Revista Proceso 1976, 13 de septiembre de 2014
PALABRA DE LECTOR
Hubo despidos injustificados
Señor director:
Después de una serie de denuncias publicadas en Palabra de Lector bajo la
firma de la suscrita y la organización que encabezo (Proceso 1941, 1961 y
1963), el 8 de julio pasado el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF)
sentenció en sesión pública del Pleno de magistrados que la evaluación 2011
practicada al servicio profesional electoral fue ilegal porque no salvaguardó
los principios de certeza e irretroactividad, toda vez que los criterios
correspondientes fueron modificados por el IEDF en 2012 –a propuesta de Diana
Talavera, entonces directora del Centro de Formación y Desarrollo– para evaluar
actividades del 2011.
Los magistrados determinaron que esta práctica se hizo en contravención del principio constitucional de irretroactividad de la norma, fundamental en la Carta Magna para la seguridad jurídica de las personas, la certeza de la aplicación de la ley y, en consecuencia, la tutela de los derechos humanos.
Ya siendo presidenta del IEDF, Diana Talavera encabezó la aprobación de la evaluación integral 2011 del servicio profesional por la Junta Administrativa del Instituto a través del acuerdo JA023-13, del 19 de marzo de 2014.
El 1 de junio de 2012, la Junta Administrativa aprobó, a propuesta de la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo encabezado por Talavera, modificaciones al Programa de Evaluación 2011 relativas, entre otras cosas, a los factores de medición o rubros de evaluación y a la red de evaluadores.
En octubre y noviembre de 2012, el Centro de Formación y Desarrollo evaluó el rendimiento de servicio profesional. Un año y medio más tarde, en marzo de 2014, la Junta Administrativa aprobó en definitiva la evaluación de 2011, misma que de acuerdo con la sentencia del TEDF fue ilegal.
La resolución del órgano jurisdiccional, que puede ser consultada en el portal de transparencia del tribunal, señala que no podrían aprobarse modificaciones posteriores (como las realizadas en 2012 al Programa de Evaluación 2011) de carácter sustancial al sistema de evaluación sin trastocar el principio de no retroactividad de la norma, en perjuicio de los funcionarios a ser evaluados.
Como consecuencia de este razonamiento, el TEDF falló a favor de tres funcionarios de carrera que impugnaron los resultados 2011 luego de que la Junta Administrativa los despidió injustificadamente por atreverse a ejercer el derecho de petición.
Los restantes funcionarios del servicio profesional (cerca de 230) tendrán en su expediente una evaluación ilegal como consecuencia del andar atropellado de Talavera, a quien, con tal de fortalecer su campaña ante el Instituto Nacional Electoral para ser consejera del nuevo órgano comicial de la Ciudad de México, no le importa salvaguardar los principios de certeza y legalidad que protestó cumplir, y mucho menos respetar los derechos humanos de los trabajadores.
Atentamente
Ana Lilia Lara Carvajal
Presidenta de Nuestra Voz, Unión de Trabajadores
del Instituto Electoral
del Distrito Federal, A.C.
Los magistrados determinaron que esta práctica se hizo en contravención del principio constitucional de irretroactividad de la norma, fundamental en la Carta Magna para la seguridad jurídica de las personas, la certeza de la aplicación de la ley y, en consecuencia, la tutela de los derechos humanos.
Ya siendo presidenta del IEDF, Diana Talavera encabezó la aprobación de la evaluación integral 2011 del servicio profesional por la Junta Administrativa del Instituto a través del acuerdo JA023-13, del 19 de marzo de 2014.
El 1 de junio de 2012, la Junta Administrativa aprobó, a propuesta de la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo encabezado por Talavera, modificaciones al Programa de Evaluación 2011 relativas, entre otras cosas, a los factores de medición o rubros de evaluación y a la red de evaluadores.
En octubre y noviembre de 2012, el Centro de Formación y Desarrollo evaluó el rendimiento de servicio profesional. Un año y medio más tarde, en marzo de 2014, la Junta Administrativa aprobó en definitiva la evaluación de 2011, misma que de acuerdo con la sentencia del TEDF fue ilegal.
La resolución del órgano jurisdiccional, que puede ser consultada en el portal de transparencia del tribunal, señala que no podrían aprobarse modificaciones posteriores (como las realizadas en 2012 al Programa de Evaluación 2011) de carácter sustancial al sistema de evaluación sin trastocar el principio de no retroactividad de la norma, en perjuicio de los funcionarios a ser evaluados.
Como consecuencia de este razonamiento, el TEDF falló a favor de tres funcionarios de carrera que impugnaron los resultados 2011 luego de que la Junta Administrativa los despidió injustificadamente por atreverse a ejercer el derecho de petición.
Los restantes funcionarios del servicio profesional (cerca de 230) tendrán en su expediente una evaluación ilegal como consecuencia del andar atropellado de Talavera, a quien, con tal de fortalecer su campaña ante el Instituto Nacional Electoral para ser consejera del nuevo órgano comicial de la Ciudad de México, no le importa salvaguardar los principios de certeza y legalidad que protestó cumplir, y mucho menos respetar los derechos humanos de los trabajadores.
Atentamente
Ana Lilia Lara Carvajal
Presidenta de Nuestra Voz, Unión de Trabajadores
del Instituto Electoral
del Distrito Federal, A.C.