26 abr 2012

Proyecto de Decreto que adiciona la fracción XXIX-Q al 73 Const.


Con proyecto de decreto, que adiciona la fracción XXIX-Q al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
México, DF, a 25 de abril de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes el expediente que contiene el proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-Q al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente
Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica)
Vicepresidente
Proyecto de Decreto
Que adiciona la fracción XXIX-Q al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Único. Se reforma la fracción XXIX-Q de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad
I. a XXIX-P. ...

XXIX-Q. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de los derechos de las víctimas;

XXX. ...

Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión expedirá la ley a que se refiere el presente decreto dentro de los 180 días siguientes a su entrada en vigor.
Tercero. Las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán adecuar su legislación aplicable conforme a lo dispuesto en este decreto dentro de los 180 días siguientes de su entrada en vigor.
Salón de sesiones de la Cámara de Senadores.- México, DF, a 25 de abril de 2012.
Senador Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica)
Vicepresidente
Senadora Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica)
Secretaria


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