México D.F., a 13 de junio de 2012
PROCEDE GARANTÍA DE AUDIENCIA PREVIA PARA IMPONER CORRECCIONES DISCIPLINARÍAS DENTRO DE PRISIONES EN QUERÉTARO
• Se determinó que artículo 123 del Reglamento Interno de los Centros de Readaptación Social del Estado de Querétaro establece la garantía de audiencia previa a favor del interno.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estimó que tratándose de correcciones disciplinarias impuestas dentro de prisión en el estado de Querétaro, el artículo 123 del Reglamento Interno de los Centros de Readaptación Social de esa entidad, establece la garantía de audiencia previa a favor del interno.