14 may 2016

Dan 20 a 28 años de cárcel en caso ABC

Dan 20 a 28 años de cárcel en caso ABC
Reyna Haydee Ramírez / Corresponsal,  de Reforma, Hermosillo, México (14 mayo 2016).-
A casi siete años de la tragedia y cerca de la medianoche de este viernes, el Juez Primero de Distrito, Raúl Martínez, resolvió condenar con 20 a 28 años de cárcel a 19 de las 22 personas procesadas por el incendio de la guardería ABC.
 Gabriel Alvarado, abogado de los papás que integran el grupo Manos Unidas, confirmó la conclusión del caso en esta primera instancia, que contempla una sanción condenatoria y sin beneficio alguno.
 "No les está otorgando el juez ningún tipo de beneficio ni ningún tipo sustitutivo de prisión, ¿eso que significa? Que tienen que ir a la cárcel, pero cuando esa sentencia esté en posibilidades de ejecutarse", reveló.
 La tarde del 5 de junio de 2009, un incendio en la guardería ABC, al sur de la ciudad, dejó 49 niños muertos y cerca de 80 lesionados y llevó a un largo proceso jurídico, que continuará pues se prevé que todas las partes impugnen.

Emir Garduño Montalvo. #LordRollsRoyce.

¿Por qué trae tanta seguridad?
¿Es seguridad institucional pagada con nuestros impuestos, señor Gobernador?
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El dueño del Rolls Royce fue identificado como Emir Garduño Montalvo.
Montserrat Peñaloza / Corresponsal
REFORMA, Toluca, México (13 mayo 2016).- Un policía federal que no se encontraba en servicio fue golpeado por escoltas del dueño de un Rolls Royce en Toluca el pasado lunes.
 Un video de la agresión fue grabado por familiares del agente y publicado en redes sociales, donde se volvió viral.

 Usuarios de internet ya bautizaron al dueño del vehículo como #LordRollsRoyce.
Jorge Aurelio Vera Manzanares, el policía federal agredido, identificó al dueño del Rolls Royce como Emir Garduño Montalvo, un empresario que sería hermano del primer regidor del Ayuntamiento de Metepec, Estado de México, Jair Garduño Montalvo.
Vera Manzanares relató que el pasado lunes 9 de mayo él circulaba como copiloto junto con su hija en un vehículo Sonic cuando uno de los escoltas del Rolls Royce, a bordo de una motocicleta, rebasó a la joven de 27 años, ocasionando que casi chocara.

Liberan a 3 militares en caso Tlatlaya , ¿CASO CERRADO?

Liberan a 3 militares en caso Tlatlaya


Los únicos tres militares procesados por homicidio fueron absueltos, con lo que el caso Tlatlaya se perfila a quedar cerrado. 
REFORMA / Redacción
Cd. de México (13 mayo 2016).- Un tribunal federal prácticamente ha liquidado el caso Tlatlaya, al ordenar esta noche la liberación de los tres militares que estaban presos y acusados del homicidio perpetrado en la masacre ocurrida el 30 de junio de 2014 en dicha localidad mexiquense.

Adalid Abriz Landa, magistrado titular del Sexto Tribunal Unitario Penal de Toluca, determinó que no hay pruebas para juzgar a los inculpados por los delitos de homicidio, encubrimiento y modificación ilícita de vestigio del hecho delictivo.
El fallo fue informado por la Procuraduría General de la República e implica que los oficiales Fernando Quintero Millán, Roberto Acevedo López y Leobardo Hernández Leónides abandonarán en las próximas horas el Campo Militar Número 1.
 "La resolución judicial (Toca Penal 247/2015) emitida en esta fecha, desestimó los elementos de prueba aportados por el Ministerio Público de la Federación para demostrar la culpabilidad (de los militares) en los hechos referidos.
 "Conforme al marco legal vigente, la PGR acata esta resolución judicial.Sin embargo, el Ministerio Público de la Federación considera haber ofrecido los elementos de prueba suficientes para procesar a los tres elementos militares", dijo la Procuraduría en un comunicado.
 La PGR acusó a los ahora absueltos de haber participado en un operativo registrado en Cuadrilla Nueva, comunidad de San Pedro Limón, Municipio de Tlatlaya, donde murieron 22 personas en el interior de una bodega. 
 El expediente presentó indicios de su implicación en al menos ocho de las muertes y en la alteración de la escena del crimen.
 Con la resolución del magistrado Abriz, muy probablemente ya no quede ninguno de los acusados en la cárcel.
 Lo anterior, porque en un principio fueron consignados siete oficiales del Ejército, de los cuales sólo Quintero, Acevedo y Hernández estuvieron procesados por homicidio, el único delito grave que les impedía llevar el juicio en libertad.
 Los otros cuatro inculpados fueron absueltos de ejercicio indebido del servicio público por un juez federal y sólo quedaron procesados en la justicia militar por los ilícitos de desobediencia e infracción de deberes.
 Estos últimos no son graves y desde el año pasado les daba la posibilidad de estar en libertad provisional bajo caución.
 El fallo del magistrado Abriz prácticamente está finiquitando el Caso Tlatlaya, pues ya no hay ningún militar acusado por las muertes de los civiles, señalados por autoridades como presuntos delincuentes. Sólo quedan vigentes los delitos de orden castrense que no son de gravedad.
 Hora de publicación: 23:17 hrs.
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Magistrado Adalid Ambriz Landa, Magistrado de Circuito Sexto Tribunal Unitario del Segundo Circuito
¿Quién es él?
Ficha biografica tomada de la web del CJF..
Nació en Tumbiscatío, Michoacán.
Estudios: Cursó la Licenciatura en Derecho en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, de 1972 a 1976, se tituló con la tesis "La socialización de nuestro juicio constitucional"; Especialidad y Maestría en Derecho Penal en la Universidad Autónoma del Estado de México, de 1980 a 1982; Doctorado en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, de 1995 a 1998, titulándose el 18 de febrero del 2000, con la tesis "El Perfil Jurídico de la Extradición Internacional en México". 
Se ha desempeñado como: Agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán y Subcoordinador de Estudios de Posgrado en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México.
CARGOS DESEMPEÑADOS DENTRO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Secretario del Tribunal Unitario del Segundo Circuito; Secretario del Segundo y Quinto Tribunales Colegiados en Materia Civil del Primer Circuito; Secretario de Estudio y Cuenta de la Tercera y Primera Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Juez Sexto de Distrito en el Estado de Oaxaca; Juez Primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal; Magistrado del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito; Magistrado del Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito; Magistrado del Segundo Tribunal Unitario "B" del Segundo Circuito; Magistrado del Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito; Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito; y Magistrado del Sexto Tribunal Unitario del Segundo Circuito. Ocupa el cargo de Magistrado de Circuito a partir de diciembre de 1996.
CRÓNICA COMO JUZGADOR FEDERAL
Fecha de Titulación: 1978/06/08
No. de Cédula Profesional: 529709
Fecha de Nombramiento como Juez de Distrito: 1992/12/16
Modalidad de la Designación como Juez: La propuesta fue aprobada por unanimidad de 19 votos.
Fecha de Nombramiento como Magistrado de Circuito: 1996/07/10
Modalidad de la Designación como Magistrado de Circuito: Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito.
Fecha de Ratificación como Magistrado de Circuito: 2002/12/16
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Foto ¿“recabada de buena fe“?…

Comunicado de prensa del CEN del PRI.
Ciudad de México Viernes, 13 de mayo de 2016
Ante los absurdos señalamientos expresados por el señor Ricardo Anaya Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional,  en su conferencia de prensa del día 12 de mayo, el CEN del PRI desea precisar lo siguiente:

El día de ayer el secretario Jurídico y de Transaparencia del CEN del PRI, licenciado Gerardo Herrera Zavala, realizó la ampliación de la denuncia presentada el 10 de mayo por hechos que pudieran ser constitutivos de delitos en relación con el proceso electoral de Tamaulipas. En dicha ampliación se reconoce que se omitió un dato relevante que es la fuente de donde se tomó una de las fotografias que se integraron al expediente. Esto es, la cuenta de twitter del usuario @tonyexpreso correspondiente al señor Antonio de la Cruz.
Fue recabada de buena fe y, al conocer que carece de autenticidad, se solicitó que no sea tomada en cuenta en la investigación que habrá de realizarse, debido a que subsisten hechos y otros materiales probatorios que dan sustento a la denuncia inicial.

Como partido de la legalidad el PRI no prejuzga ni condena. Ante las evidencias solicita que la autoridad actué conforme a derecho y realice la investigación que el caso amerita. Es al Partido de Acción Nacional al que corresponde aclarar a los ciudadanos la actuación de su candidato Francisco Javier García Cabeza de Vaca, ante los señalamientos públicos que se le han venido haciendo desde distintos partidos y sectores de la sociedad tamaulipeca.

Polemizan PRI y PAN por foto manipulada

¿La foto que fue presentada como prueba, recabada de buena fe?
Polemizan PRI y PAN por foto manipulada
Argumenta tricolor acto de 'buena fe'; falsificaron pruebas, revira el blanquiazul
Nota de Mayolo López
Reforma, 14 de mayo de 2016

Dirigentes del PRI y el PAN cruzaron ayer acusaciones por la foto alterada que el tricolor anexó a la denuncia que presentó en contra el abanderado panista a la gubernatura de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.
Por la mañana, el CEN priista calificó como un acto de "buena fe" haber incluido en el expediente la imagen truqueda que tomó de las redes sociales.
Más tarde, el delegado panista en Tamaulipas, Luis Fernando Sánchez, afirmó que retirar la imagen manipulada no exime al tricolor del delito de falsificación de documentos.
"Fue recabada de buena fe y, al conocer que carece de autenticidad, se solicitó que no sea tomada en cuenta en la investigación que habrá de realizarse, debido a que subsisten hechos y otros materiales probatorios que dan sustento a la denuncia inicial", indicó el PRI mediante un comunicado.

No hay desaparición forzada de acuerdo a la Ley actual...

Urge que la legislación actual se adecue a los estándares internacionales en la materia..!
Hay una inicitiva de ley para tipificar adecuadamente el delito de desaparición forzada
La iniciativa fue presentada en el Senado de la República  –el 22 de octubre de 2013- por el presidente Enrique Peña Nieto, un año antes del caso de Ayotzinapa…  ¿y qué ha pasado en casi 3 años?
¡Nada!

La iniciativa les fue turnada a las comisiones Unidas de Justicia, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos.. Y éstas no han dictaminado….Están esperando mejores tiempos..
También el Congreso nos debe una Ley General de Desaparición, con especial énfasis en la desaparición Forzada. Hay varias iniciativas pendientes de ser dictaminadas…una de ellas es del Presidente Enrique Peña Nieto.
Dichas reformas contra la desaparición forzada y la tortura son de vital importancia para el país..
Urge un periódo extraordinario de sesiones para ese propósito..
El Congreso incurre en un incumplimiento grave..
Hace más de un año  El Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas publicó un informe donde concluye que casos como el de los 43 desaparecidos de Ayotzinapa “ilustran los serios desafíos que enfrenta el Estado en materia de prevención, investigación y sanción de las desapariciones forzadas”.
Por eso quizá y sin justificarlo el Poder Judicial trabaja con lo que tiene.., la pelota está en la cancha del poder Legislativo.
Y la PGR no pudo acreditar el délito de desaparición forzada, es una mala noticia.
Asi están las cosas..
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Sobre la nota del reportero Abel Barajas de periódico Reforma, en la primera plana de este sábado 14 de mayo 2016, que dice que “La justicia federal rechazó que los 43 normalistas de Ayotzinapa hayan sido víctimas de desaparición forzada porque los indicios apuntan a que están muertos y no a que fueron "ocultados" por el Gobierno.

Dice el cuerpo de la nota:
De acuerdo con las sentencias del Juzgado Primero de Distrito en Procesos Penales Federales y después por la del Segundo Tribunal Unitario de Tamaulipas, las cuales son inapelables, la SEIDO no acreditó el ocultamiento de las víctimas, uno de los tres requisitos básicos para configurar la desaparición forzada.

No se tipifica el delito de desaparición forzada en Iguala, concluye el Poder Judicial

Sentencian jueces: ejecutaron a los 43
Nota de Abel Barajas
Periódico Reforma, Pp 14 mayo 2016.- La justicia federal rechazó que los 43 normalistas de Ayotzinapa hayan sido víctimas de desaparición forzada porque los indicios apuntan a que están muertos y no a que fueron "ocultados" por el Gobierno.

 De acuerdo con las sentencias del Juzgado Primero de Distrito en Procesos Penales Federales y después por la del Segundo Tribunal Unitario de Tamaulipas, las cuales son inapelables, la SEIDO no acreditó el ocultamiento de las víctimas, uno de los tres requisitos básicos para configurar la desaparición forzada.
 Según los fallos, las tres condiciones son indivisibles y a falta de una de ellas no se acredita el delito. Los tribunales ya no analizaron la existencia de los otros requisitos: la negativa de los acusados a dar información fidedigna sobre el paradero de las víctimas y que los civiles involucrados aprovechen el apoyo de funcionarios. De acuerdo con el razonamiento de los juzgadores, los indicios de la PGR apuntan a que los estudiantes fueron víctimas de una ejecución sumaria, es decir, que fueron asesinados en un periodo breve.