18 sept 2008

Ocho iniciativas del PRD

Temas de Seguridad y Extinción de Dominio.
El Presidente, diputado César Duarte Jáquez: Tiene el uso de la palabra el diputado Andrés Lozano Lozano, del Grupo Parlamentario del PRD, hasta por diez minutos.
El diputado Andrés Lozano Lozano: Con su venia, diputado presidente. Agradezco a los diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política la sensibilidad que han tenido para poder presentar el día de hoy estas ocho iniciativas que presenta el Grupo Parlamentario del PRD, que tienen que ver con este reclamo de la sociedad, con esta unidad que pide la sociedad, pero respecto de propuestas muy concretas.
El pasado 21 de agosto se firmó el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, y ahí los diputados nos comprometimos a llevar a cabo las modificaciones necesarias para impulsar un régimen que fortalezca a las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia.
Es obvio que los índices de criminalidad en el país han llegado a niveles insospechados y, en muchas ocasiones, con asombro e impotencia hemos visto que los delincuentes son las mismas personas, a veces, que las que deben de estar combatiendo este flagelo social.
Por eso, y en principio, presentamos la iniciativa de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que pretende regular al servicio civil de carrera en instituciones de seguridad pública, que tiene el objeto de que el ciudadano vuelva a recuperar la confianza en el policía y que propone que sea este sistema el encargado de llevar a cabo los procedimientos de certificación de estas instituciones y de sus integrantes. La incorporación de la participación ciudadana y de la comunidad para la seguridad pública.
Se propone la integración de una base nacional de información sobre seguridad conformada a partir de datos criminalísticos y de personal de las instituciones de seguridad pública.
Queremos saber en dónde están trabajando los policías, cuáles han sido cesados, cuáles son los motivos y que no aparezcan éstos de un estado a otro, pasemos del discurso a la integración de una base. También la creación del Registro Nacional de Armamento y Equipo de estas instituciones para saber exactamente en dónde están radicados.
Otra iniciativa es la Ley que Regula el Uso de la Fuerza por los integrantes de las instituciones de seguridad pública federal. Se propone el uso de la fuerza cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que lo requiera el desempeño de las tareas, con el sentido de crear y mantener una condición ideal de seguridad pública. Hay que generar un equilibrio entre este papel de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
También presentamos una iniciativa que modifica diversos artículos sobre las normas mínimas de readaptación social en sentenciados. Esta ley tiene más de tres décadas de haber sido emitida y en ése periodo se han presentado numerosos cambios. Es necesario adecuarla a la conformación actual de la administración pública y también dar vida legal al órgano administrativo desconcentrado de prevención y readaptación social dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública. No podemos quedarnos en el retraso.
Otra iniciativa es la que refiere al combate al crimen organizado y que crea la Ley sobre la Responsabilidad Civil que genera el daño social causado por los miembros de la delincuencia organizada. Tiene que haber en la delincuencia organizada una consecuencia directa que tenga como objetivo el que se repare el daño ocasionado, que se ataque a los prestanombres y encubridores que contribuyen a fabricar una pantalla de licitud a las empresas de la delincuencia organizada.
Hay que fincar responsabilidad civil derivada de la comisión de los delitos y, por tanto, responder solidariamente, el sentenciado y la organización delincuencial al pago de la reparación del daño que han causado a las víctimas y que han causado también a las comunidades. Este procedimiento deberá llevarse por el Ministerio Público y que, como hoy no sucede, se puedan asegurar los productos directos, los frutos y aprovechamientos de la delincuencia organizada.
También es necesario cambiar el Código Federal de Procedimientos Penales para que se establezca esta facultad de investigación de la policía. Los policías certificados deberán desarrollar esta investigación de los delitos, las bases para recabar los elementos de prueba, la realización de las primeras diligencias y se informará también al Ministerio Público de las mismas.
Muy importante para el éxito de las investigaciones es, que el policía sepa preservar la escena del delito, la identificación de autores y partícipes del mismo.
Una sexta iniciativa es la que refiere a la Ley Federal de Extinción de Dominio. Atacar contra la estructura financiera del Estado. Mientras sigamos persiguiendo delincuentes y no ataquemos en donde más les duele, que es en su ingreso y que es en sus negocios ilícitos, no podremos acabar con este flagelo.
Por eso es importante que se cree un juicio independiente al del ámbito penal, en el que se dictará la pérdida del derecho patrimonial sobre bienes de personas físicas o morales a favor del mismo, sin contraprestación alguna para su titular. Evitar que los bienes que haya recogido el Estado a los miembros de organizaciones delictivas sean regresados a familiares o prestanombres.
Una séptima iniciativa es la que modifica artículos al Código de Procedimientos Penales, Ley Orgánica de la PGR y Ley de la Policía Federal Preventiva que establece el registro de detenciones. Se obliga al agente policiaco a respetar los derechos fundamentales del probable responsable, desde el momento de su detención, y a utilizar la fuerza, si ésta es necesaria, de manera proporcional a las circunstancias específicas de la situación que enfrenta.
Deberá comunicarse el policía a una central para informar de la detención y proporcionar datos generales del detenido, circunstancias, modo, tiempo y lugar, y los propios datos de él mismo para con esto evitar y atacar también actos de corrupción. Lo mismo para el Ministerio Público, que está obligado a indicar el lugar del detenido, adónde deba ser remitido.
Se impone también la obligación, al policía, de informar el tiempo aproximado del traslado, para evitar los frecuentes "paseos"; y en segundo lugar, también proteger a los agentes policiacos de una acusación infundada cuando se realicen detenciones en lugares apartados.
Octava, y última iniciativa. Una propuesta complementaria a la anterior, que es la que refiere al Código Penal Federal y a la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para sancionar precisamente con mayor fuerza, tanto a los policías como a los Ministerios Públicos que no acaten lo antes expresado.
Es evidente la debilidad ante la que se encuentra el Estado frente a los delincuentes. Este paquete de iniciativas cumple, en el caso del Partido de la Revolución Democrática, con nuestra propuesta clara para lograr de manera integral la articulación del sistema de seguridad pública y de justicia.
Hay que reconocerlo: el sistema nacional no funciona. Necesita de preceptos claros, que den orden y que obliguen a la participación de gobernadores, procuradores, secretarios de Seguridad Pública, y que no quede nada más en la intencionalidad política; por eso desde este momento, toda la fuerza a esta propuesta.
Estamos abiertos a la discusión y, por supuesto, seguiremos presentando las iniciativas que ayuden a cumplir con este reclamo de la sociedad, con este reclamo a tener una vida en paz, una vida digna, y que también es responsabilidad de este Congreso actuar en consecuencia.
Aquí está nuestra propuesta, aquí están nuestras iniciativas y estamos listos para la discusión que se tenga que dar respecto de las mismas. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado César Horacio Duarte Jáquez: Gracias, diputado. Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Iniciativa de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRD. Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Iniciativa de Ley que Regula el Uso de la Fuerza por los Integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública Federal, suscrita por diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRD. Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley de la Policía Federal Preventiva. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública.
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Túrnese a la Comisión de Justicia.
Iniciativa de Ley Federal de Extinción de Dominio. Túrnese a la Comisión de Justicia con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Iniciativa de Ley sobre la Responsabilidad Civil que Genera el Daño Social Causado por los Miembros de la Delincuencia Organizada. Túrnese a la Comisión de Justicia con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Iniciativa de reforma los artículos 214 y 215 del Código Penal Federal, y 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia y de la Función Pública.
Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Túrnese a la Comisión de Seguridad Pública.
Continúe la Secretaría con el orden del día....,
***
INICIATIVA DE LEY FEDERAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, A CARGO DEL DIPUTADO ANDRÉS LOZANO LOZANO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
Turnada a la Comisión de Justicia con opinión de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
El suscrito, Andrés Lozano Lozano, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que le otorgan la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley Federal de Extinción de Dominio, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La comisión de diversas conductas ilícitas realizadas por el crimen organizado causa un grave flagelo a la sociedad y ha dejado en ésta graves secuelas de temor, sin que los esfuerzos realizados por las autoridades federales hayan resultado eficaces para combatirla.
A pesar de que la seguridad pública es uno de los temas que más preocupan al Estado mexicano, la falta de disposiciones legales efectivas que castiguen a los criminales y a sus encubridores, con el desposeimiento de los bienes o recursos que han adquirido mediante sus actividades ilícitas, ha permitido que la delincuencia avance en su organización y equipamiento.
Por ello, nuestra obligación como legisladores es dotar al Estado de mecanismos jurídicos que le permitan atender las diversas aristas del problema. Uno de estos mecanismos lo representa la iniciativa que en este momento presento y que crea la Ley Federal de Extinción de Dominio. Mediante su procedimiento se dictará la pérdida del derecho patrimonial sobre bienes de personas físicas o morales a favor del Estado, sin contraprestación alguna para su titular, cuando éste haya sido sentenciado por la comisión de algún delito precisado en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos o trata de personas.
Cuando grupos delictivos llevan a cabo impunemente secuestros, robo de vehículos, actividades relacionadas con el narcotráfico, tráfico de personas, etcétera, afectan directamente a la juventud y a la niñez mexicanas, pues ello conduce a la pérdida de valores y al resquebrajamiento de la sociedad, y, dado el grado de violencia con que se cometen, aterrorizan a la sociedad y la condenan a vivir en un estado de inseguridad, contrario a lo que busca todo grupo social.
Las acciones de gobierno deben enfocarse a eliminar las verdaderas causas que facilitan la comisión de este tipo de ilícitos. No basta con encarcelar a quienes distribuyen, cultivan o venden drogas, o trafican con armas o personas, se requiere, además, de acciones que, fundadas en la ley, permitan destruir con toda certeza las estructuras financieras del crimen organizado y someter a la aplicación de la ley a quienes dan forma y vida a este tipo de delitos y a quienes los protegen, encubren o disfrutan de las ganancias obtenidas ilícitamente, y no sólo a sus operadores menores que en todo momento pueden ser sustituidos.
Es necesario que las acciones de gobierno se den en forma coordinada y precisa, y, para ello, se requiere de normas que se ajusten realmente a las necesidades de la situación actual que sufre la sociedad, y, en el caso de la delincuencia organizada, se requiere precisamente de normas que faculten a las autoridades para desvincular y destruir la estructura financiera del crimen organizado.
Por tanto, el Partido de la Revolución Democrática propone la iniciativa que crea la Ley Federal de Extinción de Dominio que permitirá declarar extinta la propiedad de bienes que sean instrumento, objeto o producto del delito, aún cuando no se haya dictado la sentencia que determine la responsabilidad penal pero existan elementos suficientes para determinar que el hecho ilícito sucedió.
También procederá respecto de los bienes que, aunque no sean instrumento, objeto o producto del delito, hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes producto del delito.
Atacar directamente las fuentes de financiamiento de las organizaciones delincuenciales fracturará su poderío, impedirá la comisión de nuevos ilícitos y conducirá paulatinamente a la población a un estado de tranquilidad y éste, a su vez, producirá confianza en las autoridades.
Por ello, también se prevé, dentro de la iniciativa, que se afecten los bienes que estén intitulados a nombre de terceros, pero se requiere que existan suficientes elementos para determinar que son producto de delitos patrimoniales o de delincuencia organizada, y el acusado por estos delitos se comporte como dueño.
Asimismo, el juez civil del conocimiento podrá decretar medidas cautelares cuando se trate de bienes propiedad de personas respecto de las cuales existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que son miembros de la delincuencia organizada. Dentro de ellas se encuentran la suspensión del poder de enajenación, el embargo de los bienes, del dinero en depósito en el sistema financiero, de los títulos de valor y de sus rendimientos.
La iniciativa establece que cualquier persona física o moral podrá hacer la denuncia correspondiente sobre la existencia de bienes que puedan ser objeto de la acción de extinción de dominio, pudiendo el juez que conozca del procedimiento requerir de las autoridades federales o locales cualquier colaboración, a efecto de lograr la adecuada sustanciación del juicio y el respeto a las garantías de audiencia y debido proceso, tanto de terceros como del probable responsable. Pero, en caso de que la sentencia sea condenatoria, quedarán extintos los derechos reales, principales y accesorios sobre los bienes objeto del proceso de extinción.
Finalmente, cuando no resulte posible situar o extinguir el dominio de los bienes determinados sobre los cuales verse la extinción del dominio, el juez del conocimiento, al momento de dictar sentencia, podrá declarar extinguido el dominio sobre bienes o valores equivalentes propiedad del mismo titular sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe, por lo que toda persona que se considere afectada podrá interponer los recursos respectivos para demostrar la procedencia lícita de los bienes y su actuación de buena fe, así como que estaba impedida para conocer la utilización ilícita de sus bienes.
Por lo antes expuesto y fundado, someto a la consideración del Congreso de la Unión la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que crea la Ley Federal de Extinción de Dominio
Artículo Único. Se crea la Ley Federal de Extinción de Dominio, para quedar como sigue:
Capítulo I Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social y de observancia general en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, y tiene por objeto reglamentar la instauración del procedimiento de extinción de dominio sobre los bienes, el cual será jurisdiccional y autónomo del de materia penal y procederá en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, robo de vehículos y trata de personas.
Artículo 2. Se entiende por extinción de dominio a la pérdida del derecho de propiedad o posesión de los bienes en favor del Estado, sin contraprestación ni compensación alguna para su titular.
I. Procederá respecto de los bienes siguientes:
a) Aquellos que sean instrumento, objeto o producto del delito, aún cuando no se haya dictado la sentencia que determine la responsabilidad penal pero existan elementos suficientes para determinar que el hecho ilícito sucedió.
b) Aquellos que no sean instrumento, objeto o producto del delito, pero que hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes producto del delito, siempre y cuando se reúnan los extremos del inciso anterior.
c) Aquellos que estén siendo utilizados para la comisión de delitos por un tercero si su dueño tuvo conocimiento de ello y no lo notificó a la autoridad o hizo algo para impedirlo.
d) Aquellos que estén intitulados a nombre de terceros pero existan suficientes elementos para determinar que son producto de delitos patrimoniales o de delincuencia organizada, y el acusado por estos delitos se comporte como dueño.
e) Cuando no resulte posible situar o extinguir el dominio de los bienes determinados sobre los cuales verse la extinción del dominio, el juez del conocimiento, al momento de dictar sentencia, podrá declarar extinguido el dominio sobre bienes o valores equivalentes propiedad del mismo titular, sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe.
II. Toda persona que se considere afectada podrá interponer los recursos respectivos para demostrar la procedencia lícita de los bienes y su actuación de buena fe, así como que estaba impedida para conocer la utilización ilícita de sus bienes.Artículo 3. En los casos no previstos en esta ley, serán supletorias la Ley General de Salud, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, dentro de la esfera de la competencia de cada uno de estos ordenamientos.
Artículo 4. Se declarará extinguido el dominio mediante sentencia judicial cuando ocurriere cualquiera de los siguientes casos:
I. Cuando exista incremento patrimonial injustificado, en cualquier tiempo, sin que se explique el origen lícito del mismo;
II. Los bienes o recursos de que se trate provengan de la enajenación o permuta de otros que tengan su origen, directa o indirectamente, en actividades ilícitas;
III. Los bienes o recursos de que se trate hubieren sido afectados dentro de un proceso penal y que el origen de tales bienes, su utilización o destinación ilícita, no hayan sido objeto de investigación o, habiéndolo sido, no se hubiese tomado sobre ellos una decisión definitiva por cualquier causa;
IV. Cuando en cualquier circunstancia no se justifique el origen ilícito del bien perseguido en el proceso;
V. Cuando se trate de bienes que formen parte de la masa hereditaria de una persona sentenciada por la comisión de un ilícito de delincuencia organizada, contra la salud, robo de vehículos y trata de personas; y
VI. Cuando los bienes formen parte de la masa hereditaria de una persona respecto de la que, posteriormente a su fallecimiento, se lleve a cabo una investigación del origen de sus bienes, y que dicha investigación arroje que dicha persona cometió algún ilícito de delincuencia organizada, contra la salud, robo de vehículos y trata de personas.El afectado deberá probar, a través de los medios idóneos, los fundamentos de su oposición.
Artículo 5. Corresponde a los jueces federales del orden civil conocer de la aplicación de la presente ley dentro del ámbito de las atribuciones que ésta establece.
Capítulo II De la Extinción de Dominio
Artículo 6. La acción de extinción de dominio es de naturaleza jurisdiccional, de carácter real y de contenido patrimonial, y procederá sobre cualquier derecho real, principal o accesorio, independientemente de quien los tenga en su poder, o los haya adquirido.
Esta acción es distinta e independiente de cualquier otra que se haya iniciado simultáneamente, de la que se haya desprendido o en la que tuviera origen, sin perjuicio de los terceros de buena fe.
Capítulo III De las Medidas Cautelares
Artículo 7. El juez civil del conocimiento podrá decretar medidas cautelares cuando se trate de bienes propiedad de personas respecto de las cuales existan indicios suficientes que hagan presumir fundadamente que son miembros de la delincuencia organizada.
Dichas medidas comprenderán la suspensión del poder de enajenación, el embargo de los bienes, del dinero en depósito en el sistema financiero, de los títulos de valor y de sus rendimientos.
En todo caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público será la depositaria de los bienes embargados o intervenidos.
Artículo 8. Los bienes sobre los que se adopten medidas cautelares quedarán de inmediato a disposición de la dependencia referida, quien procederá preferentemente a constituir fideicomisos de administración en la entidad fiduciaria designada por la autoridad judicial; o, en su defecto, a arrendar o celebrar otros contratos que mantengan la productividad y el valor de los bienes, o aseguren su uso a favor del gobierno federal.
Mientras los recursos en numerario o títulos financieros de valores se encuentren sujetos a medidas cautelares, las instituciones financieras que reciban la respectiva orden abrirán una cuenta especial que genere rendimientos a tasa comercial, cuya cuantía formará parte de sus depósitos. Los rendimientos obtenidos pasarán al Estado, en el caso de que se declare extinguido el dominio sobre tales recursos, o se entregarán a su dueño, en caso contrario.
Los bienes fungibles, de género o muebles susceptibles de deterioro o pérdida, y los demás que en adición a los anteriores determine la Secretaría de Hacienda, podrán ser enajenados al mejor postor, o en condiciones de mercado cuando fuere el caso, entidad que podrá administrar el producto líquido de acuerdo con las normas vigentes.
De igual forma, los bienes inmuebles se administrarán de conformidad con las normas vigentes. Los rendimientos obtenidos pasarán al Estado, en el caso de que se declare extinguido el dominio sobre tales recursos, o bien, se entregarán a su dueño en caso contrario.
En todos los casos, la fiduciaria se pagará el valor de sus honorarios y de los costos de administración en que incurra con cargo a los bienes administrados o a sus productos.
Cualquier faltante que se presentara para cubrirlos será exigible con la misma preferencia con la que se tratan los gastos de administración en un concurso de acreedores, sobre el valor de los bienes, una vez que se liquiden o se subasten.
Los bienes y recursos objeto de extinción de dominio ingresarán al fondo federal, que en cada caso se constituya, para fines de inversión social, seguridad pública y lucha contra la delincuencia organizada.
No se podrá disponer de los bienes sujetos a acción de extinción de dominio hasta en tanto no exista una sentencia ejecutoriada que determine que ha quedado ésta firme.
Si la sentencia fuere absolutoria, los bienes y sus productos se reintegrarán al propietario.
Artículo 9. El acuerdo por el que se decreten medidas cautelares lo dictará de oficio la autoridad judicial en un plazo que no excederá de tres días, contados a partir de que fue dictado el auto de vinculación a proceso, sin perjuicio que durante la sustanciación del proceso dicha medida se amplíe respecto de bienes que no hayan sido considerados en un principio, en cuyo caso se dará vista a las partes para que en un plazo de dos días hábiles manifiesten lo que a su derecho estimen conveniente y, en su caso, ofrezcan medios de prueba.
La ampliación de la medida cautelar señalada sólo será posible antes de acordar el cierre de la instrucción y citado a las partes para oír sentencia.
Contra esta resolución no procederá recurso alguno.
Capítulo IV De la Denuncia
Artículo 10. Cualquier persona física o moral, el Ministerio Público federal o los de las entidades federativas podrán presentar denuncia sobre la existencia de bienes que puedan ser objeto de acción de extinción de dominio, dichas autoridades ministeriales integrarán el expediente respectivo y lo remitirán al juez civil del ámbito federal competente en un plazo de 48 horas, siguientes a la recepción de la denuncia, acompañando las constancias y elementos de convicción aportados por el denunciante.
El Ministerio Público federal podrá oficiosamente integrar expedientes sobre la existencia de bienes que puedan ser objeto de acción de extinción de dominio, remitiendo en los mismos términos los expedientes integrados al efecto.
El juez civil del conocimiento, una vez recibido el expediente respectivo, acordará de inmediato el inicio del procedimiento a que se refiere la presente ley.
Artículo 11. Las denuncias que presenten las personas físicas o morales o los Ministerios Públicos de los estados o del Distrito Federal procederán en contra de
I. Personas sujetas a averiguación previa, como presuntos responsables o indiciados por la comisión de delitos establecidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, robo de vehículos y trata de personas;
II. Personas que fueron sentenciadas por la comisión de delitos establecidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, robo de vehículos y trata de personas;
III. Herederos de una persona a la que se haya dictado una sentencia por la comisión de delitos establecidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, robo de vehículos y trata de personas;
IV. Personas que no se encuentren sujetas a averiguación previa o proceso que se vinculen directa o indirectamente con la comisión de delitos establecidos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, robo de vehículos y trata de personas.A la denuncia deberá acompañarse la relación de bienes que el denunciante presuma sean propiedad o se encuentran bajo el dominio de quien esté sujeto a proceso o de la persona fallecida y que haya sido sentenciada por la comisión de algún delito establecido en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, robo de vehículos y trata de personas.
Las personas físicas o morales denunciantes y los Ministerios Públicos locales no forman parte del juicio, sin embargo, son responsables en caso de incurrir en falsedad, quedando obligados, en este caso, además de responder penalmente respecto de los delitos que cometan, a resarcir moralmente a quien perjudiquen y a realizar las aclaratorias públicas a que haya lugar en los términos en que lo determine el juez del conocimiento en la sentencia.
Al titular del Ministerio Público federal que suscriba la denuncia le será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, respecto a la responsabilidad en caso de incurrir en falsedad, sin perjuicio de las sanciones a que pudiera hacerse acreedor en materia de responsabilidades.
Artículo 12. El particular que denuncie de manera eficaz, o que en forma efectiva contribuya a la obtención de pruebas para la acción de extinción de dominio o las aporte, recibirá una retribución del cinco por ciento del producto que el gobierno federal obtenga por la liquidación de dichos bienes, o del valor comercial de éstos, cuando los retuviere para cualquiera de sus órganos o dependencias o no traslade su propiedad a terceras personas. Esta tasación la hará de oficio el juez competente en la sentencia o por intervención directa del denunciante.
El porcentaje restante será distribuido entre la federación y la entidad o entidades federativas que corresponda, según el caso, por partes iguales.
Capítulo V De la Colaboración
Artículo 13. El juez que conozca de un procedimiento de acción de extinción de dominio podrá requerir a las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal o municipales cualquier elemento o documentación que, obrando en su poder, pueda servir para la sustanciación del juicio. Asimismo, podrá ordenar que se realice alguna diligencia o que una prueba se perfeccione o desahogue, siempre que ello no signifique una dilación innecesaria o sea un obstáculo para resolver dentro de los plazos establecidos.
Capítulo VI De las Garantías y Derechos de los Denunciados
Artículo 14. En el ejercicio y trámite de la acción de extinción de dominio se garantizará el respeto a las garantías de audiencia y debido proceso, permitiendo al afectado presentar pruebas e intervenir en su preparación y desahogo, así como oponer las excepciones y defensas que se estimen convenientes respecto de los bienes.
Artículo 15. Durante el procedimiento se garantizarán y protegerán los derechos de terceros, en particular los siguientes:
I. Probar el origen legítimo del patrimonio y de los bienes cuya titularidad se discute;
II. Probar que los bienes de que se trata no se encuentran en las causales que sustentan la acción de extinción de dominio;
III. Probar que, respecto de los bienes que específicamente constituyen el objeto de la acción, se ha emitido una sentencia firme favorable dentro de un proceso de extinción de dominio por identidad respecto a los sujetos; y
IV. Demostrar que es propietario y tercero de buena fe que, mediante contrato elaborado conforme a los requisitos que marque la ley, enajenó de cualquier forma los bienes sujetos al procedimiento de extinción de la propiedad, y que su contraparte varió el fin para el que se los había entregado.Artículo 16. Si los afectados con ocasión de la acción de extinción de dominio no comparecieren por sí o por medio de representante alguno, la autoridad competente ordenará su emplazamiento en los términos de la presente ley.
Vencido el término señalado en el emplazamiento, siempre que no se hubiere logrado la comparecencia del titular del bien objeto de extinción, el juez del conocimiento le designará un defensor de oficio al afectado con quien se adelantarán los trámites inherentes al debido proceso y al derecho de defensa.
Igualmente, en todo proceso de extinción de dominio se emplazará a los terceros indeterminados, a quienes se designará igualmente un defensor en los términos de esta ley.
Artículo 17. Es competente para conocer de la acción de extinción de dominio el juez civil federal, del lugar en que se encuentren ubicados los bienes, a quien corresponderá sustanciar el proceso y emitir la sentencia respectiva.
Si se hubieren encontrado bienes en distintos distritos, será competente el juez que tuvo conocimiento de inicio. La aparición de bienes en otros lugares, posterior a la resolución de inicio de la investigación, no alterará la competencia.
Capítulo VII Del Procedimiento
Artículo 18. El juez del conocimiento radicará de inmediato la denuncia presentada y ordenará la integración del expediente respectivo, teniendo 10 días improrrogables para recabar la información que estime necesaria, a efecto de ordenar el inicio del trámite y la realización del emplazamiento correspondiente.
Posteriormente, dictará resolución en la que propondrá los hechos en que se funda la identificación de los bienes que se persiguen y las pruebas directas o indiciarias conducentes, y oficiosamente dictará acuerdo de aseguramiento de bienes en los términos referidos en la presente ley.
Artículo 19. La resolución de inicio y emplazamiento se notificará dentro de los cinco días siguientes a su emisión a las personas afectadas cuya dirección se conozca. Si la notificación personal no pudiera hacerse en la primera ocasión que se intenta, se dejará en la dirección de la persona por notificar cédula en que conste información suficiente de la acción que se ha iniciado y del derecho que le asiste a presentarse al proceso.
El emplazamiento será dirigido a quienes figuren como titulares de los derechos reales principales o accesorios según el antecedente registral correspondiente, y de las demás personas que se sientan con interés legítimo en el proceso para que comparezcan a hacer valer sus derechos.
Artículo 20. El emplazamiento surtirá sus efectos mediante publicación por edicto que permanecerá fijado en los estrados del juzgado del conocimiento por el término de cinco días, y se publicará por una vez, dentro de dicho término, en un periódico de amplia circulación nacional.
Si el emplazado o los emplazados no se presentaran dentro de los tres días siguientes al vencimiento del término de fijación del edicto el proceso continuará con la intervención del defensor designado por el juzgado, quien velará por el cumplimiento de las reglas del debido proceso a favor del afectado.
Artículo 21. Dentro de los cinco días siguientes al término de su comparecencia, los intervinientes podrán solicitar las constancias que estimen conducentes y eficaces para fundar su oposición y para explicar el origen de los bienes a partir de actividades lícitas demostrables.
Transcurrido el término anterior, se resolverá lo conducente respecto a la admisión de las pruebas solicitadas u ofrecidas que se consideren conducentes, y de las que oficiosamente considere oportunas la autoridad judicial, las que se desahogarán en un término no mayor de treinta días no prorrogables.
El juzgador podrá allegarse pruebas de manera oficiosa y esa decisión no será recurrible.
Artículo 22. Concluido el término probatorio, se correrá traslado a los intervinientes por el término común de tres días para que presenten conclusiones.
Transcurrido el término anterior, durante los 10 días siguientes, el juez del conocimiento dictará la sentencia respectiva que tendrá efectos erga omnes.
Artículo 23. En contra de la sentencia que declare la extinción de dominio, sólo procederá el recurso de apelación interpuesto por las partes o por el Ministerio Público, el cual será resuelto por el superior jerárquico dentro de los 30 días siguientes a aquél en que el expediente sea recibido.
Será el juez quien decida también sobre la extinción o no del dominio sobre bienes propiedad de un tercero de buena fe. En los demás casos, se desestimará de plano cualquier incidente presentado por los interesados.
Los términos establecidos en el presente artículo son improrrogables y de cumplimiento obligatorio.
Artículo 24. La única notificación personal que se realizará en el proceso de extinción de dominio será la que se realice al inicio del trámite en los términos de la presente ley. Todas las demás se practicarán mediante publicación por estrados, salvo las sentencias de primera o de segunda instancia, que se notificarán por edicto.
Artículo 25. En el proceso de extinción de dominio no habrá lugar a la presentación y al trámite de excepciones previas ni de incidentes. Todos serán decididos en la sentencia definitiva, no existiendo alguna de previo y especial pronunciamiento.
Artículo 26. Serán excepciones en el proceso de extinción de dominio las siguientes:
I. Falta de competencia; II. Falta de notificación; y III. El desecho de pruebas conducentes sin causa que lo justifique.Artículo 27. La sentencia declarará la extinción de todos los derechos reales, principales o accesorios, desmembraciones, gravámenes o cualquiera otra limitación a la disponibilidad o el uso del bien, y ordenará su transmisión a favor del gobierno federal, a través del fondo que se constituya para fines de inversión social, seguridad pública y lucha contra la delincuencia organizada.
Si los bienes fueran muebles o numerarios, y aún no estuvieran secuestrados a disposición del fondo de que se trate, en la sentencia se ordenará que se le haga entrega inmediata de ellos o, bien, que se consignen a su disposición.
Si se tratara de bienes incorporados a un título, se ordenará la anulación de éste y la expedición de uno nuevo a nombre del fondo respectivo.
Si en la sentencia se reconocieran los derechos de un acreedor prendario o hipotecario de buena fe exento de culpa, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, directamente o por conducto de la fiduciaria correspondiente, procederá a su venta o subasta, y pagará el crédito en los términos que en la sentencia se indique.
Capítulo VIII De los Efectos de la Sentencia
Artículo 28. Las sentencias tendrán los siguientes efectos:
En caso de sentencias condenatorias quedarán extintos los derechos reales, principales o accesorios sobre los bienes objeto del procedimiento de extinción de dominio.
En caso de sentencias absolutorias, los bienes y sus frutos o rendimientos serán reintegrados al patrimonio del interesado.
En las sentencias condenatorias no se reconocerán derechos de acreedores prendarios o hipotecarios respecto de los bienes cuyo dominio se haya extinguido.
Capítulo IX Disposiciones Finales
Artículo 29. Los gastos que se generen con ocasión del trámite de la acción de extinción del dominio, y los que se presenten por la administración de los bienes en los fondos, se pagarán con cargo a los rendimientos financieros de los bienes que han ingresado a aquél de que se trate, salvo que la sentencia declare su improcedencia.
La extinción del dominio se declarará, cualquiera sea la época de la adquisición o destino ilícito de los bienes. En todo caso, se entenderá que la adquisición ilícita de los bienes no constituye justo título.
Artículo 30. Los gobiernos de las entidades federativas y el del Distrito Federal, en un marco de cooperación institucional, podrán intervenir como parte dentro de los procesos de extinción de dominio, y estarán facultados para presentar y solicitar la práctica de pruebas dirigidas a demostrar la procedencia ilícita de los bienes, solicitar medidas cautelares sobre éstos e impugnar la resolución de improcedencia de la acción, así como la providencia que no reconozca el abandono de los bienes a favor del Estado.
Artículo 31. Si luego de concluido el procedimiento de extinción de dominio mediante sentencia firme se supiera de la existencia de otros bienes propiedad del condenado se iniciará un nuevo procedimiento de extinción del dominio respecto de los bienes restantes.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 18 de septiembre de 2008.
Diputados: Andrés Lozano Lozano, Ruth Zavaleta Salgado, Celso David Pulido Santiago, Ana Yurixi Leyva Piñón, Raymundo Cárdenas Hernández, Aurora Cervantes Rodríguez, Claudia Lilia Cruz Santiago, Javier González Garza, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, José Luis Gutiérrez Calzadilla, Rutilio Cruz Escandón Cadenas, Antonio Ortega Martínez, Concepción Ojeda Hernández, Eva Angelina Sánchez Valdéz, Valentina Valia Batres Guadarrama, Francisco Martínez Martínez, Moisés Félix Dagdug Lützow, Sergio Hernández Hernández, Juan Dario Arreola Calderón, Santiago López Becerra, José Jacques y Medina, Irene Aragón Castillo, Daniel Dehesa Mora, Jesús Ricardo Morales Manzo, Octavio Adolfo Klimek Alcaráz, Josefina Salinas Pérez, Alberto Amaro Corona, Alejandro Martínez Hernández, Martín Zepeda Hernández, David Sánchez Camacho, Mónica Fernández Balboa, Víctor Manuel Lizárraga Peraza, Carlos Orsoe Morales Vázquez, Fernel Arturo Gálvez Rodríguez (rúbricas).

Derechos humanos en Venezuela

Estado de los derechos humanos en Venezuela/JORGE CASTAÑEDA
Publicado en El País, (www.elpas.com) 19/09/2008;
Como si Hugo Chávez no contara ya con suficientes problemas -la caída del precio del petróleo, la expulsión del embajador de Estados Unidos en Venezuela, y la del venezolano en Washington, el registro de su país por cuarto año seguido en la lista negra norteamericana de cómplices del narcotráfico, el estallido inflacionario local, y las dudas sobre la suerte de su partido en las próximas elecciones- recibe un nuevo golpe. El 18 de septiembre, la organización no gubernamental Human Rights Watch (HRW, de cuya Junta Directiva me confieso orgullosamente miembro) hizo público en Caracas un informe demoledor sobre Una década de Chávez. Describe, analiza y condena las repetidas amenazas, restricciones y violaciones a los derechos humanos en Venezuela desde el triunfo chavista en las elecciones presidenciales de diciembre de 1998. El subtítulo del informe lo dice todo: "Intolerancia política y oportunidades perdidas para el progreso de los derechos humanos en Venezuela". Por fin una organización seria, independiente y acreditada en el mundo, se aboca a este tema en Venezuela, y emite una opinión fundamentada y desprovista de estridencias o exageraciones.
El informe de HRW, dado a la luz en la capital venezolana por José Miguel Vivanco (a quien nadie puede acusar de chavofobia; se ha convertido en un némesis de Álvaro Uribe por su oposición al Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Estados Unidos), se centra en cinco grandes capítulos del estado que guardan la democracia, la justicia y la libertad en la cuna del libertador. Aunque no alcanzó a incorporar los últimos atropellos de Chávez al inhabilitar a centenares de candidatos de oposición, incluyendo a Leopoldo López, el alcalde de Chacao y probable triunfador en los comicios por la Alcaldía Mayor de Caracas de haber podido contender, HRW enumera el conjunto de episodios de "discriminación política" cometidos por el Gobierno desde 1998. Proporciona ejemplos concretos, contrasta estos hechos tanto con los derechos inscritos en la Constitución venezolana de 1999 (ya redactada por el propio Chávez) como con los tratados internacionales firmados por el país desde tiempo atrás. La discriminación política consiste, ante todo, en la aplicación de criterios políticos (es decir, de filochavismo) a la contratación, despidos, otorgamiento de créditos en las empresas o actividades del Estado, y sobre todo, al funcionamiento de la empresa petrolera PDVSA.
El segundo capítulo se refiere a la situación del poder judicial, y cómo, paulatinamente, Chávez ha ido subordinando al poder político a los jueces y tribunales venezolanos, en franca violación de la Constitución y de los instrumentos internacionales y regionales (como la Convención Americana de Derechos Humanos y la CartaDemocrática Interamericana, firmada por el Gobierno de Chávez). La reciente ratificación por el Tribunal Supremo de la inhabilitación de los candidatos opositores constituye un nuevo y grave ejemplo de esta subordinación.
Como lo ha sido la actuación de los tribunales en los conflictos relativos a los medios de comunicación, el tercer capítulo del informe de Human Rights Watch. Para la ONG, la polarización de los medios, el endurecimiento de los delitos que penalizan expresiones determinadas, la regulación de los contenidos de los medios, el control sobre la difusión de radio y televisión, y la falta de protección judicial a la libertad de expresión, representan manifestaciones del carácter cada vez más antidemocrático del régimen chavista, en un ámbito decisivo. El informe de HRW muestra no sólo las cortapisas impuestas a la libertad de expresión en Venezuela, sino también la forma en que se han ido legalizando las restricciones, al avalarlas el poder judicial.
La estructura del siguiente apartado, a saber, aquel dedicado a la libertad sindical y al desempeño de los sindicatos, es la misma. En primer término, HRW expone las obligaciones contraídas al respecto por el Estado venezolano ante la comunidad internacional: tratados y principalmente convenios de la OIT; inmediatamente después, explica las disposiciones legales internas, para luego denunciar cómo durante de "la década de Chávez" se han ido mermando los derechos sindicales. Tanto en lo referente a la libertad de asociación, como de huelga y de negociación colectiva, así como a las represalias ejercidas contra los trabajadores de PDVSA que se fueron al paro en 2003, el informe documenta los abusos, las intenciones y la "falta de protección judicial de la libertad sindical". En un país con una tradición sindical -corporativista, en ocasiones corrupta y burocrática, sin duda, pero combativa y democrática también- se trata de un retroceso mayúsculo.
Por último, Human Rights Watch aborda el tema de la sociedad civil, con la misma óptica: las normas internacionales y venezolanas vigentes, los atropellos contra defensores de derechos humanos, ONG, los ejemplos de abuso judicial y, de nuevo, las limitaciones a la protección judicial. Este capítulo resulta tal vez el más importante, porque conduce a las conclusiones que se desprenden de esta labor excepcional.
Ya lo han dicho otros colaboradores en estas páginas. La sociedad civil venezolana, de tiempo atrás una de las más dinámicas y vigorosas de América Latina, ha resistido hasta ahora con éxito a la embestida autoritaria de Hugo Chávez. Venezuela hoy no es una dictadura; no es Cuba, no es Chile bajo Pinochet, no es Arabia Saudí. Pero esto no se debe a las buenas intenciones de su presidente, sino más bien al contrario: a la fuerza y firmeza de una oposición desunida en lo político y electoral (hasta hace poco), pero feroz en la defensa de sus conquistas civiles de antaño. No sólo esa sociedad rechazó las pretensiones autoritarias de Chávez en el referéndum de diciembre; no sólo echó abajo la refundación del aparato de inteligencia y seguridad; no sólo protestó contra el cierre de RCTV y logró que en Internet cuente con un público superior a otras televisoras; sobre todo ha sabido mantener, a pesar de todo, la vigencia de las libertades. Pero, como lo demuestra de manera palmaria Human Rights Watch, nada está escrito. La tentación, la deriva, la ambición, están todas presentes.
La segunda conclusión reside en la importancia de la normatividad jurídica internacional. HRW insiste una y otra vez en que a través de los abusos descritos, el Gobierno de Chávez viola compromisos internacionales contraídos libremente por su país. En todo caso por ello, aún si aceptáramos la tesis castro-chavista-priísta de que la soberanía nacional se sitúa por encima de valores universales como los derechos humanos, la firma de dichos instrumentos por Venezuela hace que lo que en ese país suceda no sea únicamente asunto de los venezolanos. Incumbe a todos los Gobiernos y ciudadanos de los países que también suscribieron esos tratados, y que se acogen a ellos cuando han agotado instancias jurídicas internas sin lograr defender sus derechos fundamentales. Cuando Chávez viola repetidamente el derecho a la protección judicial consagrado en un sinnúmero de convenciones, arremete no sólo contra los venezolanos, sino contra todos aquellos que en algún momento necesitarán, o requirieron de, dichas convenciones. Como alguien que, hace unas semanas, logró que, por primera vez en la historia, el Estado mexicano fuera condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por violar, justamente, su derecho a la protección judicial inscrito en el artículo 25 del llamado Pacto de San José, hablo con conocimiento de causa.

Puedes contar conmigo


Hagamos un trato/Mario Benedetti, poeta uruguayo, septiembre de 1920-

Compañera
usted sabe
puede contar
conmigo
no hasta dos
o hasta diez
sino contar
conmigo
***

si alguna vez
advierte
que la miro a los ojos
y una veta de amor
reconoce en los míos
no alerte sus fusiles
ni piense qué delirio
a pesar de la veta
o tal vez porque existe
usted puede contar
conmigo
***
si otras veces
me encuentra
huraño sin motivo
no piense qué flojera
igual puede contar
conmigo
***
pero hagamos un trato
yo quisiera contar
con usted
***
es tan lindo
saber que usted existe
uno se siente vivo
y cuando digo esto
quiero decir contar
aunque sea hasta dos
aunque sea hasta cinco
no ya para que acuda
presurosa en mi auxilio
sino para saber
a ciencia cierta
que usted sabe que puede
contar conmigo.

Mantas de La Familia Michoacana


La Familia se desliga del atentado terrorista de la Plaza Melchor Ocampo.
Suman 5 mantas de 'Familia' en Morelia (el procurador del Estado Miguel García Hurtado, dice que son 4, otro medios haban de seis).
En la mayoría de las mantas luce el dibujo de una paloma con el mensaje 'Ánimo Michoacán'
Grupo Reforma (http://www.reforma.com/);
Morelia (19 de septiembre de 2008).- Un total de 5 mantas han aparecido esta mañana en diferentes puntos de Morelia, con mensajes firmados por la organización criminal de "La Familia".
En una narcomanta ubicada en el Periférico Norte de Morelia, a la altura del Estadio Morelos, se manifiesta un rechazo a lo que denominan "acto terrorista" por parte de "Los Zetas". "Repugnamos este acto terrorista el 15 de septiembre por el grupo de los zetas. Atte. FM".
En una más, ubicada en el Periférico de Morelia rumbo a la salida a Pátzcuaro, se expresan en contra de que se desestabilice al País. "Nosotros somos mexicanos michoacanos y no aceptamos que por medio del grupo de los z desestabilicen al país sobre todo que quieran sembrar el terrorismo en Michoacán. Atte. FM".
En dos puentes vehiculares y uno peatonal de Morelia, Michoacán, aparecieron más mensajes.
En el puente que se ubica a la altura del Tecnológico de Morelia José María Morelos y Pavón luce una manta con un texto en el que culpan del atentado con granadas en la plaza Melchor Ocampo a "Los Zetas".
"Nos unimos a la pena que embarga a nuestros paisanos, gente inocente que no tiene la necesidad de vivir con terrorismo ocasionado por Los Zetas. Atte. FM", se indica.
En otro puente de autos, aproximadamente a un kilómetro rumbo a la salida a Salamanca, apareció otra manta en la que aseguran que los responsables del ataque pagarán por sus actos. "El dolor de los michoacanos nos embarga, no más crímenes al pueblo inocente. Pagarán por sus actos terroríficos. Atte. FM".
Como sello en la parte superior de ambas mantas, luce el dibujo de una paloma con un mensaje que indica "Ánimo Michoacán".
Asimismo, en un puente peatonal ubicado rumbo a la salida a Quiroga, apareció otra manta con un mensaje en el que se asegura que "La Familia" no está de acuerdo a con actos genocidas. "Pueblo, que no te engañen: la familia michoacana está contigo y no está de acuerdo con actos genocidas. Atte. FM".
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Participación de “La Familia” no está comprobado: Godoy
El gobernador de Michoacán aseguró que ante la poca veracidad de la información, “no se puede pedir a los alcaldes cosas que sólo son filtraciones sin pruebas”.
Publicado, en http://www.milenio.com/; 1
9/09/2008 - 10:53
(Foto: Quadratín)
Ciudad de México.- El gobernador de Michoacán, Leonel Godoy Rangel, dijo desconocer si la Procuraduría General de la República (PGR) sigue una línea de investigación sobre las amenazas de atentados en tres municipios de la entidad y si el grupo delictivo de La Familia presuntamente infiltró la estructura del gobierno de la entidad.
Entrevistado a su llegada a Palacio Nacional para participar en la 24 Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el mandatario dijo que hasta el momento no se ha podido confirmar la veracidad de dichos mensajes anónimos previo a la celebración del 15 de septiembre.
“Siempre han sido versiones, que no se han comprobado nosotros no podemos pedirle a los alcaldes cosas que solo son informaciones o filtraciones que no tiene pruebas, entonces estaremos siempre al pendiente nada mas”, aseguró.
La víspera, el gobernador michoacano confirmó que se había enterado de dichas amenazas un día después del atentado con dos granadas en la plaza Melchor Ocampo, en Morelia y que dejaron siete muertos.
Susana Hernández/Milenio Diario
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Toca a PGR indagar red de protección de 'La Familia': Godoy
Julián Sánchez y Alberto Morales, reporteros.
El Universal on line Ciudad de México Viernes 19 de septiembre de 2008El gobernador de Michoacán señaló que su administración estará pendiente sobre las investigaciones en torno a la presunta complicidad de funcionarios locales con el grupo delictivo
El gobernador de Michoacán, Leonel Godoy, señaló que debería ser la Procuraduría General de la República (PGR) la que investigue si el grupo criminal "La Familia" tendió una red de protección que involucra a presidentes municipales de ese estado
Entrevistado al llegar a Palacio Nacional, donde se realizará el Consejo Nacional de Seguridad, Godoy subrayó, sin embargo, que no se puede pedir a los alcaldes cosas que son información o filtraciones de las que no tienen pruebas.Resaltó que el gobierno del estado estará pendiente sobre este asunto.De acuerdo con documentos del gobierno federal, se dibuja un mapa de colusión institucional que logró "La Familia" en Michoacán, según lo reportó EL UNIVERSAL este viernes.
Al respecto, Leonel Godoy insistió en que no se puede basar en versiones que no han sido comprobadas, pero que en todo caso deberá ser la PGR la que investigue. sc
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Tejió 'La Familia' red de protección política
Alejandro Jiménez, reportero
El Universal Viernes 19 de septiembre de 2008;
Penetró al menos en una veintena de municipios de Michoacán
El grupo criminal La Familia, principal sospechoso por el atentado en Morelia el 15 de septiembre, tejió una red de protección que involucró a alcaldes, diputados federales y jefes policiacos en Michoacán, para producir sin obstrucción amapola y mariguana, y tener vía libre en las rutas de distribución de esas drogas y metanfetaminas hacia Estados Unidos.
Documentos del gobierno federal dibujan
el mapa de colusión institucional que logró La Familia en la entidad, desde el gobierno de Lázaro Cárdenas Batel, y que abarcó una veintena de municipios que representan una quinta parte del total en el estado. El ex gobernador no se menciona en ninguna parte del informe.
Aunque La Familia predomina en la penetración institucional, no es la única organización de narcotraficantes que estableció esas complicidades.
También figuran el cártel del Milenio, con vinculaciones directas a personas que trabajaron con Zhenli Ye Gon y con el cártel de Sinaloa, así como el propio cártel del Golfo y Los Zetas, que dieron origen a La Familia.
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Atentados en Morelia Investigan ligas entre alcaldías y ‘Familia’Políticos, policías y ediles de Michoacán son indagados
Alejandro Jiménez
El Universal Viernes 19 de septiembre de 2008:
El grupo criminal La Familia logró una “penetración institucional” en una veintena de municipios de Michoacán mediante cooptación de alcaldes, diputados, autoridades de seguridad pública, de procuración de justicia, actores políticos y electorales e incluso medios de comunicación, de acuerdo con investigaciones de inteligencia del gobierno federal, que alcanzan a otros grupos delictivos, como los cárteles del Golfo, del Milenio y a Zhenli Ye Gon.
El ejemplo más acabado es el caso de Dionisio Loya Plancarte, El Tío, hombre que según los aparatos de inteligencia del Estado maneja la prensa y relaciones públicas de La Familia, que trabajaba para el cártel del Golfo.

Golpe a las redes de apoyo de las FARC

Cárcel para seis daneses por recaudar fondos para las FARC
El país europeo, que tradicionalmente no condenaba las acciones de este grupo guerrillero, acaba de emitir un importante fallo en el que reconoce a las Farc como grupo terrorista. La decisión sienta un precedente en la lucha contra los tentáculos internacionales de esta organización.
Publicado en el portal del semanario SEMANA.com
Fecha: 09/18/2008 - Seis daneses de la ONG ‘Fighters and Lovers’ fueron sentenciados este jueves a entre dos y seis meses de cárcel por violar la ley antiterrorista de Dinamarca, al recaudar dinero para la guerrilla de las Farc y milicianos palestinos. La Corte Superior del Este resolvió la condena al anular la decisión de un tribunal inferior que había exonerado a los seis acusados que colaboraban con ambas organizaciones. Todavía cabe un recurso de apelación ante la Corte Suprema Nacional, pero se espera que las pruebas recaudadas por el tribunal superior sean suficientes para ratificar esta decisión.
Los ahora sentenciados participaron en una compañía danesa que vendió por Internet camisetas con las siglas y logos con fusiles de las Farc y del Frente Popular para la Liberación de Palestina (Fplp). Parte de las ganancias por la venta de estos accesorios iban para financiar al grupo guerrillero. “Este es un precedente judicial para toda Europa sobre lo que son realmente las Farc”, dijo el canciller Jaime Bermúdez, desde Washington, quien reconoció que estuvo bastante preocupado por esta decisión, ya que según se había sabido a través de la embajada de Colombia en Suecia días antes, la sentencia iba a ser totalmente contraria
El tribunal que emitió el fallo tuvo en cuenta informes de las ONU, de Amnistía Internacional y de los servicios secretos daneses que demuestran el accionar violento de las Farc, quienes han cometido secuestros, asesinatos y ejecutado ataques terroristas contra la población civil. Según fuentes en ese país, dos de los seis condenados deberán ingresar en prisión inmediatamente y los otros cuatro quedarán en libertad condicional y vigilada durante un año. Un séptimo procesado fue puesto en libertad sin cargos. La sentencia establece también la confiscación de la empresa, su web y los cerca de 4.000 euros obtenidos con la venta de camisetas, que no se llegaron a transferir, y obliga a los condenados a pagar el costo de todo el proceso judicial.
De acuerdo con la página web de la organización, parte de estos recursos son destinados para la creación de estaciones de radio y la producción de propaganda impresa. El sitio web también comercializa un disco llamado CumbiaClash, con composiciones musicales de las Farc y música que se transmite por la emisora clandestina Voz de la Resistencia.Al conocer la noticia, el vicepresidente de la República Francisco Santos dijo en la emisora La FM que con esta decisión las puertas a las Farc, en el escenario internacional, se cierran lentamente. “Eso está bien. Que los países que siempre han apoyado a grupos terroristas como las Farc se vayan dando cuenta de la realidad”, dijo Santos. La relación entre la guerrilla y Europa cambió radicalmente después de que en junio de 2002 la UE la incluyó en la lista de organizaciones terroristas. Hoy la influencia de las Farc es una sombra de lo que era antes, cuando tenía oficinas en países del viejo continente.
A esta decisión se suman otros hechos que, indirectamente, le cierran las puertas a las Farc en el escenario internacional: hace dos semanas, Íngrid Betancourt recibió el premio Príncipe de Asturias de la Concordia como un reconocimiento a las víctimas del secuestro. Y esta semana, el presidente Álvaro Uribe pidió ayuda contra el terrorismo a nueve países de Unasur, que se reunieron hace pocos días en Chile.

Más iniciativas del Presidente

El Senado de la República recibió hoy por parte del titular del Ejecutivo Federal, diversas iniciativas en materia de seguridad pública y justicia penal.
El Presidente Calderónenvió la iniciativa de decreto por el que se busca expedir la Ley de Extinción de Dominio y reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, remitió la iniciativa de decreto por el que se busca reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, del Código Penal Federal, de la Ley de la Policía Federal Preventiva, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Posicionamiento de los Senadores ante los hechos de Morelía

http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/60/3/2008-09-19-1/assets/documentos/atentado_15sep.pdf

La Familia michoacana se desliga

El grupo conocido como La Familia michoacana, hizo llegar este jueves 18 de septiembre por internet a los correos de varios funcionarios una misiva en la que señala que efectuarán una investigación paralela a la de las autoridades para dar con los responsables de los ataques del pasado 15 de septiembre, en Morelia, Michoacán.
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Amaga 'La Familia' con 'hacer justicia'
En la comunicación de 'La Familia' se advierte que en la entidad no se debe atentar contra la tranquilidad de los michoacanos
Grupo Reforma (http://www.reforma.com/)
Morelia, Michoacán (18 de septiembre de 2008).- Un nuevo panfleto atribuido a "La Familia" advierte que este grupo buscará 'hacer justicia' a las víctimas de los atentados en Morelia."Los michoacanos no estamos solos y vamos a investigar quiénes fueron responsables de estos actos terroristas, caiga quien caiga", se advierte en un texto que circula por internet y está dirigido al pueblo de Michoacán.
Ahí se advierte que en esta entidad no se debe atentar contra la tranquilidad de los michoacanos y menos con las mujeres, ancianos y niños.
"Les prometemos que se hará justicia porque somos michoacanos y estamos unidos con la sociedad contra actos que alteran la paz y generan esta intranquilidad que se vive hoy día."Esos cab... que afectaron a las familias michoacanas serán juzgados de la misma manera, no tienen perdón", dice la comunicación.
Se trata del tercer comunicado en su tipo que circula desde ayer en la entidad atribuido a esta organización delictiva a la que la Procuraduría General de la República adjudica 17 decapitaciones en la entidad.
Ayer circuló también un panfleto en donde se culpa a "Los Zetas" de los atentados en Morelia y se difundió además un mensaje por teléfono celular en el mismo sentido.
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En el texto señalan a 'Los Zetas' como responsables del ataque con granadas que dejó 7 muertos
REFORMA /Staff; 18 de septiembre, (versión impresa)
Morelia, México (18/9/2008).- Mediante un panfleto firmado presuntamente por "La Familia", grupo criminal asentado en Michoacán, se responsabiliza a "Los Zetas" de los atentados ocurridos en Morelia la noche del 15 de septiembre, que dejaron 7 civiles muertos y 128 heridos."La Familia rechaza los actos cobardes que se han dado en todo el País por un grupo cobarde y criminal denominado 'Los Zetas', grupo criminal acostumbrados a matar por paga, extorsionar, secuestrar y robar", se lee en el documento dirigido "A la sociedad michoacana" y que se hizo llegar de forma anónima a las redacciones de medios de comunicación locales.
El panfleto ya es analizado por la Procuraduría de Michoacán."La Familia" se dio a conocer públicamente en 2006 a través de un documento similar. En ese momento se presentó como un grupo decidido a "tomar la justicia en sus manos para acabar con los delincuentes".
Surgieron, según informes federales, como aliados de "Los Zetas", brazo armado del Cártel del Golfo. De ser auténtica, la carta de "La Familia" confirmaría la ruptura entre esos grupos."En los últimos meses el asedio militar hacia nuestro grupo no nos han permitido realizar nuestras actividades que hemos venido realizando para resguardar nuestro Estado. Esto ha propiciado una ola de extorsiones y secuestros a todo nivel en nuestro Estado", se lee en el escrito, presuntamente firmado por "La Familia".
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Nota de Milenio (http://www.milenio.com/)
En un mensaje enviado por teléfono celular, culpa a Los Zetas
La Familia se deslinda de ataques en Morelia
Asegura que esa no es su forma de operar y condena agresiones a niños y mujeres.
La SIEDO será la encargada de llevar las pesquisas por el ataque del lunes.
Asegura que esa no es su forma de operar y condena agresiones a niños y mujeres.
A tres días de los atentados de la noche del Grito de Independencia que dejó un saldo de siete personas muertas, el cártel del narcotráfico denominado La Familia se deslindó del crimen y señaló como responsable de estos acontecimientos a Los Zetas.
Mediante un mensaje enviado a los celulares de algunos funcionarios, cuyos nombres y rangos no fueron dados a conocer porque forman parte de la investigación que llevan a cabo las autoridades federales, se establece: “La Familia michoacana repudia el acto terrorista perpetrado por parte del grupo delictivo denominado Los Zetas, donde discriminaron y atentaron contra niños, mujeres y ancianos que son ajenos a cualquier conflicto.
“Queda claro que esta no es nuestra manera de actuar, por eso pedimos que reenvíen este mensaje” a los demás integrantes de las corporaciones policiacas y a la sociedad.
De esta manera, la delegación de la PGR realiza ya las indagatorias correspondientes para dar con el propietario del celular desde el cual se emitió el mensaje. Por separado, unas horas después de que la delegación de la PGR recibiera el parte de la procuraduría estatal sobre los atentados de la noche del Grito, se determinó que será la SIEDO el área encargada de realizar las pesquisas de los atentados que cobraron la vida de siete personas, además de 108 heridos.
MiILENIO tuvo acceso a la averiguación previa AP-PGR/mich/637/2008, en la que se asienta que los presuntos responsables de detonar las dos granadas utilizaron al menos tres vehículos para perpetrar el crimen.
El primer vehículo, que se encuentra bajo resguardo de la PGR, fue un Jetta blanco, cuyas placas se cubrieron con cinta canela, pero quedó una evidencia: el engomado, que permitió saber que provenía de Guerrero.De ese vehículo descendieron al menos cuatro sujetos, a quienes algunos testigos (que realizaron denuncias anónimas a los teléfonos del Ejército y del C4) identificaron porque vestían uniformes similares a los utilizados por el Grupo de Operativos Especiales, cuerpo de élite del estado.
Esas imágenes pudieron ser observadas por un taxista que circulaba por la zona y un testigo más. Esas imágenes se grabaron casi 30 minutos después de las detonaciones del Centro Histórico de esta ciudad.
Así quedó asentado en la averiguación previa radicada en la delegación de la PGR; también se indica que los sujetos vestidos de negro se habrían cambiado en el vehículo referido y se colocaron sombreros, pantalón de mezclilla y camisas tipo vaquero. El vehículo fue abandonado al lado de la discoteca Ego, ubicada en la colonia Santa Cruz, para luego huir a bordo de dos camionetas: una Windstar roja y una Silverado blanca, ambas de Jalisco. En la averiguación también se establece que la segunda granada que estalló en la avenida Madero esquina Andrés Quintana Roo fue arrojada desde un vehículo en circulación no identificado.
Un reporte oficial de la PGR refiere que las autoridades federales nunca fueron informadas por Leonel Godoy sobre las amenazas de bomba que habían recibido días antes del 15 de septiembre, “por lo que no participó ninguna corporación de la implementación del operativo de vigilancia”.
Morelia • Rodolfo Montes y Francisco García Davish, reporteros.

El crímen organizado

Columna Serpientes y Escaleras/Salvador García Soto
Publicado en El Universal, 18 de septiembre de 2008;
Los auténticos golpistas
Funcionarios de alto nivel de este gobierno confirman que han sido varias las vías por las que el cártel del Golfo ha hecho “invitaciones” al presidente Calderón
Por encima de las versiones que atribuyeron a Porfirio Muñoz Ledo y al grupo de López
Obrador un plan de derrocamiento de Felipe Calderón, tras los atentados terroristas de Morelia afloró claramente un movimiento real para deponer al Presidente y desestabilizar al país. Los conspiradores, todo apunta, serían grupos del narcotráfico que se han propuesto dinamitar a la administración de Calderón, exhibir la ineficacia del Estado y sembrar el terror entre los mexicanos.
A esos grupos —que según las líneas de investigación de la PGR apuntan al cártel del Golfo y a su derivación local de La Familia michoacana— no les importa ya atentar contra la población civil y el 15 de septiembre confirmaron que, como medio de presión y desestabilización, están dispuestos a matar a ciudadanos inocentes para obligar a Calderón a doblegarse y aceptar sus propuestas de negociación.
Ningún funcionario federal, empezando por el Presidente, ha usado el término “terrorismo”, pero ya se definió en el gobierno que la acepción a utilizar será “actos terroristas” de grupos que no entran en la clasificación de terrorismo, sino más bien de crimen organizado.
Aun cuando escogieron Morelia para estos atentados —con los mensajes que se quieran interpretar de esa elección—, el grupo que los perpetró pudo haberlo hecho en cualquier otra ciudad del país. De hecho, está confirmado que en varios estados, Jalisco, Veracruz, Guerrero o Guanajuato, se registraron llamadas, algunas a gobiernos estatales y otras en ayuntamientos, con amenazas de bombas en las celebraciones patrias, al grado de que hubo poblaciones donde se suspendió o se desalentó la asistencia de la gente al grito y al desfile del 16 de septiembre.
La amenaza terrorista entonces no es sólo en Michoacán, y la táctica de atentar contra civiles podría repetirse en otros estados si esos grupos deciden seguir con la estrategia que estrenaron, fría y deliberadamente, en el festejo nacional por excelencia.
Funcionarios de alto nivel de este gobierno confirman que han sido varias las vías por las que el cártel del Golfo ha hecho “invitaciones” al presidente Calderón a negociar con ellos. Lo mismo con enviados directos a Los Pinos que a través de mensajeros que buscaron al procurador Eduardo Medina Mora, el grupo del que son parte los sanguinarios Zetas y la mencionada Familia michoacana ha pedido a la administración calderonista un “pacto” que los deje operar su actividad ilícita.
También son varias las veces que, en discursos públicos o comentarios privados, el Presidente ha dicho que no negociará con los delincuentes y mantendrá el combate frontal al crimen organizado. Eso le ha valido una respuesta agresiva y airada de cárteles como el del Golfo que, ya sea con enormes mantas en lugares públicos —que aparecieron en plazas dominadas por ellos—, ejecuciones masivas, decapitaciones y ahora atentados terroristas, buscan desestabilizar al gobierno.
El mensaje detrás del terrorismo practicado en Morelia es muy claro: “Si no negocias con nosotros, te vamos a tirar y no nos importa ir contra los civiles”. De ese tamaño es el reto de esos grupos criminales no sólo al Presidente, sino a todo el país. ¿Y cómo respondió Calderón? Con un discurso en el que llama a la unidad para enfrentar a estos “enemigos de México”.
La convocatoria a la unión por encima de las diferencias políticas es, sin duda, correcta y debemos apoyarla todos. Pero hay en el discurso presidencial del 16 de septiembre visos de confusión que preocupan. Porque al mismo tiempo que llama a la unión y condena a “los traidores y enemigos de México”, desliza críticas “a quienes quieren dividir al país”, “a quienes quieren debilitar a las instituciones”, “a los que quieren dividir y enconar”.
Se equivoca el Presidente al confundir a sus adversarios políticos con los enemigos del país; no son lo mismo ni se les debe responder igual.
Todos estamos en contra del terrorismo y nadie en su sano juicio apoyaría una estrategia del crimen para derrocar al poder legalmente constituido; pero si Calderón quiere concitar a la unidad y equiparar la amenaza de terrorismo criminal a etapas históricas en que la división de los mexicanos facilitó invasiones y agresiones extranjeras, podría dar un primer paso de conciliación y aclarar sus mensajes en los que parece confundir las diferencias políticas o la crítica a su gobierno con las intenciones golpistas reales de criminales que sí quieren derrocarlo y desestabilizar al país.

Fuerte decomiso de dólares


Personal de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y de la Procuraduría General de la República (PGR) decomisaron el pasado 14 de septiembre 26 millones 202 mil 176 dólares en un operativo realizado en Culiacán, Sinaloa.
El decomiso está relacionado con el presunto narcotraficante Ismael El Mayo Zambada, capo del cártel de Sinaloa.
El decomiso, que consta de 809 paquetes de dólares estadunidenses de varias denominaciones, es el segundo más importante en esta administración. El más relevante sigue siendo el monto de 205.5 millones de dólares que en marzo de 2007 le fueron asegurados al empresario mexicano de origen chino Zhenli Ye Gon.
***
Personal del Ejército Mexicano asegura más de 26 millones de dólares, junto con armamento, enervantes y vehículos en Sinaloa
Jueves, 18 de Septiembre de 2008 Comunicado Conjunto
Procuraduría General de la República- Secretaría de la Defensa Nacional
La Secretaría de la Defensa Nacional y la Procuraduría General de la República informan, que en el marco de la Campaña Permanente contra el Narcotráfico y la aplicación de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y de la Operación “CULIACÁN– NAVOLATO–GUAMUCHIL”, en el Estado de Sinaloa, el día 14 de septiembre de 2008, personal perteneciente al 6/o. Regimiento de Caballería Motorizado, al llevar a cabo reconocimientos terrestres observaron que en el domicilio marcado con el No. 3890 de la calle Santa Fe del Fraccionamiento Rincón del Valle, de Culiacán, Sin., tres individuos quienes al percatarse de la presencia del personal militar huyeron del inmueble, arrojando uno de ellos una arma corta al interior de la citada vivienda, por lo que se solicitó la presencia y apoyo del Agente del Ministerio Público Federal de dicha plaza, para la inspección del citado domicilio, en cuyo interior se localizó lo siguiente:
DÓLARES:
- 809 paquetes de dólares americanos de diferentes denominaciones, arrojando la cantidad de $26’202,176 dólares americanos.
ARMAMENTO:
- Un fusil AK-47 Cal. 7.62 X 39 mm.
- Una pistola Cal. 9 mm.
- Tres cargadores para fusil AK-47 con capacidad para 30, 40 y 50 cartuchos cada uno respectivamente.
- Un cargador para pistola Cal. 9 mm.- 213 cartuchos Cal. 7.62 X 39 mm.-
13 cartuchos Cal. 9 mm.
DROGA:
- 2 paquetes de mariguana con un peso total de un kilo 800 gramos.
VEHÍCULOS:
- Un vehículo marca Mércury modelo Gran Marquís, color arena, año 1995, con placas de circulación VJS-9848 del Estado de Sinaloa.
- Una camioneta marca Toyota, modelo Tacoma, color guinda, año 2000, con placas de circulación ZWF-4286 del Estado de Sinaloa.-
Una camioneta marca Ford, modelo Ranger, color azul con franjas color crema, año 1997, con placas de circulación del Estado de Sinaloa.
- Una camioneta marca Ford modelo Ranger XLT, color blanco, año 1993, con placas de circulación TYS-54083 del Estado de Sinaloa.
En el referido inmueble se localizaron diversos documentos relacionados con la familia Verdugo Calderón, entre los que destacan tres tarjetas para portación de radio expedidas por una empresa de radiocomunicación a nombre de JESÚS ALFREDO VERDUGO CALDERÓN, hermano de LAMBERTO VERDUGO CALDERÓN, de este ultimo se tiene información que realiza actividades de lavado de dinero para la organización del narcotraficante ISMAEL ZAMBADA GARCÍA (a) “EL MAYO ZAMBADA”.
El numerario, armamento, droga, vehículos y demás artículos fueron puestos a disposición de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada.
Fuente: Dirección General de Comunicación Social. PGR-SEDENA

Grupo promotor del Observatorio Ciudadano

La participación y vigilancia Ciudadana, fundamentales en la Estrategia del Gobierno Federal
Jueves, 18 de Septiembre de 2008 Comunicado
Residencia OficialCGCS-186
La Presidencia de la República informa que el Presidente Felipe Calderón Hinojosa se reunió esta tarde en la Residencia Oficial de Los Pinos con integrantes del grupo promotor del Observatorio Ciudadano en materia de seguridad pública.
Durante la reunión, el Titular del Ejecutivo Federal recibió de los asistentes los puntos de vista sobre la constitución del Observatorio, particularmente en lo que se refiere a su integración, facultades y funcionamiento.
Por su parte, el Presidente Calderón reiteró el compromiso de su Gobierno para cumplir con lo establecido en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, firmado el pasado 21 de agosto, e invitó al grupo promotor a presentar sus consideraciones y propuestas.
El Mandatario Federal aseguró que la participación y la vigilancia ciudadana son aspectos fundamentales para fortalecer la estrategia del Gobierno Federal en la prevención de delitos, y en general para colaborar en contra de las acciones del crimen organizado.
Consideró que el sistema participativo de seguridad que se necesita en México, implica una ciudadanía que les exija a sus autoridades, que supervise la integración de los cuerpos policiacos y que impulse una cultura de la denuncia y de la información.
En la reunión estuvieron presentes María Elena Morera, Presidenta de México Unido Contra la Delincuencia; Federico Reyes Heroles, Presidente de la Fundación Este País; Luis de la Barreda, Director del Instituto Ciudadano de Estudios Sobre Inseguridad; Marco Hernández Murrieta, Ángel Corona y Alfonso Otero, integrantes del Comité Organizador de la Marcha Iluminemos México.
También estuvieron presentes Eduardo Gallo, Nelia Tello Peón, Carolina Bolívar, Moisés Moreno y Eduardo Bojórquez.
Al Presidente Felipe Calderón lo acompañaron Juan Camilo Mouriño y Genaro García Luna, Secretarios de Gobernación y Seguridad Pública Federal, respectivamente; Eduardo Medina Mora, Procurador General de la República; Patricia Flores Elizondo, Jefa de la Oficina de la Presidencia de la República; César Nava Vázquez, Secretario Particular del Presidente y Sigrid Arzt, Secretaria Técnica del Consejo de Seguridad Nacional.
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Revisa Calderón con dirigentes partidistas tema de seguridad
El presidente Felipe Calderón se reunió también en Los Pinos con el Grupo Organizador del Comité del Observatorio Ciudadano, con los que revisó lo que se refiere a su integración, facultades y funcionamiento
Notimex El Universal on line Ciudad de México Jueves 18 de septiembre de 2008 21:30
El presidente Felipe Calderón se reunió en Los Pinos con dirigentes de algunos partidos políticos y posteriormente con el Grupo Organizador del Comité del Observatorio Ciudadano, con los que revisó el tema de la seguridad.
Al encuentro asistieron los dirigentes de los partidos Acción Nacional (PAN), Germán Martínez Cázares; Revolucionario Institucional (PRI), Beatriz Paredes Rangel, y Verde Ecologista de México (PVEM), Jorge Emilio González Martínez.
Asimismo los líderes del Partido Socialdemócrata, Alberto Begné Guerra, y Nueva Alianza, Jorge Kahwagi Macari.
Por otra parte, la Presidencia de la República emitió un comunicado del encuentro que sostuvo el mandatario de México con integrantes del grupo promotor del Observatorio Ciudadano en materia de seguridad pública.
Durante el encuentro, los asistentes entregaron a Calderón sus puntos de vista sobre la constitución del Observatorio, particularmente a lo que se refiere a su integración, facultades y funcionamiento.
Los participantes asistirán a la reunión de evaluación del Consejo Nacional de Seguridad Pública que encabezará el Ejecutivo federal en Palacio Nacional a las 11:00 horas de este viernes.
De acuerdo con su agenda, el presidente se reunirá este viernes a las 09:00 horas con los gobernadores del país a puerta cerrada en Palacio Nacional, previo a la reunión de evaluación del referido Consejo que presidirá dos horas más tarde. fml

Investigación abierta

La PGR informó esta noche que las personas que estaban bajo resguardo médico en instalaciones militares de Zacatecas no tienen ningún vínculo con los atentados de la noche del 15 de septiembre en la plaza Melchor Ocampo de Morelia, Michoacán.
Comunicado:
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PGR INFORMA
Jueves, 18 de Septiembre de 2008 Boletín 763/08
COMUNICADO
La Procuraduría General de la República informa que luego de realizarse las diligencias necesarias por personal ministerial de la institución, para corroborar si las personas bajo resguardo médico en las instalaciones militares de Zacatecas, Zacatecas, tenían alguna relación con los hechos causados en la ciudad de Morelia, Michoacán, el pasado 15 de septiembre, se constató que estas no tienen ningún vínculo.
La investigación que lleva la Delegación de la PGR en Michoacán continúa abierta para esclarecer los móviles y responsables del acto homicida cometido por grupos criminales sin escrúpulo alguno, en contra de las personas que disfrutaban ese día de las festividades populares para conmemorar las Fiestas de la Independencia de México.

Otro submarino con coca

Del Portal del Nuevo Herald (www.elnuevoherald.com), 18 de septiembre del 2008
Capturan submarino con 7 toneladas de cocaína
Agencia The Associated Press
Oficiales de Guardacostas de Costa Rica, a la derecha, observan a tres colegas estadounidenses parados sobre un semi sumergible que fue interceptado en la víspera con un alijo de 4,5 toneladas de cocaína y una tripulación de cuatro colombianos el cual fue remolcado hasta puerto Caldera, en el Pacífico costarricense.
SAN JOSE -Un semisumergible cargado con siete toneladas de cocaína fue remolcado el miércoles hasta un puerto en el Pacífico costarricense por un buque de la Guardia Costera de Estados Unidos que lo interceptó en la víspera.
Aunque autoridades costarricenses habían indicado que el alijo transportado en el mini submarino era de 4,5 toneladas de cocaína, la oficina de prensa de la embajada estadounidense confirmó a la AP que fueron siete toneladas de la droga, además de combustible y suministros.
Dentro del semisumergible viajaban cuatro hombres colombianos cuyas identidades no fueron divulgadas, quienes junto al cargamento serán trasladados hasta Florida, pero todavía no hay una decisión sobre si también será trasladada la embarcación, que fue interceptada por el navío estadounidense "McInerney"..
El submarino, de 22 metros de eslora, fue construido en fibra de vidrio y equipado con tecnología de navegación y comunicación de punta, además pintado de gris para facilitar su camuflaje en el agua.
"Este tipo de sumergibles son muy difíciles de detectar, porque viajan a ras del agua, a muy baja velocidad. No sé cuántos han sido encontrados hasta ahora, pero ciertamente el número está aumentando", dijo a la AP el capitán del barco, Keith Wheeler.
La primera vez que se detectó cerca de Costa Rica una embarcación similar fue en el 2006, el cual fue capturado en aguas territoriales con tres toneladas de cocaína.

Ataque terrorista: Mouriño

Atentandos en Morelia: Califica Mouriño ataques como “acto terrorista”
Alberto Morales, reportero.
El Universal Ciudad de México Jueves 18 de septiembre de 2008;
“Es claramente un acto terrorista, según lo define nuestro propio marco legislativo, nuestro marco legal y claramente tiene que ser referido como tal”, señaló el secretario de Gobernación
El secretario de Gobernación, Juan Camilio Mouriño, reconoció que los atentados en Morelia, Michoacán, durante la celebración del grito de Independencia, fueron actos terroristas contra la población civil.
"Es claramente un acto terrorista, según lo define nuestro propio marco legislativo, nuestro marco legal y claramente tiene que ser referido como tal", dijo el funcionario entrevistado luego de una reunión con diputados panistas en la Cámara de Diputados.
Desde los atentados, donde perdieron la vida siete personas y 131 resultaron heridas, es la primera vez que un funcionario federal reconoce esos actos como terroristas.
Sobre los dos detenidos en Zacatecas y presuntos implicados en las detonaciones de artefactos explosivos contra la población civil, Mouriño señaló que se están siendo investigados y que elementos de la Subprocuraduría de Investigación contra la Delincuencia Organizada (SIEDO), de la PGR, se trasladaron a Zacatecas pasar interrogar a esas personas y determinar si están vinculados a los hechos del pasado lunes.
Afirmó que la bada criminal denominada La Familia, es una de las líneas de investigación, pero --dijo-- todas las organizaciones criminales son líneas de investigación e hipótesis abiertas.
El encargado de la política interna señaló que mañana durante el Consejo de Seguridad Nacional se revisará el cumplimiento del Acuerdo Nacional por la Legalidad, la Justicia y la Seguridad y los temas como la Estrategia Nacional contra el Secuestro, la Ley de coordinación en materia de Seguridad Pública que enviará el presidente a la Cámara de Diputados en los próximos días.
Indicó que la estrategia del gobierno federal contra el crimen organizado se revisa siempre para fortalecerla y para dotar al gobierno de mejores herramientas para enfrentar a las bandas criminales.
Juan Camilo señaló que hasta hoy el único reporte que se tiene sobre amenazas con granadas es en el estado Tabasco, y recordó que el gobierno ha logrado quitarle al crimen organizado mil granadas.
Descartó que en el país se aplique un estado de excepción.
grg
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Atentados en Morelia EU ve “narcoterrorismo en cobardes ataques”
Redacción El Universal Jueves 18 de septiembre de 2008 El gobierno de Estados Unidos calificó los ataques con granadas en Morelia del pasado 15 de septiembre como actos perpetrados por narcoterroristas.
En un pronunciamiento del embajador de Estados Unidos en México, Antonio O. Garza, expuso que los cárteles mexicanos “cruzaron la línea” al atacar deliberadamente a hombres, mujeres y niños inocentes.
El embajador Garza aseguró que los narcoterroristas autores de los ataques en Michocán, subestiman “terriblemente” la valentía y fuerza de los mexicanos y advirtió que serán el pueblo y las autoridades mexicanas quienes harán pagar a estos criminales.
Expresó su solidaridad a los familiares y a las víctimas de los “cobardes ataques”.
“Este vergonzoso ataque a familias inocentes, durante la más importante fiesta nacional de México, sirve sólo para enfatizar el absoluto menosprecio que tienen los cárteles y el crimen organizado por la vida y los valores humanos”, señala.
“De mostrar su desprecio por las vidas de civiles en sus ataques contra oficiales de procuración de justicia y contra criminales rivales, han cruzado la línea a atacar deliberadamente a hombres, mujeres y niños inocentes que sólo buscaban celebrar el nacimiento de esta gran nación.”
La embajada de Canadá en México condenó los ataques y expresó su apoyo al gobierno de México en la lucha que se lleva a cabo contra el crimen organizado.
“Canadá condena enérgicamente los ataques que ocurrieron en Morelia mientras los ciudadanos mexicanos estaban reunidos para conmemorar el Día de la Independencia de México. Esta violencia sin sentido en el momento en que el pueblo mexicano estaba celebrando y demostrando su orgullo como nación es verdaderamente deplorable”, señala el comunicado de la embajada.
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