24 nov 2015

Ya hay decisión entre el PRI y el PAN para sacar a las dos peresonas para la Corte?

Tres columnas políticas dan como favoritos a dos personas para la Corte, a saber; Javier Laynez en lugar de don Juan Silva Meza y a Norma Lucía Piña Hernández en lugar de doña Olga Sánchez Cordero 
Mmm.
Tengo dudas y creo que pueden rechazar por lo menos una de las ternas..
La semana entrante estarán ante la Comisión de Justicia, y ahí si habra cuestionamientos..
Abajo están sus discursos que dieron ante el pleno del Senado, que cada quien juzgue.
Las columnas..
Itinerario Político de Ricardo Alemán en El Universal:
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En cuestión de horas, el Senado dará curso al dictamen y elección de dos nuevos ministros que ocuparán las vacantes en la Corte.
Salvo imponderables de última hora –comunes en esas decisiones–, los elegidos serán los doctores Norma Lucía Piña Hernández y Javier Laynez Potisek, juristas de larga trayectoria.
Sin embargo –y más allá de los votos que pudieran emitir los senadores–, la decantación de Piña Hernández y Laynez Potisek se debió a que en los dos casos se trata de cartas que en su momento propusieron tanto el ex presidente Felipe Calderón como el presidente Enrique Peña Nieto.
Dicho de otro modo, que los nombres que hasta anoche aventajaban en la negociación de los grupos parlamentarios del Senado están lejos de ser vistos como cuotas y/o cuates del gobierno de Peña Nieto, del PRI o de alguno de los centros de poder vinculados con la administración del mexiquense.
Más aún, en el gobierno de Felipe Calderón tanto Norma Lucía Piña Hernández como Javier Laynez Potisek fueron vistos como “parte del establo” del panista. Y por esa misma razón fueron vetados y basteados en más de un potencial cargo de relevancia.

Es decir, que aquella cercanía o supuesta cercanía con el gobierno de Calderón que les costó el veto, hoy se habría convertido en un antecedente virtuoso; al no ser vistos como cuates y cuotas de Peña. Claro, si es que en las próximas horas son votados por una mayoría de senadores.
El Doctor Javier Laynez Potisek es experto en derecho fiscal. Ha sido consejero Adjunto en la Conserjería Jurídica del Ejecutivo federal de 2007 a 2008; Procurador Fiscal de la Federación de 2008 a 2015 y, en la actualidad, ocupa un asiento como magistrado de Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
En Octubre de 2006, fue propuesto para ocupar un asiento en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Sin embargo fue bateado en los primeros filtros. No llegó a las ternas que propuso la Suprema Corte al Senado.
En 2011 el presidente Calderón lo propuso como aspirante a magistrado de la Corte Penal Internacional. Sin embargo, un panel de “especialistas” determinó que Laynez no era idóneo y abandonó el proceso. Además, legisladores del PRI, PRD y Partido Verde presionaron para que el presidente Calderón retirara la candidatura de Laynez pues, dijeron, era un hombre de confianza del panista y eso ponía en duda su independencia.
En 2012 Laynez reapareció en las ternas que reemplazarían a los ministros Salvador Aguirre Anguiano y Guillermo Ortiz Mayagoitia. Sin embargo los ministros salientes –en especial Aguirre Anguiano–, se habrían opuesto a la postulación. Una vez más, en 2014 –a la muerte del Ministro Sergio Valls–, Laynez apareció entre los posibles aspirantes pero su postulación no se concretó.
Norma Leticia Piña Hernández es magistrada de circuito y es la segunda ocasión que busca un asiento en la Corte. En 2009, Felipe Calderón la incluyó en la terna para sustituir al Ministro Salvador Aguirre Anguiano. No obstante, el elegido fue el actual ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En 2014 Enrique Peña la propuso para ocupar un asiento en el Consejo de la Judicatura Federal. Una vez más la vetaron.
¿Será la buena para Piña y Laynez?
Al tiempo.
EN EL CAMINO.
Por cierto. ¿Saben por qué el ministro presidente, Luis María Aguilar, tardó en enviar a Los Pinos las cartas de vacantes de la Corte?

Porque el presidente Peña Nieto no lo había convocado en privado, para un acuerdo entre pares. ¡Berrinche, pues!
Lenguas Viperinas/LSR
EN EL SENADO hoy se van a medir los seis aspirantes a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Será este martes cuando los integrantes de las dos ternas enviadas por el presidente de la República comparezcan ante el Senado, aún cuando en los pasillos de la cámara alta se sostiene que el acuerdo entre PRI y PAN es impulsar a Javier Laynez y a Norma Lucía Piña Hernández. Y no parece existir mayor resistencia por parte de obras bancadas, como la del PRD. Los que van hasta atrás de las quinielas senatoriales son Verónica Judith Sánchez Valle y Alejandro Gómez Sánchez, éste último, personaje muy cercano al equipo Peña Nieto. Se prevé que sea hasta los primeros días de diciembre cuando se haga la designación de los dos nuevos ministros. No hay que olvidar que las posiciones de Olga Sánchez Cordero y de Juan Silva Meza estarán vacantes desde el último día de noviembre.
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TRASCENDIÓ/Milenio
Que los senadores invirtieron el proceso para recibir esta mañana en el pleno a los aspirantes a ministros de la Corte, antes de que los analicen en la Comisión de Justicia, que preside Fernando Yunes. La ocasión previa fue a la inversa y dejó muy lastimados a quienes no quedaron electos.
De los seis, dos son favoritos claros, Norma Lucía Piña y Javier Laynez. La primera, porque sería una buena sucesora de la aún ministra Olga Sánchez Cordero, pues ha sido su discípula y trae la misma escuela liberal de los dos ministros que terminan su periodo.
El segundo, por su experiencia con dos gobiernos y hasta los opositores coinciden en que es buen candidato, y más que impugnarlo a él lo hacen con el proceso.
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Leamos lo que expusieron hoy ante el pleno
El Presidente Senador Roberto Gil Zuarth: Sea usted bienvenida, ciudadana Norma Lucía Piña Hernández, acude usted ante este Pleno, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 96 constitucional, así como el resolutivo cuarto del acuerdo aprobado por este Pleno para nombrar el procedimiento de elección de candidatos a ministros de la Suprema Corte. Tiene usted el uso de la palabra, hasta por 20 minutos.
La C. Norma Lucía Piña Hernández: Gracias.
Honorables Senadoras y Senadores: Soy profesora normalista, y como jurista empecé en la academia en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Tengo 27 años de pertenecer al Poder Judicial de la Federación.
Ocupé el cargo de Juez de Distrito por Concurso de Oposición, y soy Magistrada también por Concurso de Oposición.
He seguido preparándome personal y académicamente para cumplir con la elevada función de juzgadora constitucional, comprometida con los principios y valores que consagra nuestra Constitución, así lo refleja mi historia de vida.
Mi presencia, en la más alta tribuna del país, me honra y me distingue, pero más allá de esos sentimientos estrictamente personales, me responsabiliza.
Fui propuesta por el Ejecutivo, y si ustedes así lo deciden, ocuparé el alto cargo de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El Constituyente propuso que, a propuesta del Ejecutivo, en ustedes recaiga la responsabilidad de la elección de los ministros y las ministras de la Suprema Corte de Justicia, facultad de gran trascendencia y complejidad, ya que tienen que decidir quién de los aspirantes cuenta con las cualidades y capacidades necesarias para integrar el máximo Tribunal y cumplir tan honrosa encomienda.
Encomienda que, en lo personal, la visualizo dirigida a contribuir, a transitar, de un Estado de derecho a un Estado constitucional de derecho que conlleva el sometimiento completo del poder al derecho, a la razón.
O como diría un prestigiado filósofo del derecho: “La fuerza de la razón frente a la razón de la fuerza”.
Un Estado constitucional que implica no sólo la sujeción a la ley, sino coherencia de la ley con los derechos humanos establecidos en la Constitución, norma suprema que está dirigida precisamente a controlar y limitar el ejercicio del poder del Estado a través de mecanismos como la división de poderes, la democracia y el reconocimiento de los derechos humanos de las personas que lo conforman.
La historia del derecho refleja que las leyes se van adaptando a las necesidades cambiantes en la sociedad.
Una de las funciones del ministro o ministra, es contribuir junto con el legislador a eliminar las posibles lagunas que se presenten entre las necesidades de la sociedad y el derecho, sin permitir que el sistema jurídico se vea rebasada.
Pero la más relevante tarea de un ministro o ministra es proteger la democracia, no sólo en su sentido formal, expresada en la supremacía legislativa; gobierno del pueblo a través de ustedes, sus representantes, sino la democracia sustantiva contenida en los principios y derechos humanos reconocidos en la Constitución.
Porque sin la protección de los derechos humanos no puede hablarse de democracia ni existir justificación de la misma.
Una democracia que requiere tanto el reconocimiento del poder de la mayoría como los límites de ese poder, representados por los derechos humanos como la dignidad, la igualdad, la libertad, y que son tan esenciales que deben ser protegidos del poder de la mayoría.
Y es al  ministro o  ministra al que le corresponde dar la expresión y contenidos a esos derechos a través de sus fallos para que la sociedad los asimile y comprenda, y generar con ello, además, un cambio cultural sustentado en el respeto de las autoridades a esos derechos, y a la vez el ejercicio y exigencia de los mismos por parte de los gobernados derivados de su conocimiento.
Con relación a este punto, quiero destacar la constante labor que han efectuado esta legislatura, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar contenido y concretizar los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución, incluyendo los previstos en tratados internacionales.
En eso radica, entre otras cosas la función del juez o ministro.
Vivimos como Bobbio, escribió hace ya varios años en “La Edad De Los Derechos”, y al juez le ha sido confiada la protección de esos derechos.
El juez o jueza, ministro o ministra debe contribuir a garantizar los derechos de las personas, todos los derechos y de todas las personas para de esta forma hacer realidad el derecho a la igualdad como un mandato constitucional y convencional dirigidos a quienes impartimos justicia. Justicia que sólo se alcanza si se toma en consideración las diferencias o distinciones existentes entre  los justiciables, principalmente entre los grupos vulnerables.
La solución de los conflictos en las sociedades democráticas se ha confiado a los jueces, y a un ministro o a una ministra le corresponde decidir tales conflictos con un gran impacto nacional.
Se dice, reiteradamente, que un ministro o ministra debe cumplir una función de Estado, pero no se explica en qué consiste la misma.
Un juez dirime una controversia entre partes atendiendo a los intereses particulares de quien en ella intervienen; la o el  juez constitucional va más allá.
Ser juez constitucional  entraña primordialmente una alta responsabilidad social, política, jurídica, profesional y  personal, circunscrita al respeto de la Constitución y de los derechos humanos en ella contenidos.
Conlleva fidelidad a los principios que sustenta nuestra convivencia y que marcan los límites de respeto a la esfera de lo individual sin afectar la esfera de lo colectivo.
Las decisiones de las o  los ministros deben estar inspiradas en la imparcialidad, que, como todos sabemos, quiere decir que el criterio del juez no ha de estar sesgado en favor o en contra de ninguna de las partes que accionen en nuestro sistema de justicia constitucional.
La o el juez ha de esforzarse por ser objetivo, ha de facilitar que puedan expresarse todos los argumentos que sean relevantes en el caso a resolver, y ha de elegir los más justos, incluso cuando estos lleven a una solución que no sea la que él o ella, como individuo en lo particular, hubiese preferido.
Pero imparcialidad no significa neutralidad en el sentido de que el ministro o ministra deba prescindir de los valores que informa la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico. Las soluciones imparciales y objetivas tienen que ser al mismo tiempo soluciones comprometidas con los valores de nuestra Constitución que legitimen a sus intérpretes.
La legitimación de un ministro o ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se construye también con transparencia. Entiendo por tal la claridad y justificación de sus sentencias que superen las pruebas más estrictas de los peritos en Derecho y de quienes no lo son, es decir, en suma, entendibles por todos.
Sentencias que justifiquen una decisión por más complicado y debatido que sea el tema; sentencias que se dicten por y para una realidad mexicana; sentencias que contribuyan a la democracia tanto formal como sustantiva, y hacer realidad la justicia en una nación pluricultural como es la nuestra; sentencias que reflejen que el primer deber del ministro o ministra es actuar conforme a derecho y a las normas emitidas por los representantes democráticos que son ustedes.
Pero al respecto quiero destacar que el sometimiento al Derecho por parte del juez, no significa dejarse esclavizar por la letra de la ley. Las normas deben interpretarse para lograr la justicia de acuerdo con los objetivos, los valores y los propósitos que subyacen en las mismas.
En su fusión de garante de la Constitución y de los derechos humanos, un ministro o ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no debe actuar de manera formalista. Lo que razonablemente se espera de él o de ella, no es que use la letra de la ley como una especie de escudo frente a los riesgos de soluciones innovadoras, sino que sea capaz de innovar el Derecho. Pero innovar no significa apartarse del Derecho, sino desarrollarlo cuando la protección efectiva de los derechos humanos así lo requiera.
En un país como México, la justicia constitucional es una instancia fundamental para luchar contra todo tipo de discriminación. Algunos de los casos más relevantes de discriminación están relacionados por la condición de ser mujer, y que se visualiza tratándose de violencia contra las mujeres, de pertenecer a alguna de las comunidades indígenas que conforman nuestra nación, o de estar en cualquier tipo de situación que implique un riesgo de exclusión social.
Mención especial requiere el caso de la protección de los grupos vulnerables y derechos de los niños, niñas y adolescentes, quienes como presente y futuro de nuestra nación, necesitan la máxima tutela.
Pero además nuestro sistema de justicia constitucional le impone a un ministro o a una ministra la obligación de salvaguardar el equilibrio entre los órganos del Estado, y en sus diversos órdenes, para garantizar un sistema democrático a través de la solución de controversias que se susciten entre ellos, y el garantizar el acceso a las minorías parlamentarias, a los organismos reconocidos que actúan a favor de los derechos humanos, al Poder Ejecutivo y a los partidos políticos, tratándose de leyes en una materia determinada.
Y para ello el ministro o ministra tiene que ser independiente, lo que implica tener la capacidad para resistir a todas las presiones externas o extrañas a su función.
Pero la independencia no es un privilegio del juez constitucional, es un derecho del justiciable que acciona esa justicia, ya sea a través del juicio de amparo, de las acciones de inconstitucionalidad o de las controversias constitucionales.
A los ministros y ministras de la Suprema Corte les corresponde, además, la relevante labor de marcar el rumbo que todos los jueces del país debemos seguir, la congruencia en las decisiones debidamente justificadas y derivado de ello, la seguridad jurídica son valores que no deben menospreciar  como atributos de un o una ministra porque además de que por sí mismo son derechos fundamentales, como son el de legalidad y el de igualdad ante la ley son la base sobre la que se erige como condición necesaria la satisfacción y protección de los derechos humanos.
Derechos que no implican ninguna concesión, sino que constituyan la condición o el límite para la actuación de la autoridad, o de los particulares que actúan con tal carácter correspondiendo a los y a las jueces constitucionales la elevada misión de  velar porque no se transgredan.
Estoy segura que la decisión que ustedes adopten como culminación de este proceso será la correcta, mis compañeras son reconocidas juzgadoras y personas destacadas. El Estado constitucional de derecho precisa de jueces comprometidas y comprometidos con los valores de libertad, de igualdad y de dignidad, leales con el derecho, pero ampliamente entendidos y abiertos a las exigencias de una sociedad democrática.
La función de un o una ministra implica analizar la regularidad constitucional de las normas generales a través de juicios de amparo promovidos por los gobernados, los que en algunos casos y con las condiciones requeridas por nuestra Constitución podrían conducir a una declaratoria general de inconstitucionalidad.
Es el examinar esa misma regularidad garantizando el derecho de las minorías parlamentarias, de las instituciones que actúan en defensa de los derechos humanos, del Poder Ejecutivo y de los partidos políticos en materia federal para hacerse oír a través de la acción de inconstitucionalidad, que además conlleva el resolver controversias entre los diversos órganos de los órdenes federal, estatal, del Distrito Federal o municipal para hacer valer y proteger sus atribuciones.
La tarea de un ministro o ministra supone, por lo tanto, hacer frente a grandes dificultades y enormes retos, y por ello, como lo mencioné al principio participar en este proceso, más que una distinción personal implica una gran responsabilidad, responsabilidad que si ustedes así lo deciden asumiré como servidora pública, comprometida con mi función, y convencida, derivado de mi formación y trayectoria jurisdiccional que en palabras de Aarón Barak, reconocido juez de un tribunal constitucional, el acto de juzgar no es meramente un trabajo, es una forma de vida, forma de vida que no busca la publicidad, forma de vida que implica no resolver conforme a lo que la mayoría quiere, sino buscar la verdad, es no comprometerse con los grupos de interés, sino mantener la insistencia del derecho.
El acto de juzgar no es pasión, es razón, no es maestría, es modestia, es comprometerse con la función y con la justicia, es no resolver los conflictos atendiendo a los caprichos de temporales de una época, es buscar la solución de los asuntos atendiendo a los valores y a los principios que nuestra Constitución consagra.
Hablar de democracia es hablar de justicia, si no preciamos de ser una nación democrática debemos hacer efectiva la justicia en México.
Como decía mi padre: “en toda la posibilidad de nuestro destino”.
Muchas gracias.
(Aplausos)
El Presidente Senador Roberto Gil Zuarth: Gracias, ciudadana Norma Lucia Piña Hernández por su exposición.
Solicito al personal parlamentario, acompañe a la ciudadana Norma Lucia Piña Hernández, al salón contiguo e invite a pasar hasta este Pleno, a la señora Verónica Judith Sánchez Valle, quien también es integrante de la primera terna.
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El Presidente Senador Roberto Gil Zuarth:   Y ruego se invite a pasar ante este pleno al señor Javier Laynez Potisek, quien es integrante de la terna para cubrir la vacante que dejará el Ministro Juan Silva Meza.
Sea usted bienvenido ciudadano  Javier Laynez Potisek.
Acude usted ante este Pleno en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 96 de la Constitución y el punto resolutivo cuarto del acuerdo parlamentario que regula el procedimiento para la elección de ministros de la Corte.
En dicho acuerdo se prevé que dispone usted de hasta 20 minutos para presentar su candidatura.
Proceda por favor, doctor Laynez.
El C. Javier Laynez Potisek: Señor Presidente.
Señoras Senadoras, señores Senadores.
En esta breve presentación me gustaría en primer lugar dar a conocer cuál fue el camino que me llevó a ser abogado y servidor público.
Acto seguido, quisiera compartir con ustedes cuáles son los factores que en mi opinión a partir de la reforma constitucional de 1994-95 han convertido a la Suprema  Corte de Justicia en uno de los pilares del Estado mexicano.
Concluiré con algunas reflexiones sobre la idoneidad de la candidatura.
Originalmente yo quería ser diplomático de carrera, representar a México en el extranjero.  Sin embargo, a finales de los setenta, la oferta educativa en Torreón era limitada, mi familia no pudo asumir el costo que implicaba estudiar y vivir en la Ciudad de México.
Es así que en Monterrey inicié mis estudios de Derecho gracias a una beca que me otorgó la Universidad Regiomontana, mientras trabajaba de medio tiempo en la biblioteca.
Durante la carrera, el Derecho Constitucional y el Derecho Administrativo captaron de inmediato mi interés.  Estoy seguro que en ese momento lo que más me atrajo fue el impacto que produce la acción gubernamental en cualquiera de sus funciones, ejecutiva, legislativa o judicial.
El acto administrativo, el acto de gobierno, la expedición, la reforma de una ley, las resoluciones judiciales, todas estas manifestaciones del Estado modifican la expectativa de miles de ciudadanos y transforman profundamente afirmativa o negativamente comunidades enteras e incluso a la totalidad del país.
Mi primer trabajo de investigación, es decir, mi tesis profesional de licenciatura llevó como título “La Reforma Administrativa en México y sus Etapas de Implementación”.
En  1983 ingresé por concurso en el nivel más bajo de la jerarquía, a la Procuraduría Fiscal de la Federación, paradójicamente, muchos años después llegaría a ser titular de la misma. Así, inicié mi carrera que ahora suma más de 25 años al servicio del Estado.
Dos años después, también mediante concurso, obtuve una beca del gobierno francés y cursé mí doctorado en Derecho Público en la Universidad de París, con la tesis denominada “El Nuevo Rol del Estado Mexicano Frente al Sector Público Productivo”.   Mi vocación por lo público maduró y se enriqueció.
Al regresar a México enfrenté una nueva encrucijada, servir al país desde una de las instituciones académicas públicas más prestigiadas, el Colegio de México, quien me hizo una oferta para integrarme a su claustro de investigadores de tiempo completo, o bien volver al servicio público en activo.  Circunstancias afortunadas me permitieron compaginar ambas actividades. 
Reingresé como funcionario a la entonces Secretaría de Programación y Presupuesto, pero pude mantener ininterrumpidamente desde entonces, mis actividades de enseñanza a nivel de licenciatura y maestría en instituciones públicas, como el Colmex y el CIDE.
En el servicio público he tenido el privilegio de participar activamente en las más importantes reformas constitucionales y legales que han modificado el derecho mexicano, como la propia reforma al Poder Judicial, la reforma en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas, el Código Civil en Materia de Violencia Intrafamiliar, la primera Ley de Transparencia, la adopción del Sistema Penal Acusatorio, la primera Ley de Telecomunicaciones, hasta la Iniciativa Constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción.
A lo largo de este tiempo también adquirí una vasta experiencia en el litigio constitucional.
Hoy quiero referirme, en específico, a la reforma al Poder Judicial, en la que participé, junto con otros distinguidos juristas, desde su concepción hasta la redacción de las iniciativas de reforma constitucional, Ley Orgánica del artículo 105 y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La creación del Tribunal Constitucional marcó un hito en la historia del país y transformó profundamente el ejercicio del poder y la relación de éste con los ciudadanos.
Esta reforma es, sin duda, uno de los cimientos de construcción del Estado Democrático de Derecho que con tanto esfuerzo estamos consolidando.
Ciertamente la reforma se ubicó en un contexto de una sociedad mexicana mucho más alerta e informada, una sociedad que demandaba un cambio en el ejercicio del poder y dispuesta a defender y hacer efectivos sus derechos.
Por ello tuvo 2 ejes fundamentales: por un lado, el equilibrio de poderes, mientras que la regularidad electoral implicaría, de manera casi inmediata, el surgimiento de un Poder Legislativo fuerte, el Poder Judicial, y señaladamente la Suprema Corte requerían de una amplia reforma, desde la parte orgánica, hasta la consolidación del tribunal constitucional. Sólo así asumiría su rol como un auténtico poder del Estado que hiciera contrapeso al Ejecutivo y al Legislativo, y permitiera ordenar el proceso federalista, que por aquellos años cobraba vigor.
Por otro, se buscó garantizar la supremacía de la Constitución en un país donde el único medio efectivo, pero limitado de control constitucional, había sido el juicio de amparo, a ello obedeció la introducción de la acción de inconstitucionalidad y la ampliación de los supuestos y regulación de la controversia constitucional.
Por estas razones la selección de los ministros ha sido, desde entonces, una de las decisiones políticas de mayor trascendencia. Implica la acción razonada de 2 poderes constituidos que deben garantizar la integración del único poder del Estado que no está sujeto al control democrático directo, pero que al mismo tiempo, el ser guardián último de los valores democráticos y republicanos que consagra la Constitución.
La renovación de 2 ministros que hoy nos convoca concluye una larga etapa de reforma institucional iniciada hace 20 años, frente a ella se abren los nuevos retos que plantean las reformas constitucionales acumuladas a lo largo de los últimos años, en los cuales la Suprema Corte tendrá un papel particularmente relevante. Veamos por qué.
Primero.- Porque la acción de inconstitucionalidad dejó de ser exclusivamente un mecanismo de control de la ley por parte de la minoría parlamentaria contra la decisión de la mayoría.
Hoy también tienen legitimación activa los partidos políticos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como el Ejecutivo Federal y la tendrá el Fiscal General.
Segundo.- Porque en las controversias constitucionales se han agregado, además de los Poderes Federal, Estatales y Municipales, a todas las autonomías constitucionales creadas recientemente: Ifetel, Cofece, INAI, entre otros.
Tercero, y quizás el más importante.- Porque las reformas de derechos humanos y de amparo, de 2011, modificaron el paradigma de la actuación y control de los órganos del Estado mexicano.
El reposicionamiento del ciudadano, individual o colectivamente, ha obedecido a un proceso político que decidió la apertura del orden jurídico nacional y su interrelación, hoy irreversible con el derecho internacional.
El Constituyente Permanente fue sumando gradualmente a nuestro país en una agenda progresista de corte internacional.
La Constitución y la interpretación de nuestro máximo Tribunal ha sentado las bases para la construcción de una nueva institucionalidad, no sólo superaron nomenclaturas arraigadas y redefinieron el concepto de jerarquía de la norma, sino que también perfeccionaron los mecanismos para hacer efectivos el ejercicio de los derechos humanos.
El interés legítimo que amplíe el acceso a colectivos sociales que anteriormente impulsaban sus agendas por vías distintas a las jurisdiccionales.
El control de convencionalidad y el principio pro homine.
La posibilidad de declaratoria de inconstitucionalidad con efectos generales y el control difuso que permiten, en el primer caso, la expulsión, y, en el segundo, dejar de aplicar una norma aprobada por la mayoría del órgano de representación democrática.
Si el papel de nuestro máximo Tribunal se pensó originalmente para atender las cuestiones de gobernabilidad inmediatas, ejercicio ordenado del poder, fortalecimiento del municipio, justicia pronta y expedita, debido proceso, hoy en día lo colocan como el garante directo, o a través de su jurisprudencia y criterios interpretativos, de la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, pero de todos los derechos humanos, ya no sólo de los derechos civiles y los políticos, sino los derechos económicos, sociales, culturales y de medio ambiente.
Estos últimos, por cierto, además con una connotación jurídica concreta en que dejamos aquella añeja concepción de considerarlos como simples anhelos o expectativas.
Adicionalmente los medios de control constitucional habrán de llevar a la Suprema Corte a revisar la regularidad constitucional de políticas públicas que son pilares para el desarrollo y crecimiento del país, tales como: telecomunicaciones, competencia económica y salud pública.
Todo lo anterior, como dije, forma parte de una nueva etapa para la Suprema Corte y pone de relieve el perfil de los ministros, pero también abre el debate entre creatividad judicial, por un lado, y la deferencia o auto restricción del máximo Tribunal, por el otro.
Este debate debe abordarse sin temores, pero también sin injustificados encasillamientos.
Estoy convencido del poder de adaptabilidad del derecho a la cambiante realidad social, esto es fundamental e inevitable cuando se interpreta un texto como la Constitución, primero, por ser esta la norma general por antonomasia, es decir, no puede ser exhaustiva, y, segundo, por el complejo sistema que para su modificación previó el Constituyente de 1917.
Así, el intérprete constitucional debe ser receptivo a las nuevas propuestas de interpretación y de alguna manera aprender a desaprender lo que por años asimilamos, aplicamos, y, en mi caso, enseñamos.
La justicia constitucional no tiene como objetivo el crear consensos o mayorías, sino proteger derechos, así sea para una sola persona o una minoría, pero también hay que reconocer que este nuevo paradigma constitucional conlleva a aspectos políticos, económicos, sociales e incluso financieros que trascienden el ámbito estrictamente jurídico.
Por ello, no es superfluo recordar que el respeto irrestricto a los derechos humanos y la convivencia armónica de la sociedad es responsabilidad de todos los poderes del Estado.
El Tribunal, como órgano límite, Suprema Corte, tiene una responsabilidad mayor, ciertamente, pues le corresponde asegurar el máximo ejercicio de las libertades y los derechos en cumplimiento estricto al mandato del artículo primero.
Pero el juez constitucional debe buscar producir cambio con estabilidad, mantener la coherencia del sistema jurídico, tomar en cuenta las limitaciones institucionales y proteger la democracia, reconociendo el poder de la mayoría al mismo tiempo que reconoce los límites de ese poder determinado por la supremacía de los principios y de los derechos humanos.
Señoras Senadoras, señores Senadores.
Soy un mexicano afortunado de colaborar en la transformación constitucional reciente del país, que ha sido partícipe activo en la trinchera de la acción gubernamental y que he tenido una enriquecedora experiencia en el litigio constitucional, que ha complementado el estudio y la actualización del conocimiento del derecho con una labor académica ininterrumpida como profesor universitario.
Les pido ahora me permitan aprovechar el uso de esta alta tribuna para puntualizar un aspecto que para mí es fundamental.
Podría existir la percepción de que el paso de tantos años al servicio de uno de los poderes del Estado inhabilita o descalifica per se para ocupar un alto cargo en la judicatura.
Esta percepción está basada en la premisa de que el ingreso al servicio del Estado significa la pérdida automática de autonomía e independencia, comprometiendo, cuando no vendiendo la libertad de pensamiento, las convicciones y valores al servicio de un grupo o causa política.
Esta premisa es falsa, y respetuosamente quien no lo entiende, no entiende que México sí ha cambiado.
El buen abogado al servicio del Estado usa el derecho como herramienta para encauzar o reencauzar los actos estatales con la obligación de que la acción de gobierno circule estrictamente por la vía de la legalidad.
Yo no hice ni me toca hacer las  leyes, a mí me ha tocado interpretarlas y aplicarlas.
Por eso pido,  muy respetuosamente al Senado de la República, y por su conducto, a quienes están allá afuera, que al ser evaluado, además de considerar los conocimientos, la experiencia, la visión de Estado, se verifique la conformidad de mi conducta con el estricto código que rige el ejercicio de la  abogacía.
Pido se analice si cada uno de mis actos en el servicio público se ajustó o no a la ley; si en alguno de mis actos como funcionario público cometí alguna injusticia en contra del propio servicio o de un particular; si tergiversé la interpretación jurídica para favorecer a un grupo determinado público o privado, en lugar de centrarnos si laboré bajo tal o cual presidente o bajo tal o cual secretario.
Yo estoy seguro que en las comparecencias y los trabajos en las comisiones nos permitirán profundizar en estos aspectos.
La función jurisdiccional también es una función ejecutiva que consiste en la interpretación y aplicación de la norma en caso concreto.
En mi caso, como magistrado del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, además de confirmar mi convicción y compromiso con el servicio público en una nueva dimensión, he juzgado con plena imparcialidad, he dispensado un trato equitativo a las partes, y he aprendido de las virtudes de la colegiación, aportando y escuchando a mis pares, respetando posiciones contrarias a las mías a fin de construir decisiones congruentes, justas y con apego estricto a la ley.
Finalmente, ratifico frente a todas y todos ustedes mi firme compromiso de continuar comportándome con responsabilidad, con trasparencia y con integridad profesional y moral dentro y fuera de la función pública.
Les agradezco mucho.
(Aplausos)
El Presidente Senador Roberto Gil Zuarth: Muchas gracias señor Laynez Potisek.
Ruego a asistencia parlamentaria acompañe al doctor Laynez al recinto contiguo.
(Se cumple)

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