Conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador del 22 de agosto de 2023
PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Buenos días. Ánimo, ánimo, ánimo.
Bueno, vamos a informar como lo hacemos cada 15 días los martes. El tema es seguridad y se va a dar a conocer todo lo que ha sucedido en estos últimos tiempos. Vamos a empezar con la sección de ‘Cero impunidad’, el general Bucio.
LUIS RODRÍGUEZ BUCIO, SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA: Muy buenos días, señor presidente. Con su permiso. Buenos días a todas y a todos.
Vamos a… Se va a presentar el día de hoy el avance de ‘Cero impunidad’. El día de hoy toca ver jueces que favorecen a presuntos delincuentes. Tenemos cinco casos de jueces con denuncia penal y/o queja ante el Consejo de la Judicatura Federal, ocho casos de jueces cuyas resoluciones fueron impugnadas por el Ministerio Público y algunas resueltas favorablemente por el tribunal de alzada, ocho casos de magistrados y jueces que ante la comisión de delitos graves se oponen a la aplicación de la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar y, por último, el caso del secuestro, tortura y asesinato del hijo del poeta y activista social Javier Sicilia.
El primer caso, el juez de control en Querétaro, Eduardo Alberto Osorio Rosado. Su actuación ha motivado la presentación de una denuncia penal en su contra por el delito contra la administración de la justicia y dos quejas ante el Consejo de la Judicatura Federal. En 52 de sus resoluciones, que han sido contrarias al Ministerio Público, en 29 determinó no vincular a proceso penal, en 11 ordenó cambio de medida cautelar para sustituir la prisión preventiva oficiosa, en seis calificó de ilegal la detención, en cuatro declaró sentencia absolutoria y en dos ordenó la reclasificación del delito.
La mayoría de los delitos juzgados son del fuero federal, tales como posesión de armas de fuego, tráfico de personas, hidrocarburos, contra la salud y robo al autotransporte. De los 52 casos, 16 de sus resoluciones han sido revocados ya por un Tribunal de Alzada.
El siguiente caso, el juez de control en Coahuila, José Luis Hernández Hernández. Su actuación ha motivado la presentación de una denuncia penal y dos quejas ante el Consejo de la Judicatura. En relación con el caso de la tragedia en la mina El Pinabete, en Salinas, Coahuila, en la que quedaron atrapados 10 mineros, el juez Hernández Hernández decretó la no vinculación a proceso de dos imputados por el delito de explotación ilícita de bienes nacionales. Además, el 7 de julio decretó el sobreseimiento en favor del acusado Luis ‘N’, socio de la empresa minera, quien ya se encontraba vinculado a proceso.
El Ministerio Público solicitó que el juez se excusara de conocer el caso por intereses personales, situación que fue reconocida por el Tribunal de Alzada y el 22 de agosto dicho tribunal determinó que un nuevo juzgador retomara el caso.
El siguiente es el juez de control en Guanajuato, José de Jesús Rodríguez Hernández. Su actuación ha presentado dos… Por su actuación, se han presentado dos quejas ante el Consejo de la Judicatura federal. De 80 de sus resoluciones, en 39 casos determinó no vincular a proceso penal, en 34 calificó de ilegal la detención y en siete declaró sentencias absolutorias. Todos los casos están relacionados con delitos graves como acopio de armas, contra la salud o delincuencia organizada. Se le han hecho señalamientos de excederse en sus competencias al modificar penas solicitadas por el Ministerio Público en procedimientos abreviados. En audiencias públicas ha emitido expresiones ofensivas contra los fiscales por no solicitar menor tiempo de castigo a los acusados.
Es el juez de control en el Estado de México, Daniel Ramírez Peña. Su actuación dio inicio a una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal ya que el 29 de junio del presente año dictó sentencia absolutoria a favor del exmagistrado Isidro Avelar Gutiérrez, quien en 2011 recibió tres depósitos por más de 12 millones de pesos, los cuales no correspondían a sus ingresos laborales. De sus resoluciones, en cuatro casos determinó no vincular a proceso penal, en dos casos calificó de ilegal la detención y en un caso declaró sentencia absolutoria. En el 2019, el exmagistrado Avelar Gutiérrez fue señalado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de tener vínculos con el cártel Jalisco Nueva Generación. El 20 de febrero de este año le fue confirmada su destitución como magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El juez Ramírez Peña se ha inclinado por beneficiar a los acusados al momento de imponer las penas, incluso en procedimientos abreviados, por el delito de huachicol, en el que el pasado 2 de junio pretendió que la fiscalía redujera a ocho años la solicitud de sanción de 11 años y cuatro meses de prisión que se le había ofertado al imputado.
El siguiente es el juez de control en Michoacán, Óscar Antonio Madero González. Su actuación ha motivado la presentación de una denuncia penal en su contra por dictar resoluciones contrarias a los intereses de la justicia. De 15 resoluciones, en 11 casos determinó no vincular a proceso penal, en dos calificó de ilegal la detención y en otras dos declaró sentencia absolutoria.
Destaca el caso en el que se investigaba a un hombre por el delito de proporcionar datos o avisos falsos ante el Registro Federal de Contribuyentes, mintió al SAT; no obstante que se le presentaron las pruebas suficientes, decidió resolver a favor del imputado.
Vamos a ver los siguientes ocho casos de jueces cuyas resoluciones fueron impugnadas por el Ministerio Público y algunas fueron resueltas favorablemente por el Tribunal de Alzada.
Se trata del juez de control en Chihuahua, José Avelino Orozco Córdova. Él ha emitido siete resoluciones adversas a los intereses de la justicia, en cuatro determinó no vincular a proceso penal y en tres calificó de ilegal la detención. Estas resoluciones han obligado al Ministerio Público a dejar en libertad a los detenidos, aun cuando se tienen datos suficientes, para una prisión justificada.
El siguiente es el juez de control en Tamaulipas, Ricardo Ignacio Rivera Pacheco. Este juez ha resuelto adversamente a los intereses de la justicia en 24 asuntos, en 20 determinó no vincular a proceso penal, en tres calificó de ilegal la detención y en uno sentencia absolutoria.
Esta circunstancia ha beneficiado principalmente a personas vinculadas con delitos en materia de hidrocarburos, como el caso de la audiencia de fecha 2 de marzo del presente año, que calificó de ilegal la detención de un hombre que a bordo de un autotransporte del servicio público federal transportaba ilícitamente hidrocarburo.
El siguiente es el juez de control en Guanajuato, Jesús Alejandro Jiménez Álvarez. Él ha resuelto a favor de los imputados en 34 asuntos: en 15 casos determinó no vincular a proceso penal, en 14 calificó de ilegal la detención y en cinco sentencias absolutoria. Destaca el caso en favor de un hombre que se le detuvo en posesión de cartuchos para armas de fuego exclusivos del Ejército y calificó de ilegal la detención realizada por elementos de la Guardia Nacional.
Siguiente caso, el juez de control en Michoacán, Marco Antonio Torres Reyes. Él ha emitido 22 resoluciones adversas a los intereses de la justicia: en nueve casos determinó no vincular a proceso penal, en 10 calificó de ilegal la detención y en tres determinó sentencia absolutoria. Un ejemplo es que calificó de ilegal la detención de un hombre que portaba tres armas de fuego con base en apreciaciones subjetivas y descalificando el informe policial.
Siguiente caso, el juez de control en Sonora, Enrique Hernández Miranda. Él ha emitido 13 resoluciones desfavorables a la justicia: en nueve casos determinó no vincular a proceso penal, en un caso calificó de ilegal la detención y en tres determinó sentencia absolutoria. Un caso relevante fue que en la audiencia del 19 de julio del presente año determinó no vincular a proceso un hombre investigado por el delito de tráfico de migrantes agravado y cohecho, quien a bordo de un autobús transportaba a 116 personas originarias de Guatemala, Honduras y El Salvador, y de los cuales 37 eran niñas, niños y adolescente.
Siguiente caso, el juez de control de Puebla, Jorge Eduardo Ramírez Téllez. Él ha resuelto desfavorablemente a los intereses de la justicia en seis casos: en dos determinó no vincular a proceso penal, en uno calificó de ilegal la detención y en tres sentencias absolutoria. Destaca aquí la audiencia del 25 de abril del 2023, cuando dictó sentencia absolutoria en favor de un hombre por el delito de portación de arma de uso exclusivo y posesión de cartuchos, quien fue detenido portando una pistola calibre 38 súper y en su vehículo transportaba tres fusiles calibre 223.
Siguiente caso, es el juez segundo de distrito de Sinaloa, Pedro Jara Venegas. Él concedió la suspensión provisional para que se devolviera un inmueble en cuyo interior se había asegurado un laboratorio para la fabricación de narcóticos. Esta determinación fue recurrida ante el Tribunal Colegiado, quien determinó ilegal la decisión del juez Vargas Venegas.
El siguiente es el juez 4º de Distrito de Amparo en Materia Penal en Nayarit, Francisco René Ramírez Marcial. Él concedió un amparo para la devolución de una aeronave que en su interior se había localizado drogas y dinero, sin notificar a la autoridad responsable y ordenando el cumplimiento sin reservas de dicha sentencia. Además, multó en cada acuerdo al agente del Ministerio Público Federal que tenía asegurada la aeronave y al delegado de la Fiscalía General de la República de Nayarit por no ejecutar su resolución de manera inmediata. Se presentaron los recursos correspondientes ante el Tribunal Colegiado, quien determinó se repusiera todo el procedimiento del juez Ramírez Marcial, por ser irregular.
Ahora ocho casos de magistrados y jueces que, ante la comisión de delitos graves, se oponen a la aplicación de la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar.
Tenemos en este caso al magistrado Martín Soto Ortiz, el magistrado Rafael Remes Ojeda y el licenciado Ricardo Reyes González, secretario del tribunal en funciones de magistrado. Ellos integran el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito.
En un caso relacionado con un acusado por el delito de pederastia agravada, en audiencia del 21 de julio, dejaron sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, beneficiando a un presunto pederasta, pues a su consideración ello afectaba su derecho de libertad.
Adelante. Los mismos integrantes de este tribunal, en este caso relacionado con un acusado por delito de homicidio calificado y daños, en audiencia del 27 de julio del presente año, cesaron la prisión preventiva oficiosa a favor de un presunto homicida, pues consideraron que se le causaría un daño a su derecho a la libertad.
Relacionado con un acusado por el delito de homicidio calificado el juez Luis Rafael Bautista Cruz, juez tercero de distrito del Séptimo Circuito del estado en Veracruz, el 4 de agosto determinó dejar insubsistente la prisión preventiva oficiosa impuesta a un presunto homicida para que el juez de control le imponga otra u otras medidas cautelares.
Aquí, relacionado con un acusado por el delito de homicidio doloso calificado, el juez Rafael González Castillo, juez segundo de distrito de Procesos Penales en Materia Penal en el estado de Veracruz, el 18 de mayo ordenó dejar insubsistente la prisión preventiva oficiosa impuesta a un presunto homicida para que el juez de control imponga otra u otras medidas cautelares.
Aquí, relacionado con un acusado por los delitos de homicidio doloso calificado y pederastia agravada, la magistrada María Elena Leguízamo Ferrer, el magistrado José Saturnino Suero Alba y el magistrado Antonio Soto Martínez, que integran el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito en Veracruz, en audiencia del 29 de junio del presente año otorgaron un amparo a un presunto homicida y pederasta, y dejaron insubsistentes la medida cautelar de prisión preventiva, pues a su consideración dicha medida vulnera los derechos humanos del detenido.
Relacionado con dos personas acusadas de secuestro agravado, los mismos magistrados, en audiencia del 15 de junio del presente año, otorgaron el amparo a dos presuntos secuestradores a quienes les revocaron la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, pues a su consideración violaba sus derechos humanos.
Aquí, relacionado con un acusado por delito de secuestro agravado, los mismos integrantes de este Segundo Tribunal, en audiencia del 30 de marzo del presente año, otorgaron el amparo a un presunto secuestrador cesando la prisión preventiva oficiosa ordenando la imposición de otra u otras medidas cautelares.
Relacionado con dos personas acusadas de secuestro, los mismos integrantes de este Segundo Tribunal Colegiado, en audiencia del 31 de mayo del presente año, concedieron el amparo a dos presuntos secuestradores para revocar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, pues a su consideración era contraria a los tratados internacionales.
Vemos el caso del secuestro y tortura y asesinato del hijo del poeta y activista Javier Sicilia. Se trata, en este caso, del juez segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, en el estado de Tamaulipas, Ernesto Vladimir Tavera Villegas. El 18 de agosto del presente año, el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social recibió la resolución del juez Tavera Villegas, donde hace del conocimiento la sentencia absolutoria a favor de seis presuntos secuestradores y homicidas de Juan Francisco, hijo del poeta y activista Javier Sicilia. El juez ordenó su inmediata libertad respecto del delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro.
Los hechos ocurrieron el 28 de marzo del 2011, cuando las víctimas, entre ellas el hijo del poeta, asistieron a un antro, Bar Obsesión, en Temixco, Morelos, y en ese lugar el gerente solicitó a Julio César, uno de los detenidos por el crimen, que los levantara y ejecutara a cambio de 300 mil pesos. Las personas liberadas trabajaban como meseros en ese bar. Otros seis implicados por estos hechos ya fueron sentenciados a prisión, con penas que van entre 10 y 60 años.
Sería cuanto, señor presidente. Me permito ceder el micrófono al licenciado Arturo Medina, fiscal general de la Federación.
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