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Laguna legal ayuda al narco; error jurídico data de 1973
−¿Usted o sus agentes alertaban a los detenidos sobre sus derechos constitucionales?
−En aquel entonces no había obligación constitucional de informar al detenido sobre sus derechos. Esto vino a concretarse hasta con la reforma constitucional del año 2008 y quedó establecido en el nuevo artículo 20.
Pascal Beltrán del Río/entrevista
Excélsior, 12/08/2013
José Elías Romero Apis, quien también fue
subprocurador en el Distrito Federal, recuerda un error legislativo cometido
hace cuatro décadas “que nos puso frente a un vacío competencial de
proporciones mayores que no se ha corregido”.
CIUDAD DE MÉXICO, 12 de agosto.- Una laguna legal
técnicamente impide al Ministerio Público federal perseguir el narcotráfico.
José Elías Romero Apis, quien en su calidad de
subprocurador general de la República de 1982 a 1993 fue responsable de
procesar a 60 mil personas acusadas de delitos contra la salud, aseguró que esa
deficiencia legislativa data de 1973, cuando se derogó el Código Sanitario de
los Estados Unidos Mexicanos.
Sin embargo, de entonces a la fecha, la PGR ha
consignado a miles de mexicanos por ese delito y los jueces federales han
sentenciado a un buen porcentaje de ellos.
En entrevista con Excélsior, advirtió que uno de
los riesgos es que sería sencillo para los ya sentenciados obtener un amparo
que anularía su condena.
(Una solución) consistiría en que la Suprema Corte
de Justicia declarara que el narcotráfico afecta a la Federación en alguno de
sus intereses fundamentales. Es decir, que se trata de un delito contra la
Federación.” José Elías Romero Apis, Ex subprocurador de la PGR