"...Sólo se dialoga con gente racional y capaz de aceptar el reconocimiento más amplio del derecho fundamental de libertad religiosa y sus implicaciones. Sentarse con laicistas energúmenos y fanáticos sería inútil y estéril...."
Libertad religiosa en moderna laicidad/ Editorial, Desde la fe...., Organo oficial de la Arquidiócesis Primada de México AR..
Domingo, 05 de marzo de 2017
El 28 de enero de 1992; es decir, hace 25 años, los artículos 3, 5, 24, 27 y 130 de la Constitución fueron reformados con el objetivo de “modernizar” las relaciones con las iglesias. Un nuevo ordenamiento legal entró en vigor para regular el culto público, además de otorgar personalidad jurídica a las asociaciones religiosas, en reconocimiento de su existencia negada desde 1917.
Cinco lustros después, México concibe una realidad plural y distinta, que obliga a una revaloración de las relaciones Estado-Iglesias y la legislación correspondiente para que sean afines al nuevo marco legal del respeto a los derechos humanos como condición necesaria de la democracia. Y es que nuestro país parece quedar a la saga en materia de libertad religiosa, no obstante las recientes reformas a los artículos 24 sobre el derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y 40 sobre la condición laica del Estado mexicano.