El Universal, 4 de marzo de 2011
La resolución judicial que ordena la suspensión temporal de la película Presunto culpable es un monumental acto de censura. La orden viola de manera clamorosa la prohibición de “censura previa” que está establecida en los artículos sexto y séptimo de la Constitución mexicana, 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, etcétera.
La resolución judicial que ordena la suspensión temporal de la película Presunto culpable es un monumental acto de censura. La orden viola de manera clamorosa la prohibición de “censura previa” que está establecida en los artículos sexto y séptimo de la Constitución mexicana, 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, etcétera.
El acto de censura proviene de una demanda de amparo interpuesta por una de las personas que aparecen en la película, la cual intervino en calidad de testigo presentado por el Ministerio Público en el proceso que se siguió en contra de José Antonio Zúñiga. Esa persona aduce, por lo que se ha sabido hasta ahora, que los productores y directores de la película nunca le pidieron permiso para reproducir su imagen y el testimonio que prestó en el proceso.