Critican a CNDH y Wallace por Cassez
La CNDH ni
Isabel Miranda de Wallace deben intervenir en el proceso jurídico de Florence
Cassez, según la defensa de la francesa
REFORMA / Redacción (on line), 16 marzo 2012).- La
defensa de Florence Cassez criticó la intervención de la Comisión Nacional de
Derechos Humanos (CNDH) y la precandidata del PAN al Gobierno del DF, Isabel
Miranda de Wallace, en el litigio de la francesa sentenciada por secuestro.
El lunes pasado Wallace y el Ombudsman Raúl
Plascencia ofrecieron una rueda de prensa para pedirle a la Corte respetar el
derecho de las víctimas del secuestro y evitar la liberación de Cassez; la
presidenta de Alto al Secuestro luego se apersonó en la SCJN para hablar con
los ministros sobre este caso.
En
un comunicado, el despacho de abogados Araujo, Acosta y Riquelme cuestionó que
la CNDH critique el proyecto del Ministro Arturo Zaldívar por intentar
garantizar el debido proceso y que Wallace cabildee ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación en un asunto donde no tiene interés jurídico.
"La CNDH no es parte del juicio de amparo. La
misma Constitución (Artículo 102) le impide intervenir en asuntos
jurisdiccionales. Sorprende que la CNDH se alce en crítica de un proyecto que
apuntala el debido proceso.
"Es igualmente criticable que una actora
política (precandidata a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal) que no
es parte en el juicio constitucional intervenga en un asunto ante el Alto
Tribunal", dicen los defensores de la inculpada.
La defensa de Cassez dijo que existe un falso
debate entre optar por el debido proceso o sobre el derecho de las víctimas,
pues el primero protege los derechos humanos y fundamentales, y no es un
"tecnicismo" ni un "detalle formal" en un proceso.
También señala que los derechos de las víctimas y
de los inculpados forman parte de una misma ecuación, por lo que si no hay
respeto al debido proceso penal, no puede establecerse la culpabilidad de
nadie, ni hacerse justicia a las víctimas.
"La violación de los derechos fundamentales
de Florence, especialmente la escenificación, contaminó todo el proceso en su
contra. Las violaciones al proceso anularon cualquier posibilidad de certeza
que permita establecer más allá de toda duda razonable una culpabilidad.
"No es atribución del Tribunal Constitucional
tomar en cuenta los derechos de las víctimas. Por ley corresponde al Ministerio
Público articular la demostración de un caso en el marco del debido proceso en
tanto representación social. Ese deber quedó frustrado por la actuación
arbitraria de la Policía y del propio Ministerio Público", insistió la
defensa.
De acuerdo con el texto, otorgar el amparo a la
francesa no generaría impunidad, pues constituiría un dique del Poder Judicial
para que este tipo de conductas indebidas, prohibidas por la Constitución y la
ley, se repitan.
Los abogados aseguran que la Corte sí tiene
competencia para pronunciarse sobre el caso y revisar la procedencia del
amparo, pues el Tribunal Colegiado que negó a Cassez la protección de la
justicia interpretó los artículos 16, 17, 20, 21, 22 y 133 de la Constitución.
"El recurso planteó la interpretación del
artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, que hoy
forma parte del llamado 'bloque constitucional'. El fallo que hará la Primera
Sala es de importancia y trascendencia para el orden jurídico nacional, como se
advierte del proyecto mismo de sentencia.
"La SCJN tiene la elevada misión de corregir
los actos contrarios a la Constitución y así se eleva como última instancia
judicial de la República, con atribuciones para revisar y anular los actos y
fallos (de instancias inferiores) de cualquier órgano jurisdiccional del país.
Alegar que Florence Cassez ya fue condenada en 3 instancias confunde el debate,
puesto que nuestro sistema previene precisamente -y este caso es un ejemplo-
una última instancia en la que el Tribunal Constitucional tiene la última
palabra", señala el comunicado.
Hora de publicación: 15:43 hrs
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