Nuestra SCJN declaró como inconstitucional la pena de cadena perpetua porque viola derecho humano a reinserción social.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte falló hoy contra el artículo 127 del Código Penal de Chihuahua, en la parte que sanciona con prisión vitalicia al responsable de tres o más homicidios.
Los Ministros determinaron que la cadena perpetua, sin posibilidad de libertad condicional o alguna otra medida similar, viola el derecho humano a la reinserción social, establecido en 2008 en el artículo 18 de la Constitución.
El amparo fue concedido a Juan Carlos Gámez Bernal, condenado por participar en 2011 en el asesinato de tres hombres y una mujer en un bar de Chihuahua.
El efecto del amparo será que la justicia local, de confirmar la culpabilidad de Gámez, le imponga la pena de homicidio calificado, que en Chihuahua era de 20 a 50 años de cárcel, misma que podría acumularse por cada una de las víctimas, o sea en los hechos es cadena perpetua…