente cometieran atrocidades graves, sistemáticas y generalizadas contra civiles, y no en delincuentes organizados trasnacionalmente. En este sentido, para que prospere la solicitud mexicana, el fiscal tendría que tomar una postura controvertida. Tendría que argumentar que los cárteles no actúan meramente como organizaciones que cometen daños colaterales en sus actividades delictivas, sino que son "narco insurgentes" abusando de su estructura de poder para sistemáticamente atacar civiles. Conclusión con la cual, de facto, se estaría confirmando que el Estado estaba obligado a adoptar una estrategia antinarco para contrarrestar un escenario de "insurgencia" y no sólo perseguir "mafiosos".

Ahora bien, en el caso particular de los crímenes de guerra, antes de fincar responsabilidades a altos mandos del Ejército, se tendría que probar que la violencia en México no deriva de una estrategia antinarco "errónea" y agresiva, sino que estamos de facto en una guerra civil en donde los crímenes cometidos, por ambos bandos, ocurrieron como "parte de un plan o política" en gran escala. No deben haber sido crímenes esporádicos ni actos únicos de terrorismo o errores de militares en funciones, sino actos articulados para afectar a grupos vulnerables como parte de una estrategia de "guerra".

Estos párrafos no tienen la intención de sugerir que el caso de México ante la CPI es imposible, pero sí la de aclarar que el camino no es fácil. El fiscal Luis Moreno Ocampo, quien termina su mandato en 2012, tendría que hacer una interpretación extensiva para incluir a México en la lista de países como Libia, Sudán o el Congo. Hay que tener presente que el caso de Colombia, que es más cercano al mexicano, con todo y la presencia de guerrillas, lleva 2 años atorado en la investigación preliminar porque Bogotá ha cooperado y ha reformado su sistema de justicia militar. ¿México brincará todos los obstáculos?

 @guillermojgarci

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